Common use of FACTURACIÓN Y ABONO DEL PRECIO Clause in Contracts

FACTURACIÓN Y ABONO DEL PRECIO. Las facturas, junto con la certificación de entrega en conformidad correspondiente, se presentarán en el Servicio de Control de Gestión y Contabilidad, siempre con posterioridad a la realización del suministro y su fecha deberá ser la de dicha entrega o posterior. METRO no admitirá ninguna factura presentada con un retraso mayor de 10 días sobre la fecha de dicha factura. En caso de mayor retraso, le podrá exigir la confección de otra ajustada en fecha. Como mínimo, toda factura deberá indicar: - Código de Identificación Fiscal (NIVA para suministradores de la Unión Europea), tanto del Contratista como de METRO. - Número de Contrato e hito de pago al que se refiere la factura, con descripción de los suministros efectuados que comprenda. - Se hará constar, asimismo, separadamente, la base imponible, el tipo impositivo y el importe del I.V.A. - Identificación del bien, referencia del Pedido, acta de recepción, certificado acreditativo del hito de facturación cuando se contemplen facturaciones parciales, así como cualquier otra información que se especifique en el Pedido. - Cualquier otro requisito exigido por la legislación vigente. La falta o incumplimiento de cualquiera de estos requisitos conllevará la inadmisión de la factura y su devolución, así como la actualización de su fecha, una vez subsanado el defecto o falta, con los efectos económicos que puedan derivarse. La recepción de la factura por medios electrónicos producirá los efectos de inicio del cómputo del plazo de pago, siempre que se encuentre garantizada la identidad y autenticidad del firmante, la integridad de la factura, y la efectiva recepción del producto por Metro de Madrid. A estos efectos, METRO admite ficheros electrónicos en formato PDF y XML (facturae versiones 30. Y 3.1). La factura será abonada al contratista en el plazo de 60 días, de acuerdo con lo establecido en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Las cantidades que se abonen fuera del plazo, devengarán como intereses de demora el tipo de interés legal del dinero que esté vigente en cada momento.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Para La Contratación

FACTURACIÓN Y ABONO DEL PRECIO. Las facturasSólo se abonará al contratista la obra que realice conforme a los documentos del proyecto y, junto en su caso, a las órdenes recibidas por escrito del director de la obra. Por consiguiente, no podrá servir de base para reclamaciones de ningún género el número de unidades de obra realizadas no consignadas en el proyecto. La medición de los trabajos efectuados se llevará a cabo por la dirección de la obra, pudiendo el contratista presenciar la realización de las mismas. Para las obras o partes de obra cuyas dimensiones y características hayan de quedar posterior y definitivamente ocultas, el contratista está obligado a avisar con la certificación suficiente antelación, a fin de entrega en que la dirección pueda realizar las correspondientes mediciones y toma de datos, levantando los planos que las definan, cuya conformidad correspondientesuscribirá el contratista. A falta de aviso anticipado, cuya prueba corresponde al contratista, queda éste obligado a aceptar las decisiones de Metro sobre el particular. Para cada clase de obra se presentarán adoptará como unidad de medida la señalada en el Servicio epígrafe correspondiente de Control los estudios de Gestión y Contabilidadmediciones del proyecto. Terminada la medición, siempre con posterioridad por el director de la obra se procederá a la realización valoración de la obra ejecutada, aplicando a cada unidad el precio unitario correspondiente del suministro presupuesto o el contradictorio que proceda, teniendo en cuenta lo prevenido en los pliegos, en su caso, para los abonos de obras defectuosas, materiales acopiados, partidas alzadas y su fecha deberá ser la de dicha entrega o posterior. METRO no admitirá ninguna factura presentada con un retraso mayor de 10 días sobre la fecha de dicha facturaabonos a cuenta del equipo puesto en obra. En caso todo caso, las certificaciones parciales que se expidan y las cantidades que se abonen al contratista tendrán el carácter de mayor retrasopagos parciales con el carácter de abonos a cuenta, le podrá exigir la confección que no supondrán en forma alguna aprobación y recepción de otra ajustada en fecha. Como mínimolas obras que comprenden, toda factura deberá indicar: - Código de Identificación Fiscal (NIVA para suministradores y a resultas de la Unión Europea)certificación final de las obras ejecutadas, tanto del Contratista como de METRO. - Número de Contrato e hito de pago al que se refiere la factura, con descripción de los suministros efectuados que comprenda. - Se hará constar, asimismo, separadamente, la base imponible, el tipo impositivo y el importe del I.V.A. - Identificación del bien, referencia del Pedido, acta de recepción, certificado acreditativo del hito de facturación cuando se contemplen facturaciones parciales, así como cualquier otra información que se especifique en el Pedido. - Cualquier otro requisito exigido por la legislación vigente. La falta o incumplimiento de cualquiera de estos requisitos conllevará la inadmisión de la factura y su devolución, así como la actualización de su fecha, una vez subsanado el defecto o falta, con los efectos económicos que puedan derivarse. La recepción de la factura por medios electrónicos producirá los efectos de inicio del cómputo del plazo de pago, siempre que se encuentre garantizada la identidad y autenticidad del firmante, la integridad de la factura, y la efectiva recepción del producto por Metro de Madrid. A estos efectos, METRO admite ficheros electrónicos en formato PDF y XML (facturae versiones 30. Y 3.1). La factura será abonada al contratista expedirá en el plazo de 60 díastres meses contados a partir de la recepción y a cuenta de la liquidación del contrato. Las partidas señaladas en el presupuesto a tanto alzado, se abonarán conforme se indica en el pliego de acuerdo prescripciones técnicas particulares. En su defecto, se estará a lo dispuesto en el artículo 154 del RGLCAP. Las unidades de obra contratadas a tanto alzado con precio cerrado se abonarán mensualmente, en la misma proporción que la obra ejecutada en el mes a que corresponda guarde con el total de la unidad o elemento de obra de que se trate. El contratista, en la forma indicada en los apartados 16 y 17 del cuadro resumen, previa petición escrita, tendrá derecho a percibir abonos a cuenta por las operaciones preparatorias realizadas, como instalaciones y acopio de materiales o equipos de maquinaria pesada, en la forma y con las garantías que, a tal efecto determinan los artículos 155 a 157 del RGLCAP. Si fuera necesario emplear materiales o ejecutar unidades de obra no comprendidas en el proyecto o cuyas características difieran sustancialmente de ellas, los precios de aplicación de las mismas serán fijados por Metro, previa audiencia del contratista por plazo mínimo de tres días hábiles. Los nuevos precios, una vez aprobados por Metro, se considerarán incorporados a todos los efectos a los cuadros de precios del proyecto, sin perjuicio de lo establecido en la Ley 3/2004, el artículo 234.2 del TRLCSP. El pago por METRO se efectuará contra presentación de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Las cantidades que se abonen fuera del plazo, devengarán como intereses de demora el tipo de interés legal del dinero que esté vigente en cada momento.los siguientes documentos:

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Para La Contratación, Por Procedimiento Negociado Sin Publicidad Y Sin Promoción De Concurrencia, De La Ejecución De Una Obra De Renovación De Señalización De La Línea

FACTURACIÓN Y ABONO DEL PRECIO. Las facturas, junto con la certificación de entrega en conformidad correspondiente, se presentarán en el Servicio de Control de Gestión y Contabilidad, siempre con posterioridad a la realización del suministro y su fecha deberá ser la de dicha entrega o posterior. METRO no admitirá ninguna factura presentada con un retraso mayor de 10 días sobre la fecha de dicha factura. En caso de mayor retraso, le podrá exigir la confección de otra ajustada en fecha. Como mínimo, toda factura deberá indicar: - Código Número de Identificación Fiscal (NIVA para suministradores de la Unión Europea), tanto del Contratista como de METRO. - Número de Contrato e hito de pago al que se refiere la factura, con descripción de los suministros efectuados que comprenda. - Se hará constar, asimismo, separadamente, la base imponible, el tipo impositivo y el importe del I.V.A. - Identificación del bien, referencia del Pedido, acta de recepción, certificado acreditativo del hito de facturación cuando se contemplen facturaciones parciales, así como cualquier otra información que se especifique en el Pedido. - Cualquier otro requisito exigido por la legislación vigente. La falta o incumplimiento de cualquiera de estos requisitos conllevará la inadmisión de la factura y su devolución, así como la actualización de su fecha, una vez subsanado el defecto o falta, con los efectos económicos que puedan derivarse. La recepción de la factura por medios electrónicos producirá los efectos de inicio del cómputo del plazo de pago, siempre que se encuentre garantizada la identidad y autenticidad del firmante, la integridad de la factura, y la efectiva recepción del producto por Metro de Madrid. A estos efectos, METRO admite ficheros electrónicos en formato PDF y XML (facturae versiones 30. Y 3.0 y 3.1). La factura será abonada al contratista en el plazo de 60 días, de De acuerdo con lo establecido previsto en el artículo 4.3 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Las , el contratista acepta que las facturas sean abonadas en el plazo de 60 días desde la fecha de recepción de las mercancías de forma que las cantidades que se abonen fuera del plazo, de plazo devengarán como intereses de demora el tipo de interés legal del dinero que esté vigente en cada momento.

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares Para La Contratación, Por Procedimiento Negociado Sin Publicidad Y Sin Promoción De Concurrencia De Un Suministro De Diversos Repuestos

FACTURACIÓN Y ABONO DEL PRECIO. Las facturas, junto con la certificación de entrega en conformidad correspondiente, se presentarán en el Servicio de Control de Gestión y Contabilidad, siempre con posterioridad a la realización del suministro y su fecha deberá ser la de dicha entrega o posterior. METRO no admitirá ninguna factura presentada con un retraso mayor de 10 días sobre la fecha de dicha factura. En caso de mayor retraso, le podrá exigir la confección de otra ajustada en fecha. Como mínimo, toda factura deberá indicar: - Código Número de Identificación Fiscal (NIVA para suministradores de la Unión Europea), tanto del Contratista como de METRO. - Número de Contrato e hito de pago al que se refiere la factura, con descripción de los suministros efectuados que comprenda. - Se hará constar, asimismo, separadamente, la base imponible, el tipo impositivo y el importe del I.V.A. - Identificación del bien, referencia del Pedido, acta de recepción, certificado acreditativo del hito de facturación cuando se contemplen facturaciones parciales, así como cualquier otra información que se especifique en el Pedido. - Cualquier otro requisito exigido por la legislación vigente. La falta o incumplimiento de cualquiera de estos requisitos conllevará la inadmisión de la factura y su devolución, así como la actualización de su fecha, una vez subsanado el defecto o falta, con los efectos económicos que puedan derivarse. La recepción de la factura por medios electrónicos producirá los efectos de inicio del cómputo del plazo de pago, siempre que se encuentre garantizada la identidad y autenticidad del firmante, la integridad de la factura, y la efectiva recepción del producto por Metro de Madrid. A estos efectos, METRO admite ficheros electrónicos en formato PDF y XML (facturae versiones 30. Y 3.1). La factura será abonada al contratista en el plazo de 60 días, de De acuerdo con lo establecido previsto en el artículo 4.3 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Las , el contratista acepta que las facturas sean abonadas en el plazo de 60 días desde la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios, de forma que las cantidades que se abonen fuera del plazo, de plazo devengarán como intereses de demora el tipo de interés legal del dinero que esté vigente en cada momento.

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FACTURACIÓN Y ABONO DEL PRECIO. Las facturas, junto con la certificación de entrega en conformidad correspondiente, facturas se presentarán en el Servicio de Control de Gestión y Contabilidad, siempre con posterioridad a la realización del suministro y su fecha deberá ser la de dicha entrega o posterior. METRO no admitirá ninguna factura presentada con un retraso mayor de 10 días sobre la fecha de dicha factura. En caso de mayor retraso, le podrá exigir la confección de otra ajustada en fecha. Como mínimo, toda factura deberá indicar: - Código de Identificación Fiscal (NIVA para suministradores de la Unión Europea), tanto del Contratista como de METRO. - Número de Contrato e hito de pago al que se refiere la factura, con descripción de los suministros servicios efectuados que comprenda. - Se hará constar, asimismo, separadamente, la base imponible, el tipo impositivo y el importe del I.V.A. - Identificación del bien, referencia del Pedido, acta de recepción, certificado acreditativo del hito de facturación cuando se contemplen facturaciones parciales, así como cualquier otra información que se especifique en el Pedido. - Cualquier otro requisito exigido por la legislación vigente. La falta o incumplimiento de cualquiera de estos requisitos conllevará la inadmisión de la factura y su devolución, así como la actualización de su fecha, una vez subsanado el defecto o falta, con los efectos económicos que puedan derivarse. La recepción de la factura por medios electrónicos producirá los efectos de inicio del cómputo del plazo de pago, siempre que se encuentre garantizada la identidad y autenticidad del firmante, la integridad de la factura, y la efectiva recepción del producto por Metro de Madrid. A estos efectos, METRO admite ficheros electrónicos en formato PDF y XML (facturae versiones 30. 3.0 Y 3.1). La factura será abonada al contratista en el plazo de 60 días, de De acuerdo con lo establecido previsto en el artículo 4.3 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, el contratista acepta que las facturas sean abonadas en el plazo de 60 días desde la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios, de forma que las cantidades que se abonen fuera de plazo devengarán como intereses de demora el tipo de interés legal del dinero que esté vigente en cada momento. Las cantidades que se abonen fuera del plazo, devengarán como intereses de demora el tipo de interés legal del dinero que esté vigente en cada momento.

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FACTURACIÓN Y ABONO DEL PRECIO. Las facturas, junto con la certificación de entrega en conformidad correspondiente, facturas se presentarán en el Servicio de Control de Gestión y Contabilidad, siempre con posterioridad a la realización del suministro y su fecha deberá ser la de dicha entrega o posterior. METRO no admitirá ninguna factura presentada con un retraso mayor de 10 días sobre la fecha de dicha factura. En caso de mayor retraso, le podrá exigir la confección de otra ajustada en fecha. Como mínimo, toda factura deberá indicar: - Código de Identificación Fiscal (NIVA para suministradores de la Unión Europea), tanto del Contratista como de METRO. - Número de Contrato e hito de pago al que se refiere la factura, con descripción de los suministros servicios efectuados que comprenda. - Se hará constar, asimismo, separadamente, la base imponible, el tipo impositivo y el importe del I.V.A. - Identificación del bien, referencia del Pedido, acta de recepción, certificado acreditativo del hito de facturación cuando se contemplen facturaciones parciales, así como cualquier otra información que se especifique en el Pedido. - Cualquier otro requisito exigido por la legislación vigente. - La falta o incumplimiento de cualquiera de estos requisitos conllevará la inadmisión de la factura y su devolución, así como la actualización de su fecha, una vez subsanado el defecto o falta, con los efectos económicos que puedan derivarse. La recepción de la factura por medios electrónicos producirá los efectos de inicio del cómputo del plazo de pago, siempre que se encuentre garantizada la identidad y autenticidad del firmante, la integridad de la factura, y la efectiva recepción del producto por Metro de Madrid. A estos efectos, METRO admite ficheros electrónicos en formato PDF y XML (facturae versiones 30. 3.0 Y 3.1). La factura será abonada al contratista en el plazo de 60 días, de De acuerdo con lo establecido previsto en el artículo 4.3 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, el contratista acepta que las facturas sean abonadas en el plazo de 60 días desde la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios, de forma que las cantidades que se abonen fuera de plazo devengarán como intereses de demora el tipo de interés legal del dinero que esté vigente en cada momento. Las cantidades que se abonen fuera del plazo, devengarán como intereses de demora el tipo de interés legal del dinero que esté vigente en cada momento.

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FACTURACIÓN Y ABONO DEL PRECIO. Las facturas, junto con la certificación de entrega en conformidad correspondiente, facturas se presentarán en el Servicio de Control de Gestión y Contabilidad, siempre con posterioridad a la realización prestación del suministro servicio y su fecha deberá ser la de dicha entrega o posterior. METRO no admitirá ninguna factura presentada con un retraso mayor de 10 días sobre la fecha de dicha factura. En caso de mayor retraso, le podrá exigir la confección de otra ajustada en fecha. Como mínimo, toda factura deberá indicar: - Código Número de Identificación Fiscal (NIVA para suministradores de la Unión Europea), tanto del Contratista como de METRO. - Número de Contrato e hito de pago al que se refiere la factura, con descripción de los suministros servicios efectuados que comprenda. - Se hará constar, asimismo, separadamente, la base imponible, el tipo impositivo y el importe del I.V.A. - Identificación del bien, referencia del Pedido, acta de recepción, certificado acreditativo del hito de facturación cuando se contemplen facturaciones parciales, así como cualquier otra información que se especifique en el Pedido. - Cualquier otro requisito exigido por la legislación vigente. La falta o incumplimiento de cualquiera de estos requisitos conllevará la inadmisión de la factura y su devolución, así como la actualización de su fecha, una vez subsanado el defecto o falta, con los efectos económicos que puedan derivarse. La recepción de la factura por medios electrónicos producirá los efectos de inicio del cómputo del plazo de pago, siempre que se encuentre garantizada la identidad y autenticidad del firmante, la integridad de la factura, y la efectiva recepción del producto servicio por Metro de Madrid. A estos efectos, METRO admite ficheros electrónicos en formato PDF y XML (facturae versiones 30. 3.0 Y 3.1). La factura será abonada al contratista en el plazo de 60 días, de De acuerdo con lo establecido previsto en el artículo 4.3 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Las , el contratista acepta que las facturas sean abonadas en el plazo de 60 días desde la fecha de recepción de las mercancías o prestación de los servicios, de forma que las cantidades que se abonen fuera del plazo, de plazo devengarán como intereses de demora el tipo de interés legal del dinero que esté vigente en cada momento.

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