Fecha cierta Cláusulas de Ejemplo

Fecha cierta. Se autoriza a las partes a comparecer ante el Notario Público de su elección a poner razón de fecha cierta o protocolizar este Contrato con previo aviso a la otra parte.
Fecha cierta. Las autoridades judiciales en materia civil del lugar donde se ubica el inmueble procederán a ponerle fecha cierta a todo contrato, nota o documento relacionado con los contratos de arrendamiento regidos por la ley. (ver art. 380 del Código Procesal Civil y art. 76 de la ley).”
Fecha cierta. Ambas partes podrán comparecer sin previa autorización ante Notario Público a los efectos de poner razón notarial de fecha cierta al presente contrato en el momento en que lo estimen conveniente. Lo anterior previo aviso entre las partes.