Geografía Cláusulas de Ejemplo

Geografía. 3.3.1 Localización Geográfica y distancias: 3.3.2 Clima: 3.3.3 Orografía:
Geografía. La Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx cierra por el sur la provincia xx Xxxxxxx formando parte del Sistema Central, gran cordillera de disposición zonal (E-W) que separa las mesetas centrales de la Península Ibérica. El relieve montañoso, su altitud y variable orientación, producto de la disposición de las unidades montañosas que se entrecruzan y confluyen en el Puerto de Navacerrada, elevan notablemente la diversidad de las condiciones ambientales de la Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx, otorgándole una gran variedad de ambientes y hábitats, con una flora y fauna singulares y de gran riqueza. El paisaje dominado por la potencia de la gran dorsal montañosa y la abundancia de bosques xx xxxx xxxxxxxxx que tapizan sus laderas, así como por la presencia de robledales, encinares y sabinares en las zonas más bajas, da cobijo a una importante fauna de excepcional valor, con algunas de las especies más emblemáticas de la Península Ibérica como el águila imperial ibérica (Aquila adalberti), el buitre negro (Aegypius monachus) o la cigüeña negra (Ciconia nigra). Destaca la estratificación de la vegetación según el gradiente altitudinal, encontrándose, por encima de los 1.800 m de altitud pastos de montaña y vegetación arbustiva como piornales o enebros rastreros, entre los 2.000 y los 1.000 m de altitud grandes bosques xx xxxx xxxxxxxxx, acompañados de manera aislada por abedules, fresnos, tejos, acebos, serbales, helechos y por debajo de los 1.400 m los bosques de rebollos, xxxxxxx, quejigos, sabinas, son los más comunes, acompañados de arbustos como tomillos, estepas, retamas, xxxxxxx silvestres. Su notable riqueza y diversidad, tanto geológica y geomorfológica, como vegetal y animal, así como su buen estado de conservación general hacen que en conjunto el espacio delimitado posea unas características naturales sobresalientes o muy destacables respecto a su entorno. La situación geográfica de este espacio juega un papel vital en la protección integral de la Xxxxxx xx Xxxxxxxxxx y en el mantenimiento de la conectividad entre las distintas Sierras que conforman el Sistema Central y de los procesos ecológicos existentes entre esta área de montaña y la matriz territorial adyacente. Respecto a la altitud, la cota máxima de la actuación es de es de unos 1.275 m y la mínima de 1.258 m, es decir que existe una diferencia de cotas de 17 m.
Geografía. Las solicitudes deberán identificar las estaciones de tren ligero, centro de Transporte Público o tren suburbano de VTA más cercanas al proyecto, planificadas o existentes, servidas por XXXX, Caltrain, ACE o Capitol Corridor, e indicar la distancia a dicha estación o centro de Transporte Público. Los solicitantes pueden verificar la elegibilidad de la ubicación del proyecto visitando el mapa interactivo de la página web de la subvención para Transit- Oriented Communities de VTA xxx.xxx/XXXxxxxx, también enlazada aquí. En el caso de las instalaciones artísticas del Programa D. Creación de espacios, arte y activación, los proyectos deben cumplir primero el requisito geográfico antes de situarse a la vista de una estación de VTA, un centro de Transporte Público, una estación de tren de pasajeros o una parada de autobús.

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  • ÁMBITO GEOGRÁFICO Accidentes ocurridos en cualquier parte del mundo excepto países en guerra.

  • Límite Territorial La presente Póliza sólo surtirá sus efectos por pérdidas y/o daños ocurridos y gastos realizados dentro de los límites territoriales de los Estados Unidos Mexicanos.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • Ámbito territorial Este Convenio Colectivo será de aplicación en todo el territorio del Estado español.

  • DELIMITACIÓN GEOGRÁFICA Esta póliza cubre las consecuencias de los eventos que ocurran dentro de los límites geográficos de la República xx Xxxxx Rica

  • Territorio La presente póliza no cubre ninguna pérdida, lesión, daño o responsabilidad legal derivada ya sea directa o indirectamente de bienes, transacciones, comercio u otra actividad relacionada con los países especificados en las condiciones particulares de la póliza.

  • Prácticas antisindicales En cuanto a los supuestos de prácticas que, a juicio de alguna de las partes, quepa calificar de antisindicales, se estará a lo dispuesto en las leyes.

  • Movilidad geográfica xxxxx://xxx.xxxx.xxx Las empresas podrán desplazar a su personal a otros centros de trabajo distintos de aquel en que presten sus servicios durante cualquier plazo de tiempo, fundamentando dicho desplazamiento en razones técnicas, organizativas, de producción o de contratación. Pàg. 24-63 Esta facultad deriva, por una parte, del carácter móvil del trabajo en las obras, como consecuencia inevitable de la temporalidad de la ejecución de las mismas, y a tenor de lo previsto en el artículo 40.1 del Estatuto de los Trabajadores, y por otra, de la competencia atribuida al/la empresario/a en materia de ordenación del trabajo en el artículo 29 del Convenio General de la Construcción. CVE 2019011128 Siempre que el desplazamiento se produzca a un centro de trabajo que se halle situado fuera del área geográfica constituida por el término municipal en donde radica el domicilio de la empresa, y los términos de los municipios colindantes con el del domicilio de la empresa, no teniéndose en cuenta, a estos efectos, ni el domicilio del trabajador, ni el domicilio de las obras en que hubiera trabajado o hubiese sido contratado anteriormente, salvo para los contratos regulados en el artículo 33, dará lugar al devengo de los siguientes conceptos compensatorios: Data 29-3-2019 51.1. Si el desplazamiento es de duración que no exceda de un año, se devengarán dietas, si no puede pernoctar en su residencia habitual, y medias dietas o ayuda alimentaria, si puede pernoctar en ella, con arreglo a los importes que se fijan en el anexo 5 del presente Convenio. Butlletí Oficial de la Província de Barcelona 51.2. A los efectos expresados, se considerará como «domicilio de la empresa» el centro administrativo de la misma en donde radique la administración general del personal, y de donde dimanen las órdenes y distribución del trabajo de tipo general. En las empresas que dispongan de delegaciones administrativas para dichas funciones, se considerará como domicilio de la empresa el de dichas delegaciones, respecto a los trabajadores y las trabajadoras fijos de plantilla dependientes de las mismas. 51.3. Si el desplazamiento es de duración superior a un año, e implica cambio de residencia, deberá ser comunicado a los representantes de los trabajadores y las trabajadoras al mismo tiempo que al trabajador afectado y se devengará una indemnización compensatoria equivalente al 35% de sus percepciones anuales brutas en jornada ordinaria y de carácter salarial en el momento de realizarse el cambio de centro, el 20% de las mismas al comenzar el segundo año, el 10% al comenzar el tercer año y del 10% al comenzar el cuarto año, siempre sobre la base inicial. En caso de que se produzca un nuevo desplazamiento de duración superior a 1 año, con cambio de residencia, antes de transcurridos 4 años desde el anterior, se dará por finalizada la secuencia indemnizatoria iniciándose una nueva, tomando como base la retribución que se viniera percibiendo en este momento.

  • Metas e indicadores del programa LÍNEA CONCEPTO DE GASTO META Indicador

  • EXCLUSIÓN LABORAL LAS PARTES" convienen en que "EL CENACE" no adquiere ninguna obligación de carácter laboral con "EL PROVEEDOR" ni con los elementos que éste utilice para el suministro de los servicios objeto del presente contrato, por lo cual no se le podrá considerar como patrón ni como un sustituto. En particular el personal se entenderá relacionado exclusivamente con la o las personas que lo emplearon y por ende cada una de ellas asumirá su responsabilidad por dicho concepto. Igualmente, y para este efecto y cualquiera no previsto, "EL PROVEEDOR" exime expresamente a "EL CENACE" de cualquier responsabilidad laboral, civil, penal, de seguridad social o de otra especie que, en su caso, pudiera llegar a generarse; sin embargo, si "EL CENACE" tuviera que realizar alguna erogación por alguno de los conceptos que anteceden, "EL PROVEEDOR" se obliga a realizar el reembolso e indemnización correspondiente. Por lo anterior, "LAS PARTES" reconocen expresamente en este acto que "EL CENACE" no tiene nexo laboral alguno con "EL PROVEEDOR", por lo que éste último libera a "EL CENACE" de toda responsabilidad relativa a cualquier accidente o enfermedad que pudiera sufrir o contraer cualquiera de sus trabajadores durante el desarrollo de sus labores o como consecuencia de ellos, así como de cualquier responsabilidad que resulte de la aplicación de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y/o cualquier otra aplicable, derivada de la entrega de los servicios materia de este contrato.