DEL PROGRAMA Cláusulas de Ejemplo

DEL PROGRAMA. El programa TASA 0 “(léase: tasa cero)” pertenece y es promovido por la empresa CREDOMATIC DE COSTA RICA S. A. para sus tarjetas de crédito, con las excepciones que se mencionan más adelante.
DEL PROGRAMA. El Programa “Compra en cuotas al pagar con su tarjeta de crédito Credix en Ferretería EPA”, es promovido por Credix en relación con todos sus tarjetahabientes que hayan suscrito el Contrato de línea de crédito o crédito revolutivo para la emisión y uso de la tarjeta de crédito, así como para los tarjetahabientes adicionales. Todos los tarjetahabientes Credix que deseen participar de los beneficios del presente Programa se adhieren al mismo de forma voluntaria, caso en el cual deberán observar las condiciones establecidas en el contrato de línea de crédito revolutivo y de emisión y uso de tarjeta de crédito y los lineamientos del presente reglamento. El tarjetahabiente, al utilizar su tarjeta de crédito Credix en Ferretería EPA S.A., tendrá la opción de cancelar su compra mediante el pago de varias cuotas mensuales, las cuales según el plazo de la compra conllevan los siguientes porcentajes de interés y monto fijo de gasto de formalización: 1 – 4 0% ¢0
DEL PROGRAMA. El Programa es promovido por Credix en relación con todos sus tarjetahabientes que hayan suscrito el Contrato de línea de crédito revolutivo para la emisión y uso de tarjeta de crédito. En consecuencia, se excluyen del Programa a los tarjetahabientes adicionales. El objeto del presente Programa consiste en otorgar a los tarjetahabientes, que cumplan con las condiciones contempladas en el presente Reglamento, un Crédito Personal en colones, moneda de curso legal de la República xx Xxxxx Rica. Por lo anterior, se deberá entender, para todos los efectos, que este Crédito Personal estará ligado, en todo momento, al Contrato de línea de crédito revolutivo para la emisión y uso de tarjeta de crédito vigente entre el Tarjetahabiente y Credix al momento de solicitar el Crédito Personal. El monto del Crédito Personal que Credix otorgará a sus tarjetahabientes tendrá como límite el sesenta y cinco por ciento del monto disponible aprobado en el contrato de línea de crédito revolutivo para la emisión y uso de la tarjeta de crédito otorgada al tarjetahabiente y del cual forma parte el presente reglamento. En ese sentido, Credix se reserva el derecho de valorar cada caso en particular y determinar el monto máximo del Crédito Personal a otorgar, el cual no podrá sobrepasar el sesenta y cinco por ciento del monto de la línea de crédito para el uso y emisión de la tarjeta de crédito. Para el caso puntual del Crédito CrediXpress a 3 cuotas cero interés, se otorgará como máximo un monto de quinientos mil colones (¢500.000), dicho monto no puede representar más del 65% del disponible de los tarjetahabientes que lo soliciten. Asimismo, Credix determinará, de forma unilateral, el plazo de vigencia del Crédito Personal que podrá acordar con el Tarjetahabiente, según las condiciones indicadas en el punto II.- del presente reglamento. Una vez que Credix haya valorado si el tarjetahabiente cumple con las condiciones del Programa y pueda ser acreedor de los beneficios del mismo, se procederá a realizar un desembolso a su favor. Este desembolso podrá ser realizado mediante un cheque, el cual será emitido a nombre del titular de la tarjeta de crédito, para lo cual el tarjetahabiente deberá presentar a las oficinas centrales de Credix, con su documento de identidad vigente y en buen estado. De igual forma, Credix podrá entregar el monto del Crédito Personal mediante transferencia bancaria a una de las entidades financieras del sistema bancario costarricense. Para ello, el Tarjetahabien...
DEL PROGRAMA. Implementación de programa de tratamiento para niños, niñas y adolescentes general y/o adolescentes y jóvenes con infracción xx xxx penal N° 20.084 en la región del Biobío, dirigido a usuarios y usuarias que presentan consumo problemático de alcohol y otras drogas. La finalidad del programa es facilitar el acceso oportuno y efectivo a tratamiento para esta población específica, a través de la habilitación y equipamiento de un centro de tratamiento en modalidad ambulatoria y residencial y la conformación de un equipo técnico profesional especializado. La implementación del programa implica la adquisición de equipamiento y la conformación de un equipo técnico-profesional con las condiciones técnicas adecuadas para desarrollar un programa que cuente con atención en modalidad ambulatoria intensiva y residencial, cumpliéndose con los requisitos técnicos establecidos en las bases y en el presente convenio. Se contempla tanto la atención de niños, niñas y adolescentes general y/o adolescentes ingresados al sistema judicial en el marco de la ley 20.084. Se incluyen niños, niñas y adolescentes y/o adolescentes que se encuentren en programas de la línea de protección de derechos de SENAME. Con todo, este programa aumenta la oferta específica y de alta complejidad existente en el país para esta población, caracterizada por su alta vulnerabilidad biopsicosocial, con el fin de modificar su patrón de consumo de alcohol y otras drogas, potenciar factores protectores para el proceso de cambio, fortalecer las relaciones vinculares significativas y contribuir a reestructurar estilos de vida.
DEL PROGRAMA. (a) Fase 1. El Beneficiario Principal reconoce que, desde la fecha en que tiene efecto este Acuerdo (indicada en el Articulo 38 descrito abajo), el Fondo Global ha comprometido fondos al Programa bajo este Acuerdo para un período de 24 meses, el cual comienza con la Fecha de Iniciación de la Fase 1 (indicada en el bloque 5 de la hoja de enfrente de este Acuerdo) y termina con la Fecha de Terminación de la Fase 1 (indicada en el bloque 6 de la hoja de enfrente de este Acuerdo) (más adelante, el "Periodo de Programa"). (b) Fase 2. El Fondo Global puede decidir, a su entera discreción, extender el Período del Programa más allá de la Fecha de Terminación de la Fase 1 (una "Aprobación de la Fase 2"). Si el Fondo Global emite una Aprobación de la Fase 2, las partes concernientes elaborarán una enmienda a este Acuerdo y el "Periodo del Programa" automáticamente será extendido a la Fecha de Terminación de la Fase 2 (indicada en el bloque 7 de la hoja de enfrente de este Acuerdo), o a cualquier otra fecha especificada por el Fondo Global en su Aprobación de la Fase 2. (c) Desembolso Estimado. La Fecha de Iniciación de la Fase 1, la Fecha de Terminación de la Fase 1 y la Fecha de Terminación de la Fase 2 serán determinadas por la fecha en la cual el Beneficiario Principal reciba su primer desembolso de los fondos de la Subvención, bajo este Acuerdo. Para este propósito, se estimará que el Beneficiario Principal haya recibido el primer desembolso siete días calendario después de que el Fideicomisario del Fondo Global haya emitido una transferencia bancaria de dicho desembolso a la cuenta bancaria del Beneficiario Principal (la "Fecha Estimada de Recibo"). Si la Fecha Estimada de Recibo está entre el primero y el décimo cuarto día del mes, la Fecha de Iniciación de la Fase 1 será el primer día del mes. Si la Fecha Estimada de Recibo es después del día décimo cuarto del mes, la fecha de Iniciación de la Fase 1 será el primer día del siguiente mes. (d) Notificación. Después de la Fecha Estimada de Recibo el Fondo Global proporcionará una notificación al Beneficiario Principal sobre la Fecha de Iniciación de la Fase 1, la Fecha de Terminación de la Fase 1 y la Fecha de Terminación de la Fase 2, y la hoja de enfrente de este Acuerdo será actualizada de acuerdo a ello.
DEL PROGRAMA. Todos los Programas se autorizarán por periodos máximos de 90 días naturales durante el ejercicio fiscal en curso, asegurándose de que en caso de existir continuidades, en conjunto no excedan de un año calendario. Asimismo, deberán presentarse para su autorización ante la DGADP, con anticipación a la fecha del inicio del periodo de contratación. Esto último no será aplicable para el caso de los denominados programas iniciales.

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  • Programa 27.1 Dentro del plazo establecido en las CEC y después de la fecha de la Carta de Aceptación, el Contratista presentará al Gerente de Obras, para su aprobación, un Programa en el que consten las metodologías generales, la organización, la secuencia y el calendario de ejecución de todas las actividades relativas a las Obras. 27.2 El Programa actualizado será aquel que refleje los avances reales logrados en cada actividad y los efectos de tales avances en el calendario de ejecución de las tareas restantes, incluyendo cualquier cambio en la secuencia de las actividades. 27.3 El Contratista deberá presentar al Gerente de Obras para su aprobación, un Programa con intervalos iguales que no excedan el período establecidos en las CEC. Si el Contratista no presenta dicho Programa actualizado dentro de este plazo, el Gerente de Obras podrá retener el monto especificado en las CEC del próximo certificado de pago y continuar reteniendo dicho monto hasta el pago que prosiga a la fecha en la cual el Contratista haya presentado el Programa atrasado. 27.4 La aprobación del Programa por el Gerente de Obras no modificará de manera alguna las obligaciones del Contratista. El Contratista podrá modificar el Programa y presentarlo nuevamente al Gerente de Obras en cualquier momento. El Programa modificado deberá reflejar los efectos de las Variaciones y de los Eventos Compensables.

  • Programa de trabajo En cuanto a la obligación de presentación del programa de trabajo, se estará a lo que determina el apartado 17 de la cláusula 1. El contratista, si procede, en el plazo que se indica en el apartado 17 de la cláusula 1, contado desde la formalización del contrato, habrá de someter a la aprobación del órgano de contratación correspondiente, el programa para su realización, en el que consten las tareas que considere necesario realizar para atender el contenido del trabajo proponiendo, en su caso, los plazos parciales correspondientes a cada tarea. A estos efectos, se utilizarán como unidades de tiempo la semana y el mes, salvo indicación en contrario xxx xxxxxx de prescripciones técnicas. El programa de trabajo respetará todas las fechas o plazos de entrega fijados en el contrato, y contendrá todos los datos exigidos en aquel pliego, o, de no especificarse en el mismo, los previstos en la cláusula 24 xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Estudios y Servicios Técnicos aprobados por Orden de 8 xx xxxxx de 1972. Si para el desarrollo de los trabajos se precisare establecer por el adjudicatario contactos con entidades u organismos públicos, necesitará la previa autorización del órgano de contratación. El órgano de contratación resolverá sobre el mismo, pudiendo imponer al programa de trabajo presentado la introducción de modificaciones, ampliaciones y el grado de definición que estime necesario para el cumplimiento del contrato. Cada vez que se modifiquen las condiciones contractuales, el contratista queda obligado a la actualización y puesta al día de este programa.

  • INFORMACIÓN SOBRE EL OPERADOR ECONÓMICO Identificación Respuesta Información general Respuesta

  • FORMACIÓN ACADÉMICA Universidad / Institución Fechas Grado Académico Título en Provisión Nacional Desde Hasta

  • INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA Para la evaluación de las OFERTAS, la Comisión de Evaluación podrá requerir de los OFERENTES, la información complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su cometido sin que ello afecte el derecho de igualdad entre ellos, ni altere los términos de las ofertas presentadas.

  • CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN Etapa Fecha, hora y lugar

  • PROPUESTA ECONÓMICA La oferta económica se deberá manifestar a través del formulario provisto para tal efecto en CompraNet para la presente licitación; por lo que la oferta señalada en el sistema será la que la convocante tomará en cuenta para efecto de su evaluación y en su caso para adjudicación, en el supuesto de discrepancia entre lo ofertado en el sistema y cualquier otro documento incluido en la proposición, prevalecerá lo manifestado en la sección de “Propuesta Económica” de CompraNet. Se deberá adjuntar en CompraNet en el apartado de “Anexos Genéricos” de la sección de captura de la propuesta económica, un escrito (preferentemente en papel membretado del licitante) firmado por su propio derecho o a través de su representante o apoderado legal, mediante el cual manifieste bajo protesta de decir verdad lo siguiente: Resumen de la proposición económica por partida, desglosando el I.V.A. y cualquier otro impuesto aplicable al servicio objeto de la presente licitación, precisando el porcentaje correspondiente del mismo, utilizando para ello el formato proporcionado en el Anexo 2 “Propuesta Económica” de esta convocatoria. Que la oferta estará vigente 60 (sesenta) días naturales contados a partir de la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones y que los precios serán firmes hasta la total prestación del servicio y cotizado en moneda nacional. Que los importes ofertados son en pesos mexicanos, fijos e incondicionados durante la vigencia del contrato que se suscriba, sin escalonación. La propuesta económica deberá cumplir e indicar claramente lo señalado en el numeral V, punto 0 x Xxxxx 0 “Propuesta Económica” de esta convocatoria.

  • EXONERACIÓN DE LAS CARGAS LABORALES Y SOCIALES A LA ENTIDAD El PROVEEDOR corre con las obligaciones que emerjan del objeto del presente Contrato, respecto a las cargas laborales y sociales con el personal de su dependencia, se exonera de estas obligaciones a la ENTIDAD.

  • EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA Errores Aritméticos

  • Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo Formalizado el contrato el adjudicatario elaborará un Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Obra, ajustado al Estudio de Seguridad y Salud del Proyecto, en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en estos. En dicho Plan se incluirán, en su caso, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el Contratista proponga con la correspondiente justificación técnica, que no podrán implicar disminución del nivel de protección previsto en el Estudio. El Plan será aprobado por el Ayuntamiento, antes del inicio de la obra, previo informe del Coordinador en materia de seguridad y salud o de la Dirección facultativa de la Obra, si no fuera preceptivo designar Coordinador, y se comunicará a la Autoridad Laboral. Efectuado este trámite se procederá al acta de replanteo e inicio de la obra.