DEL PROGRAMA Cláusulas de Ejemplo

DEL PROGRAMA. El Programa es promovido por Credix en relación con todos sus tarjetahabientes que hayan suscrito el Contrato de línea de crédito revolutivo para la emisión y uso de tarjeta de crédito. En consecuencia, se excluyen del Programa a los tarjetahabientes adicionales. El objeto del presente Programa consiste en otorgar a los tarjetahabientes, que cumplan con las condiciones contempladas en el presente Reglamento, un Crédito Personal en colones, moneda de curso legal de la República xx Xxxxx Rica. Por lo anterior, se deberá entender, para todos los efectos, que este Crédito Personal estará ligado, en todo momento, al Contrato de línea de crédito revolutivo para la emisión y uso de tarjeta de crédito vigente entre el Tarjetahabiente y Credix al momento de solicitar el Crédito Personal. El monto del Crédito Personal que Credix otorgará a sus tarjetahabientes tendrá como límite el sesenta y cinco por ciento del monto disponible aprobado en el contrato de línea de crédito revolutivo para la emisión y uso de la tarjeta de crédito otorgada al tarjetahabiente y del cual forma parte el presente reglamento. En ese sentido, Credix se reserva el derecho de valorar cada caso en particular y determinar el monto máximo del Crédito Personal a otorgar, el cual no podrá sobrepasar el sesenta y cinco por ciento del monto de la línea de crédito para el uso y emisión de la tarjeta de crédito. Para el caso puntual del Crédito CrediXpress a 3 cuotas cero interés, se otorgará como máximo un monto de quinientos mil colones (¢500.000), dicho monto no puede representar más del 65% del disponible de los tarjetahabientes que lo soliciten. Asimismo, Credix determinará, de forma unilateral, el plazo de vigencia del Crédito Personal que podrá acordar con el Tarjetahabiente, según las condiciones indicadas en el punto II.- del presente reglamento. Una vez que Credix haya valorado si el tarjetahabiente cumple con las condiciones del Programa y pueda ser acreedor de los beneficios del mismo, se procederá a realizar un desembolso a su favor. Este desembolso podrá ser realizado mediante un cheque, el cual será emitido a nombre del titular de la tarjeta de crédito, para lo cual el tarjetahabiente deberá presentar a las oficinas centrales de Credix, con su documento de identidad vigente y en buen estado. De igual forma, Credix podrá entregar el monto del Crédito Personal mediante transferencia bancaria a una de las entidades financieras del sistema bancario costarricense. Para ello, el Tarjetahabien...
DEL PROGRAMA. El programa TASA 0 “(léase: tasa cero)” pertenece y es promovido por la empresa CREDOMATIC DE COSTA RICA S. A. para sus tarjetas de crédito, con las excepciones que se mencionan más adelante.
DEL PROGRAMA. (a) Fase 1. El Beneficiario Principal reconoce que, desde la fecha en que tiene efecto este Acuerdo (indicada en el Articulo 38 descrito abajo), el Fondo Global ha comprometido fondos al Programa bajo este Acuerdo para un período de 24 meses, el cual comienza con la Fecha de Iniciación de la Fase 1 (indicada en el bloque 5 de la hoja de enfrente de este Acuerdo) y termina con la Fecha de Terminación de la Fase 1 (indicada en el bloque 6 de la hoja de enfrente de este Acuerdo) (más adelante, el "Periodo de Programa").
DEL PROGRAMA. DÉCIMO PRIMERO. Todos los Programas se autorizarán por periodos máximos de 90 días naturales durante el ejercicio fiscal en curso, asegurándose de que en caso de existir continuidades, en conjunto no excedan de un año calendario. Asimismo, deberán presentarse para su autorización ante la DGADP, con anticipación a la fecha del inicio del periodo de contratación. Esto último no será aplicable para el caso de los denominados programas iniciales.
DEL PROGRAMA. Sección 2.01 Breve Descripción del Programa.
DEL PROGRAMA. Implementación de programa de tratamiento para niños, niñas y adolescentes general y/o adolescentes y jóvenes con infracción xx xxx penal N° 20.084 en la región del Biobío, dirigido a usuarios y usuarias que presentan consumo problemático de alcohol y otras drogas. La finalidad del programa es facilitar el acceso oportuno y efectivo a tratamiento para esta población específica, a través de la habilitación y equipamiento de un centro de tratamiento en modalidad ambulatoria y residencial y la conformación de un equipo técnico profesional especializado. La implementación del programa implica la adquisición de equipamiento y la conformación de un equipo técnico-profesional con las condiciones técnicas adecuadas para desarrollar un programa que cuente con atención en modalidad ambulatoria intensiva y residencial, cumpliéndose con los requisitos técnicos establecidos en las bases y en el presente convenio. Se contempla tanto la atención de niños, niñas y adolescentes general y/o adolescentes ingresados al sistema judicial en el marco de la ley 20.084. Se incluyen niños, niñas y adolescentes y/o adolescentes que se encuentren en programas de la línea de protección de derechos de SENAME. Con todo, este programa aumenta la oferta específica y de alta complejidad existente en el país para esta población, caracterizada por su alta vulnerabilidad biopsicosocial, con el fin de modificar su patrón de consumo de alcohol y otras drogas, potenciar factores protectores para el proceso de cambio, fortalecer las relaciones vinculares significativas y contribuir a reestructurar estilos de vida.
DEL PROGRAMA. El Programa “Compra en cuotas al pagar con su tarjeta de crédito Credix en Ferretería EPA”, es promovido por Credix en relación con todos sus tarjetahabientes que hayan suscrito el Contrato de línea de crédito o crédito revolutivo para la emisión y uso de la tarjeta de crédito, así como para los tarjetahabientes adicionales. Todos los tarjetahabientes Credix que deseen participar de los beneficios del presente Programa se adhieren al mismo de forma voluntaria, caso en el cual deberán observar las condiciones establecidas en el contrato de línea de crédito revolutivo y de emisión y uso de tarjeta de crédito y los lineamientos del presente reglamento. El tarjetahabiente, al utilizar su tarjeta de crédito Credix en Ferretería EPA S.A., tendrá la opción de cancelar su compra mediante el pago de varias cuotas mensuales, las cuales según el plazo de la compra conllevan los siguientes porcentajes de interés y monto fijo de gasto de formalización: 1 – 4 0% ¢0

Related to DEL PROGRAMA

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN Es prohibido al CONTRATISTA ceder el presente Contrato en forma total o parcial, sin la previa autorización por escrito de LA UNIVERSIDAD. No se consideran dentro de esta situación aquellos subcontratos que sean necesarios otorgar por parte del CONTRATISTA para la ejecución de las actividades pactadas.

  • INTERÉS ASEGURADO La puesta a disposición del Asegurado de un servicio de asesoramiento y trámite gratuíto de descargo en denuncias y recursos administrativos contra sanciones que se le impongan por las autoridades españolas, derivadas de la conducción de la motocicleta asegurada, por infracciones que se le atribuyan referidas al tráfico y que puedan llevar aparejadas sanciones económicas , privación del permiso de conducir o pérdida de puntos, exceptuando las denuncias por conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes o por aparcamiento indebido.

  • CONTENIDO DE LA OFERTA La propuesta deberá contener:

  • CAMBIOS Previo a la entrega de los Bienes o a la terminación de la prestación de los Servicios WeWork podrá recalendarizar los Servicios, cambiar el destino de entrega de los Bienes cubiertos en cualquier Orden, cambiar los Servicios cubiertos de conformidad a cualquier Orden, o cancelar cualquier Orden, así como cambiar las especificaciones de dichos B&S, siempre y cuando se notifique al Proveedor por escrito (las “Órdenes de Cambio”), en cualquier caso, sin costo alguno para WeWork, salvo que los cambios solicitados por WeWork incrementen o disminuyan materialmente los costos para la entrega de los Bienes o para la prestación de los Servicios a WeWork, como requerir Servicios o materiales adicionales, las partes deberán negociar y ajustar de manera adecuada las obligaciones contenidas en la Orden, de conformidad con esta cláusula, antes que el Proveedor inicie con los trabajos en relación a dicha Orden de Cambio. El Proveedor aceptará cualquier cambio y deberá, si un cambio incrementa o disminuye los costos o tiempos requeridos para su cumplimiento, dentro de los 2 (dos) días hábiles siguientes contados a partir de haber recibido dicha Orden de Cambio, entregar a WeWork una propuesta firme reflejando cualquier incremento o disminución causada en consecuencia de dicha Orden de Cambio. En caso que WeWork acepte dicha propuesta, el Proveedor deberá proceder con los cambios en los servicios objeto de la propuesta de costos y bajo los términos y condiciones del presente Contrato. En el caso que WeWork no acepte los cambios propuestos podrá cancelar la orden respectiva. El Proveedor deberá notificar a WeWork, con a lo menos 2 (dos) días hábiles de anticipación a llevar a cabo cualquier cambio material o intencional, a los B&S, incluyendo sin limitar, cambios en la composición, especificaciones de calidad, procesos de manufacturación, etiquetado, funcionalidad, seguridad, ubicación de manufactura, y del uso de cualquier proveedor o subcontratista. Una vez notificado el cambio iniciado por el Proveedor, WeWork podrá cancelar dicha Orden. Cualquier revisión llevada a cabo por el Proveedor a una Orden, en relación al precio u otro elemento, deberá ser notificado por escrito y estar aprobado por WeWork. El Proveedor no podrá, en ningún caso, retener o retrasar el acuerdo de algún cambio de Orden solicitada por WeWork de manera irrazonable.

  • DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS LICITADORES La documentación requerida para materializar la oferta se incluirá en tres sobres. En uno se incluirá la documentación acreditativa de la concurrencia de los requisitos necesarios para contratar y en el segundo la documentación relativa a la oferta técnica y en el tercero la relativa a los criterios de adjudicación sujetos a valoración automática (precio y plazos de entrega). Cada uno de los sobres estará cerrado, sellado y firmado, con indicación de la empresa y de su contenido, haciendo constar en el mismo la referencia: Director del Departamento de Compras. Contratación del suministro de ropa de trabajo para el personal de la Imprenta de Billetes, S.A. (IMBISA) SOLPED1794 Toda la documentación se presentará sin grapar ni encuadernar, deberá estar firmada por el licitador o persona con poder bastante y redactada en lengua castellana o acompañada, en su caso, de una traducción oficial. En caso de certificados, acreditaciones y documentos públicos deberán ser originales, copias auténticas o fotocopias debidamente compulsadas. Todos los documentos se presentarán en el orden establecido en esta cláusula. Los licitadores presentarán, en su caso, una declaración a incluir en cada sobre, según modelo que se facilita como anejo 1, designando qué documentos administrativos y técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de ser considerados confidenciales. Sin perjuicio de las obligaciones en materia de publicidad e información a los candidatos y licitadores, los datos y documentos concretos podrán ser considerados de carácter confidencial cuando su difusión a terceras personas pueda afectar a sus intereses comerciales legítimos o perjudicar la xxxx competencia entre las empresas del sector. La declaración de confidencialidad no puede afectar a la totalidad de la oferta. En caso de no aportarse dicha declaración, se considerará que ningún documento o dato posee carácter confidencial. En primer lugar los licitadores incluirán en este sobre la hoja de datos de la empresa y personas de contacto, según modelo que se facilita como anejo 2. A continuación, con el objeto de acreditar su capacidad de contratar con IMBISA, los licitadores deberán incluir en este sobre los documentos que se indican en los puntos siguientes. Estarán exentos de presentar la documentación a la que se refieren los puntos 1 y 2 de esta cláusula, aquellos licitadores que, habiendo resultado adjudicatarios de anteriores concursos convocados por IMBISA, la hubiesen remitido en su momento, habiendo sido declarada bastante, siempre y cuando no se hubiese producido ninguna modificación respecto de la misma ni de la persona o personas autorizadas para firmar, en su caso, el contrato objeto de la presente licitación. No obstante lo anterior, en el sobre se introducirá un documento (véase modelo en anejo 3), firmado por persona con poder bastante para actuar en nombre del licitador, en el que se especifique, de un lado, el concurso (n.º de expediente u objeto del mismo) en que resultó adjudicatario y, de otro, que el documento o documentos de que se trate no han sufrido variación desde la fecha de adjudicación. Con independencia de todo ello, IMBISA podrá, si lo estima conveniente, recabar la documentación que crea necesaria, debiendo los licitadores remitirla en el plazo que, a tal efecto, establezca. Económico Europeo, deberán acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este registro sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Fotocopias, legitimadas notarialmente o debidamente compulsadas con el original, de los siguientes documentos relativos al representante legal: Posteriormente se podrá requerir al adjudicatario la acreditación de la publicación en el BORME del poder del representante legal, en su caso. Para conseguir dicha acreditación pueden dirigirse al Registro Mercantil Central, x/ Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, 94, 28006 Madrid, teléfono 000 000 000, fax 000 000 000, donde les facilitarán el número del BORME en el que se publicó, y con este dato solicitar fotocopia al fax 000 000 000 o mediante correo electrónico a xxxx@xxx.xx del Servicio de Información Legislativa. Asimismo, el dato sobre la fecha de publicación en el BORME y número de anuncio se puede obtener en la página web del Registro Mercantil Central xxx.xxx.xx. Cuando dos o más empresas concurran a una licitación agrupados en Unión Temporal de Empresas, cada una de ellas deberá acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar, además, en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan, el porcentaje de participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios, y la persona que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a IMBISA. El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la unión temporal. En caso de estar exento del Impuesto sobre Actividades Económicas, se acreditará esta circunstancia mediante declaración responsable. Los documentos a que se refieren los apartados b, c y d podrán sustituirse por una declaración responsable, firmada por persona con poder bastante, de que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, seguida del compromiso de aportar los certificados correspondientes en el plazo de cinco días hábiles a contar desde la comunicación de IMBISA, en el caso de ser propuesto como adjudicatario.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.

  • TERMINACIÓN BILATERAL Las partes Contratantes podrán acordar la extinción de las obligaciones contractuales en cualquier momento, siempre y cuando no concurra otra causa de terminación imputable a LA CONTRATISTA y que por razones de interés público hagan innecesario o inconveniente la vigencia del Contrato, sin mas responsabilidad que la que corresponda a la de los bienes entregados y recibidos. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: