Libro de Obras Cláusulas de Ejemplo
Libro de Obras. Llevar un registro de lo tratado en las reuniones administrativas y suministrar copias del mismo a los asistentes y a la Entidad Contratante. El fiscalizador será responsable de levantar las ayudas de memoria en las reuniones en condición de secretario. Ya sea en la propia reunión o con posterioridad a ella, deberá proponer las obligaciones respectivas en relación a las medidas que deben adoptarse y comunicarlas por escrito a todos los asistentes. Exigir al contratista la utilización de Libros de Obra, desde el primer día de inicio de las Obras, para el control de las actividades diarias, los cuales deben permanecer en los sitios de trabajo. Los pedidos de cambios, suspensiones y cualquier otra observación relativa a la ejecución de los trabajos, el Fiscalizador lo hará constar en el Libro de Obra, con su firma de responsabilidad y de un Representante de la Comunidad. Anotar en el libro de obra las observaciones, instrucciones o comentarios que a su criterio deben ser considerados por el contratista para el mejor desarrollo de la obra. Aquellos que tengan especial importancia se consignarán adicionalmente por oficio regular. Anotar en el Libro de Obras las actividades relevantes que se realizan a diario y describir la composición del personal que se encuentre laborando, cantidades de materiales existentes en la Obra, situaciones que incidan positiva o negativamente en su ejecución, observaciones al proceso de ejecución y recomendaciones para corregir o mejorar, avisos sobre actividades futuras y acuerdos que se tomen en relación con las Obras, resultados de los levantamientos de campo y el trabajo técnico y administrativo que realiza como Fiscalizador de Obras. Normativa Vigilar y responsabilizarse por el fiel y estricto cumplimiento de las cláusulas del contrato de ejecución de obra a fin de que el proyecto se ejecute de acuerdo a sus diseños definitivos, especificaciones técnicas y la implementación de cronogramas de trabajo, recomendaciones de los diseñadores y normas técnicas aplicables, realizando las observaciones pertinentes a través del Libro de Obra, oficios e informes; Controlar las fechas de vencimiento de las garantías y seguros entregadas por el Contratista. Las condiciones de las garantías y seguros no podrán modificarse sin la aprobación del fiscalizador y autorización por parte del Administrador del Contrato. En caso de estar próximo su vencimiento comunicara al Administrador del Contrato. Verificar que el Contratista cuente con los permiso...
Libro de Obras. A los efectos del control de la obra, se llevará un Libro de Obras, entregado por la Contratista a la Fiscalización dentro del plazo previsto para los trabajos preliminares. El libro de obras tendrá páginas foliadas, en original y dos copias, y será responsabilidad del Contratista su guarda y conservación. El libro de obras estará en forma permanente a disposición de la Fiscalización y en ningún caso se permitirá el retiro de dicho de obras del sitio de los trabajos. En dicho Libro de Obras, la Fiscalización dejará constancia del control de los trabajos y de la ejecución de las faenas, de acuerdo a los planos, a las especificaciones técnicas, al cronograma y demás documentos del Contrato. Asimismo, se dejará constancia en el Libro de Obras, de las paralizaciones que puedan sufrir los trabajos, indicándose las causas y demás circunstancias y hechos que se estimen necesarios. Se anotarán igualmente en el Libro de Obras, las órdenes impartidas por el FISCAL así como las protestas de la Contratista. La Contratista deberá notificarse de las anotaciones y observaciones que consten en el libro de obras, y formular a su vez, las observaciones que estime conveniente. El Libro de Obras se constituye en complemento del Contrato, razón por la que todos los datos registrados en él adquieren valor legal
Libro de Obras. A partir del inicio de las Obras indicadas en el Cuadro N° 2 del Anexo A, el CONCESIONARIO se obliga a abrir y mantener para los distintos Tramos un Libro de Obra. En dicho Libro de Obra se anotarán los hechos más importantes durante la Construcción de las mismas, incluyendo entre otros: relación ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ de materiales que se estén empleando; relación de proveedores y subcontratistas; copia de resultados de ensayo o de pruebas de puesta en funcionamiento; copia de comunicaciones entre el CONCESIONARIO y el Supervisor de Obras; copia de Informes de Avance; copia de cubicaciones mensuales; copia del cumplimiento del calendario de avance; relación de los eventos que han afectado el cumplimiento del calendario de avance; y cualquier otra información útil para documentar el proceso de Construcción. Se anotarán, por último, las condiciones en que se pone en servicio la Obra.
Libro de Obras. Existirá un Libro de Obras exclusivo para comunicaciones entre: la ITO, el Propietario, el Arquitecto, los Especialistas del proyecto y la Constructora, el cual debe ser foliado, en triplicado y autocopiativo. En él se registrarán todas las observaciones que merezca el desarrollo de los trabajos, las instrucciones que reciban la Constructora, las aprobaciones y todas aquellas menciones que las Bases o el Contrato ordenen estampar. Su mantención, cuidado y entrega a la ITO, será de responsabilidad de la Constructora. En el Libro de Obras deberá quedar indicada la fecha de inicio de las Obras, del Profesional y del jefe a cargo de las obras, así como también las referencias topográficas.
