MEDICINA PRIMARIA Cláusulas de Ejemplo
MEDICINA PRIMARIA. Medicina General. Asistencia en consulta y a domicilio. - Pediatría y puericultura. Para niños menores de catorce años. - Enfermería. Servicio en consulta y a domicilio. En este último caso, siempre y cuando el enfermo guarde cama y previa prescripción de un facultativo del Cuadro Médico de La Ase- guradora.
MEDICINA PRIMARIA. El Asegurador garantiza la asistencia sanitaria relacionada con la MEDICINA PRIMARIA en los términos siguientes:
MEDICINA PRIMARIA. Medicina General. Asistencia en consulta y a domicilio.
MEDICINA PRIMARIA. Ambulancia Máximo 100 km asegurado/año Solo con prescripción médica Enfermería A domicilio sólo con autorización Pediatría Hasta los 14 años Especialidad médica hasta los 14 años. Dermatología y venereología Se excluyen tratamientos de estética. Odontología Consultar apartado salud dental plus Otorrinolaringología Se excluyen las técnicas con radiofrecuencia. Cirugía obstétrica y ginecológica Cirugía oftalmológica Ver apartado de tratamientos concertados con coste para el asegurado. Cirugía otorrinolaringológica y micro audiocirugía Se excluyen las técnicas de radiofrecuencia. Cirugía plástica y reparadora No se cubre la cirugía estética. Hospitalización en uci Hospitalización medica Límite de 60 días de estancia médica por año. Este límite se aplica de forma independiente por proceso de hospitalización Hospitalización pediátrica Hasta los 14 años. Hospitalización psiquiátrica Límite anual de 30 días Este límite se aplica de forma independiente por proceso de hospitalización Pruebas diagnosticas Análisis clínicos Se excluyen los análisis de tipo Genético salvo autorización expresa del asegurador. Medicina nuclear Pet y pet/tac Máximo 2 actos por asegurado y año. Se limita el uso de esta prueba diagnóstica a las indicaciones detalladas en el contrato Acupuntura Máximo 20 sesiones por asegurado al año. Sólo aparato locomotor Fisioterapia y rehabilitación Máximo 20 sesiones por asegurado al año. Para afecciones propias del aparato locomotor. Con el mismo límite se cubren los drenajes linfáticos postcirugía oncológica de mama con afectación ganglionar acontecida durante la vigencia de la póliza. El límite de 20 sesiones será de aplicación por asegurado, por año y para un mismo proceso. Homeopatía y medicina deportiva . Litotricia Máximo 2 sesiones por asegurado al año. Logofoniatria Máximo 20 sesiones por asegurado al año. Excluida logopedia Exclusivamente para rehabilitación tras intervenciones quirúrgicas mayores de la laringe Oncología clínica y radioterápica Únicamente se cubrirán los gastos de medicamentos citostáticos (vía parenteral) legalmente comercializados en España, autorizados por el ministerio de sanidad.
MEDICINA PRIMARIA. -Medicina General. Asistencia en consulta y a domicilio. -Pediatría y puericultura. Para niños menores de catorce años. -Enfermería. Servicio de A.T.S./D.U.E. En consulta y a domicilio. En este último caso siempre y cuando el enfermo guarde cama y previa prescripción de un Médico del cuadro médico de ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇.
MEDICINA PRIMARIA. Medicina General. Asistencia en consulta y a domicilio. - Enfermería. Servicio en consulta y a domicilio. En este último caso, siempre y cuando el enfermo guarde cama y previa prescripción de un facultativo del Cuadro Médico de la Aseguradora.
MEDICINA PRIMARIA. Medicina General Pediatría y Puericultura: abarca la asistencia a menores de 16 años Servicio de ATS: previa prescripción escrita por un médico de la mutualidad Asistencia médica domiciliaria, tanto para Medicina General, como Pediatría y ATS Asistencia a crónicos en domicilio
MEDICINA PRIMARIA. Medicina General. Asistencia médica con indicación y prescripción de pruebas y medios de diagnóstico básicos exclusivamente en el consultorio.
MEDICINA PRIMARIA. Medicina General o de Familia, Pediatría, Enfermería. 2.1.- Medicina General o de Familia.
MEDICINA PRIMARIA. 1.1. Medicina general en consulta.
1.2. Pediatría y puericultura en consulta.
