MEDICINA PRIMARIA. Medicina General. Asistencia en consulta y a domicilio. - Pediatría y puericultura. Para niños menores de catorce años. - Enfermería. Servicio en consulta y a domicilio. En este último caso, siempre y cuando el enfermo guarde cama y previa prescripción de un facultativo del Cuadro Médico de La Ase- guradora.
MEDICINA PRIMARIA. El Asegurador garantiza la asistencia sanitaria relacionada con la MEDICINA PRIMARIA en los términos siguientes:
MEDICINA PRIMARIA. Medicina General. Asistencia en consulta y a domicilio.
MEDICINA PRIMARIA. Ambulancia. Para el traslado de los enfermos al sanatorio o viceversa, y solo para ingreso hospitalario o asistencia de urgencia y siempre que concurran especiales circunstancias que impidan la utilización de los servicios ordinarios de transporte (servicios públicos, taxi o vehículo propio). Será necesaria la prescripción de un Médico, excepto en caso de urgencia vital. La distancia máxima cubierta para estos traslados será la fijada en el Resumen de Garantías. Ayudante Técnico Sanitario. En consultorio y/o a domicilio del Asegurado, previa prescripción de un médico. Medicina General. En consulta y a domicilio cuando la enfermedad impida al paciente acudir a la consulta. Puericultura y Pediatría. Se aplicarán las normas citadas en cuanto a Medicina General. Ampara hasta los 14 años. Urgencias. Alergología. Las vacunas y extractos serán por cuenta del Asegurado y prescritas a través de oficinas de farmacia. Anestesiología y Reanimación. Aparato Digestivo. Cardiología. Dermatología y Venereología. Se excluye: Los tratamiento con Láser para afecciones cutáneas. Endocrinología. Se excluye: Los tratamientos para la obesidad exógena, educación dietética y diabetológica. Estomatología. Salvo contratación expresa del Suplemento Dental se cubrirán extracciones, curas estomatológicas derivadas de éstas y una limpieza de boca al año, hasta el límite fijado en el Resumen de Garantías. Geriatría. Ginecología. Incluyen revisiones ginecológicas. Dichas revisiones incluyen: Examen Clínico por Ginecólogo, Citología y Ecografía. Hematología. Medicina Interna. Nefrología. Neumología. Neurofisiología. Neurología. Obstetricia/Tocología. Seguimiento del embarazo y la asistencia al parto. Se requerirá un período de carencia detallado en el Resumen de Garantías, salvo en los supuestos de partos distócicos o prematuros. Esta prestación comprende en concreto las visitas de obstetricia, ecografías de embarazo, analítica prescrita por el obstetra, amniocentesis en caso de triple screening positivo, edad superior a 35 años o antecedentes patológicos que la justifiquen, monitorización fetal en caso necesario, asistencia al parto o cesárea por el tocólogo y comadrona, anestesia epidural, estancia en clínica de la asegurada y su manutención, gastos de la sala de partos y quirófano y atención al recién nacido. Oftalmología. Oncología médica. Otorrinolaringología. Se excluyen los tratamientos por radiofrecuencia. Psiquiatría. Tratamiento d...
MEDICINA PRIMARIA. Medicina General. Asistencia en consulta y a domicilio. - Enfermería. Servicio en consulta y a domicilio. En este último caso, siempre y cuando el enfermo guarde cama y previa prescripción de un facultativo del Cuadro Médico de la Aseguradora.
MEDICINA PRIMARIA. Medicina General o de Familia, Pediatría, Enfermería. 2.1.- Medicina General o de Familia.
MEDICINA PRIMARIA. Medicina General Pediatría y Puericultura: abarca la asistencia a menores de 16 años Servicio de ATS: previa prescripción escrita por un médico de la mutualidad Asistencia médica domiciliaria, tanto para Medicina General, como Pediatría y ATS Asistencia a crónicos en domicilio
MEDICINA PRIMARIA. (Ámbito: todo el territorio nacional)
MEDICINA PRIMARIA. Medicina General. Pediatría y Puericultura de zona. Enfermería-Servicio de ATS/DUE. Vacunación.
MEDICINA PRIMARIA. El seguro cubrirá medicina general, pediatría y puericultura y servicio de ATS/DUE y la asistencia se hará en consulta y a domicilio.