MEDICINA PRIMARIA Cláusulas de Ejemplo

MEDICINA PRIMARIA. Medicina General. Asistencia en consulta y a domicilio. - Pediatría y puericultura. Para niños menores de catorce años. - Enfermería. Servicio en consulta y a domicilio. En este último caso, siempre y cuando el enfermo guarde cama y previa prescripción de un facultativo del Cuadro Médico de La Ase- guradora.
MEDICINA PRIMARIA. El Asegurador garantiza la asistencia sanitaria relacionada con la MEDICINA PRIMARIA en los términos siguientes:
MEDICINA PRIMARIA. Medicina General. Asistencia en consulta y a domicilio.
MEDICINA PRIMARIA.  Ambulancia. Para el traslado de los enfermos al sanatorio o viceversa, y solo para ingreso hospitalario o asistencia de urgencia y siempre que concurran especiales circunstancias que impidan la utilización de los servicios ordinarios de transporte (servicios públicos, taxi o vehículo propio). Será necesaria la prescripción de un Médico, excepto en caso de urgencia vital. La distancia máxima cubierta para estos traslados será la fijada en el Resumen de Garantías.  Ayudante Técnico Sanitario. En consultorio y/o a domicilio del Asegurado, previa prescripción de un médico.  Medicina General. En consulta y a domicilio cuando la enfermedad impida al paciente acudir a la consulta.  Puericultura y Pediatría. Se aplicarán las normas citadas en cuanto a Medicina General. Ampara hasta los 14 años.  Urgencias.  Alergología. Las vacunas y extractos serán por cuenta del Asegurado y prescritas a través de oficinas de farmacia.  Anestesiología y Reanimación.  Aparato Digestivo.  Cardiología.  Dermatología y Venereología. Se excluye: Los tratamiento con Láser para afecciones cutáneas.  Endocrinología. Se excluye: Los tratamientos para la obesidad exógena, educación dietética y diabetológica.  Estomatología. Salvo contratación expresa del Suplemento Dental se cubrirán extracciones, curas estomatológicas derivadas de éstas y una limpieza de boca al año, hasta el límite fijado en el Resumen de Garantías.  Geriatría.  Ginecología. Incluyen revisiones ginecológicas. Dichas revisiones incluyen: Examen Clínico por Ginecólogo, Citología y Ecografía.  Hematología.  Medicina Interna.  Nefrología.  Neumología.  Neurofisiología.  Neurología.  Obstetricia/Tocología. Seguimiento del embarazo y la asistencia al parto. Se requerirá un período de carencia detallado en el Resumen de Garantías, salvo en los supuestos de partos distócicos o prematuros. Esta prestación comprende en concreto las visitas de obstetricia, ecografías de embarazo, analítica prescrita por el obstetra, amniocentesis en caso de triple screening positivo, edad superior a 35 años o antecedentes patológicos que la justifiquen, monitorización fetal en caso necesario, asistencia al parto o cesárea por el tocólogo y comadrona, anestesia epidural, estancia en clínica de la asegurada y su manutención, gastos de la sala de partos y quirófano y atención al recién nacido.  Oftalmología.  Oncología médica.  Otorrinolaringología. Se excluyen los tratamientos por radiofrecuencia.  Psiquiatría. Tratamiento d...
MEDICINA PRIMARIA. Medicina General. Asistencia en consulta y a domicilio. - Enfermería. Servicio en consulta y a domicilio. En este último caso, siempre y cuando el enfermo guarde cama y previa prescripción de un facultativo del Cuadro Médico de la Aseguradora.
MEDICINA PRIMARIA. Medicina General o de Familia, Pediatría, Enfermería. 2.1.- Medicina General o de Familia.
MEDICINA PRIMARIA. Medicina GeneralPediatría y Puericultura: abarca la asistencia a menores de 16 años  Servicio de ATS: previa prescripción escrita por un médico de la mutualidad  Asistencia médica domiciliaria, tanto para Medicina General, como Pediatría y ATS  Asistencia a crónicos en domicilio
MEDICINA PRIMARIA. (Ámbito: todo el territorio nacional)
MEDICINA PRIMARIA. Medicina General. Pediatría y Puericultura de zona. Enfermería-Servicio de ATS/DUE. Vacunación.
MEDICINA PRIMARIA. El seguro cubrirá medicina general, pediatría y puericultura y servicio de ATS/DUE y la asistencia se hará en consulta y a domicilio.