Medicina General Cláusulas de Ejemplo

Medicina General. El Asegurado podrá elegir libremente su médico de cabecera de entre los que figuran en el Cuadro Médico; la asistencia se podrá prestar en consulta o en el propio domicilio del Asegurado, cuando las circunstancias lo requieran a juicio del facultativo.
Medicina General. La Medicina General comprende la asistencia médica en consultorio, prescripción y realización a partir de la misma de las pruebas y medios de diagnósticos básicos (analítica y radiología general), y a domicilio en los mismos términos cuando por motivos que dependan sólo de la enfermedad que aqueje al Asegurado, el mismo se encuentre impedido para trasladarse al consultorio del médico, siempre y cuando el Asegurador disponga de servicios concertados al efecto.
Medicina General. 1. Todos los Centros de trabajo de Xxxx deberán estar dotados, al menos, con los elementos necesarios para primeras curas y cuidados médicos de urgencia. 2. Aena garantizará, en todos sus Centros de trabajo, el traslado urgente a Centros Sanitarios, en caso de enfermedad súbita o accidente del trabajador, debiendo elaborar y difundir el procedimiento necesario, en cada centro, para dar cobertura a las garantías recogidas en este artículo. 3. La empresa garantizará reconocimientos médicos generales, ginecológicos y determinación del PSA (solo hombres) de carácter voluntario, gratuitos y anuales a todo el personal de Aena. 4. Los trabajadores podrán asistir a consulta médica durante el horario de trabajo, por el tiempo indispensable para la realización de la misma, debiendo justificar este extremo con el documento acreditativo del servicio sanitario correspondiente.
Medicina General. 1. Todos los Centros de trabajo del Grupo Aena deberán estar dotados, al menos, con los elementos necesarios para primeras curas y cuidados médicos de urgencia. 2. Las empresas que constituyen el Grupo Aena garantizarán, en todos sus Centros de trabajo, el traslado urgente a Centros Sanitarios, en caso de enfermedad súbita o accidente del trabajador, debiendo elaborar y difundir el procedimiento necesario, en cada centro, para dar cobertura a las garantías recogidas en este artículo. 3. Las empresas que constituyen el Grupo Aena garantizarán los reconocimientos médicos generales, ginecológicos y determinación del PSA (solo hombres) de carácter voluntario, gratuitos y anuales a todo su personal. 4. Los trabajadores podrán asistir a consulta médica durante el horario de trabajo, por el tiempo indispensable para la realización de la misma, debiendo justificar este extremo con el documento acreditativo del servicio sanitario correspondiente.
Medicina General. 7.2.3.7.1 MEDICINA GENERAL CONSULTA EXTERNA ESPECIFICACIONES ESENCIALES: Aspecto general:  Desarrollo e implementación del proceso de atención en el área operativa de consulta externa de la ESE Hospital Local de Piedecuesta, garantizando la presencia del personal requerido para satisfacer la demanda del servicio.  Ejecutar el proceso con personal debidamente seleccionado, capacitado y con experiencia en las actividades a desarrollar. Para ello el contratista deberá poner a disposición de la ESE Hospital Local de Piedecuesta los documentos que acrediten experiencia y formación académica, y pólizas de responsabilidad profesional.  El personal contratado deberá: a) Informar y educar al usuario y su familia en los aspectos concernientes al cuidado de la salud; b) Conocer, enseñar y aplicar los deberes y derechos de los usuarios; c) Realizar acciones que garanticen la seguridad del cliente interno, el usuario y su familia; d) Aportar y establecer acciones de mejoramiento que propendan por el cumplimiento de la normatividad vigente en salud; e) Asistir a las reuniones o comités a los que sean invitados; f) Responder por el buen uso de los equipos o elementos suministrados por la ESE Hospital Local de Piedecuesta.  El contratista deberá: a) Mantener permanentemente y en forma exclusiva un coordinador del proceso quien velara porque el personal contratado cumpla cabalmente con las funciones asignadas;
Medicina General. En caso de que el usuario o sus beneficiarios requieran una asesoría virtual o telefónica de medicina general, “EL PRESTADOR” a solicitud del usuario o beneficiario brindará la coordinación del direccionamiento de la consulta telefónica con un médico para asesoría médica general las 24 horas, los 365 días del año. Para videollamada con médico general el horario de asignación de citas será de 6:00 a.m. a 10:30 p.m. En la línea de atención, un médico le orientará en los procedimientos y conductas provisionales, según la sintomatología manifestada, que se deben asumir mientras se hace contacto presencial profesional médico-paciente, en caso de que lo requiera. El servicio está sujeto a previo criterio y autorización del personal de salud del call center quienes al recibir la llamada categorizarán el servicio en teleorientación o telemedicina. • A través del servicio de asesoría médica telefónica, el profesional sólo podrá hacer recomendaciones médicas generales. • A través del servicio de telemedicina, el profesional podrá realizar diagnóstico, formulación y recomendaciones asociadas a medicamentos. • No incluye movilización del paciente ni del profesional. • No incluye los servicios que el USUARIO y/o beneficiario haya contratado por su cuenta. • No incluye servicios adicionales que el USUARIO y/o beneficiario haya contratado directamente con el especialista, bajo su cuenta y riesgo.

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  • Norma general El incumplimiento por parte del contratista de cualquiera de las obligaciones establecidas en el presente pliego podrá ser causa de resolución del contrato y llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva.

  • Objetivo General El objetivo principal de esta consultoría es realizar una Auditoría de Seguridad Vial o revisión pormenorizada, exhaustiva y crítica del estado visible y aparente de las vías en estudio de la Zona 4, en su etapa de operación, conforme a estándares internacionales de revisión de seguridad vial en etapa de operación para detectar zonas o puntos con elevado riesgo intrínseco y en ellos sugerir y proponer medidas de mitigación, remediación o disminución del riesgo potencial de siniestros o disminución de potenciales lesiones derivadas de los mismos.

  • Régimen general Adquisición centralizada de equipos y sistemas para el tratamiento de la información.

  • INFORMACIÓN GENERAL En la presente licitación pública estatal podrán participar las personas físicas y xxxxxxx legalmente constituidas conforme a las Leyes de los Estados Unidos Mexicanos, que cumplan con los requisitos solicitados por la ENTIDAD y los preceptos señalados en la LEY, así como lo estipulado en las presentes bases de licitación. - Los gastos que el LICITANTE erogue en la realización de la propuesta técnica- económica y todos los derivados que tengan relación con el presente concurso serán a su cargo y no serán reintegrables para el caso de que la Licitación Pública Estatal sea declarada desierta o por ser descalificada su propuesta, por consiguiente no procederá queja o reclamo alguno respecto a todos los gastos que haya generado. - La presente Licitación Pública es de carácter Estatal y no se realiza bajo la cobertura de ningún tratado. - Para la emisión de la propuesta económica el LICITANTE no debe considerar el desglose para pago del Impuesto al Valor Agregado. Con fundamento en el artículo 9 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y artículo 29 de su reglamento, toda vez que las construcciones adheridas al suelo, destinadas o utilizadas para casa habitación quedan exentos del I.V.A. - Ninguna de las condiciones establecidas en estas bases, ni en las propuestas presentadas por el LICITANTE podrá estar sujeta a negociación alguna. - No podrán participar las personas físicas x xxxxxxx inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública (SFP), así como también se informa que la CONVOCANTE, se abstendrá de recibir propuestas o celebrar contratos, con las personas que se encuentren dentro de los supuestos contenidos en el artículo 52 de la LEY. - De conformidad con lo establecido en los artículos 26 y 27 de la LEY, las personas físicas y xxxxxxx participantes deberán estar inscritos en el Padrón de Contratistas de Obra Pública de la SEFIPLAN. - Así mismo se indica que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 fracciones IV y V del REGLAMENTO los interesados podrán agruparse para presentar una proposición, en donde cualquiera de los integrantes de la agrupación podrá presentar el escrito mediante el cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el procedimiento de contratación. - No se podrán subcontratar parte alguna de los trabajos, los LICITANTES serán los únicos responsables de las obligaciones que adquieran con las personas que subcontraten para la realización de las obras o servicios. Los subcontratistas no tendrán ninguna acción o derecho que hacer valer en contra de la ENTIDAD. - Con fundamento en el artículo 19 de la LEY, se tomará en cuenta, en la contratación de obras públicas, preferentemente, la mano de obra veracruzana, alentando la contratación de personas con discapacidad y de adultos mayores; así como el empleo de maquinaria, materiales, productos y equipos del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. - Los LICITANTES que decidan cancelar su participación en la Licitación Pública Estatal y deseen presentar sus excusas deberán hacerlo por escrito en hoja membretada de su empresa, un día antes del acto de presentación y apertura de proposiciones técnica y económica. - Las proposiciones presentadas por los LICITANTES serán conservadas por la ENTIDAD. - Una vez realizada la evaluación y previo a la notificación del fallo, la ENTIDAD deberá obtener la autorización mediante un Dictamen Técnico por parte de la Secretaría de Finanzas y Planeación del Estado de Veracruz (SEFIPLAN) por conducto de la Subsecretaria de Egresos, para la formalización del contrato de Obra Pública. Lo anterior de conformidad con el Artículo 53 de la LEY y 25 de los Lineamientos Generales de Austeridad y Contención del Gasto para el Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave. - Modelo del contrato.- En los contratos de obra pública se xxxxx xxxxxxx, como mínimo de acuerdo al artículo 55 de la LEY y 70 del REGLAMENTO, lo siguiente:

  • Principio general El contrato de trabajo tendrá por objeto la prestación de una actividad personal e infungible, indeterminada o determinada. En este último caso, será conforme a la categoría profesional del trabajador si se la hubiese tenido en consideración al tiempo de celebrar el contrato o en el curso de la relación, de acuerdo a lo que prevean los estatutos profesionales y convenciones colectivas de trabajo.

  • Solvencia técnica y profesional La solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá acreditarse mediante el cumplimiento de la totalidad de las siguientes condiciones: - HABILITACION COMO EMPRESA INSTALADORA Y MANTENEDORA DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS. Criterio: El licitador deberá aportar certificados vigentes, emitidos por el organismo correspondiente de la Comunidad de Madrid. Se acreditará mediante: o Certificado de empresa instaladora de protección contra incendios. o Certificado de empresa mantenedora de protección contra incendios. o En caso de subcontratación se presentará el certificado correspondiente a la empresa que se subcontrate para realizar esa tarea. - EXPERIENCIA DEMOSTRABLE EN EL MANTENIMIENTO, DURANTE TRES AÑOS, CONSECUTIVOS O NO, DENTRO DE LOS SEIS ÚLTIMOS AÑOS, DE LOS SIGUIENTES SISTEMAS DE DETECCIÓN Y ALARMA DE INCENDIOS, DEL FABRICANTE XXXXXXXX ELECTRÓNICA o Centro de control EUROPA III o Sistemas de detección y alarma de incendios analógicos a 3 hilos AE/SA-C23H y AE/SA-C83H. o Sistemas de detección y alarma de incendios algorítmicos a 2 hilos AE/SA-C8. Se acreditará mediante: Para cada una de las instalaciones mantenidas, que acrediten el periodo de tres años, con las características solicitadas: Certificado de buena ejecución del Contrato de mantenimiento, emitido por el Cliente, incluyendo acreditación de que los sistemas mantenidos coinciden con los que se solicitan, ubicación de los mismos y periodos en los que se ha mantenido la instalación. - HABER REALIZADO EL MANTENIMIENTO DE UNA INSTALACIÓN DE DETECCIÓN, ALARMA Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS, DURANTE TRES AÑOS CONSECUTIVOS, DENTRO DE LOS SEIS ÚLTIMOS AÑOS. DEL MISMO TIPO O NATURALEZA AL QUE CORRESPONDE EL OBJETO DEL CONTRATO, AVALADO POR CERTIFICADO DE BUENA EJECUCIÓN. Criterio: Contrato de mantenimiento de una instalación de detección, alarma y extinción de incendios, de duración ininterrumpida de tres años, dentro de los últimos seis años, con Certificado de buena ejecución. Se acreditará mediante: Certificado de buena ejecución del Contrato de mantenimiento, emitido por el Cliente, incluyendo descripción de la instalación, ubicación y fechas en las que se ha mantenido la instalación. - HABER REALIZADO EL MANTENIMIENTO DE UNA INSTALACIÓN DE DETECCIÓN, ALARMA Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS, DURANTE AL MENOS UN AÑO DE FORMA CONTINUADA, EN LOCALES DE ESPECTÁCULO PÚBLICO, CON AFORO SUPERIOR A 5.000 PERSONAS. Criterio: Contrato de mantenimiento de una instalación de detección, alarma y extinción de incendios, de duración, al menos un año de forma continua, dentro de los últimos seis años, en local de Espectáculo Público, con aforo de más de 5.000 personas, según lo definido en el Decreto 184/1998 de 22 de octubre, de la Comunidad de Madrid, con Certificado de buena ejecución. Se acreditará mediante: Certificado de buena ejecución del Contrato de mantenimiento, emitido por el Cliente, incluyendo descripción de la instalación, ubicación, aforo y fechas en las que se ha mantenido la instalación. - HABER REALIZADO EL MANTENIMIENTO DE UNA INSTALACIÓN DE DETECCIÓN, ALARMA Y EXTINCIÓN DE INCENDIOS, DURANTE AL MENOS UN AÑO DE FORMA CONTINUADA, EN ESTABLECIMIENTOS PARA EQUITACIÓN. Criterio: Contrato de mantenimiento de una instalación de detección, alarma y extinción de incendios, de duración, al menos un año de forma continua, dentro de los últimos seis años, en establecimiento para equitación (picaderos y escuelas, centros de pupilaje, hipódromos, otros establecimientos para la práctica ecuestre, etc.), con Certificado de buena ejecución. Se acreditará mediante: Certificado de buena ejecución del Contrato de mantenimiento, emitido por el Cliente, incluyendo descripción de la instalación, ubicación y fechas en las que se ha mantenido la instalación. - JUSTIFICACIÓN DEL CONOCIMIENTO DE LAS INSTALACIONES OBJETO DEL MANTENIMIENTO. Criterio: Los Licitadores deberán tener conocimiento de las instalaciones donde se prestarán los servicios, con carácter previo a la formulación de sus ofertas, así como de la comprobación de su estado e idoneidad para cumplir con todas las exigencias que figuran en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas. Se acreditará mediante: Justificante de asistencia a la visita para el conocimiento de las instalaciones, de acuerdo con lo que se contempla en el Pliego de Prescripciones Técnicas, emitido por Hipódromo de la Zarzuela, S.A, S.M.E. 1. ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO DE CAMPO (HASTA 15 PUNTOS) 2. FORMACIÓN COMPLEMENTARIA (HASTA 20 PUNTOS)

  • INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN

  • HECHO GENERADOR El hecho generador es el presupuesto establecido por la Ley para tipificar el tributo y cuya realización origina el nacimiento de la obligación tributaria.

  • Trámites a Distancia, Delegación Administrativa, Inspección General de Justicia 05/12/2019 N° 93802/19 v. 05/12/2019

  • SOLVENCIA TÉCNICA O PROFESIONAL (artículo 90 LCSP)