Common use of Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación Clause in Contracts

Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación. Conforme lo establecen los artículos 34 primer párrafo y 35 penúltimo párrafo de la Ley, la Convocante, siempre que ello no tenga por objeto limitar el número de licitantes, podrán modificar aspectos establecidos en la convocatoria, a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, salvo que las modificaciones a efectuar deriven de la junta de aclaraciones, caso en el cual, la Convocante deberá considerar que siempre deberá haber seis días hábiles como mínimo entre el día de la última junta de aclaraciones y la nueva fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones. Cualquier modificación que se requiere hacer a la convocatoria de la licitación se publicará exclusivamente en Compranet, a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones que pudieran resultar, en ningún caso podrán consistir en la sustitución o variación sustancial de los trabajos convocados originalmente, o bien, en la adición de otros distintos. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.

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Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación. Conforme lo establecen los artículos 34 primer párrafo y 35 penúltimo párrafo de la Ley, la Convocante, siempre que ello no tenga por objeto limitar el número de licitantes, podrán modificar aspectos establecidos en la convocatoria, a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, salvo que las modificaciones a efectuar deriven de la junta de aclaraciones, caso en el cual, la Convocante convocante deberá considerar que siempre deberá haber seis días hábiles como mínimo entre el día de la última junta de aclaraciones y la nueva fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones. Cualquier modificación que se requiere hacer a la convocatoria de la licitación se publicará exclusivamente en CompranetCompraNet, a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones que pudieran resultar, en ningún caso podrán consistir en la sustitución o variación sustancial de los trabajos convocados originalmente, o bien, en la adición de otros distintos. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.

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Samples: Contrato De Servicios Relacionados Con La Obra Publica a Precio, Contrato De Servicios Relacionados Con La Obra Publica a Precio, Contrato De Servicios Relacionados Con La Obra Publica a Precio

Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación. Conforme lo establecen los artículos 34 el primer párrafo del artículo 34 y 35 penúltimo párrafo del artículo 35 de la “La Ley, la “La Convocante, siempre que ello no tenga por objeto limitar el número de licitantes, podrán modificar aspectos establecidos en la convocatoria, a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, salvo que las modificaciones a efectuar deriven de la junta de aclaraciones, caso en el cual, la Convocante convocante deberá considerar que siempre deberá haber seis días hábiles como mínimo entre el día de la última junta de aclaraciones y la nueva fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones. Cualquier modificación que se requiere requiera hacer a la convocatoria Convocatoria de la licitación Licitación se publicará exclusivamente en CompranetCompraNet, a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones que pudieran resultar, en ningún caso podrán consistir en la sustitución o variación sustancial de los trabajos convocados originalmente, o bien, en la adición de otros distintos. Cualquier modificación a la convocatoria de la licitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.

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Modificaciones a la convocatoria y bases de licitación. Conforme lo establecen los artículos 34 el primer párrafo del artículo 34 y 35 penúltimo párrafo del artículo 35 de la “La Ley, la “La Convocante, siempre que ello no tenga por objeto limitar el número de licitantes, podrán modificar aspectos establecidos en la convocatoria, a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, salvo que las modificaciones a efectuar deriven de la junta de aclaraciones, caso en el cual, la Convocante deberá considerar que siempre deberá haber seis días hábiles como mínimo entre el día de la última junta de aclaraciones y la nueva fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones. Cualquier modificación que se requiere requiera hacer a la convocatoria Convocatoria de la licitación Licitación se publicará exclusivamente en CompranetCompraNet, a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen. Las modificaciones que pudieran resultar, en ningún caso podrán consistir en la sustitución o variación sustancial de los trabajos convocados originalmente, o bien, en la adición de otros distintos. Cualquier modificación a la convocatoria Convocatoria de la licitaciónLicitación, incluyendo las que resulten de la o las juntas de aclaraciones, formará parte de la convocatoria Convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes Licitantes en la elaboración de su proposiciónProposición.

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