Mutuo acuerdo. Las causales enunciadas del 1 al 4 de este artículo, podrán dar lugar al cobro de la garantía de cumplimiento de contrato.
Mutuo acuerdo. El Contrato caducará en cualquier momento, por acuerdo entre el CONCESIONARIO y EL CONCEDENTE, previa opinión técnica favorable del Organismo Regulador y consulta previa a los Acreedores Permitidos, de ser el caso. Si la Caducidad de la Concesión se produce por mutuo acuerdo entre las Partes, éste deberá contener el mecanismo de liquidación de la Concesión. El acuerdo deberá considerar el tiempo transcurrido desde la celebración del Contrato, el monto no amortizado de las inversiones y las Obras efectuadas y financiadas por el CONCESIONARIO, el valor de los Bienes Reversibles y las circunstancias existentes a la fecha en que la Partes toman esa decisión, como criterios para determinar el mecanismo de liquidación. No se considerará monto indemnizatorio alguno por los daños que irrogue la caducidad de la Concesión a las Partes. Para este procedimiento el Organismo Regulador deberá tomar en cuenta la opinión, entre otros y de ser el caso, de los Acreedores Permitidos que efectivamente se encuentren financiando la Concesión al momento de producirse el acuerdo de caducidad. En caso de caducidad por mutuo acuerdo se aplicará el procedimiento establecido para el caso de caducidad por vencimiento del plazo.
Mutuo acuerdo. Las causales enunciadas en los puntos 1 y 2 de este artículo, podrán dar lugar al cobro de la garantía de cumplimiento de contrato.
Mutuo acuerdo. Aviso escrito de una parte a la otra, con sesenta (60) días de antelación a la fecha en que se pretenda dar por terminado.
Mutuo acuerdo. Incumplimiento del Contrato
Mutuo acuerdo. Las causales enunciadas, podrán dar lugar al cobro de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
Mutuo acuerdo. Por incumplimientos graves del adjudicatario debidamente documentados y que a juicio de la Administración afecten o impidan la prestación del servicio en las condiciones ofertadas, provoquen distorsiones en su funcionamiento u otras que determinan un cambio sustancial en los términos evaluados al momento de la adjudicación. Esta causal de rescisión podrá invocarse durante toda la vigencia del plazo contractual o la prórroga en su caso. A los efectos de poder realizar sus ofertas en línea en tiempo y forma aconsejamos tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
Mutuo acuerdo. Este CONTRATO podrá ser terminado por mutuo acuerdo de las partes.
Mutuo acuerdo. Las causales enunciadas del 1 al 3 de este artículo, podrán dar lugar al cobro de la garantía de cumplimiento de contrato. 51 vehículos a retirar por la empresa oferente en los depósitos de las ciudades xx XXXX -DARMSTADT La Fuerza Aérea Uruguaya puede variar las cantidades a retirar de cada depósito, manteniendo el total general de 51 unidades. El traslado desde el depósito respectivo hacia el puerto de embarque, será realizado por la empresa adjudicataria. Por dicho motivo el proponente deberá especificar claramente en su oferta qué medio utilizará para realizar dicho traslado, lo cuál será tenido en cuenta por la Fuerza Aérea Uruguaya al momento de evaluar las ofertas. El oferente podrá proponer como puerto de embarque aquél que entienda más conveniente. Ello será tenido en cuenta por la Fuerza Aérea Uruguaya al momento de evaluar las ofertas. En los depósitos desde dónde se retirarán los vehículos a transportar, se encontrará un representante de la Fuerza Aérea Uruguaya. Los oferentes cotizarán todos y cada uno de los costos que insuma el transporte y seguro, especialmente los derivados de la contratación de los seguros que a juicio del oferente correspondan contratar, pues la FAU no asumirá ninguna responsabilidad ni gasto alguno por ningún concepto, aparte de lo que se abone a la empresa adjudicataria en virtud de la contratación que se derivará del presente procedimiento. La empresa oferente establecerá el itinerario que propone para efectuar el transporte, la individualización de la compañía naviera que lo realizará, el nombre de la compañía de seguros cuya contratación propone, los seguros que propone contratar, el tiempo que insumirá el transporte de los bienes; así como toda otra información que a su juicio sea necesaria para el correcto cumplimiento del objeto licitado. Ello será tenido en cuenta por la Fuerza Aérea Uruguaya al momento de evaluar las ofertas. Cotizar de acuerdo a las diferentes opciones conforme de acondicionamiento y preparación posibles, preservándose siempre la seguridad de la carga.(Ej. Bodega, Cubierta, etc.) Cotizar de acuerdo a las diferentes opciones conforme de acondicionamiento y preparación posibles, preservándose siempre la seguridad de la carga.(Ej. Bodega, Cubierta, etc. El adjudicatario deberá cumplir y confirmarle a la Fuerza Aérea dicho cumplimiento en lo referente a normativas y requerimientos que establezca la República Federal de Alemania para dicho traslado. Versorgungsartikelnummer Versorgungsartikel Stand...
Mutuo acuerdo. Las causales enunciadas del 1 al 4 de este artículo, podrán dar lugar al cobro de la garantía de cumplimiento de contrato. 21- CONDICIONES DE PAGO.- El pago será dentro de los 30 dias habiles a partir de la fecha de la factura- El oferente un vez notificado de la Adjudicación deberá extender factura en regla , sin enmiendas ni tachaduras , a nombre de JEFATURA POLICIA XX XXXXXXX, con detalle explícito de los comestibles que se adquieren.- No se efectuarán anticipos de precio; y el pago será en Moneda Nacional.- Por el solo hecho de presentarse a la licitación se entenderá que el oferente hace expreso reconocimiento y manifiesta su voluntad de someterse a la Leyes y Tribunales de la República Oriental del Uruguay.- Los adquirentes de Pliegos podrán solicitar aclaraciones mediante comunicación escrita en un plazo no menor a cinco días de la fecha estipulada para la apertura de las ofertas.-