Mutuo acuerdo Cláusulas de Ejemplo

Mutuo acuerdo. Las causales enunciadas del 1 al 4 de este artículo, podrán dar lugar al cobro de la garantía de cumplimiento de contrato.
Mutuo acuerdo. Las causales enunciadas en los puntos 1 y 2 de este artículo, podrán dar lugar al cobro de la garantía de cumplimiento de contrato.
Mutuo acuerdo. El Contrato caducará en cualquier momento, por acuerdo entre el CONCESIONARIO y LOS CONCEDENTES, previa opinión técnica del Organismo Regulador y consulta previa a los Acreedores Permitidos, de ser el caso. Si el Término del Contrato se produce por mutuo acuerdo entre las Partes, éste deberá contener el mecanismo de liquidación de la Concesión. El acuerdo deberá considerar el tiempo transcurrido desde la celebración del Contrato, el monto no amortizado de las inversiones y las Obras efectuadas y financiadas por el CONCESIONARIO, el valor de los bienes reversibles y las circunstancias existentes a la fecha en que la Partes toman esa decisión, como criterios para determinar el mecanismo de liquidación. No se considerará monto indemnizatorio alguno por los daños que irrogue la caducidad de la Concesión a las Partes. Para este procedimiento el Organismo Regulador deberá tomar en cuenta la opinión, entre otros y de ser el caso, de los Acreedores Permitidos que efectivamente se encuentren financiando la Concesión al momento de producirse el acuerdo de caducidad. En caso de caducidad por mutuo acuerdo se aplicará el procedimiento establecido para el caso de caducidad por vencimiento del plazo.
Mutuo acuerdo. 7.3 Aviso escrito de una parte a la otra, con sesenta (60) días de antelación a la fecha en que se pretenda dar por terminado.
Mutuo acuerdo. 5.- Por incumplimientos graves del adjudicatario debidamente documentados y que a juicio de la Administración afecten o impidan la prestación del servicio en las condiciones ofertadas, provoquen distorsiones en su funcionamiento u otras que determinan un cambio sustancial en los términos evaluados al momento de la adjudicación. Esta causal de rescisión podrá invocarse durante toda la vigencia del plazo contractual o la prórroga en su caso. A los efectos de poder realizar sus ofertas en línea en tiempo y forma aconsejamos tener en cuenta las siguientes recomendaciones:
Mutuo acuerdo. Las causales enunciadas, podrán dar lugar al cobro de la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
Mutuo acuerdo. EL CONTRATO podrá caducar en cualquier momento, por acuerdo escrito entre el CONCESIONARIO y la MUNICIPALIDAD, previa opinión técnica del Supervisor del CONTRATO y siempre que se haya determinado el mecanismo de liquidación de la Concesión con la opinión favorable de los Acreedores Permitidos que efectivamente se encuentren financiando la CONCESIÓN, de conformidad con el numeral 20.2 de la Cláusula Vigésima.” (…) En caso de resolución de EL CONTRATO por un evento de fuerza mayor o caso fortuito, la liquidación de EL CONTRATO se regirá por las reglas dispuestas en el numeral 20.5 de la Cláusula Vigésima.” (…) Para determinar el mecanismo de liquidación de la CONCESIÓN por caducidad de Mutuo Acuerdo, LA MUNICIPALIDAD y EL CONCESIONARIO deberán contar con la opinión favorable escrita de los Acreedores Permitidos que efectivamente se encuentren financiando la CONCESIÓN, al momento de producirse la caducidad. El monto de liquidación por caducidad de Mutuo Acuerdo deberá cubrir todo el monto pendiente de pago del Endeudamiento Garantizado y será pagado conforme al procedimiento establecido en el numeral 20.5 de la Cláusula Vigésima.” Si la caducidad de la Concesión se produce por decisión o por culpa de LA MUNICIPALIDAD, ésta deberá pagar a EL CONCESIONARIO, de acuerdo al procedimiento establecido en el numeral 20.5 de la Cláusula Vigésima y, por todo concepto, una indemnización equivalente al valor P1 según la siguiente fórmula: (…)” Una vez declarada la caducidad bajo cualquiera de los eventos indicados en los numerales del 20.2 al 20.4. de la presente cláusula, EL CONCESIONARIO en un plazo no mayor de veinte (20) días hábiles, realizará el cálculo del monto por Caducidad, según corresponda, y lo remitirá a LA MUNICIPALIDAD para su aprobación en un plazo máximo de veinte (20) días hábiles de haber recibido dicho cálculo. Transcurrido este plazo sin que LA MUNICIPALIDAD se haya pronunciado al respecto, se entenderá que el monto por caducidad ha sido aprobado por esta última.
Mutuo acuerdo. Las causales enunciadas del 1 al 4 de este artículo, podrán dar lugar al cobro de la garantía de cumplimiento de contrato. 21- CONDICIONES DE PAGO.- El pago será dentro de los 30 dias habiles a partir de la fecha de la factura- El oferente un vez notificado de la Adjudicación deberá extender factura en regla , sin enmiendas ni tachaduras , a nombre de JEFATURA POLICIA XX XXXXXXX, con detalle explícito de los comestibles que se adquieren.- No se efectuarán anticipos de precio; y el pago será en Moneda Nacional.- Por el solo hecho de presentarse a la licitación se entenderá que el oferente hace expreso reconocimiento y manifiesta su voluntad de someterse a la Leyes y Tribunales de la República Oriental del Uruguay.- Los adquirentes de Pliegos podrán solicitar aclaraciones mediante comunicación escrita en un plazo no menor a cinco días de la fecha estipulada para la apertura de las ofertas.- La apertura de las ofertas se hará en la JEFATURA DE POLICIA XX XXXXXXX , sito en xxxxx Xxxxxxxxx x 18 de Julio de la ciudad de Mercedes(SORIANO) el día 00 xx xxxxx xx 2003 a la hora 15:00, en presencia de los funcionarios que designe al efecto la Administración y de los oferentes o sus representantes que deseen asistir.- Será válido el acto cualquiera sea el número de ofertas presentadas al mismo.- En caso que no se presentara ninguna oferta, se procederá de acuerdo al Articulo 33 del T.O.C.A.F. Inciso B.- Abierto el acto, no podrá introducirse modificación alguna en las propuestas, pudiendo los presentes formular las manifestaciones, aclaraciones o salvedades que deseen.- Las ofertas que no se ajusten a los requisitos o condiciones de admisibilidad, serán invalidadas.- Se podrán consentir defectos, carencias formales o errores evidentes de escasa importancia, cuando su corrección posterior no altere el tratamiento igualitario a los oferentes.- Finalizado el acto, se labrará acta circunstanciada del mismo, que será firmada por los funcionarios actuantes y los oferentes que lo deseen hacer, quienes podrán efectuar las consideraciones que estimen convenientes.- La adjudicación de las propuestas queda condicionada a la intervención del Tribunal de Cuentas de la República.- Las no previsiones en el presente serán contempladas por el Pliego Unico de Bases y Condiciones Generales.-Art.44 del TOCAF - Decreto Nro. 194/97.-
Mutuo acuerdo. Resolución del Contrato por incumplimiento del CONCESIONARIO.