Common use of Notificación a los candidatos y licitadores Clause in Contracts

Notificación a los candidatos y licitadores. 1. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los candi- datos o licitadores. Si los interesados lo solicitan, se les facilitará informa- ción, en un plazo máximo de quince días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor. 2. El órgano de contratación podrá no comunicar determinados datos relativos a la adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente, que la divulgación de esa información puede obstaculizar la aplicación de una norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia xxxx entre ellas, o cuando se trate de contratos declarados secretos o reservados o cuya ejecución deba ir acompañada de medi- das de seguridad especiales conforme a la legislación vigente, o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado y así se haya decla- rado de conformidad con lo previsto en el artículo 13.2.d).

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Samples: Ley De Contratos Del Sector Público, Ley De Contratos Del Sector Público, Ley De Contratos Del Sector Público

Notificación a los candidatos y licitadores. 1. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los candi- datos candidatos o licitadores. Si los interesados lo solicitan, se les facilitará informa- cióninformación, en un plazo máximo de quince días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor. 2. El órgano de contratación podrá no comunicar determinados datos relativos a la adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente, que la divulgación de esa información puede obstaculizar la aplicación de una norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia xxxx entre ellas, o cuando se trate de contratos declarados secretos o reservados o cuya ejecución deba ir acompañada de medi- das medidas de seguridad especiales conforme a la legislación vigente, o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado y así se haya decla- rado de conformidad con lo previsto en el artículo 13.2.d).

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Samples: Procedimiento De Contratación, Procedimiento De Contratación, Manual De Contratación

Notificación a los candidatos y licitadores. 1. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los candi- candi­ datos o licitadores. Si los interesados lo solicitan, se les facilitará informa- informa­ ción, en un plazo máximo de quince días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor. 2. El órgano de contratación podrá no comunicar determinados datos relativos a la adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente, que la divulgación de esa información puede obstaculizar la aplicación de una norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia xxxx entre ellas, o cuando se trate de contratos declarados secretos o reservados o cuya ejecución deba ir acompañada de medi- medi­ das de seguridad especiales conforme a la legislación vigente, o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado y así se haya decla- decla­ rado de conformidad con lo previsto en el artículo 13.2.d).

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Samples: Ley De Contratos Del Sector Público, Ley De Contratos Del Sector Público

Notificación a los candidatos y licitadores. 1. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los candi- datos candidatos o licitadores. Si los interesados lo solicitan, se les facilitará informa- cióninformación, en un plazo máximo de quince días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor. 2. El órgano de contratación podrá no comunicar determinados datos relativos a la adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente, que la divulgación de esa información puede obstaculizar la aplicación de una norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia xxxx entre ellas, o cuando se trate de contratos declarados secretos o reservados o cuya ejecución deba ir acompañada de medi- das medidas de seguridad especiales conforme a la legislación vigente, o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado y así se haya decla- rado declarado de conformidad con lo previsto en el artículo 13.2.d).

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Samples: Ley De Contratos Del Sector Público, Ley De Contratos Del Sector Público

Notificación a los candidatos y licitadores. 1. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los candi- datos candidatos o licitadores. Si los interesados lo solicitansolicitasen, se les facilitará informa- cióninformación, en un plazo máximo de quince días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor. 2. El órgano de contratación podrá no comunicar determinados datos relativos a la adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente, que la divulgación de esa esta información puede obstaculizar la aplicación de una norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia xxxx entre ellas, o cuando se trate de contratos declarados secretos o reservados o cuya ejecución deba ir acompañada de medi- das medidas de seguridad especiales conforme a la legislación vigente, o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado y así se haya decla- rado de conformidad con lo previsto en el artículo 13.2.d).

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Samples: Instrucciones Sobre El Procedimiento De Contratación

Notificación a los candidatos y licitadores. 1. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los candi- datos candidatos o licitadores. Si los interesados lo solicitan, se les facilitará informa- cióninformación, en un plazo máximo de quince días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor. 2. El órgano de contratación podrá no comunicar determinados datos relativos a la adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente, que la divulgación de esa información puede obstaculizar la aplicación de una norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia xxxx entre ellas, o cuando se trate de contratos declarados secretos o reservados o cuya ejecución deba ir acompañada de medi- das medidas de seguridad especiales conforme a la legislación vigente, o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado y así se haya decla- rado declarado de conformidad con lo previsto en el artículo 13.2.d).. Equivalente a art. 93.aps. 1, 4 y 5 de Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 junio RCL\2000\1380. [ FEV 22-06-2000]

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Samples: Ley De Contratos Del Sector Público

Notificación a los candidatos y licitadores. 1. La adjudicación definitiva del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los candi- datos candidatos o licitadores. Si los interesados lo solicitan, se les facilitará informa- cióninformación, en un plazo máximo de quince días a partir de la recepción de la petición en tal sentido, de los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y de las características de la proposición del adjudicatario que fueron determinantes de la adjudicación a su favor. 2. El órgano de contratación podrá no comunicar determinados datos relativos a la adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente en el expediente, que la divulgación de esa información puede obstaculizar la aplicación de una norma, resultar contraria al interés público o perjudicar intereses comerciales legítimos de empresas públicas o privadas o la competencia xxxx entre ellas, o cuando se trate de contratos declarados secretos o reservados o cuya ejecución deba ir acompañada de medi- das medidas de seguridad especiales conforme a la legislación vigente, o cuando lo exija la protección de los intereses esenciales de la seguridad del Estado y así se haya decla- rado declarado de conformidad con lo previsto en el artículo Artículo 13.2.d).

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Samples: Ley De Contratos Del Sector Público