Oportunidad de la acción Cláusulas de Ejemplo

Oportunidad de la acción. En el asunto sub examine, el contrato n.º 2104016 incorporó en su contenido lo establecido en el pliego de condiciones, las especificaciones técnicas y las disposiciones contenidas en el Decreto 47 de 1995 de las Empresas Públicas de Medellín, la Ley 142 de 1994 y la Ley 80 de 1993 en cuanto fueren aplicables al caso concreto (Cláusula sexta) (fl. 671 y 672 c. ppal.). El pliego de condiciones de la licitación pública nacional PS-OC-20A previó el trámite de liquidación, dentro de un término que no excediera de 120 días calendario siguientes al recibo de las obras. A su vez, el pliego estableció que en ausencia de acuerdo, se tendría por tal, la liquidación presentada por EPM mediante resolución motivada sujeta a los recursos ordinarios por vía gubernativa. Se encuentra acreditado que el recibo final de las obras se verificó el 9 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2000 (fl. 859 cuaderno principal 1). Con tomar la fecha señalada, fuerza concluir que tanto la demanda original presentada el 1º ▇▇ ▇▇▇▇▇ de 2001 (fl. 874 c. ppal.), como su adición radicada el ▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇ (▇▇. 930 a 936 c. ppal.) lo fueron en tiempo. En consecuencia, no hay caducidad de la acción.
Oportunidad de la acción. La Sala advierte que la demanda se presentó en tiempo, toda vez que correspondió a una acción de nulidad y restablecimiento del derecho contra un acto administrativo, de conformidad con lo previsto en el artículo 85 del Código Contencioso Administrativo19 y, en este caso, se considera que se presentó dentro de los cuatro meses que fijaba el artículo 136 del C.C.A.20, por la siguiente razón: De acuerdo con el oficio de enero 18 de 2001 expedido por el Secretario General del municipio de Puerto Colombia, en respuesta a la petición del ahora demandante, esa entidad territorial le entregó copia de varias resoluciones, entre ella la No. 243 de 1996 demandada en este proceso, respecto de las cuales se indicó que, según los archivos, “no traen sello de haber sido notificado [as], por lo cual este despacho no puede dar constancia de ello”21. Así las cosas, se entiende que el demandante tuvo conocimiento de la Resolución 243 de 1996 el 18 de enero de 2001 y que el término de caducidad de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho transcurrió entre el 19 de enero de 2001 y 19 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2001, este último, día sábado, no laborable en la jurisdicción de lo contencioso administrativo, de manera que la oportunidad para radicar la demanda expiraba el lunes 21 ▇▇ ▇▇▇▇ de 2001, en la misma fecha que se presentó. Como consecuencia, no tuvo lugar la caducidad de la acción.
Oportunidad de la acción. Las pretensiones principales de la demanda están orientadas a obtener la declaratoria de nulidad del acto por medio del cual el DANE terminó y liquidó unilateralmente el contrato de prestación de servicios 030 de 2002, celebrado con la señora ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇; en consecuencia, se solicitó condenar a dicha entidad a pagar los perjuicios materiales y ▇▇▇▇▇▇▇ causados por la terminación del contrato, supuesto éste que se enmarca dentro de la acción de controversias contractuales, consagrada en el artículo 87 del C.C.A. (subrogado por el artículo 32 de la Ley 446 de 1998), cuyo término de caducidad es de dos (2) años. La Resolución 264 de 2002 (por medio de la cual se terminó y liquidó el contrato) se notificó el 11 de diciembre del mismo año y el recurso de reposición formulado en su contra se “rechazó” mediante acto administrativo del 14 de febrero de 2003. En tales circunstancias y como quiera que la demanda se presentó el 10 ▇▇ ▇▇▇▇▇ de este último año –2003–, se deduce con nitidez que la misma se formuló dentro de los dos años siguientes a la fecha en que cobró firmeza la mencionada resolución y se agotó la vía gubernativa –14 de febrero de 2003–.
Oportunidad de la acción. Esta Corporación19 ha explicado que la caducidad corresponde a una figura jurídica, de orden público, a través de la cual el legislador limita bajo parámetros razonables el espacio temporal en que toda persona puede acceder a la jurisdicción en ejercicio de su derecho de acción, evitando que las situaciones jurídicas respecto de las cuales exista una controversia permanezcan indefinidas en el tiempo; de manera que, una vez transcurrido el límite temporal dentro del cual es posible ejercer el derecho de acción, la caducidad opera como medio extintivo del mismo.
Oportunidad de la acción. 2.1.1. En relación con las pretensiones que tienen origen en el contrato que se celebró el 30 de noviembre de 2001 para ser ejecutado en la cárcel La Modelo 2.1.2. En relación con las pretensiones que tienen origen en el contrato que se celebró para ser ejecutado en la Penitenciaría Central de Colombia La Picota