Common use of Permiso Individual de Formación Clause in Contracts

Permiso Individual de Formación. Las personas afectadas por el presente Xxxxxxxx podrán solicitar permisos individuales de Formación en los términos acordados en el sistema de formación profesional para el empleo regulado por el Real Decreto 395/2007 de 23 xx xxxxx y Orden TAS / 2307/2007 de 27 de julio, por la que regula la financiación de las acciones de formación en las empresas, incluidos los permisos individuales de formación, o norma que en el futuro la pueda sustituir. Por parte de las empresas se pondrán todos los medios a su alcance para que quienes lo soliciten puedan acceder a esta modalidad de permiso individual subvencionado. cve: BOE-A-2014-5483 Las acciones formativas para las cuales puede solicitarse permiso de Formación deberán: • No estar incluidas en el plan de formación de empresa o contrato programa. • Estar dirigidas al desarrollo o adaptación de las cualificaciones técnicas profesionales y/o a su formación personal. • Estar reconocidas por una titulación oficial o acreditación oficial, incluidas las de los títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad, así como cualquier otra que acredite las competencias para el ejercicio de una ocupación u oficio. • Quedan excluidas del permiso de formación las acciones formativas que no se correspondan con la formación presencial. No obstante, se admitirá la parte presencial de los realizados mediante la modalidad de distancia. Asimismo, de conformidad con el Art. 12.3 del Real Decreto 395/2007, del 23 xx xxxxx, se podrán utilizar estos permisos para el acceso a los procesos de reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de otros aprendizajes no formales e informales. La duración del permiso no sobrepasará las 200 horas al año. La dirección de la empresa podrá tener en cuenta, a la hora de valorar la solicitud del permiso de formación, las necesidades organizativas y/o productivas de la empresa, para lo que recabará la opinión de la RLT, así como que el disfrute de los permisos no afecte significativamente la realización del trabajo en la misma.

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Samples: www.boe.es

Permiso Individual de Formación. Las personas afectadas por el presente Xxxxxxxx Convenio podrán solicitar permisos individuales de Formación en los términos acordados en el sistema de formación profesional para el empleo regulado por el Real Decreto 395/2007 de 23 xx xxxxx y Orden TAS / 2307/2007 de 27 de julio, por la que regula la financiación financiación de las acciones de formación en las empresas, incluidos los permisos individuales de formación, o norma que en el futuro la pueda sustituir. Por parte de las empresas se pondrán todos los medios a su alcance para que quienes lo soliciten puedan acceder a esta modalidad de permiso individual subvencionado. cve: BOE-A-2014-5483 Las acciones formativas para las cuales puede solicitarse permiso de Formación deberán: • No estar incluidas en el plan de formación de empresa o contrato programa. • Estar dirigidas al desarrollo o adaptación de las cualificaciones cualificaciones técnicas profesionales y/o a su formación personal. • Estar reconocidas por una titulación oficial oficial o acreditación oficialoficial, incluidas las de los títulos de formación profesional y certificados certificados de profesionalidad, así como cualquier otra que acredite las competencias para el ejercicio de una ocupación u oficiooficio. • Quedan excluidas del permiso de formación las acciones formativas que no se correspondan con la formación presencial. No obstante, se admitirá la parte presencial de los realizados mediante la modalidad de distancia. Asimismo, de conformidad con el Art. 12.3 del Real Decreto 395/2007, del 23 xx xxxxx, se podrán utilizar estos permisos para el acceso a los procesos de reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de otros aprendizajes no formales e informales. La duración del permiso no sobrepasará las 200 horas al año. La dirección de la empresa podrá tener en cuenta, a la hora de valorar la solicitud del permiso de formación, las necesidades organizativas y/o productivas de la empresa, para lo que recabará la opinión de la RLT, así como que el disfrute de los permisos no afecte significativamente significativamente la realización del trabajo en la misma.

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Samples: Convenio Colectivo General De Trabajo De La Industria

Permiso Individual de Formación. Las personas afectadas por el presente Xxxxxxxx Convenio podrán solicitar permisos individuales indivi- duales de Formación en los términos acordados en el sistema de formación profesional profe- sional para el empleo regulado por el Real Decreto 395/2007 de 23 xx xxxxx y Orden TAS / 2307/2007 de 27 de julio, por la que regula la financiación de las acciones accio- nes de formación en las empresas, incluidos los permisos individuales de formación, o norma que en el futuro la pueda sustituir. Por parte de las empresas se pondrán todos los medios a su alcance para que quienes quie- nes lo soliciten puedan acceder a esta modalidad de permiso individual subvencionadosubvencio- nado. cve: BOE-A-2014-5483 Las acciones formativas Acciones Formativas para las cuales puede solicitarse permiso de Formación deberán: • No estar incluidas en el plan Plan de formación Formación de empresa Empresa o contrato programapro- grama. • Estar dirigidas al desarrollo o adaptación de las cualificaciones técnicas profesionales y/o a su formación Formación personal. • Estar reconocidas por una titulación oficial o acreditación oficial, incluidas las de los títulos de formación profesional y certificados de profesionalidadprofesionali- dad, así como cualquier otra que acredite las competencias para el ejercicio ejer- cicio de una ocupación u oficio. • Quedan excluidas del permiso de formación Formación las acciones formativas Formativas que no se correspondan con la formación Formación presencial. No obstante, se admitirá la parte presencial de los realizados mediante la modalidad modali- dad de distancia. Asimismo, de conformidad con el Art. 12.3 del Real Decreto 395/2007, del 23 xx xxxxx, se podrán utilizar estos permisos para el acceso a los procesos de reconocimientoreconoci- miento, evaluación y acreditación de las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de otros aprendizajes no formales e informales. La duración del permiso no sobrepasará las 200 horas al año. La dirección de la empresa podrá tener en cuenta, a la hora de valorar la solicitud del permiso de formación, las necesidades organizativas y/o productivas de la empresa, para lo que recabará la opinión de la RLTR.L.T., así como que el disfrute de los permisos no afecte significativamente la realización del trabajo en la misma.

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Samples: Convenio Colectivo General De Trabajo De La Industria Textil Y De La Confección

Permiso Individual de Formación. Las personas afectadas por el presente Xxxxxxxx Convenio podrán solicitar permisos individuales de Formación en los términos acordados en el sistema de formación forma- ción profesional para el empleo regulado por el Real Decreto 395/2007 RD 694/2017, de 23 xx xxxxx y Orden TAS / 2307/2007 de 27 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que regula la financiación de las acciones de formación en las empresas, incluidos los permisos per- misos individuales de formación, o norma que en el futuro la pueda sustituir. Por parte de las empresas se pondrán todos los medios a su alcance para que quienes lo soliciten puedan acceder a esta modalidad de permiso individual indi- vidual subvencionado. cve: BOE-A-2014-5483 Las acciones formativas para las cuales puede solicitarse permiso de Formación For- mación deberán: No estar incluidas en el plan de formación de empresa o contrato programapro- grama. Estar dirigidas al desarrollo o adaptación de las cualificaciones técnicas profesionales y/o a su formación personal. Estar reconocidas por una titulación oficial o acreditación oficial, incluidas las de los títulos de formación profesional y certificados de profesionalidadprofesionali- dad, así como cualquier otra que acredite las competencias para el ejercicio ejer- cicio de una ocupación u oficio. • Quedan – Xxxxxx excluidas del permiso de formación las acciones formativas que no se correspondan con la formación presencial. No obstante, se admitirá la parte presencial de los realizados mediante la modalidad de distancia. Asimismo, de conformidad con el Art. 12.3 del Real Decreto 395/2007, del 23 xx xxxxx, Estos permisos se podrán utilizar estos permisos para el acceso a los procesos de reconocimientorecono- cimiento, evaluación y acreditación de las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de otros aprendizajes no formales e informales. La duración del permiso no sobrepasará las 200 horas al año. La dirección de la empresa podrá tener en cuenta, a la hora de valorar la solicitud del permiso de formación, las necesidades organizativas y/o productivas pro- ductivas de la empresa, para lo que recabará la opinión de la RLTRLPT, así como que el disfrute de los permisos no afecte significativamente la realización del trabajo en la misma.

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Samples: Convenio Colectivo Estatal Industria Textil Y De La Confección

Permiso Individual de Formación. Las personas afectadas por el presente Xxxxxxxx podrán solicitar permisos individuales de Formación en los términos acordados en el sistema de formación profesional para el empleo regulado por el Real Decreto 395/2007 RD 694/2017, de 23 xx xxxxx y Orden TAS / 2307/2007 de 27 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que regula la financiación de las acciones de formación en las empresas, incluidos los permisos individuales de formación, o norma que en el futuro la pueda sustituir. Por parte de las empresas se pondrán todos los medios a su alcance para que quienes lo soliciten puedan acceder a esta modalidad de permiso individual subvencionado. cve: BOE-A-2014-5483 Las acciones formativas para las cuales puede solicitarse permiso de Formación deberán: No estar incluidas en el plan de formación de empresa o contrato programa. Estar dirigidas al desarrollo o adaptación de las cualificaciones técnicas profesionales y/o a su formación personal. Estar reconocidas por una titulación oficial o acreditación oficial, incluidas las de los títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad, así como cualquier otra que acredite las competencias para el ejercicio de una ocupación u oficio. • Quedan – Xxxxxx excluidas del permiso de formación las acciones formativas que no se correspondan con la formación presencial. No obstante, se admitirá la parte presencial de los realizados mediante la modalidad de distancia. Asimismo, de conformidad con el Art. 12.3 del Real Decreto 395/2007, del 23 xx xxxxx, cve: BOE-A-2021-20792 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx Estos permisos se podrán utilizar estos permisos para el acceso a los procesos de reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de otros aprendizajes no formales e informales. La duración del permiso no sobrepasará las 200 horas al año. La dirección de la empresa podrá tener en cuenta, a la hora de valorar la solicitud del permiso de formación, las necesidades organizativas y/o productivas de la empresa, para lo que recabará la opinión de la RLTRLPT, así como que el disfrute de los permisos no afecte significativamente la realización del trabajo en la misma.

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Samples: Convenio Colectivo General De Trabajo De La Industria Textil Y De La Confección

Permiso Individual de Formación. Las personas afectadas por el presente Xxxxxxxx podrán solicitar permisos individuales de Formación en los términos acordados en el sistema de formación profesional para el empleo regulado por el Real Decreto 395/2007 RD 694/2017, de 23 xx xxxxx y Orden TAS / 2307/2007 de 27 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que regula la financiación de las acciones de formación en las empresas, incluidos los permisos individuales de formación, o norma que en el futuro la pueda sustituir. Por parte de las empresas se pondrán todos los medios a su alcance para que quienes lo soliciten puedan acceder a esta modalidad de permiso individual subvencionado. cve: BOE-A-2014-5483 Las acciones formativas para las cuales puede solicitarse permiso de Formación deberán: No estar incluidas en el plan de formación de empresa o contrato programa. Estar dirigidas al desarrollo o adaptación de las cualificaciones técnicas profesionales y/o a su formación personal. Estar reconocidas por una titulación oficial o acreditación oficial, incluidas las de los títulos de formación profesional y certificados de profesionalidad, así como cualquier otra que acredite las competencias para el ejercicio de una ocupación u oficio. • Quedan  Xxxxxx excluidas del permiso de formación las acciones formativas que no se correspondan con la formación presencial. No obstante, se admitirá la parte presencial de los realizados mediante la modalidad de distancia. Asimismo, de conformidad con el Art. 12.3 del Real Decreto 395/2007, del 23 xx xxxxx, se podrán utilizar estos permisos para el acceso a los procesos de reconocimiento, evaluación y acreditación de las competencias adquiridas a través de la experiencia laboral o de otros aprendizajes no formales e informales. La duración del permiso no sobrepasará las 200 horas al año. La dirección de la empresa podrá tener en cuenta, a la hora de valorar la solicitud del permiso de formación, las necesidades organizativas y/o productivas de la empresa, para lo que recabará la opinión de la RLTRLPT, así como que el disfrute de los permisos no afecte significativamente la realización del trabajo en la misma.

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Samples: Convenio Colectivo General De Trabajo De La Industria Textil Y De La Confección