PERSONAL DE LIMPIEZA Cláusulas de Ejemplo

PERSONAL DE LIMPIEZA. Todo el personal de limpieza deberá ir convenientemente identificado. El adjudicatario deberá comunicar cualquier modificación que se produzca en el personal de limpieza. El adjudicatario será responsable y dará las oportunas indicaciones a su personal para el cuidado de las instalaciones y ahorro de energía (apagado xx xxxxx, cerrar puertas, etc.). Deberá facilitarse la localización del encargado mediante un sistema de telefonía móvil. Se utilizarán productos de limpieza adecuados evitando el uso de ceras en los pavimentos. Los materiales a utilizar no producirán contaminación en el ambiente ni en aguas residuales de acuerdo con la legislación vigente. Los productos de limpieza se guardarán bajo llave en los espacios destinados a tal fin.
PERSONAL DE LIMPIEZA. Se mantiene la categoría de personal de limpieza que quedará incluido dentro de las específicas como personal de servicios y actividades auxiliares, con la siguiente definición: Es el contratado para el aseo y limpieza de los locales y mobiliario de la empresa. Cuando para ello se le requiera, podrá realizar las funciones que le corresponden al mozo, con las siguientes limitaciones, en el caso de ser femenino, la de no realizar trabajos especialmente peligrosos, insalubres o penosos para su naturaleza, así como los que puedan afectar a su situación de embarazo o maternidad. Caso de realizar tales funciones, percibirá la retribución correspondiente a dicha categoría profesional.
PERSONAL DE LIMPIEZA. En el supuesto de que existiese dicha categoría y viniera percibiendo cantidades superiores a las especificadas en este Convenio, éstas se incrementarán en los porcentajes que para cada año se indican en el artículo 13.
PERSONAL DE LIMPIEZA. En las Tablas Salariales de los Sectores de Comercio en los que no aparecen fijados los salarios mensuales del Personal de Limpieza, se incluirán los mismos, con iguales cuantías que las de los Mozos.
PERSONAL DE LIMPIEZA. Es quien al servicio de la Empresa está dedicado a la limpieza de los locales de fabricación, almacén, oficinas y servicios, etc.
PERSONAL DE LIMPIEZA. Una bata de trabajo al año. Un par de zuecos al año o cualquier otro tipo xx xxxxxxx apropiado para su trabajo. Guantes de goma en cantidad suficiente para todo el año.
PERSONAL DE LIMPIEZA. La empresa adjudicataria podrá servirse del personal que estime pertinente, que, en todo caso, será el suficiente y necesario para llevar a cabo correctamente los trabajos objeto del presento Pliego y cuya suma total de horas semanales, en los distintos Centros no podrá ser inferior a 607 horas, con la siguiente distribución por Centros: En cada uno de los Centros se designará a uno de los trabajadores como encargado, siendo provisto de teléfono móvil o buscapersonas. La Empresa adjudicataria entregará a la Consejería de Presidencia, Justicia, e Interior en el plazo de 15 días naturales, a partir del día siguiente al de la notificación de la adjudicación del contrato, la relación nominal y pormenorizada del personal adscrito al presente contrato, por Centros. La empresa adjudicataria dispondrá permanentemente de personal de reserva para proceder de forma inmediata a las sustituciones que por enfermedad, accidente u otras causas sean precisas. En el supuesto de que la empresa adjudicataria considere oportuna la sustitución del personal de limpieza adscrito a este servicio, deberá notificarlo al Director del mismo, con una antelación mínima de cinco días naturales. Las sustituciones que tengan su causa en la cobertura de bajas por enfermedad u otros motivos de carácter imprevisible, que no hayan podido ser comunicadas en el plazo anteriormente fijado, serán notificadas al Director del Servicio en el momento de la incorporación del sustituto. En dichas notificaciones se expresarán las circunstancias que obligan a la sustitución y los datos personales del trabajador que se incorpora al Servicio, de acuerdo con lo establecido anteriormente. Relación del personal de las actuales contratas, a efectos de la subrogación del mismo por la empresa adjudicataria, según lo legalmente establecido. (Anexo I).
PERSONAL DE LIMPIEZA. 9.1.- De los Recursos Humanos.
PERSONAL DE LIMPIEZA. Es el trabajador encargado de la limpieza de las oficinas, locales, y demás dependencias de la empresa, sin distinción de sexos. No estará incluido en este Convenio el personal que realice la limpieza de las oficinas como servicio contratado, bien por los propios interesados o con entidades organizadas a tal efecto.
PERSONAL DE LIMPIEZA. El personal de limpieza que trabaje por horas, percibirá como retribución, la que se le señala en la tabla salarial anexa, que incluye en su importe prorrateado, el salario mensual, las gratificaciones extraordinarias, bolsa de vacaciones y las vacaciones.