Common use of Plazo para la entrega de ofertas Clause in Contracts

Plazo para la entrega de ofertas. El plazo de la OFERTA entendido como el término que transcurre entre la fecha a partir de la cual se pueden presentar ofertas y la de su cierre, será aquel comprendido entre el día de la publicación xxx xxxxxx definitivo y la resolución de apertura hasta la fecha y hora establecidas para el cierre, tal como se señalan en el cronograma del proceso. En la fecha indicada los proponentes entregarán las propuestas escritas, cumpliendo con las exigencias xxx xxxxxx de condiciones. De la diligencia de cierre, se levantará un acta que contendrá un control de orden de presentación de las propuestas en forma estrictamente consecutiva, indicando: fecha, hora, número de orden de entrega de la propuesta, nombre o razón social del proponente y de la persona que efectúe materialmente el acto de presentación por cuenta de aquel, con su número de cédula de ciudadanía, valor de la oferta económica, número de sobres que entrega, garantía de seriedad de la oferta (caso en que aplique), entidad aseguradora, valor asegurado y número de folios. En el evento que la propuesta se encuentre sin foliar, se consignará esta circunstancia en la respectiva Acta y se procederá a su foliación. Cuando se encuentren folios en blanco se procederá a anular la correspondiente hoja con una línea diagonal que así lo señale, o cuando se presenten folios superpuestos se verificará su foliación y también se dejará constancia de ello; en ambos casos el Hospital Militar Central volverá a realizar la foliación, bajo responsabilidad del oferente, puesto esto era su obligación. El acta será suscrita por los funcionarios del Hospital Militar Central y por los proponentes asistentes. Las propuestas que lleguen después de la hora prevista para el cierre del proceso de selección, NO SERÁN RECIBIDAS. Para verificar la hora, se tendrá en cuenta la que señale la página de Internet xxxx://xxxxxxxxx.xxx.xxx.xx/, que suministra la Superintendencia de Industria y Comercio de Colombia, la que conforme al numeral 5º del artículo 20 del Decreto 2153 de 1992 es la entidad competente para asignar la hora legal que rige en la República de Colombia. En ningún caso el Hospital Militar Central responderá por la xxxx en la entrega de alguna oferta por dificultades del ingreso al Hospital, por lo que resulta de exclusiva responsabilidad de los oferentes el prever la debida antelación para asistir oportunamente a la diligencia de cierre del proceso de selección.

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Samples: Pliego De Condiciones, Carta De Presentación De La Propuesta, www.hospitalmilitar.gov.co