Procedimiento para la implantación de los sistemas de organización del trabajo. Para la implantación de un nuevo sistema de rendimientos en base a primas o incentivos, fijación de la actividad normal y óptima y cambio de los métodos de trabajo, se procederá de la siguiente forma: 1.- La Dirección de la Empresa deberá informar previamente por escrito del nuevo sistema que se pretende implantar, al Comité de Empresa o Delegado de Personal y a los Delegados Sindicales o Representantes de las Secciones Sindicales de Empresa, si los hubiere. 2.- En los supuestos de desacuerdo se procederá por la vía de la mediación y/o arbitraje durante el período de preaviso previo a la aplicación de la medida en cuestión.
Appears in 2 contracts
Samples: Convenio Colectivo, Convenio Laboral
Procedimiento para la implantación de los sistemas de organización del trabajo. Para la implantación de un nuevo sistema de rendimientos en base a primas o incentivos, fijación de la actividad normal y óptima y cambio de los métodos de trabajo, se procederá de la siguiente forma:
1.- 1. La Dirección de la Empresa deberá informar previamente por escrito del nuevo sistema que se pretende implantar, al Comité de Empresa o Delegado de Personal y a los Delegados Sindicales o Representantes de las Secciones Sindicales de Empresa, si los hubiere.
2.- 2. En los supuestos de desacuerdo se procederá por la vía de la mediación y/o arbitraje durante el período de preaviso previo a la aplicación de la medida en cuestión.
Appears in 2 contracts
Samples: Convenio Laboral, Convenio Colectivo Estatal De Perfumería Y Afines
Procedimiento para la implantación de los sistemas de organización del trabajo. Para la implantación de un nuevo sistema de rendimientos en base a primas o incentivos, fijación de la actividad normal y óptima y cambio de los métodos de trabajo, se procederá de la siguiente forma:
1.- 1. La Dirección de la Empresa deberá informar previamente por escrito del nuevo sistema que se pretende implantar, al Comité de Empresa o Delegado de Personal y a los Delegados Sindicales o Representantes de las Secciones Sindicales de Empresa, si los hubiere.
2.- 2. En los supuestos de desacuerdo se procederá por la vía de la mediación y/o arbitraje durante el período periodo de preaviso previo a la aplicación de la medida en cuestión.
Appears in 1 contract
Procedimiento para la implantación de los sistemas de organización del trabajo. Para la implantación de un nuevo sistema de rendimientos en base a primas o incentivos, fijación de la actividad normal y óptima y cambio de los métodos de trabajo, se procederá de la siguiente forma:
1.- 1. La Dirección de la Empresa empresa deberá informar previamente por escrito del nuevo sistema que se pretende implantar, al Comité de Empresa o Delegado Delegado/a de Personal y a los Delegados Delegados/as Sindicales o Representantes representantes de las Secciones Sindicales secciones sindicales de Empresaempresa, si los hubiere.
2.- 2. En los supuestos de desacuerdo se procederá por la vía de la mediación y/o arbitraje durante duran- te el período de preaviso previo a la aplicación de la medida en cuestión.
Appears in 1 contract
Samples: Convenio Laboral