DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN Cláusulas de Ejemplo

DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN. (arts. 23, 213 y 303 TRLCSP)
DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN. 8.1.- La duración del contrato, el plazo de ejecución total, los plazos de ejecución parciales, en su caso, o la fecha de inicio del servicio son los que figuran en la letra C del Cuadro de características del contrato, son indicativos y podrán ser modificados, en su caso, como consecuencia de la licitación. El plazo de vigencia del contrato no puede ser superior a cuatro años, si bien puede preverse la prórroga antes de la finalización de aquél, siempre que la duración total del contrato, incluidas las prórrogas, no exceda de seis años, y que las prórrogas no superen, aislada o conjuntamente, el plazo fijado originariamente. La admisibilidad de la prórroga se indica en la letra D del Cuadro de características del contrato.
DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN. 8.1.- La duración del contrato, el plazo de ejecución total, los plazos de ejecución parciales, en su caso, o la fecha de inicio del suministro son los que figuran en la letra C del Cuadro de características del contrato, son indicativos y podrán ser modificados, en su caso, como consecuencia de la negociación. De conformidad con lo establecido en el artículo 213.2 del TRLCSP, dicho plazo de ejecución podrá prorrogarse cuando el contratista no pudiere cumplirlo por causas totalmente imprevistas y que no le sean imputables, siempre que las justifique debidamente.
DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN. 8.1.- La duración del contrato, el plazo de ejecución total, los plazos de ejecución parciales, en su caso, o la fecha de inicio del suministro son los que figuran en la letra D del Cuadro de características del contrato, son indicativos y podrán ser modificados, en su caso, como consecuencia de la licitación. En el supuesto de que el contrato tenga por objeto un suministro de prestación sucesiva o un arrendamiento de bienes muebles, el plazo máximo de duración del contrato no puede ser superior a cinco años, incluyendo las posibles prórrogas que el órgano de contratación acuerde antes de la finalización de aquel. El plazo de duración podrá ser prorrogado, de conformidad con lo establecido en el artículo 29 de la LCSP, si así se indica en la letra D del Cuadro de características del contrato y en los términos que se indican. En el supuesto de que el contrato se prorrogue, se mantendrán inalterados los precios iniciales, sin perjuicio, en su caso, de las posibles revisiones de precios que procedan, de conformidad con lo establecido en la cláusula 9 del presente Xxxxxx. La prórroga será obligatoria para el contratista. La ejecución de las unidades que se soliciten por la Administración se llevará a cabo de acuerdo con lo establecido en la cláusula 24 y lo estipulado en el contrato, en los plazos máximos que se indiquen desde que se formalice cada solicitud.
DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN. Duración del contrato: un año Plazo de ejecución total: Plazos de ejecución parciales: Fecha de inicio del suministro: aproximadamente septiembre 2010
DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN. (art. 303 TRLCSP)  Duración. Plazo de ejecución: 2 años a partir del día siguiente al de la firma de formalización del contrato.  Prorroga: Dos (2) periodos de (1) año cada uno. Solicitada tres meses antes a la finalización del contrato.
DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN. 9.1.- El contrato tendrá un plazo máximo de vigencia de UN AÑO, a contar desde el día que se estipule en el contrato.
DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN. Duración del contrato: 1 año Plazo de ejecución total: 4 años Plazos de ejecución parciales: Fecha de inicio del servicio: NO SÍ Condiciones en las que la prórroga se llevará a cabo (plazo, preaviso, etc.): por mutuo acuerdo y de forma anual por un máximo de hasta 3 años más. No obstante ello, transcurrido el primer año de vigencia del presente contrato, en el caso de prórroga, el arrendatario podrá resolver el contrato a la finalización de cada mensualidad, notificándolo fehacientemente al arrendador con una antelación mínima de dos meses
DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN. 8.1. La duración del contrato, el plazo de ejecución total, los plazos de ejecución parciales, si procede, o la fecha de inicio del suministro son los que figuran en la letra D del cuadro de características del contrato, son indicativos y podrán ser modificados, si procede, como consecuencia de la licitación.
DURACIÓN DEL CONTRATO. PLAZO DE EJECUCIÓN. 8.1. La duración del contrato será desde la firma del contrato hasta la finalización de la actividad, incluyendo los montajes, pruebas de sonido y luz y desmontajes oportunos correspondientes.