Programas Informáticos Cláusulas de Ejemplo
Programas Informáticos. Cualquier Reclamo derivado de, basado en, o atribuible a una infracción de cualquier derecho sobre programas informáticos (conocido como "software") o sobre una tecnología informática (conocido como "software technology").
Programas Informáticos. 8.1 Tras la entrega, el vendedor concede a DN, a sus empresas asociadas y a cualquier parte que DN solicite, un derecho no exclusivo, sin ninguna restricción de tiempo y lugar, para copiar, transferir, comercializar, alquilar, arrendar, volver a arrendar y conceder sublicencias de cualquier software al que el vendedor proporcione acceso a DN o que esté en cualquier producto proporcionado a DN. Este derecho permitirá a DN o a cualquiera de los anteriores utilizar el software para sus fines comerciales, o según lo acordado por las Partes.
Programas Informáticos. RSCO otorga al cliente el derecho no exclusivo de usar los programas informáticos relacionados con el objeto del contrato y la documentación relacionada (programas informáticos y documentación pertinente, denominados conjuntamente «software»), con la única finalidad de hacer funcionar el hardware previsto o suministrado para ello. Este derecho de uso se limitará al plazo pactado; en defecto de pacto este derecho se entenderá otorgado por tiempo indeterminado. El software se proveerá sólo en versión legible mecánicamente (object code) y sin códigos fuente (source code) y documentación relativa al código fuente. Salvo disposiciones contrarias imperativas establecidas legal o contractualmente por escrito, el cliente deberá abstenerse de modificar total o parcialmente el software, así como de descompilarlo, de desamblarlo o de desarrollarlo de cualquier otro modo con la finalidad de obtener el código fuente. El derecho de uso tampoco comprenderá el derecho de reproducción salvo que lo exija la operatividad del hardware previsto al efecto o suministrado o resulte necesario para obtener una copia de seguridad. El derecho de uso del software no comprenderá el derecho a traducir el mismo ni a su arrendamiento, cesión gratuita, sublicencia, difusión, comunicación pública o puesta a disposición mediante Internet a terceros ajenos a la empresa del cliente. En este caso, el cliente deberá imponer al tercero estas obligaciones y restricciones. RSCO confiere al cliente el derecho –revocable si concurre una causa grave – de transmitir a terceros los derechos de uso del software que le fueron otorgados. No obstante, el cliente sólo podrá transmitir el derecho de uso del software conjuntamente con el hardware que junto con el software haya adquirido previamente de RSCO o que esté previsto para el uso del software de RSCO.
Programas Informáticos. 9.1. RSES otorga al cliente el derecho no exclusivo de usar los programas informáticos relacionados con el objeto del contrato y la documen- tación relacionada (programas informáticos y documentación pertinente, denominados conjuntamente «software»), con la única finalidad de hacer funcionar el hardware previsto o suministrado para ello. Este derecho de uso se limitará al plazo pactado; en defecto de pacto este derecho se entenderá otorgado por tiempo indeterminado. El derecho de uso del software no comprenderá el derecho a traducir el mismo ni a su arrendamiento, cesión gratuita, sublicencia, difusión, comunicación pública o puesta a disposición mediante Internet a terceros ajenos a la empresa del cliente. El derecho de uso tampoco comprenderá el derecho de reproducción salvo que lo exija la ope- ratividad del hardware previsto al efecto o suministrado o resulte necesario para obtener una copia de seguridad. Salvo disposiciones contrarias imperativas establecidas legal o contractualmente por escrito, el cliente deberá abstenerse de modificar total o parcialmente el software, así como de descompilarlo, de desamblarlo o de desarrollarlo de cualquier otro modo con la finalidad de obtener el código fuente.
9.2. RSES confiere al cliente el derecho –revocable si concurre una causa grave – de transmitir a terceros los derechos de uso del software que le fueron otorgados. No obstante, el cliente sólo podrá transmitir el derecho de uso del software conjuntamente con el hardware que junto con el software haya adquirido previamente de RSES o que esté previsto para el uso del software de RSES. En este caso, el cliente deberá imponer al tercero estas obligaciones y restricciones.
9.3. La cesión del software se llevará a cabo sólo en versión legible mecánicamente (object code) y sin códigos fuente (source code) y docu- mentación relativa al código fuente.
9.4. RSES se reserva todos los demás derechos sobre el software.
9.5. En la medida en que se ceda al cliente un software para el que RSES únicamente posee un derecho de uso derivado y que no tiene el carácter de Open Source Software (software ajeno), la relación entre RSES y el cliente también se regirá por las condiciones de uso del software pactadas entre RSES y su licenciante, las cuales tendrán carácter complementario y prevalecerán sobre las disposiciones de este apartado 9. Siempre y cuando se ceda al cliente un Open Source Software, regirán con carácter prioritario sobre las disposiciones de este apartado 9 las...
Programas Informáticos. Los costos de las licencias adquiridas de programas informáticos son capitalizados, al valor incurrido para su adquisición y preparación para usar los programas específicos. Estos costos se amortizan durante sus vidas útiles estimadas. Los costos relacionados con el mantenimiento de programas informáticos se reconocen como gasto del período en que se incurren. La administración hace una evaluación respecto de aquellos programas informáticos que requieran de un soporte físico para funcionar y definir, según cuál sea el elemento determinante, si los programas computacionales serán tratados como activos de propiedades, planta y equipos, junto al soporte en que requiere funcionar o como activos intangibles, según cuál de los dos elementos tiene el peso más significativo (NIC 38.4).
