Common use of Propuesta Económica (Insubsanable) Clause in Contracts

Propuesta Económica (Insubsanable). La propuesta económica deberá presentarse en pesos colombianos de forma detallada, de conformidad con lo establecido en los Anexos de los presentes Pliegos de Condiciones y deberá incluir la lista de cantidades y actividades con sus precios unitarios y traer discriminado el IVA y el valor correspondiente de Administración, Imprevistos y Utilidad AIU, en cual en ningún caso podrá ser superior al 18% del costo directo. Se entiende que el precio de la oferta deberá comprender la totalidad de los trabajos, incluidos pero no limitado al valor de depreciación, operación y mantenimiento de todos los equipos, sean de propiedad del oferente o alquilados, el costo de los materiales, equipos, accesorios y demás suministros a incorporarse definitivamente en el proyecto, mano de obra, transporte, costos indirectos, impuestos, tasas, contribuciones y servicios necesarios para la ejecución completa de la obra a contratarse. Asimismo, deberán incluirse absolutamente todos los trabajos y condiciones que el oferente estime necesarios para la conclusión de los trabajos, ya que no se aceptarán reclamos por pagos y/o rubros adicionales, ni aumentos por situaciones que el oferente no haya previsto. El valor colocado en la propuesta económica detallada debe coincidir con el valor colocado en la carta de presentación de la propuesta, en caso de presentarse diferencia entre estos dos valores se tomará como válido el estipulado en la propuesta económica detallada.

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Samples: Licitación, Licitación Pública, Licitación Pública

Propuesta Económica (Insubsanable). La propuesta económica deberá presentarse en pesos colombianos de forma detallada, de conformidad con lo establecido en los Anexos de los presentes Pliegos de Condiciones y deberá incluir la lista de cantidades y actividades con sus precios unitarios y traer discriminado el IVA y el valor correspondiente de Administración, Imprevistos y Utilidad AIU, en cual en ningún caso podrá ser superior al 18% del costo directo. Se entiende que el precio de la oferta deberá comprender la totalidad de los trabajos, incluidos pero no limitado al valor de depreciación, operación y mantenimiento de todos los equipos, sean de propiedad del oferente o alquilados, el costo de los materiales, equipos, accesorios y demás suministros a incorporarse definitivamente en el proyecto, mano de obra, transporte, costos indirectos, impuestos, tasas, contribuciones y servicios necesarios para la ejecución completa de la obra a contratarse. Asimismo, deberán incluirse absolutamente todos los trabajos y condiciones que el oferente estime necesarios para la conclusión de los trabajos, ya que no se aceptarán reclamos por pagos y/o rubros adicionales, ni aumentos por situaciones que el oferente no haya previsto. El valor colocado en la propuesta económica detallada debe coincidir con el valor colocado en la carta de presentación de la propuesta, en caso de presentarse diferencia entre estos dos valores se tomará como válido el estipulado en la propuesta económica detallada. El IVA debe ser aplicado en función del tipo de actividad o servicio prestado de acuerdo a lo establecido en el Estatuto Tributario vigente de Colombia.

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Samples: Licitación