PUNTAJE Y ORDEN DE PRELACIÓN Cláusulas de Ejemplo

PUNTAJE Y ORDEN DE PRELACIÓN. Se procederá a sumar la calificación de la evaluación técnica y económica de la Barcaza/Gabarra ofertada, y se establecerá el orden de prelación en base al puntaje total obtenido, según el siguiente cuadro: (G) (X) (Z) • Esta tabla servirá como referencia, en el caso de que existan dos o más Barcazas/Gabarras ofertadas. En caso de que solo exista una Barcaza/Gabarras ofertada, se revisarán la documentación requerida. El primer lugar en el orden de prelación será para la oferta que obtuvo la calificación final más alta. En caso de existir dos (2) ofertas con una misma calificación, se dará preferencia en el orden de prelación a la Barcaza/Gabarra que ofertó la tarifa económica más baja en la ruta más frecuente.

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  • LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO 22.1.- LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.- En

  • ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES Las proposiciones se recibirán a través de CompraNet, por lo que se estará a lo dispuesto en el “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental, denominado CompraNet” y el soporte documental deberá remitirse de forma legible (en archivo PDF sin utilizar baja resolución, formato imagen o equivalente), utilizando la firma electrónica que asignó el SAT en favor del LICITANTE para el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Asimismo, se precisa que en la documentación técnica, legal y económica que integre la proposición remitida a través de CompraNet, se deberán emplear los medios de identificación electrónica en sustitución de la firma autógrafa; lo anterior de conformidad con lo señalado en la fracción II del artículo 26 Bis, el último párrafo del artículo 27 de la LAASSP y el primer párrafo del artículo 50 del RLAASSP. Las proposiciones deberán elaborarse conforme a lo señalado en esta CONVOCATORIA en formatos word, excel, pdf, html o, en su caso, utilizar archivos de imagen tipo jpg o gif. Preferentemente, identificarán cada una de las páginas que integran las proposiciones con los datos siguientes: clave del Registro Federal de Contribuyentes, número de Licitación y número de página, cuando técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse, en su caso en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de presentación y apertura de las proposiciones. Cada uno de los documentos que integren la proposición y aquéllos distintos a ésta, deberán estar foliados en todas las páginas que los integren (en caso de una página en blanco, poner “Sin texto”). Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica; así como, la documentación legal administrativa, conforme a lo dispuesto en el artículo 50, del RLAASSP, iniciando la numeración de cada propuesta, con el número uno, y concluyendo con el correspondiente a la cantidad de hojas que contenga. Se procederá a la apertura de los sobres generados mediante el sistema; en el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad del ÁREA CONVOCANTE , no sea posible abrir los sobres que contengan las propuestas enviadas por CompraNet, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción, salvo lo previsto en el numeral 29 del “ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet” el cual contempla lo siguiente: “29.- Las dependencias y entidades, a través de la Unidad Compradora, recabarán de los LICITANTES su aceptación de que se tendrán como no presentadas sus proposiciones y, en su caso, la documentación requerida por la Unidad Compradora, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la dependencia o entidad.” En término de lo dispuesto por el artículo 39, fracción III, inciso d) del REGLAMENTO, una vez recibidas las proposiciones en la fecha, hora y lugar establecidos; éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de contratación hasta su conclusión, de resultar adjudicado deberán estar vigentes durante la vigencia del contrato. Recibidas las proposiciones que hayan sido enviadas a través del Sistema CompraNet, se procederá a la apertura de todas y cada una de ellas, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido, por lo que, en el caso de que algún licitante omita la presentación de algún documento o algún requisito, no serán desechadas en ese momento, haciéndose constar ello en el formato de revisión Administrativa, legal. Técnica y económica, lo anterior de conformidad con lo establecido el artículo 47 del REGLAMENTO. Si por causas ajenas a la voluntad de la SHCP o de la convocante, no fuera posible abrir los archivos que contengan las propuestas enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones que dieron origen a la interrupción. La SHCP podrá verificar en cualquier momento que, durante el lapso de interrupción, no se haya suscitado alguna modificación a las propuestas que obren en poder de la convocante. Cuando las proposiciones sean desechadas podrán ser devueltas a los licitantes que lo soliciten, de conformidad a lo establecido el artículo 56 de la LAASSP y 104 de su REGLAMENTO. La convocante rubricará las proposiciones económicas que hayan sido recibidas e integrará al acta una versión impresa de las mismas. Conforme al artículo 35 fracción III de la LAASSP, se levantará el acta correspondiente que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, en la que se harán constar las proposiciones que fueron recibidas en tiempo y forma para su posterior evaluación y el importe total de cada una de ellas, se adjuntará copia de las mismas (Propuesta Económica), así como el lugar, fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la Licitación. Al finalizar el acto se difundirá un ejemplar del acta en CompraNet, para efectos de notificación. Sin perjuicio de lo anterior, en caso de presentarse alguna inconformidad o cualquier medio de impugnación derivados del procedimiento de contratación, la cotización estará vigente hasta en tanto ésta no sea resuelta. En el presente procedimiento No se reciben proposiciones a través del servicio postal o mensajería, ni de forma presencial.

  • PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES “EL PRESTADOR DEL SERVICIO” no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “LA ENTIDAD”.

  • ACEPTACIÓN DE LAS PARTES 15.1 Declaración.- Las partes libre, voluntaria y expresamente declaran que conocen y aceptan el texto íntegro de las Condiciones Generales de los Contratos de provisión de bienes y prestación de servicios, publicado en la página institucional del Servicio Nacional de Contratación Pública SERCOP, vigente a la fecha de la Convocatoria del procedimiento de contratación, y que forma parte integrante de las Condiciones Particulares del Contrato que lo están suscribiendo.

  • PETICIONES, QUEJAS Y RECURSOS Los suscriptores y/o usuarios tienen derecho a presentar ante la persona prestadora peticiones, quejas y recursos por cualquiera de los siguientes medios: físico en los puntos de atención, líneas telefónicas, fax, correo electrónico, correo certificado. El término máximo que tiene la persona prestadora para responder son quince (15) días hábiles contados a partir de la fecha de su presentación y si la respuesta no ocurre en este plazo se produce el silencio administrativo positivo. Las peticiones, quejas y recursos serán tramitados de conformidad con el Título VIII Capítulo VII de la Ley 142 de 1994, el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y la Ley 1755 de 2015.

  • Jornada de trabajo La jornada máxima de trabajo queda establecida para el periodo de vigencia del convenio, en 1.712 horas efectivas año. Una vez deducidas vacaciones, domingos, festivos no recuperables y los días de permisos retribuidos que se pactan. Al objeto de garantizar la cobertura médica y necesaria de los servicios que prestan las empresas sometidas al ámbito de aplicación del convenio, se podrá ampliar la jornada laboral de aquellos facultativos que se requiera, hasta el límite máximo en cómputo anual establecido en el artículo 35 del Estatuto de los Trabajadores y con la retribución prevista en el artículo 39 del presente convenio. Durante la vigencia de este convenio se pactan cuatro días libres a elección del trabajador y trabajadora, no computables a efectos de jornada máxima anual, y supeditados dos de ellos a las necesidades del servicio. Deberán solicitarse dentro de los 30 días naturales anteriores a su disfrute y como mínimo 7 días naturales antes de su disfrute. La empresa dará respuesta en las 72 horas antes del disfrute de la solicitud. De no producirse, el permiso se entenderá concedido. El exceso de jornada se aplicará mediante días de descanso a designar por la dirección de la empresa. csv: BOA20221017018 Una vez atribuido los días de descanso en aplicación de la jornada, si todavía hubiera un exceso de horas de trabajo, estas se podrán compensar retributivamente o bien mediante descanso inferior a la jornada. En el marco global de las empresas se pactará con la representación de los trabajadores y trabajadoras, los criterios generales a seguir en la confección y elaboración de los calendarios laborales en los que se incluirá jornada, turnos y festivos. La jornada podrá realizarse de manera continuada o partida, pudiendo fraccionarse en dos periodos, que serán diurnos. Durante la jornada continuada, que exceda de seis horas, existirá un descanso retribuido de 20 minutos que a todos los efectos se considerará como tiempo de trabajo efectivo. A efectos de seguimiento y control de asistencia, se establecerán los sistemas que vengan a considerar como más adecuados las empresas, de acuerdo a su volumen, en los que se reflejarán los días y horas efectivas trabajadas por cada uno de los que puedan quedar su- jetos al mismo. Los documentos que a tal efecto se produzcan (fichas, tarjetas, listas de firma, etc.) se conservarán por un período de cuatro años pudiendo, durante este tiempo, ser examinadas por los representantes legales de los trabajadores y trabajadoras, previa solicitud a la Dirección de la empresa o a la persona por ella delegada. Con efectos del día 1 de enero de 2024, la jornada laboral anual quedará reducida en 7 horas, pasando a ser la misma de 1.705 horas de trabajo real y efectivo al año.

  • Comisión de Seguimiento 4.1. Se constituirá una Comisión de Seguimiento integrada por representantes de cada una de las partes firmantes del convenio. Las funciones de la Comisión serán las siguientes: - Puesta en marcha, control, y seguimiento del programa objeto del presente convenio. - Aclarar y resolver cuantas dudas puedan plantearse en la interpretación y ejecución del presente convenio.

  • OBLIGACIONES DEL SUSCRIPTOR Y/O USUARIO Sin perjuicio de aquellas contenidas en la legislación, reglamentación y regulación vigente, son obligaciones del suscriptor y/o usuario, que se entienden incorporadas en el contrato de servicios públicos, las siguientes:

  • DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO Los servicios de limpieza incluirán las tareas generales descritas a lo largo del presente PPT con la periodicidad que se indica, teniendo un carácter de mínimo a realizar. Ocasionalmente se puede requerir al personal de limpieza para la preparación de ciertos actos o para realizar una limpieza tras la celebración de los mismos. Para ello se utilizará una bolsa de horas que los licitadores deben ofertar en su propuesta económica. Cuando esta bolsa de horas incluida en el precio del contrato se agote se podrán solicitar a la empresa horas adicionales, por lo que los licitadores también deben ofertar el precio/hora de un/a limpiador/a en su propuesta económica, siendo objeto de valoración. La conserjería se realizará con las prescripciones que se establecen en el presente pliego. El mantenimiento a que se refiere el presente pliego es el de los 2 campos de fútbol de titularidad municipal. Será por cuenta del adjudicatario la contratación del personal necesario para la realización del servicio, así como el pago de salarios, seguridad social y cualquier otro coste que devengue el personal, obligándose al estricto cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales y seguridad en el trabajo. El adjudicatario dotará al personal adscrito al contrato del vestuario adecuado para el desarrollo de sus funciones, quienes deberán llevar el uniforme durante el desarrollo de toda su jornada laboral. El personal de limpieza deberá dispensar un trato correcto a todos los empleados públicos, así como a los ciudadanos que acudan a los edificios y, en general, a cualquier usuario de los mismos. Será por cuenta del adjudicatario la aportación de todos los medios auxiliares, maquinaria, herramientas, así como el suministro de todos los productos de limpieza necesarios para una correcta prestación del servicio. A modo de lista no exhaustiva se incluyen los detergentes, abrillantadores, desinfectantes, bolsas de basura y, en general, todo tipo de productos necesarios para llevar a cabo las tareas de limpieza objeto de contratación. Respecto a los productos para el tratamiento de los campos de fútbol (abonos, semillas, fitosanitarios, etc., serán de cuenta del Ayuntamiento, el cual los suministrará previa solicitud del contratista y una vez analizada la procedencia de su suministro. La empresa adjudicataria deberá reponer algunos productos de uso higiénico suministrados por el Ayuntamiento: papel higiénico, toallitas seca manos y jabón líquido. Será responsabilidad de la empresa mantener en perfecto estado de uso los dispensadores de estos productos, teniendo que proceder a su reposición o reparación cuando sea necesario. Los que haya que substituir por el deterioro debido al uso deberán ser de características similares o superiores a los existentes, procurando mantener la armonía del conjunto. El contratista deberá suministrar los escobilleros de baño. Será responsabilidad de la empresa el mantenerlos en perfecto estado de uso y limpieza, teniendo que proceder a su reposición cuando sea necesario. Los que haya que substituir deberán ser de características similares o superiores a los existentes, procurando mantener la armonía del conjunto. Deberán suministrarse contenedores higiénicos para los aseos femeninos, encargándose de su limpieza con la periodicidad necesaria, manteniéndolos en todo momento en óptimas condiciones higiénicas. Será responsabilidad de la empresa mantener en perfecto estado de funcionamiento los secamanos eléctricos y equipos basterioestáticos instalados o que se instalen en los aseos, procediendo a su reparación o substitución cuando se averíen. De igual modo, se encargarán del suministro y reposición de consumibles cuando sea necesario. La empresa adjudicataria retirará los residuos de cada uno de los centros respetando los criterios de clasificación de los contenedores de reciclaje existentes o futuros, conforme a la normativa de 3 protección medioambiental que resulte de aplicación. Concretamente se instalarán contenedores debidamente identificados para la recogida selectiva de pilas, tapones de plástico, papel, tóner y cartuchos de tinta, gestionando su vaciado con la periodicidad necesaria con empresas u organizaciones que se dediquen a la retirada de este tipo de desechos. El personal que preste el servicio deberá vigilar el apagado xx xxxxx, radiadores, cierre de ventanas, etc., con el objeto de preservar al máximo el ahorro energético en los edificios. Las labores de limpieza, como norma general, se efectuarán en horario de tarde con el fin de interferir lo menos posible en el funcionamiento de los servicios. Las empresas contratistas deberán elaborar un programa de limpieza para los diferentes centros contemplados en la presente contratación, indicando las tareas a realizar y frecuencia de las mismas, detallando personal, maquinaria y utensilios a utilizar. Dicho programa será objeto de valoración durante el proceso de licitación y vinculante tras la adjudicación.

  • DEL REAJUSTE DE PRECIOS Art. 82.- Sistema de Reajuste.- Los contratos de ejecución de obras, adquisición de bienes o de prestación de servicios, a que se refiere esta Ley, cuya forma de pago corresponda al sistema de precios unitarios, se sujetarán al sistema de reajuste de precios de conformidad con lo previsto en el Reglamento a esta Ley. Serán también reajustables los contratos de consultoría que se suscribieran bajo cualquier modalidad.