REGISTRO DE LA OBRA. SERÁ OBLIGACIÓN DE “EL CONTRATISTA”, REGISTRAR LA OBRA ANTE LAS AUTORIDADES RESPECTIVAS, ENTREGÁNDOLE COPIA DEL PROYECTO DE LA OBRA, DATOS DE IDENTIFICACIÓN FISCAL DE “EL CONTRATISTA” Y TODOS AQUELLOS QUE LE SOLICITE LA AUTORIDAD COMPETENTE PARA EL CASO; ASIMISMO “EL CONTRATISTA” SE OBLIGA A PRESENTAR LOS PLANOS Y PROYECTO DE OBRA TERMINADA.
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Samples: Contrato De Obra Pública a Precios Unitarios, Contrato De Obra Pública a Precios Unitarios, Contrato De Obra Pública a Precios Unitarios
REGISTRO DE LA OBRA. SERÁ OBLIGACIÓN DE “EL CONTRATISTA”, REGISTRAR LA OBRA ANTE LAS AUTORIDADES RESPECTIVAS, ENTREGÁNDOLE COPIA DEL PROYECTO DE LA OBRA, DATOS DE IDENTIFICACIÓN FISCAL DE “EL CONTRATISTA” LA EMPRESA Y TODOS AQUELLOS QUE LE SOLICITE LA AUTORIDAD COMPETENTE PARA EL CASO; ASIMISMO “EL CONTRATISTA” SE OBLIGA A PRESENTAR LOS PLANOS Y PROYECTO DE OBRA TERMINADA.
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Samples: Contrato De Obra Pública