RESPONSABILIDAD Y PENALIZACIONES POR DEFECTOS EN LA EJECUCIÓN. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 212 a 214 del TRLCSP, los defectos en que incurra el contratista en la ejecución del contrato, aun cuando no proceda por ello la resolución del mismo, darán lugar al apercibimiento escrito por parte de la Administración, oído el contratista. El primer apercibimiento escrito conllevará una penalización equivalente al 1% de la facturación del mes en el que se hubiera cursado y que se detraerá de oficio por la Administración al hacerla efectiva. Los sucesivos que pudieran producirse duplicarán el porcentaje de penalización del anterior. Estas penalidades deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10 % del presupuesto del contrato. En caso de mantenerse o reiterarse una defectuosa ejecución del contrato tras el tercer apercibimiento escrito, la Administración procederá de acuerdo con lo previsto en el párrafo segundo del apartado 13.2 del presente pliego. En el caso de que se prevean penalizaciones específicas durante la ejecución del contrato, se harán constar en el apartado 31 del Cuadro Resumen.
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Samples: Suministro De Cheques Restaurante, Contract for Maintenance Services, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
RESPONSABILIDAD Y PENALIZACIONES POR DEFECTOS EN LA EJECUCIÓN. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 212 a 214 del TRLCSP, los defectos en que incurra el contratista en la ejecución del contrato, aun cuando no proceda por ello la resolución del mismo, darán lugar al apercibimiento escrito por parte de la Administración, oído el contratista. El primer apercibimiento escrito conllevará una penalización equivalente al 1% de la facturación del mes en el que se hubiera cursado y que se detraerá de oficio por la Administración al hacerla efectiva. Los sucesivos que pudieran producirse duplicarán el porcentaje de penalización del anterior. Estas penalidades deberán ser proporcionales a la gravedad del incumplimiento y su cuantía no podrá ser superior al 10 % del presupuesto del contrato. En caso de mantenerse o reiterarse una defectuosa ejecución del contrato tras el tercer apercibimiento escrito, la Administración procederá de acuerdo con lo previsto en el párrafo segundo del apartado 13.2 del presente pliego. En el caso de que se prevean penalizaciones específicas durante la ejecución del contrato, se harán constar en el apartado 31 28 del Cuadro Resumen.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares