OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO Cláusulas de Ejemplo

OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Se deberán realizar lo cálculos estructurales necesarios y pertinentes para garantizar la seguridad de las estructuras colgantes y cualquier otra que instale, teniendo como hipótesis xx xxxxxxx el peso propio y las posibles sobrecargas generadas por el viento, lluvia y otros agentes climáticos o condicionantes que pudiera prever, garantizando el cumplimiento de la normativa vigente en materia de seguridad estructural y eléctrica. Se especificará el tipo de montaje a emplear las características, distribución, ubicación formas de fijación y anclaje. Finalizadas las fiestas se deberá liminar todo elemento de la instalación (líneas de alimentación, cuadros, acometidas, alambres y cables metálicos de sujeción), quedando únicamente, para próximos años, los cáncamos o elementos de anclaje a fachada. La empresa adjudicataria aportará cuanto material sea necesario para el montaje de los arcos e instalaciones y dicho montaje se realizará evitando en la medida de lo posible perjuicios al tráfico rodado y a los peatones, señalizando convenientemente la zona donde se estén realizando los trabajos y comunicando previamente a los responsables municipales las fechas de inicio de montaje de las instalaciones. Así mismo se encargará del mantenimiento del alumbrado y ornamentación navideña, prestando especial atención a la reparación y reposición e las luminarias instaladas y en cualquier caso, garantizando su perfecto funcionamiento durante el periodo objeto del contrato. Dichos servicios se desarrollarán de conformidad al plan de mantenimiento presentado por la empresa adjudicataria. No obstante el contratista deberá atender en todo caso las indicaciones del responsable técnico del Ayuntamiento. . El adjudicatario adquirirá el compromiso de renovar para cada año que dure el contrato como mínimo la mitad de los diseños empleados el año anterior, así como a no repetir en las calles el motivo empleado el año anterior Con respecto al personal que emplee al objeto de este contrato, la adjudicataria queda obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia de legislación laboral, de Seguridad Social, de prevención de riesgos laborales, y demás legislación aplicable y deberá tener contratado un seguro de responsabilidad civil suficiente para responder de posibles daños a terceros.
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Además de las obligaciones generales derivadas del régimen jurídico de este contrato, son obligaciones específicas del contratista las siguientes: - Obligaciones laborales y sociales. El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de prevención de riesgos laborales. - El contratista está obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello (artículo 53.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público). - El contratista está obligado al cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 210 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público para los supuestos de subcontratación. - Señalización de las obras. El contratista está obligado a instalar a cargo suyo, las señalizaciones precisas para indicar el acceso a la obra, la circulación en la zona que ocupan los trabajos y los puntos de posible peligro debidos a la marcha de éstos, tanto en esta zona como en sus límites e inmediaciones. - El contratista debe cumplir las previsiones recogidas en el Plan de Seguridad y Salud en el Trabajo. - Gastos exigibles al contratista. Son con cargo al contratista los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de licitación y, así como cualquier otros que resulten de aplicación, según las disposiciones vigentes en la forma y cuantía que estas señalen. En caso de que lo exija alguna de las administraciones que financia la obra, el contratista instalará a cargo suyo los carteles de identificación de la obra, con las características que se establezcan. - Documentación a presentar por el contratista: - Ita (Informe de trabajadores en alta en un código de cuenta de cotización), emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social. - Los contratos de trabajo de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, ya sea personal existente en plantilla como personal de nueva contratación. - Los documentos TC2 del mes correspondiente al inicio de las obras, significándoles que también deberán ser aportados mensualmente hasta la completa ejecución de la obra. - Documentación del Servicio Público de desempleo acreditativa de la situación de desempleo del trabajador, en el caso de nuevos contratos. - Relación de todo el personal destinado a la ejecución de la obra, de acuerdo con el Xxxxx XX que se adjunta, significándoles que dicha relación también deberá ser aportada mensualmente hasta la completa ejecu...
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 11.1.­ El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social y de seguridad e higiene en el trabajo.
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. El adjudicatario deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 19.1 El adjudicatario se obliga a la ejecución del contrato con exacto cumplimiento de las condiciones recogidas en el presente Pliego, así como de cuantas normas sectoriales incidan sobre las actividades objeto del contrato, comprometiéndose a aportar todos los elementos nece- sarios para llevar el mismo a buen término y a realizar cuantas gestiones sean necesarias para ello. Deberá observar, asimismo, cuantas instrucciones le diere LA FUNDACIÓN. LA FUNDACIÓN, a través del director del contrato, podrá exigir del adjudicatario la modifica- ción, ampliación o reducción de los servicios contratados, aplicándose en estos casos los precios unitarios consignados en la proposición del adjudicatario.
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. El adjudicatario queda obligado a:
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Sin perjuicio de las demás obligaciones y responsabilidades, expresamente reflejadas en este Pliego y en el correspondiente contrato, el adjudicatario contratado se compromete, en su ejecución, al cumplimiento de lo siguiente:
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. El adjudicatario está obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad y Salud en el Trabajo. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en xxxx por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas. Estas ascenderán diariamente a 0,12 por 601,01 euros del precio del contrato. Estas penalidades serán igualmente aplicadas en caso de demora en el inicio de la ejecución del contrato. Cada vez que las penalidades por demora alcancen un múltiplo del 5 por 100 del precio del contrato, el órgano de contratación estará facultado para proceder a la resolución del mismo o acordar la continuidad de su ejecución con imposición de nuevas penalidades. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 213.2 TRLCSP. En todo caso, la constitución en xxxx del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración. Son de cuenta del contratista, los gastos e impuestos del anuncio o anuncios de la licitación, y los de la formalización del contrato y cuantos otros estén legalmente establecidos sobre estas materias. El importe máximo de los gastos a satisfacer por el adjudicatario en concepto de pago de anuncios se recoge en el apartado Q) del “Cuadro Resumen del Contrato” (Anexo I).
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. Sin perjuicio de las que seguidamente se expondrán de naturaleza técnica, con carácter general son obligaciones del adjudicatario las siguientes, a saber:
OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 29.1.- OBLIGACIONES GENERALES: