Retenciones Cláusulas de Ejemplo

Retenciones. 48.1 El Contratante retendrá de cada pago que se adeude al Contratista la proporción estipulada en las CEC hasta que las Obras estén terminadas totalmente. 48.2 Cuando las Obras estén totalmente terminadas y el Gerente de Obras haya emitido el Certificado de Terminación de las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC, se le pagará al Contratista la mitad del total retenido y la otra mitad cuando haya transcurrido el Período de Responsabilidad por Defectos y el Gerente de Obras haya certificado que todos los defectos notificados al Contratista antes del vencimiento de este período han sido corregidos. 48.3 Cuando las Obras estén totalmente terminadas, el Contratista podrá sustituir la retención con una garantía bancaria “a la vista”.
Retenciones. 48.1 El Contratante retendrá de cada pago que se adeude al Contratista
Retenciones. 48.1 El Contratante retendrá de cada pago que se adeude al Contratista la proporción estipulada en las CEC hasta que las Obras estén terminadas totalmente.
Retenciones. Una retención es una medida que PayPal puede adoptar en ciertas circunstancias, ya sea a nivel de una transacción o a nivel de la cuenta. Cuando PayPal coloque una retención temporal en un pago, los fondos no estarán disponibles para el remitente o el destinatario. Antes de retener un pago, PayPal tiene en cuenta muchos factores, entre ellos: la titularidad de la cuenta, la actividad de la transacción, el tipo de negocio, las controversias anteriores con clientes y la satisfacción general de los clientes. Algunas situaciones frecuentes en las que PayPal retendrá pagos incluyen: • Vendedores nuevos o vendedores que tienen poca actividad de venta. • Pagos de artículos de categorías de alto riesgo como electrónica o entradas. • Vendedores que tienen problemas de desempeño o un alto porcentaje de insatisfacción de los compradores o controversias con ellos. Es posible que retengamos los pagos que se envíen a su cuenta de PayPal si, a nuestra entera discreción, consideramos que puede existir un alto nivel de riesgo asociado a usted, su cuenta de PayPal o sus transacciones, o que es necesario colocar dicha retención para cumplir con los requisitos normativos. Antes de aplicar una retención de pago, analizamos una serie de factores, como la información que tenemos a nuestra disposición, tanto xx xxxxxxx internas como de terceros. Cuando apliquemos una retención de pago, los fondos aparecerán en su cuenta de PayPal con un aviso que muestra que no están disponibles o están pendientes. Si decidimos aplicar una retención, se lo notificaremos, ya sea a través de su cuenta de PayPal o directamente por teléfono o correo electrónico. Las retenciones debido a riesgos suelen permanecer vigentes durante un máximo de 30 días desde la fecha en que se recibió el pago en su cuenta de PayPal, a menos que PayPal tenga un motivo para continuar reteniendo el pago. Podemos liberar antes la retención bajo ciertas circunstancias (por ejemplo, si usted cargó la información de rastreo del envío relacionada con la transacción), sin embargo, cualquier liberación anticipada se realizará a nuestra entera discreción. La retención puede durar más de 30 días si el pago se impugna como un pago que debe ser invalidado y cancelado con base en una transacción impugnada como se analiza en el párrafo siguiente. En este caso, retendremos el pago en su cuenta de PayPal hasta que se resuelva el problema.
Retenciones. “EL AYUNTAMIENTO” podrá retener a “EL CONTRATISTA” pago por las siguientes causas:
Retenciones. EL CONTRATANTE descontará del precio pactado los impuestos, tasas, contribuciones y retenciones a que haya lugar de conformidad con la normatividad vigente. EL CONTRATISTA autoriza a EL ICFES a realizar los descuentos o retenciones establecidos en la ley y los ordenados por autoridad judicial o administrativa.
Retenciones. Para cumplir con las obligaciones fiscales xx xxx, LA ENTIDAD efectuará las retenciones que surjan del presente contrato las cuales estarán a cargo del CONTRATISTA, en los porcentajes fijados por la normatividad que los regula.
Retenciones. El Contratante retendrá de cada pago que se adeude al Contratista la proporción estipulada en las CEC hasta que las Obras estén terminadas totalmente. Cuando las Obras estén totalmente terminadas y el Gerente de Obras haya emitido el Certificado de Terminación de las Obras de conformidad con la Subcláusula 51.1 de las CGC, se le pagará al Contratista la mitad del total retenido y la otra mitad cuando haya transcurrido el Período de Responsabilidad por Defectos y el Gerente de Obras haya certificado que todos los defectos notificados al Contratista antes del vencimiento de este período han sido corregidos. El Contratista podrá sustituir la retención con una garantía bancaria “contra primera solicitud”.
Retenciones. EL CONTRATISTA” SOBRE EL IMPORTE DE CADA UNA DE LAS ESTIMACIONES ACEPTA, SE DEDUZCA EL EQUIVALENTE AL CINCO AL MILLAR DEL MONTO DE LOS TRABAJOS CONTRATADOS, PARA LA REALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE VIGILANCIA, INSPECCIÓN Y CONTROL SOBRE LAS OBRAS PÚBLICAS Y SERVICIOS; LO ANTERIOR EN APEGO A LO ESTABLECIDO POR XX XXXXXXXX 00 XXX XXXXXXXXXX XX XX XXX XX XXXX XXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXX. “EL CONTRATISTA” PODRÁ MANIFIESTAR SU CONSENTIMIENTO EXPRESO PARA QUE, AL EFECTUARSE LA PRESENTACIÓN DE LAS ESTIMACIONES QUE SE FORMULEN A LOS TRABAJOS EJECUTADOS, LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN, ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, LE RETENGA O NO EL DOS AL MILLAR DEL IMPORTE DE LAS MISMAS, MONTO QUE SERÁ DESTINADO PARA LA CAPACITACIÓN Y ADIESTRAMIENTO DE LOS TRABAJADORES DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO Y DE LAS ASOCIACIONES CIVILES Y/O FUNDACIÓN QUE SE ESTIPULA EN LA CARTA QUE SE ANEXA AL PRESENTE CONTRATO, PUDIENDO APORTAR A MAS DE UNA ASOCIACIÓN EN PORCENTAJES SIMILARES DE DOS AL MILLAR.
Retenciones. El Consultor estará sujeto a impuestos nacionales sobre los gastos y montos pagaderos bajo el Contrato (Honorarios profesionales), por lo cual deberá detallar los mismos en la oferta económica. Se hará la retención del 12.5% del monto de los honorarios profesionales de cada pago, por concepto de pago de Impuesto Sobre la Renta, si presenta la constancia que realiza pagos a cuenta no se realizará esta retención. La A.M.D.C. no contraerá responsabilidad laboral por pago de prestaciones o seguridad social bajo el contrato, por lo cual debe ser asumido por el Consultor.