Riesgo Ambiental Cláusulas de Ejemplo

Riesgo Ambiental. La asignación del riesgo ambiental depende de la especificidad de cada proceso, por ejemplo:
Riesgo Ambiental. Riesgo Cubierto A la comunidad representada por el estado a través de su autoridad de aplicación, como asegurado. El riesgo cubierto es que el titular de la actividad ante un daño ambiental de incidencia colectiva cuya primera manifestación o descubrimiento ocurra durante la vigencia de la póliza, no realice lo que está obligado por la ley referido a la remediación del daño, hasta la concurrencia de la suma asegurada. Ley General del Ambiente (25.675) El art 22 de la ley General del ambiente (25.675) establece la obligatoriedad para todas aquellas actividades que pudieren dañara el medio ambiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño que en su tipo pudiere producir; asimismo, según el caso y las posibilidades, podrá integrar un fondo de restauración ambiental que posibilite la instrumentación de acciones de reparación. Constitución Nacional “... Artículo 41- Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales. Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos... En la Constitución Nacional, reformada en 1994, se reformula el Art. 41: “El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley” Al establecer la obligación de recomponer, se utiliza un concepto distinto de los ya conocidos como los de reparar, resarcir o indemnizar, muy utilizados éstos en el derecho civil, este nuevo concepto es particular del daño ambiental. Es por ello que podemos plantear que el daño ambiental genera una doble obligación sobre quien lo provoca: 1º) Recomponer el ambiente a su estado anterior (asimilable a la reparación en especie del Código Civil). 2º) Resarcir los perjuicios económicos sufridos, por la v...
Riesgo Ambiental. Se refiere a las obligaciones que emanan de la(s) licencia(s) ambiental(es), de los planes de manejo ambiental y de la evolución de las tasas de uso del agua y retributivas. Es deseable que las entidades estatales cuenten con las licencias ambientales y/o planes de manejo ambiental antes de la firma de los contratos. El inversionista privado asumirá este riesgo, cuando, previo al cierre del proceso licitatorio, se cuente con las resoluciones respectivas.
Riesgo Ambiental a Identificación b Práctica recomendada para la asignación del riesgo
Riesgo Ambiental. Riesgos varios. Cubiertos, exclusiones y adicionales
Riesgo Ambiental. El CLIENTE declara bajo fe de juramento: Que se dedica a la actividad ___ Agrícola ___ Ganadera ___ Industrial ___ Comercial ___ Otros ___. Estar dando cumplimiento a la legislación ambiental y laboral vigente, siendo el único responsable por el cumplimiento de dichas normas, excluyendo y manteniendo indemne al BANCO de cualquier responsabilidad emergente de tales obligaciones. Que es de su entera responsabilidad la obtención de los permisos legales necesarios para el desarrollo de su actividad, obligándose a proporcionar al BANCO las documentaciones pertinentes. Que en el/los inmueble/s de su propiedad no se realizan ni se realizarán las siguientes actividades: a) Actividades de desmonte o deforestación masiva y/o selectiva, aprovechamiento de productos forestales etc, sin contar con las autorizaciones de las autoridades de aplicación pertinentes para la actividad. b) Alteración de cursos de agua y/o ensuciamiento de las mismas, por razones de vertido de productos o materiales contaminantes y/o que no se realizarán desvíos o represamientos de cauces hídricos. c) Almacenamiento inadecuado de productos químicos tóxicos, que pudieren afectarla salud de las personas y la calidad del suelo, aire o agua. d) Actividades que empleen niños o menores de edad, en condiciones de trabajo no aptas para ellos y en detrimento de la formación escolar de los mismos. e) Actividades de cacería de animales silvestres, con fines de recreación.