Common use of Seguro de vida Clause in Contracts

Seguro de vida. Dentro del listado de compañías aseguradoras aprobadas por BANCO VIMENCA (el cual deberá contar con un mínimo de tres (3) compañías), EL PRESTATARIO ha decidido contratar un seguro de vida, del cual BANCO VIMENCA es beneficiario irrevocable, conforme a la póliza No. , expedida por la Compañía de Seguros , ubicada en la , de esta ciudad, quedando BANCO VIMENCA obligado a entregar a EL PRESTATARIO los documentos relativos a la contratación de la póliza y su cobertura. EL PRESTATARIO se compromete a pagar conjuntamente con las cuotas de capital e intereses, las cuotas correspondientes a la prima de seguro antes mencionada, la cual endosa a favor de BANCO VIMENCA bajo las siguientes condiciones: a) Será por el término del presente contrato, la cual será renovada anualmente y por la suma de DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), correspondiente al monto xxx xxxxxxxx. PÁRRAFO I: La póliza de seguro será pagada por EL PRESTATARIO mediante ( ) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, por un monto de CON 00/100 ( ), y en caso de incumplimiento de esta obligación EL PRESTATARIO perderá el beneficio de los plazos acordados y en consecuencia, toda la porción del capital adeudado y de los intereses, serán inmediatamente exigibles. La póliza de seguro que EL PRESTATARIO suscriba a tales fines, podrá ser aumentada por BANCO VIMENCA si en cualquier momento durante la vigencia de la póliza de seguros contratada, la compañía aseguradora decide aumentar la prima de seguro por cualquier causa justificada. BANCO VIMENCA deberá notificar el aumento a EL PRESTATARIO por cualquier medio fehaciente, con treinta (30) días calendario de antelación.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Préstamo Con Prenda Sin Desapoderamiento

Seguro de vida. Dentro La Compañía pagará las cantidades enunciadas en la Tabla de Beneficios Máximos Reembolsables, por la pérdida de la vida del listado de compañías aseguradoras aprobadas por BANCO VIMENCA (el cual deberá contar con un mínimo de tres (3) compañíasAsegurado Principal, cónyuge e hijo(s), EL PRESTATARIO ha decidido contratar un previa documentación legal que pruebe y justifique la muerte del Asegurado cubierto en ésta Póliza. Dicha cantidad o monto le será reembolsada al beneficiario designado por el Asegurado Principal de la Póliza. Dicha designación deberá ser hecha por el Asegurado Principal en el Anexo A - Declaración de Beneficiarios adjunto a la Solicitud de Seguro y cualquier cambio o adición en la persona del beneficiario deberá ser notificado previamente y por escrito a la Compañía para que surta efectos legales. La cantidad a pagar en concepto de seguro de vidavida será reducida a cero (0) cuando el Asegurado cubierto bajo este beneficio cumpla la edad de 70 años; o cuando dicho Asegurado no sea elegible para tal cobertura de vida en esta Póliza como está definido en la misma. La Compañía no será responsable de ningún pago bajo esta Póliza en concepto de muerte, si no recibe por escrito notificación de la pérdida de la vida dentro de un período de un año, contado desde la fecha de la muerte, conjuntamente con la presentación de los documentos mencionados como prueba del cual BANCO VIMENCA es beneficiario irrevocablefallecimiento. Los recién nacidos son elegibles para el beneficio del seguro de vida a partir del décimo quinto día de nacimiento. Si el Asegurado cometiera suicidio, conforme bien fuera en uso de sus facultades mentales o no, dentro de los primeros (2) años contados a partir de la fecha de su ingreso a la póliza No. póliza, expedida por la responsabilidad de la Compañía de Seguros , ubicada en la , de esta ciudad, quedando BANCO VIMENCA obligado a entregar a EL PRESTATARIO los documentos relativos a la contratación se limitará al reembolso de la póliza y su primas pagadas bajo esta cobertura. EL PRESTATARIO se compromete a pagar conjuntamente con , después de deducir cualesquiera de las cuotas de capital e intereses, las cuotas correspondientes a la prima de seguro antes mencionada, la cual endosa a favor de BANCO VIMENCA cantidades adeudadas bajo las siguientes condiciones: a) Será por el término del presente contrato, la cual será renovada anualmente y por la suma de DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), correspondiente al monto xxx xxxxxxxx. PÁRRAFO I: La póliza de seguro será pagada por EL PRESTATARIO mediante ( ) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, por un monto de CON 00/100 ( ), y en caso de incumplimiento de esta obligación EL PRESTATARIO perderá el beneficio de los plazos acordados y en consecuencia, toda la porción del capital adeudado y de los intereses, serán inmediatamente exigibles. La póliza de seguro que EL PRESTATARIO suscriba a tales fines, podrá ser aumentada por BANCO VIMENCA si en cualquier momento durante la vigencia de la póliza de seguros contratada, la compañía aseguradora decide aumentar la prima de seguro por cualquier causa justificada. BANCO VIMENCA deberá notificar el aumento a EL PRESTATARIO por cualquier medio fehaciente, con treinta (30) días calendario de antelaciónPóliza.

Appears in 1 contract

Samples: centraldeseguros.com

Seguro de vida. Dentro Para protección del listado de compañías aseguradoras aprobadas por BANCO VIMENCA (crédito, y sus accesorios, el cual deberá contar con un mínimo de tres (3) compañías), EL PRESTATARIO ha decidido ACREEDOR podrá contratar en su beneficio un seguro de vidavida e incapacidad a nombre del DEUDOR, siempre y cuando este revista el carácter de asegurable, en una entidad aseguradora debidamente autorizada para operar en el ramo por una suma asegurada equivalente al saldo de la deuda derivada del cual BANCO VIMENCA es crédito. El ACREEDOR titular de LA LETRA será el beneficiario irrevocablede dicho seguro, que se contratará conforme a la póliza No. las normas legales y de práctica, expedida por la Compañía de Seguros , ubicada en la , de esta ciudad, quedando BANCO VIMENCA obligado a entregar a EL PRESTATARIO los documentos relativos para lo cual el DEUDOR autoriza al ACREEDOR y a la ENTIDAD ADMINISTRADORA a efectuar los actos necesarios y se obliga a cumplir con los actos personales que se requieran para dicha contratación de la póliza y su cobertura. EL PRESTATARIO sus renovaciones, las cuales el DEUDOR se compromete a pagar llevar a cabo treinta días antes de su vencimiento. El costo del seguro estará exclusivamente a cargo del DEUDOR, quien deberá abonar las primas respectivas conjuntamente con las cuotas de capital e intereses, las cuotas correspondientes amortización del crédito. La tarifa a la prima aplicar se establecerá sobre el saldo deudor al inicio de seguro antes mencionada, la cual endosa a favor de BANCO VIMENCA bajo las siguientes condiciones: a) Será por el término del presente contrato, la cual será renovada anualmente y por la suma de DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), correspondiente al monto xxx xxxxxxxx. PÁRRAFO I: La póliza de seguro será pagada por EL PRESTATARIO mediante ( ) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, por un monto de CON 00/100 ( )cada período, y estará a disposición del DEUDOR en caso el domicilio de incumplimiento .......(nombre de esta obligación EL PRESTATARIO perderá la entidad) o quien ejerza la administración del crédito por cuenta del ACREEDOR, con quince días de anticipación al comienzo del período respectivo. La falta de pago de las primas en la oportunidad convenida, o el beneficio no cumplimiento de los plazos acordados y en consecuencia, toda la porción del capital adeudado y de los intereses, serán inmediatamente exigibles. La póliza de seguro que EL PRESTATARIO suscriba a tales fines, podrá ser aumentada requisitos exigidos por BANCO VIMENCA si en cualquier momento durante la vigencia de la póliza de seguros contratada, la compañía aseguradora decide aumentar para la prima vigencia del seguro, hará incurrir al DEUDOR en xxxx de pleno derecho, y serán de aplicación las cláusulas de incumplimiento. El ACREEDOR podrá contratar un seguro por cualquier causa justificada. BANCO VIMENCA deberá notificar el aumento de desempleo a EL PRESTATARIO por cualquier medio fehaciente, con treinta (30) días calendario de antelaciónbeneficio del deudor y a cargo del mismo.

Appears in 1 contract

Samples: www.bcra.gob.ar

Seguro de vida. Dentro del listado “EL/LA PRESTATARIO(A)” reconoce haber PARRAFO I: En caso de compañías aseguradoras aprobadas por BANCO VIMENCA (el cual deberá contar con un mínimo que la póliza de tres (3) compañías), EL PRESTATARIO ha decidido contratar un seguro de vidavida haya sido contratada por “EL/LA PRESTATARIO(A)” directamente a través de la aseguradora de su elección y de que “EL BANCO” haya aceptado la misma, del cual BANCO VIMENCA es beneficiario irrevocable, conforme “EL/LA PRESTATARIO(A)” se compromete a realizar entrega formal de la póliza de seguro y el endoso correspondiente a la cesión de los derechos de la póliza Noa favor de “EL BANCO”. PARRAFO II: “EL/LA PRESTATARIO(A)” se obliga a mantener en vigor por renovaciones sucesivas, expedida y mientras sea deudor de “EL BANCO”, la póliza de seguro, en el entendido de que si dejare de renovarla “EL BANCO” estará autorizado, sin estar obligado, a hacer dichas renovaciones por la Compañía cuenta de Seguros “EL/LA PRESTATARIO(A)” o contratar una nueva póliza de seguro con una compañía distinta, ubicada en la , de esta ciudad, quedando BANCO VIMENCA obligado cuyo caso “EL BANCO” se obliga a entregar a EL PRESTATARIO el ejemplar de la póliza de seguro y los documentos relativos a la contratación cobertura y contratación, debiendo “EL/LA PRESTATARIO(A)” cancelar los avances en que incurra “EL BANCO” a partir de la póliza notificación que por cualquier medio fehaciente haga “EL BANCO” sobre el pago efectuado por él y su coberturaantes del próximo vencimiento de los intereses convencionales establecidos en el presente Contrato y en el(los) Pagaré(s), acordando que hasta el momento del saldo las sumas que por este concepto avance “EL BANCO” devengarán intereses conforme lo establecido en el Artículo Vigésimo Tercero (Impuestos, Gastos, Honorarios y Avances) y serán exigibles a opción de “EL BANCO”. Las sumas que “EL PRESTATARIO BANCO” avance por tal concepto, estarán avaladas por las garantías descritas en este contrato. En caso de que se compromete produjera un siniestro, “EL BANCO” aplicará el monto del seguro a pagar conjuntamente con las cuotas de capital e los intereses, al capital y demás gastos correspondientes al préstamo concedido. “EL BANCO” entregará a “EL/LA PRESTATARIO(A)” cualquier diferencia que existiere a su favor. Queda acordado entre las cuotas correspondientes Partes que la falta de entrega de la documentación correspondiente a la prima renovación de la indicada póliza de seguro antes mencionada, y la cual endosa cesión de la misma a favor de BANCO VIMENCA bajo las siguientes condiciones: a) Será “EL BANCO” será considerada como un Evento de Incumplimiento de parte de “EL/LA PRESTATARIO(A)”, pudiendo éste comprometer su responsabilidad por el término del presente contrato, la cual será renovada anualmente dicho hecho y por la suma de DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), correspondiente al monto xxx xxxxxxxx. PÁRRAFO I: La póliza de seguro será pagada por EL PRESTATARIO mediante ( ) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, por un monto de CON 00/100 ( ), y en caso de incumplimiento de esta obligación EL PRESTATARIO perderá perdiendo el beneficio de los plazos acordados y en consecuencia, toda la porción del capital adeudado y de los intereses, serán inmediatamente exigibles. La póliza de seguro que EL PRESTATARIO suscriba a tales fines, podrá ser aumentada por BANCO VIMENCA si en cualquier momento durante la vigencia de la póliza de seguros contratada, la compañía aseguradora decide aumentar la prima de seguro por cualquier causa justificada. BANCO VIMENCA deberá notificar el aumento a EL PRESTATARIO por cualquier medio fehaciente, con treinta (30) días calendario de antelacióntérmino.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Préstamo

Seguro de vida. Dentro del listado de compañías aseguradoras aprobadas por BANCO VIMENCA (el cual deberá contar con un mínimo de tres (3) compañías), EL PRESTATARIO ha decidido La ACREDITADA se obliga a contratar un seguro que ampare los riesgos de vidafallecimiento e invalidez total y permanente, con las características que al efecto se indican en el anverso del cual BANCO VIMENCA es beneficiario irrevocablepresente instrumento, conforme cuya vigencia inicie a la póliza No. , expedida por la Compañía de Seguros , ubicada más tardar en la fecha de firma del presente instrumento, mismo que deberá permanecer vigente desde la fecha de esta ciudadfirma del presente contrato y hasta la total liquidación del Crédito, quedando mientras esté pendiente de ser cumplida cualquier obligación de pago a cargo de la ACREDITADA. La póliza correspondiente deberá designar al BANCO VIMENCA obligado a entregar a EL PRESTATARIO los documentos relativos a como beneficiario en primer lugar, único e irrevocable en términos del artículo 165 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro y las sumas aseguradas deberán ser suficientes en todo tiempo para cubrir el importe del Crédito y sus accesorios. La ACREDITADA deberá demostrar al BANCO la contratación de dicho seguro y deberá entregarle duplicado de la póliza o endoso en donde aparezca el BANCO con la calidad señalada. La ACREDITADA cumplirá con la obligación prevista en el párrafo que antecede mediante la contratación dicho seguro con una institución autorizada en términos legales y debidamente reconocida por el BANCO para tales efectos, ya sea que lo contrate la ACREDITADA o el BANCO en términos de los párrafos siguientes. "Si la ACREDITADA no contratare dicho seguro, faculta al BANCO a que por su cobertura. EL PRESTATARIO se compromete a pagar conjuntamente con las cuotas de capital e interesescuenta y orden pueda contratarlo y cubrir la prima correspondiente, las cuotas correspondientes aceptando la ACREDITADA realizar, en una sola exhibición, el pago que corresponda a la prima del seguro, con independencia de su obligación de realizar los demás pagos que se encuentra obligada a realizar en términos de este documento. El BANCO podrá contratar o no el seguro antes mencionada, la cual endosa a favor de BANCO VIMENCA bajo las siguientes condiciones: a) Será por el término del presente contrato, la cual será renovada anualmente y por la suma de DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), correspondiente al monto xxx xxxxxxxx. PÁRRAFO I: La póliza de seguro será pagada por EL PRESTATARIO mediante ( ) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, por un monto de CON 00/100 ( )que se trata, y en caso de incumplimiento de esta obligación EL PRESTATARIO perderá el beneficio de los plazos acordados y en consecuencia, toda la porción del capital adeudado y de los intereses, serán inmediatamente exigibles. La póliza de seguro que EL PRESTATARIO suscriba a tales fineslo haga, podrá ser aumentada hacerlo por el plazo y monto que el BANCO VIMENCA si en cualquier momento durante la vigencia determine. En caso de la póliza de seguros contratada, la compañía aseguradora decide aumentar la prima de seguro por cualquier causa justificada. BANCO VIMENCA deberá notificar el aumento a EL PRESTATARIO por cualquier medio fehaciente, con treinta (30) días calendario de antelación.que la

Appears in 1 contract

Samples: Contrato De Apertura De Crédito

Seguro de vida. Dentro Para protección del listado crédito y sus accesorios, el ACREEDOR contratará en su beneficio un seguro de compañías aseguradoras aprobadas vida e incapacidad respecto del DEUDOR, siempre y cuando este revista el carácter de asegurable, en una entidad aseguradora de primera línea por BANCO VIMENCA (una suma asegurada equivalente al saldo de la deuda derivada del crédito. El ACREEDOR será el beneficiario de dicho seguro, que se contratará conforme a las normas legales y de práctica, para lo cual deberá contar el DEUDOR autoriza al ACREEDOR a efectuar los actos necesarios y se obliga a cumplir con los actos personales que se requieran para dicha contratación y sus renovaciones, las cuales el DEUDOR se compromete a llevar a cabo treinta días antes de su vencimiento. El DEUDOR por la presente autoriza al ACREEDOR a debitar los gastos que la gestión del seguro ocasione así como el importe de las primas y actualizaciones pertinentes de cualquiera de las cuentas del DEUDOR, a cuyo efecto será de aplicación lo dispuesto en la cláusula Decimocuarta. La tarifa a aplicar se establecerá sobre el saldo DEUDOR al inicio de cada período, y estará a disposición del DEUDOR en el domicilio del ACREEDOR, con quince días de anticipación al comienzo del período respectivo. Se establece en forma expresa que, ante la falta de pago de las primas correspondientes o los reajustes de las sumas aseguradas o de las sumas debitadas por cualquier otro concepto relacionadas con el seguro o el incumplimiento de las restantes obligaciones a cargo del DEUDOR en materia de esta cobertura, podrá el ACREEDOR, a su exclusiva opción: a) declarar caducos los plazos acordados, sin necesidad de interpelación previa de ninguna naturaleza, y exigir el pago inmediato de este crédito hallándose facultado, asimismo, para ejecutar la presente garantía; b) abonar las citadas primas por cuenta y orden del DEUDOR y c) contratar un mínimo nuevo seguro de tres (3conformidad con las pautas precedentemente expresadas ante la caducidad del contrato de seguro original. Si el DEUDOR no abonara dichas sumas dentro del término xx xxxx días de requerido podrá el ACREEDOR, sin perjuicio del pago efectuado o de la nueva póliza contratada, proceder conforme a los términos del apartado a) compañías)del presente punto, EL PRESTATARIO ha decidido en cuyo caso la deuda total será incrementada con los gastos que el ACREEDOR haya debido soportar en concepto de seguros y cuyo pago queda también garantizado con la presente prenda. Salvo acuerdo en contrario, en caso de fallecimiento o incapacidad, la indemnización será aplicada a cancelar el saldo total adeudado en razón del crédito, se encontrare o no vencido, y el remanente, de existir, será entregado al DEUDOR o, en su caso, a la sucesión. El ACREEDOR podrá contratar un seguro de vidadesempleo a beneficio del DEUDOR y a cargo del mismo, del cual BANCO VIMENCA es beneficiario irrevocable, conforme a la póliza No. , expedida por la Compañía para cancelar servicio de Seguros , ubicada en la , de esta ciudad, quedando BANCO VIMENCA obligado a entregar a EL PRESTATARIO los documentos relativos a la contratación de la póliza y su cobertura. EL PRESTATARIO se compromete a pagar conjuntamente con las cuotas de capital amortización e intereses, las cuotas correspondientes a la prima de seguro antes mencionada, la cual endosa a favor de BANCO VIMENCA bajo las siguientes condiciones: a) Será por el término del presente contrato, la cual será renovada anualmente y por la suma de DE PESOS DOMINICANOS CON 00/100 (RD$ ), correspondiente al monto xxx xxxxxxxx. PÁRRAFO I: La póliza de seguro será pagada por EL PRESTATARIO mediante ( ) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, por un monto de CON 00/100 ( ), y en caso de incumplimiento de esta obligación EL PRESTATARIO perderá el beneficio de los plazos acordados y en consecuencia, toda la porción del capital adeudado y de los intereses, serán inmediatamente exigibles. La póliza de seguro que EL PRESTATARIO suscriba a tales fines, podrá ser aumentada por BANCO VIMENCA si en cualquier momento durante la vigencia de la póliza de seguros contratada, la compañía aseguradora decide aumentar la prima de seguro por cualquier causa justificada. BANCO VIMENCA deberá notificar el aumento a EL PRESTATARIO por cualquier medio fehaciente, con treinta (30) días calendario de antelación.

Appears in 1 contract

Samples: www.bcra.gob.ar