SUMINISTRO DE PAPEL HIGIÉNICO, JABÓN O GEL LÍQUIDO, ELEMENTOS DE SECADO DE UN SOLO USO, BOLSAS DE BASURA Y OTROS Cláusulas de Ejemplo

SUMINISTRO DE PAPEL HIGIÉNICO, JABÓN O GEL LÍQUIDO, ELEMENTOS DE SECADO DE UN SOLO USO, BOLSAS DE BASURA Y OTROS. La entidad adjudicataria se responsabilizará al vaciado diario de las papeleras existentes en todas las dependencias y a la retirada y reposición de las bolsas de basura. Asegurará el suministro del papel higiénico y de secado de manos suficiente para dar cobertura a la totalidad de los servicios existentes en los diversos edificios y dependencias, responsabilizándose de su continua reposición durante la vigencia del contrato. En los Colegios, el suministro y uso del papel higiénico, bobinas y jabón destinados al alumnado, estará controlado por la persona responsable del centro designada por la Dirección del mismo, quien trasladará a la persona Encargada la periodicidad de repuesto y las unidades. La adjudicataria suministrará bobinas seca-manos y bobinas industriales en aquellas dependencias que tengan usos como talleres, y/o comedores colectivos, sean de trabajo o docentes. En los comedores escolares suministrará las servilletas para los comensales. El jabón denominado líquido o gel, además de suministrarlo, la adjudicataria lo depositará en los dispensadores de jabón existentes y en los que se vayan colocando donde hoy no existan. Sobre estos productos se valorará en el capítulo correspondiente su calidad, sus características ecológicas y de respeto con el medio ambiente, no obstante, se fijan como mínimos de calidad los siguientes: 21 •Papel higiénico doble capa de gramaje (gr/m2) 17 •Toallas de mano: doble capa de gramaje (gr/m2) 19,5 •Bobinas secamanos: una capa, gramaje (gr/m2) 22,5 •Servilletas comedores escolares: doble capa de gramaje (gr/m2) 16,5 • Productos todos 100% reciclados y totalmente libres de cloro (etiquetados TCF) De igual modo, repondrá los productos aromáticos de ambientadores-desodorizadores, en aquellos locales en los cuales se encuentren instalados dispensadores y equipos dosificadores, empleando para ello los consumibles apropiados para dichos equipos, siendo todos los gastos asociados a cargo de la empresa adjudicataria, respetando los modelos existentes o instalando otros modelos previa aprobación del Ayuntamiento. (ver Anexo 2). Dotará de escobilleros las cabinas de inodoro donde no existan, salvo en cabinas de wc del alumnado en centros escolares o cabinas del público en otras dependencias. Así mismo dotará de portarrollos y dosificadores de jabón para la reposición de las unidades deterioradas o desaparecidas en los aseos de cualquier dependencia del Anexo 1. Respecto a locales de nueva adjudicación, la empresa asumirá, de...

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  • FINANCIACIÓN DEL CONTRATO Existe crédito suficiente para atender las obligaciones que se deriven para la Administración del cumplimiento del contrato hasta su conclusión, el cual será financiado en su totalidad por los créditos que figuran en los Presupuestos Generales del Estado.

  • ASISTENCIA TÉCNICA XIII Regiones Sr. Jefe Gabinete Ministro del Trabajo y Previsión Social Sr. Subsecretario del Trabajo

  • Bonificaciones 50.1 Se pagará al Contratista una bonificación que se calculará a la tasa diaria establecida en las CEC, por cada día (menos los días que se le pague por acelerar las Obras) que la Fecha de Terminación de la totalidad de las Obras sea anterior a la Fecha Prevista de Terminación. El Gerente de Obras deberá certificar que se han terminado las Obras de conformidad con la Subcláusula 55.1 de las CGC aún cuando el plazo para terminarlas no estuviera vencido.

  • AMBITO TERRITORIAL La asistencia será válida en todo el mundo. Se excluyen en todo caso, aquellos países que durante el desplazamiento se hallen en estado xx xxxxxx, insurrección o conflictos bélicos de cualquier clase o naturaleza, aún cuando no hayan sido declarados oficialmente. La asistencia será válida a partir de 35 Km. del domicilio habitual del asegurado, ex- cepto Baleares, Canarias, Ceuta y Melilla, en que será de 15 Km.

  • RÉGIMEN SANCIONADOR El incumplimiento por las empresas de las disposiciones de este título será sancionado como infracción en materia de consumo, aplicándosele lo dispuesto en el régimen sancionador general previsto en el título IV del libro primero del texto refundido de la Ley para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias y normativa autonómica que resulte de aplicación. Se considerará infracción grave el que, una vez vencido el plazo de desistimiento, el empresario no haya cumplido los requisitos de información exigidos en el presente real decreto-ley, pudiendo ser, en su caso, considerada como muy grave atendiendo a los criterios previstos en el artículo 50 del citado texto refundido.

  • PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACION La adjudicación del contrato se realizará mediante procedimiento abierto.

  • ALCANCE DE LOS TRABAJOS 6.01.- En cumplimiento del objeto del presente contrato, la Consultora se compromete a prestar a la (entidad contratante) todos los servicios que sean necesarios para cumplir los objetivos de la Consultoría y en general los que a continuación se indican (DEFINIRÁ LA ENTIDAD). La Consultora se obliga por tanto a: (DEFINIR ENTIDAD CONTRATANTE)

  • Moneda para la evaluación de las Ofertas 29.1 Las Ofertas serán evaluadas como sean cotizadas en la moneda del país del Contratante, de conformidad con la Subcláusula 15.1 de las IAO, a menos que el Oferente haya usado tipos de cambio diferentes de las establecidas de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO, en cuyo caso, primero la Oferta se convertirá a los montos pagaderos en diversas monedas aplicando los tipos de cambio cotizados en la Oferta, y después se reconvertirá a la moneda del país del Contratante, aplicando los tipos de cambio estipulados de conformidad con la Subcláusula 15.2 de las IAO.

  • ACCESORIOS Los codos, adaptadores, tees y uniones de PVC cumplirán con la norma NTC 1339 o en su defecto la ASTM D2466. Los accesorios que se usen de otro material, cumplirán con las normas que correspondan al mismo y se adaptarán siguiendo las recomendaciones de los fabricantes de la tubería. No se aceptan accesorios de PVC ensamblados con soldadura líquida.

  • GARANTÍA POR XXXXXXXX En caso se haya previsto en la sección específica de las bases la entrega de adelantos, el contratista debe presentar una garantía emitida por idéntico monto conforme a lo estipulado en el artículo 129 del Reglamento. La presentación de esta garantía no puede ser exceptuada en ningún caso.