MEDIO AMBIENTE Cláusulas de Ejemplo

MEDIO AMBIENTE. El/los Contratista/s deberán cumplir con el presente PCE, la totalidad de las PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM normas y xxxxxx legales vigentes a nivel Municipal, Provincial y Nacional, que rigen en el territorio de la República Argentina en materia de Protección Ambiental. Será responsabilidad del Contratista la realización del Estudio de Impacto Ambiental y hacer todas las gestiones, tramitaciones ante entes, organismos Municipales, Provinciales y Nacionales para su aprobación previa a la ejecución de las obras, siguiendo lo indicado en el Pliego de Especificaciones Técnicas. Asimismo, darán cumplimiento a lo establecido en la totalidad de los Procedimientos y Recomendaciones emanadas de los estudios ambientales, a saber: Estudio Ambiental Previo, Estudio de Impacto Ambiental y en particular el Programa de Gestión Ambiental. En relación con esta documentación, contará con copia de todos los Procedimientos y Normativas aplicables en cada uno de los obradores que se proyecten instalar a lo largo de la traza a ejecutar. En concordancia con lo expuesto, todos los supervisores responsables de las diferentes áreas del Contratista, estarán en pleno conocimiento de lo solicitado en el párrafo anterior y para ello, esta exigencia será incluida en el Plan de Capacitación que el Contratista implemente con su gente. De igual manera, y sin perjuicio de lo anteriormente expresado será de carácter obligatorio el considerar la inclusión dentro del Plan de Capacitación para la totalidad de los operarios del Contratista y Subcontratistas los siguientes Ítems: - Gestión Integral de Residuos Domésticos, Peligrosos y de tipo Industrial. - Manejo sustentable de los recursos: agua y suelo. - Almacenamiento de sustancias químicas, combustibles y lubricantes. - Contenciones secundarias - Plan de Acción frente a contingencias ambientales: derrames, fugas y pérdidas - Manejo de la vegetación en el área del Proyecto - Plan de acción frente a la detección de sitios arqueológicos o de valor cultural - Plan de Auditorías Ambientales. PLIEG-2017-07544358-APN-SSIE#MEM El Contratista deberá mantener indemne al Comitente de cualquier acción que se inicie con motivo del incumplimiento por parte de aquel al régimen vigente en materia ambiental. Los daños causados a terceros y/o al ambiente derivados del incumplimiento del presente pliego y del contrato, serán de exclusiva responsabilidad del Contratista, quien deberá asumir los costos que resulten de dicho incumplimiento. Para la correcta y...
MEDIO AMBIENTE. 29.1. EL CONTRATISTA dará especial atención a la protección del medio ambiente y al cumplimiento de la normatividad aplicable en estas materias. Igualmente, adoptará y ejecutará planes de contingencia específicos para atender las emergencias y reparar los daños, de la manera más eficiente y oportuna.
MEDIO AMBIENTE. El Contratista deberá adoptar las prácticas de trabajo y aplicar sistemáticamente los protocolos de trabajo que sean menos perjudiciales para el medio ambiente. En los procesos de trabajo deberá adoptar buenas prácticas ambientales en el consumo de recursos (agua, electricidad,…) y respetar la legislación medioambiental, principalmente en materia de eliminación de residuos y vertidos. En lo concerniente a “Envases y Embalajes”, la empresa adjudicataria deberá cumplir lo especificado en la normativa que sea de aplicación en cada caso. La Unidad de Medio Ambiente (xxxxxxxxxxxxx@xx.xx) servirá como canal para la resolución de cualquier problema ambiental que pueda originarse. Además, deberá colaborar con las recomendaciones que en esta materia se establezcan por parte de la US.
MEDIO AMBIENTE. El Concesionario se obliga a cumplir con la legislación aplicable relativa a la conservación del medio ambiente.
MEDIO AMBIENTE. Las partes firmantes de este Convenio Colectivo consideran necesario que las empresas actúen de forma responsable y respetuosa con el medio ambiente, prestando atención a su defensa y protección. A estos efectos, el conjunto del Sector pastero-papelero debe adoptar una actitud permanente, responsable y visible en materia de medio ambiente y conseguir que el esfuerzo que desarrolle la industria en este campo y sus resultados sean conocidos y valorados adecuadamente por la Sociedad y las Administraciones competentes. Todo ello debe ser objeto de permanente y compartida preocupación de las Direcciones de las Empresas y de la Representación Legal de los Trabajadores.
MEDIO AMBIENTE. El expositor deberá cumplir en todo momento con las condiciones requeridas por parte de CONTURSA en materia medio ambiente, entre los cuales, se incluye la realización de una correcta segregación de residuos, para lo cual, se deberán utilizar los diversos depósitos presentes en las instalaciones de CONTURSA, garantizando su correcta gestión medioambiental. En el caso en el que se genere algún residuo peligroso, éste deberá ser gestionado por la propia entidad, aportando documentación legal que acredite correcta gestión medioambiental.
MEDIO AMBIENTE. La creciente preocupación por el estado del medio ambiente y el desarrollo sostenible en nuestra Comunidad lleva a las partes firmantes a ratificar en el presente convenio su compromiso por la mejora de las actuaciones ambientales tales como: ▪ Establecer campañas de sensibilización medioambiental. ▪ Incrementar la formación e información de los trabajadores, teniendo en consideración la legislación medioambiental vigente así como las mejoras emanadas de la Ley 16/2002 de 1 de julio de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.
MEDIO AMBIENTE. Las partes se comprometen a que la prevención de riesgos laborales y la protección del medio ambiente sean aspectos inseparables de la actuación cotidiana de la Fundación y trabajadores/as adscritos al presente convenio. Por lo tanto, deberán desarrollarse progra- mas encaminados al ahorro energético, consumo de agua, reducción de contaminantes atmosféricos y reciclado de residuos. Los delegados y delegadas de prevención podrán participar en todas aquellas cuestiones relacionadas con el medio ambiente referente a la actividad laboral desarrollada en la empresa.
MEDIO AMBIENTE. Las partes firmantes de este Convenio consideran necesario que las Empresas actúen de forma responsable y respetuosa con el Medio Ambiente, prestando gran atención a su defensa y protección de acuerdo con los intereses y preocupaciones de la Sociedad. A estos efectos, el conjunto del sector de la Perfumería y Afines debe adoptar una actitud permanente, responsable y visible en materia de Medio Ambiente y, al mismo tiempo, conseguir que el esfuerzo que esté desarrollando la Industria en este campo, y el que se realice en el futuro, así como sus resultados, sean conocidos y adecuadamente valorados por la Sociedad y las Administraciones competentes. Se considera fundamental para estos fines la realización de actividades tendentes a conseguir los siguientes objetivos: – Promover y conseguir una actuación responsable de las Empresas en materia de Medio Ambiente, concretando las medidas a adoptar. – Establecer unos objetivos cualitativos y cuantitativos de mejora con el fin de hacer visible, respecto a ellos, el progreso que se consiga. – Demostrar a la sociedad el comportamiento responsable de las Empresas, individual y colectivamente, mediante el empleo de técnicas de buena gestión medio ambiental y la comunicación de los resultados obtenidos. – Mejorar la credibilidad de la industria y aumentar la confianza de la sociedad y de las administraciones públicas mediante demostraciones y hechos concretos. Todo ello debe ser objeto de permanente y compartida preocupación, tanto de la Dirección de la Empresa, como de los Representantes de los Trabajadores, por ello existirá un Delegado de Medio Ambiente, designado por la organización sindical u organizaciones sindicales de las que ostenten la condición de más representativas en el ámbito estatal en aquellas empresas donde tengan presencia en los órganos unitarios de representación de los trabajadores. El Delegado de Medio Ambiente será elegido de entre los miembros del Comité de Empresa, Delegados de Personal o Delegados de Prevención de la empresa y no dispondrá de crédito horario propio para el desempeño de sus funciones. Sus funciones y competencias son:
MEDIO AMBIENTE. Las partes firmantes del presente Convenio consideran necesario actuar de forma responsable y respetuosa con el medio ambiente, prestando atención a los intereses y preocupaciones de la sociedad. Asimismo, se comprometen a poner en marcha actuaciones encaminadas a mejorar la gestión ambiental a través de la puesta en marcha de buenas prácticas y un comportamiento adecuado: reciclaje de papel, uso de sustancias tóxicas, recogida y recuperación de residuos, ahorro de agua, energía.