SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN. La LICITACIÓN podrá ser suspendida por el COMITÉ de manera unilateral y temporalmente cuando se presuma que existe al menos un arreglo para elevar los precios de los BIENES objeto de la licitación o cuando se presuma la existencia de otra irregularidad de naturaleza similar que obstaculice el desarrollo del procedimiento, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 207 del Reglamento.
Appears in 4 contracts
Samples: Licitación Pública Nacional, Licitación Pública Nacional, Licitación Pública Nacional
SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN. La LICITACIÓN podrá ser suspendida por el COMITÉ de manera unilateral y temporalmente cuando se presuma que existe al menos un arreglo para elevar los precios de los BIENES Y/O SERVICIOS objeto de la licitación o cuando se presuma la existencia de otra irregularidad de naturaleza similar que obstaculice el desarrollo del procedimiento, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 207 del Reglamento.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública Nacional
SUSPENSIÓN DE LA LICITACIÓN. La LICITACIÓN podrá ser suspendida por el COMITÉ de manera unilateral y temporalmente cuando se presuma que existe al menos un arreglo para elevar los precios de los BIENES BIENES/SERVICIOS objeto de la licitación o cuando se presuma la existencia de otra irregularidad de naturaleza similar que obstaculice el desarrollo del procedimiento, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 207 del Reglamento.
Appears in 1 contract
Samples: Licitación Pública Nacional