Common use of Tramitación y prescripción Clause in Contracts

Tramitación y prescripción. Las sanciones leves se comunicarán motivadamente y por escrito al interesado para su conocimiento y efectos, dándose notificación al Comité de Empresa o Delegados/as de Personal y Delegado de la Sección Sindical correspondiente si se tuviera constancia de su afiliación. Para las faltas graves y muy graves es absolutamente indispensable la tramitación de expediente contradictorio para la imposición de las sanciones, cualquiera que fuera su gravedad. Las faltas leves prescribirán a los diez días, las graves a los veinte y las muy graves a los sesenta, a partir de la fecha en la cual se tiene conocimiento, y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido.

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Samples: Iv Convenio Colectivo Sectorial Para Bizkaia 2013 2015, Convenio Colectivo

Tramitación y prescripción. Las sanciones leves se comunicarán motivadamente y por escrito al interesado a la persona interesada para su conocimiento y efectos, dándose notificación al Comité de Empresa o Delegados/as de Personal a la representación unitaria del personal en las graves y Delegado de la Sección Sindical correspondiente si se tuviera constancia de su afiliaciónmuy graves. Para las la imposición de sanciones por faltas graves y muy graves es graves, el personal afectado tendrá derecho a formular alegaciones por escrito en un plazo de 5 días naturales Es absolutamente indispensable la tramitación de expediente contradictorio para la imposición de las sanciones, cualquiera que fuera su gravedad, cuando se trate de las personas pertenecientes al comité de empresa, delegados de personal, tanto si se hallan en activo de sus cargos sindicales como si aun se hallan en período reglamentario de garantías. Las faltas leves prescribirán a los diez 10 días, las graves a los veinte 20 y las muy graves a los sesenta60, a partir de la fecha en la cual se tiene conocimiento, y, en todo caso, a los seis 6 meses de haberse cometido.

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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo

Tramitación y prescripción. Las sanciones leves se comunicarán motivadamente y por escrito al interesado a la persona interesada para su conocimiento y efectos, dándose notificación a la representación unitaria del personal en las graves y muy graves; en la misma fecha de comunicación al Comité de Empresa o Delegados/as de Personal y Delegado de la Sección Sindical correspondiente si se tuviera constancia de su afiliacióntrabajador. Para las la imposición de sanciones por faltas graves y muy graves es graves, el personal afectado tendrá derecho a formular alegaciones por escrito en un plazo de 5 días naturales. Es absolutamente indispensable la tramitación de expediente contradictorio para la imposición de las sanciones, cualquiera que fuera su gravedad, cuando se trate de las personas pertenecientes al comité de empresa, delegados de personal, tanto si se hallan en activo de sus cargos sindicales como si aun se hallan en período reglamentario de garantías. Las faltas leves prescribirán a los diez 10 días, las graves a los veinte 20 y las muy graves a los sesenta60, a partir de la fecha en la cual se tiene conocimiento, y, en todo caso, a los seis 6 meses de haberse cometido.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Tramitación y prescripción. Las sanciones leves se comunicarán motivadamente y por escrito al interesado a la persona interesada para su conocimiento y efectos, dándose notificación al Comité de Empresa o Delegados/as de Personal a la representación unitaria del personal en las graves y Delegado de la Sección Sindical correspondiente si se tuviera constancia de su afiliaciónmuy graves. Para las la imposición de sanciones por faltas graves y muy graves es graves, el personal afectado tendrá derecho a formular alegaciones por escrito en un plazo de 5 días naturales. Es absolutamente indispensable la tramitación de expediente contradictorio para la imposición de las sanciones, cualquiera que fuera su gravedad, cuando se trate de las personas pertenecientes al comité de empresa, delegados de personal, tanto si se hallan en activo de sus cargos sindicales como si aún se hallan en período reglamentario de garantías. Las faltas leves prescribirán a los diez 10 días, las graves a los veinte 20 y las muy graves a los sesenta60, a partir de la fecha en la cual se tiene conocimiento, y, en todo caso, a los seis 6 meses de haberse cometido.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo

Tramitación y prescripción. Las sanciones leves se comunicarán motivadamente y por escrito al interesado a la persona interesada para su conocimiento y efectos, dándose notificación al Comité de Empresa o Delegados/as de Personal a la re- presentación unitaria del personal en las graves y Delegado de la Sección Sindical correspondiente si se tuviera constancia de su afiliaciónmuy graves. Para las la imposición de sanciones por faltas graves y muy graves es graves, el per- sonal afectado tendrá derecho a formular alegaciones por escrito en un plazo de 5 días naturales. Es absolutamente indispensable la tramitación de expediente contradictorio contradic- xxxxx para la imposición de las sanciones, cualquiera que fuera su gravedad. , cuando se trate de las personas pertenecientes al comité de empresa, delegados de personal, tanto si se hallan en activo de sus cargos sindicales como si aun se hallan en período reglamentario de ga- rantías.‌‌‌ Las faltas leves prescribirán a los diez 10 días, las graves a los veinte 20 y las muy graves a los sesenta60, a partir de la fecha en la cual se tiene conocimiento, y, en todo caso, a los seis 6 meses de haberse cometido.

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Samples: Convenio Colectivo

Tramitación y prescripción. Las sanciones leves se comunicarán motivadamente y por escrito al interesado a la persona interesada para su conocimiento y efectos, dándose notificación al Comité de Empresa o Delegados/as de Personal a la representación unitaria del personal en las graves y Delegado de la Sección Sindical correspondiente si se tuviera constancia de su afiliaciónmuy graves. Para las la imposición de sanciones por faltas graves y muy graves es graves, el personal afectado tendrá derecho a formular alegaciones por escrito en un plazo de 5 días naturales. Es absolutamente indispensable la tramitación de expediente contradictorio para la imposición de las sanciones, cualquiera que fuera su gravedad, cuando se trate de las personas pertenecientes al Comité de empresa, delegados de personal, tanto si se hallan en activo de sus cargos sindicales como si aún se hallan en período reglamentario de garantías. Las faltas leves prescribirán a los diez 10 días, las graves a los veinte 20 y las muy graves a los sesenta60, a partir de la fecha en la cual se tiene tenga conocimiento, y, en todo caso, a los seis 6 meses de haberse cometido.

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Samples: Convenio Colectivo Autonómico

Tramitación y prescripción. 61.1 Las sanciones leves se comunicarán motivadamente y por escrito al interesado a la persona interesada para su conocimiento y efectos, dándose notificación al Comité de Empresa o Delegados/as de Personal a la representación unitaria del personal en las graves y Delegado de la Sección Sindical correspondiente si se tuviera constancia de su afiliaciónmuy graves. Para las la imposición de sanciones por faltas graves y muy graves es graves, el personal afectado tendrá derecho a formular alegaciones por escrito en un plazo de 5 días naturales Es absolutamente indispensable la tramitación de expediente contradictorio para la imposición de las sanciones, cualquiera que fuera su gravedad. , cuando se trate de las personas pertenecientes al comité de empresa, delegados de personal, tanto si se hallan en activo de sus cargos sindicales como si aún se hallan en período reglamentario de garantías. 61.2 Las faltas leves prescribirán a los diez 10 días, las graves a los veinte 20 y las muy graves a los sesenta60, a partir de la fecha en la cual se tiene conocimiento, y, en todo caso, a los seis 6 meses de haberse cometido.

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Samples: Convenio Colectivo

Tramitación y prescripción. Las sanciones leves se comunicarán motivadamente y por escrito al interesado para su conocimiento y efectos, dándose notificación al Comité de Empresa o Delegados/as de Personal en las graves y Delegado de la Sección Sindical correspondiente si se tuviera constancia de su afiliaciónmuy graves. Para las la imposición de sanciones por faltas graves y muy graves es graves, el trabajador afectado tendrá derecho a formular alegaciones por escrito en un plazo de cinco días naturales,. Es absolutamente indispensable la tramitación de expediente contradictorio para la imposición de las sanciones, cualquiera que fuera su gravedad, cuando se trate de miembros del Comité de Empresa, Delegados de Personal, tanto si se hallan en activo de sus cargos sindicales como si aun se hallan en período reglamentario de garantías. Las faltas leves prescribirán a los diez días, las graves a los veinte y las muy graves a los sesenta, a partir de la fecha en la cual se tiene conocimiento, y, en todo caso, a los seis meses de haberse cometido.

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Samples: Convenio Colectivo

Tramitación y prescripción. Las sanciones leves se comunicarán motivadamente y por escrito al interesado para su conocimiento y efectos, dándose notificación al Comité de Empresa o Delegados/as de Personal a la representación unitaria del personal en las graves y Delegado de la Sección Sindical correspondiente si se tuviera constancia de su afiliaciónmuy graves. Para las la imposición de sanciones por faltas graves y muy graves es graves, el personal afectado tendrá derecho a formular alegaciones por escrito en un plazo de 5 días naturales. Es absolutamente indispensable la tramitación de expediente contradictorio para la imposición de las sanciones, cualquiera que fuera su gravedad, cuando se trate de las personas pertenecientes a la representación unitaria o sindical del personal, tanto si se hallan en activo de sus cargos sindicales como si aun se hallan en período reglamentario de garantías. Las faltas leves prescribirán a los diez 10 días, las graves a los veinte 20 y las muy graves a los sesenta60, a partir de la fecha en la cual se tiene conocimiento, y, en todo caso, a los seis 6 meses de haberse cometido.

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Samples: Convenio Colectivo Laboral

Tramitación y prescripción. Las sanciones leves se comunicarán motivadamente y por escrito al interesado a la persona interesada para su conocimiento y efectos, dándose notificación al Comité de Empresa o Delegados/as de Personal a la representación unitaria del personal en las graves y Delegado de la Sección Sindical correspondiente si se tuviera constancia de su afiliaciónmuy graves. Para las la imposición de sanciones por faltas graves y muy graves es graves, el personal afectado tendrá derecho a formular alegaciones por escrito en un plazo de 5 días naturales Es absolutamente indispensable la tramitación de expediente contradictorio para la imposición imposi- ción de las sanciones, cualquiera que fuera su gravedad, cuando se trate de las personas pertenecientes al comité de empresa, delegados de personal, tanto si se hallan en activo de sus cargos sindicales como si aun se hallan en período reglamentario de garantías. Las faltas leves prescribirán a los diez 10 días, las graves a los veinte 20 y las muy graves a los sesenta60, a partir de la fecha en la cual se tiene conocimiento, y, en todo caso, a los seis 6 meses de haberse cometido.

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Samples: Convenio Colectivo De Trabajo