Vigencia y duración Cláusulas de Ejemplo

Vigencia y duración. La duración del Servicio tendrá una duración inicial de 12 meses, financiados mediante el bono digital. Transcurrido dicho plazo, cada uno de los Servicios incluidos en la oferta se prorrogará de forma automática de manera indefinida por periodos mensuales según lo dispuesto en las Condiciones Generales de Prestación del Servicio, sin perjuicio del derecho del Cliente a darse de baja conforme a lo indicado en dichas Condiciones Generales. El inicio del periodo de prestación del servicio será la fecha de activación del servicio Hacemos Tu Tienda Avanzada y que se constatará mediante el envío de una comunicación por email que confirmará la puesta a disposición de la infraestructura de alojamiento web. El resto de servicios detallados y que forman parte del paquete se irán activando según la disponibilidad de los elementos necesarios para el disfrute y uso a lo largo de los 12 meses naturales desde la fecha de activación. Durante la vigencia de la Oferta Kit Digital, resultarán de aplicación los términos y condiciones establecidos en las Condiciones Generales de la Oferta Kit Digital suscritas por el Cliente con respecto a los precios, facturación y forma de pago: • El precio del Servicio durante los 12 primeros meses será el indicado en las Condiciones Generales de la Oferta Kit Digital suscritas por el Cliente para el conjunto de la Solución Digital contratada. • El pago por la prestación de los servicios se realizará por el Cliente mediante la cesión a Telefónica Empresas de la parte del «bono digital» asociado al Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización que deberán suscribir las partes conforme a lo establecido en la Orden ETD/1498/2021, así como, en su caso, del abono de la parte correspondiente de los costes no subvencionados, entre los que se incluyen los impuestos aplicables, así como excesos o servicios complementarios que el Cliente decida dar de alta. • El importe del Servicio prestado será exigible desde el momento en que se presente al cobro la correspondiente factura, y los importes a abonar directamente por el Cliente se realizarán a través de la cuenta en la Entidad Bancaria o Caja de Ahorros que en su caso hubiera señalado en el momento de contratación. El Cliente reconoce y confirma el mandato para el cobro de las facturas correspondientes a dichos servicios a través de la cuenta designada según lo indicado en esta cláusula. • El Cliente acepta recibir la factura en formato electrónico, pudiendo no obstante ejercer su derecho a ...
Vigencia y duración. El Convenio Colectivo entrará en vigor a los ocho días siguientes de su firma. No obstante, a efectos salariales se retrotraerá al 1 de enero de cada uno de los tres años de duración pactada (2018, 2019 y 2020). El Convenio durará hasta el 31 de diciembre de 2020.
Vigencia y duración. Este Acuerdo entrará en vigor treinta (30) días des- pués de que las Partes se hayan notificado mutuamente por escrito a través de los canales diplomáticos, que han cumplido con los requisitos establecidos en sus respectivas legislaciones para este propósito. Las comisiones de Relaciones Exteriores y Culto y de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, al considerar el proyecto xx xxx en revisión por el que se aprueba el Acuerdo de Cooperación Técnica entre la República Argentina y la República de Suriname, cele- brado en la ciudad de Nueva York, el 28 de septiembre de 2012, cuyo dictamen acompaña este informe, y que se somete a la sanción definitiva de esta Honorable Cámara, han aceptado el espíritu de la sanción del Honorable Senado, así como el de su antecedente, el mensaje del Poder Ejecutivo, y acuerdan en que resulta 4 O.D. Nº 1.064 CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN innecesario agregar otros conceptos a los expuestos en ellos. Tengo el agrado de dirigirme a vuestra honorabilidad con el objeto de someter a su consideración un proyecto xx xxx tendiente a aprobar el Acuerdo de Cooperación Técnica entre la República Argentina y la República de Suriname, celebrado en la ciudad de Nueva York –Esta- dos Unidos de América– el 28 de septiembre de 2012. El acuerdo cuya aprobación se solicita tiene como objetivo promover la cooperación técnica entre las par- tes mediante el establecimiento de programas en áreas prioritarias, de acuerdo con las respectivas políticas de desarrollo, a través de proyectos de interés común para intercambiar experiencias y conocimientos técnicos. Con el fin de implementar la cooperación en el marco del acuerdo, las partes convendrán por la vía diplomática actividades, proyectos o programas de cooperación técnica, en cualquier modalidad, a través de su inclusión en acuerdos específicos. Las partes fa- cilitarán, de acuerdo con sus respectivas leyes vigentes, la participación de instituciones públicas y/o privadas en la ejecución de los programas, proyectos y cualquier otra actividad de cooperación prevista en este acuerdo, de conformidad con sus respectivos ordenamientos internos y en el marco de los acuerdos específicos mencionados anteriormente. La cooperación técnica entre las partes en el marco del acuerdo podrá desarrollarse, entre otras, a través de las siguiente modalidades: intercambio de especialistas; intercambio de documentos, información y tecnologías; entrenamiento de recursos humanos; intercambio de materiales y equipo...
Vigencia y duración. La Vigencia del Contrato será desde la Fecha de firma del Contrato hasta la Fecha de Terminación del Servicio, más cuatro (4) meses correspondientes al período de liquidación.
Vigencia y duración. El presente convenio entrará en vigor desde su publicación en el BOE y será de aplicación desde el 1 de enero de 2021 y su vigencia se extenderá hasta el 31 de diciembre de 2022. Cumplida la vigencia a la que se hace referencia, el convenio habrá de ser denunciado por alguna de las partes firmantes, en el plazo de tres meses anterior a su vencimiento o de cualquiera de sus prorrogas El presente Convenio Colectivo, será prorrogado por períodos de un año, siempre que no medie la oportuna denuncia antes expuesta. La representación que realice la denuncia, lo comunicará a las otras partes, expresando detalladamente en la comunicación, que deberá ser por escrito, la legitimación que ostenta, los ámbitos del convenio y las materias objeto de negociación. La comunicación deberá efectuarse simultáneamente con el acto de la denuncia. De esta comunicación, se enviará copia, a efectos de registro, a la autoridad laboral correspondiente. Una vez denunciado el Convenio Colectivo, en el plazo máximo de un mes a partir de la comunicación, se procederá a constituir la comisión negociadora. Las partes receptoras de la comunicación deberán responder a la propuesta de negociación y las partes establecerán un calendario o plan de negociación, debiéndose iniciar ésta en un plazo máximo de quince días a contar desde la constitución de la comisión negociadora. El plazo máximo para la negociación será de doce meses a contar desde la fecha de finalización del Convenio Colectivo anterior. No obstante, mediante acuerdo de las partes, se podrá ampliar el plazo máximo para el inicio de las negociaciones de un nuevo Convenio, así como el plazo de negociación, conforme a lo establecido en el artículo 85.3 del Estatuto de los Trabajadores. Agotado el plazo máximo para la negociación, las partes se podrán adherir voluntariamente a los procedimientos del servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA), para solventar de manera efectiva las discrepancias existentes tras el transcurso del plazo máximo de negociación sin alcanzarse un acuerdo. Las partes pactan expresamente que todo el contenido del presente convenio mantendrá su vigencia, y aplicación plena, hasta que no se alcance la firma de un nuevo convenio que lo sustituya.
Vigencia y duración. El Convenio entrará en vigor en la fecha de su firma, es decir, el 1 de julio de 2021 y mantendrá su vigencia hasta 31 de diciembre de 2023, sin perjuicio de lo establecido para determinadas materias.
Vigencia y duración. El presente Xxxxxxxx entrará en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia y surtirá efectos económicos desde el 1 de enero de 2015. Su duración será de cuatro años finalizando el 31 de diciembre de 2018. El presente Xxxxxxxx se entenderá tácitamente denunciado a su vencimiento, lo que se pacta a los efectos previstos en el artículo 85.3d) del R.D. Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Este Convenio mantendrá su vigencia mientras no sea sustituido por otro.
Vigencia y duración. La duración del presente Convenio Colectivo se establece desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2025.
Vigencia y duración. El presente convenio entrará en vigor el día de su firma, y tendrá vigencia hasta el día 29 de diciembre de 2019, inclusive.
Vigencia y duración. El presente Xxxxxxxx comenzará a regir desde el día 1 de enero de 2020, sea cual fuera su fecha de publi- cación en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, siendo su duración hasta el 31 de diciembre de 2022. Este Convenio se prorrogará automáticamente por períodos anuales, salvo denuncia expresa de cualquiera de las parte firmantes, efectuada en cualquier fecha dentro de los sesenta días anteriores a la fecha de finaliza- ción de su vigencia inicial o la de cualquiera de sus prórrogas.