Common use of Valoración de las ofertas económicas Clause in Contracts

Valoración de las ofertas económicas. No se tendrán en cuenta las ofertas económicas inferiores a 543.840,00 € EUR (sin IVA), ni superiores a 679.800,00 € (sin IVA). La Fundación ONCE entiende que una oferta económica por debajo del baremo inferior establecido no se ajustaría a los criterios de calidad exigidos para un proyecto de estas características. Se dará la mayor puntuación (51%) a la oferta económica más baja, el resto de ofertas se valorarán mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Puntuación = Oferta más económica X 51 Tendrán preferencia en la adjudicación, siempre que las proposiciones presentadas igualen en sus términos a las más ventajosas, las personas físicas o jurídicas que acrediten el cumplimiento de la obligación de tener empleados a trabajadores discapacitados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos o, en su defecto, el cumplimiento de las Medidas Alternativas que exige el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx. Los interesados deberán aportar una declaración jurada sobre el cumplimiento de esta condición. Para participar en esta licitación aquellos licitadores que cuenten con cincuenta (50) o más trabajadores/as deberán acreditar que al menos el 2 por ciento de la plantilla está compuesta por Personas con Discapacidad, conforme al art. 38 xx Xxx 13/1982, de 7 xx Xxxxx de Integración Social Minusválidos. Complementariamente o subsidiariamente la empresa licitadora podrá acreditar su cumplimiento a través de las medidas alternativas de la Ley 13/1982, de 7 xx Xxxxx, de Integración Social de Minusválidos previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx Xxxxx, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (en la actualidad, Ministerio de Empleo y Seguridad Social) A tal efecto en la documentación técnica a aportar por los licitadores, éstos deberán incorporar una declaración responsable de la empresa sobre si el número de trabajadores en su plantilla iguala o supera la cifra de cincuenta (50) y, en caso afirmativo, sobre el cumplimiento del requisito legal dispuesto en el art. 38 de la ley 13/1982, de 7 xx Xxxxx de Integración Social de Minusválidos. Además, en caso de haber optado por el cumplimiento de las medidas alternativas, deberán aportar junto con la declaración responsable una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las medidas concretas aplicadas a tal efecto. En esta declaración se hará además constar que se asume el compromiso de acreditar dicho cumplimiento durante la vigencia del contrato cuando fuera así requerido por el órgano de contratación. Para más información sobre cláusulas sociales, consultar la página web del “Foro para la Contratación Pública Socialmente Responsable”: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx.xx

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Valoración de las ofertas económicas. No se tendrán en cuenta las ofertas económicas inferiores a 543.840,00 € 25.600,00 EUR (sin IVA), ni superiores a 679.800,00 € 32.000,00 EUR (sin IVA). La Fundación ONCE entiende que una oferta económica por debajo del baremo inferior establecido no se ajustaría a los criterios de calidad exigidos para un proyecto de estas características. Se dará la mayor puntuación (5135%) a la oferta económica más baja, el resto de ofertas se valorarán mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Puntuación = Oferta más económica X 51 35 Tendrán preferencia en la adjudicación, siempre que las proposiciones presentadas igualen en sus términos a las más ventajosas, las personas físicas o jurídicas que acrediten el cumplimiento de la obligación de tener empleados a trabajadores discapacitados, de acuerdo con lo establecido en el artículo artículo. 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos o, en su defecto, el cumplimiento de las Medidas Alternativas que exige el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx. Los interesados deberán aportar una declaración jurada sobre el cumplimiento de esta condición. Para participar en esta licitación aquellos licitadores que cuenten con cincuenta (50) o más trabajadores/as deberán acreditar que al menos el 2 por ciento de la plantilla está compuesta por Personas con Discapacidad, conforme al art. 38 xx Xxx 13/1982, de 7 xx Xxxxx de Integración Social Minusválidos. Complementariamente o subsidiariamente la empresa licitadora podrá acreditar su cumplimiento a través de las medidas alternativas de la Ley 13/1982, de 7 xx Xxxxx, de Integración Social de Minusválidos previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx Xxxxx, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (en la actualidad, Ministerio de Empleo y Seguridad Social) A tal efecto en la documentación técnica a aportar por los licitadores, éstos deberán incorporar una declaración responsable de la empresa sobre si el número de trabajadores en su plantilla iguala o supera la cifra de cincuenta (50) y, en caso afirmativo, sobre el cumplimiento del requisito legal dispuesto en el art. 38 de la ley 13/1982, de 7 xx Xxxxx de Integración Social de Minusválidos. Además, en caso de haber optado por el cumplimiento de las medidas alternativas, deberán aportar junto con la declaración responsable una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las medidas concretas aplicadas a tal efecto. En esta Esta declaración se hará además constar que se asume el compromiso de acreditar dicho cumplimiento durante la vigencia del contrato cuando fuera así requerido por el órgano de contratación. Para más información sobre cláusulas sociales, consultar la página web del “Foro para la Contratación Pública Socialmente Responsable”: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx.xx:

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Valoración de las ofertas económicas. No se tendrán en cuenta las ofertas económicas inferiores a 543.840,00 € 40.800 EUR (sin IVA), ni superiores a 679.800,00 € 51.000 EUR (sin IVA). La Fundación ONCE entiende que una oferta económica por debajo del baremo inferior establecido no se ajustaría a los criterios de calidad exigidos para un proyecto de estas características. Se dará la mayor puntuación (51%) a la oferta económica más baja, el resto de ofertas se valorarán mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Puntuación = Oferta más económica X 51 Tendrán preferencia en la adjudicación, siempre que las proposiciones presentadas igualen en sus términos a las más ventajosas, las personas físicas o jurídicas que acrediten el cumplimiento de la obligación de tener empleados a trabajadores discapacitados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos o, en su defecto, el cumplimiento de las Medidas Alternativas que exige el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx. Los interesados deberán aportar una declaración jurada sobre el cumplimiento de esta condición. Para participar en esta licitación aquellos licitadores que cuenten con cincuenta (50) o más trabajadores/as deberán acreditar que al menos el 2 por ciento de la plantilla está compuesta por Personas con Discapacidad, conforme al art. 38 xx Xxx 13/1982, de 7 xx Xxxxx de Integración Social Minusválidos. Complementariamente o subsidiariamente la empresa licitadora podrá acreditar su cumplimiento a través de las medidas alternativas de la Ley 13/1982, de 7 xx Xxxxx, de Integración Social de Minusválidos previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx Xxxxx, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (en la actualidad, Ministerio de Empleo y Seguridad Social) A tal efecto en la documentación técnica a aportar por los licitadores, éstos deberán incorporar una declaración responsable de la empresa sobre si el número de trabajadores en su plantilla iguala o supera la cifra de cincuenta (50) y, en caso afirmativo, sobre el cumplimiento del requisito legal dispuesto en el art. 38 de la ley 13/1982, de 7 xx Xxxxx de Integración Social de Minusválidos. Además, en caso de haber optado por el cumplimiento de las medidas alternativas, deberán aportar junto con la declaración responsable una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las medidas concretas aplicadas a tal efecto. En esta Esta declaración se hará además constar que se asume el compromiso de acreditar dicho cumplimiento durante la vigencia del contrato cuando fuera así requerido por el órgano de contratación. Para más información sobre cláusulas sociales, consultar la página web del “Foro para la Contratación Pública Socialmente Responsable”: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx.xx

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Samples: Pliego De Condiciones Particulares

Valoración de las ofertas económicas. No se tendrán en cuenta las ofertas económicas inferiores a 543.840,00 € 825.000,00 EUR (sin IVA), ni superiores a 679.800,00 1.031.250,00 € (sin IVA). La Fundación ONCE entiende que una oferta económica por debajo del baremo inferior establecido no se ajustaría a los criterios de calidad exigidos para un proyecto de estas características. Se dará la mayor puntuación (51%) a la oferta económica más baja, el resto de ofertas se valorarán mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Puntuación = Oferta más económica X 51 Tendrán preferencia en la adjudicación, siempre que las proposiciones presentadas igualen en sus términos a las más ventajosas, las personas físicas o jurídicas que acrediten el cumplimiento de la obligación de tener empleados a trabajadores discapacitados, de acuerdo con lo establecido en el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos o, en su defecto, el cumplimiento de las Medidas Alternativas que exige el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx. Los interesados deberán aportar una declaración jurada sobre el cumplimiento de esta condición. Para participar en esta licitación aquellos licitadores que cuenten con cincuenta (50) o más trabajadores/as deberán acreditar que al menos el 2 por ciento de la plantilla está compuesta por Personas con Discapacidad, conforme al art. 38 xx Xxx 13/1982, de 7 xx Xxxxx de Integración Social Minusválidos. Complementariamente o subsidiariamente la empresa licitadora podrá acreditar su cumplimiento a través de las medidas alternativas de la Ley 13/1982, de 7 xx Xxxxx, de Integración Social de Minusválidos previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx Xxxxx, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (en la actualidad, Ministerio de Empleo y Seguridad Social) A tal efecto en la documentación técnica a aportar por los licitadores, éstos deberán incorporar una declaración responsable de la empresa sobre si el número de trabajadores en su plantilla iguala o supera la cifra de cincuenta (50) y, en caso afirmativo, sobre el cumplimiento del requisito legal dispuesto en el art. 38 de la ley 13/1982, de 7 xx Xxxxx de Integración Social de Minusválidos. Además, en caso de haber optado por el cumplimiento de las medidas alternativas, deberán aportar junto con la declaración responsable una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las medidas concretas aplicadas a tal efecto. En esta declaración se hará además constar que se asume el compromiso de acreditar dicho cumplimiento durante la vigencia del contrato cuando fuera así requerido por el órgano de contratación. Para más información sobre cláusulas sociales, consultar la página web del “Foro para la Contratación Pública Socialmente Responsable”: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx.xx

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Valoración de las ofertas económicas. No se tendrán en cuenta las ofertas económicas inferiores a 543.840,00 € 157.600 EUR (sin IVA), ni superiores a 679.800,00 € 197.000 EUR (sin IVA). La Fundación ONCE entiende que una oferta económica por debajo del baremo inferior establecido no se ajustaría a los criterios de calidad exigidos para un proyecto de estas características. Se dará la mayor puntuación (5135%) a la oferta económica más baja, el resto de ofertas se valorarán mediante la aplicación de la siguiente fórmula: Puntuación = Oferta más económica X 51 35 Tendrán preferencia en la adjudicación, siempre que las proposiciones presentadas igualen en sus términos a las más ventajosas, las personas físicas o jurídicas que acrediten el cumplimiento de la obligación de tener empleados a trabajadores discapacitados, de acuerdo con lo establecido en el artículo artículo. 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de Integración Social de Minusválidos o, en su defecto, el cumplimiento de las Medidas Alternativas que exige el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx. Los interesados deberán aportar una declaración jurada sobre el cumplimiento de esta condición. Para participar en esta licitación aquellos licitadores que cuenten con cincuenta (50) o más trabajadores/as deberán acreditar que al menos el 2 por ciento 100 de la plantilla está compuesta por Personas con Discapacidad, conforme al art. 38 xx Xxx 13/1982, de 7 xx Xxxxx de Integración Social de Minusválidos. Complementariamente o subsidiariamente la empresa licitadora podrá acreditar su cumplimiento a través de las medidas alternativas de la Ley 13/1982, de 7 xx Xxxxx, de Integración Social de Minusválidos previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx Xxxxx, del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (en la actualidad, Ministerio de Empleo y Seguridad Social) A tal efecto en la documentación técnica a aportar por los licitadores, éstos deberán incorporar una declaración responsable de la empresa sobre si el número de trabajadores en su plantilla iguala o supera la cifra de cincuenta (50) y, en caso afirmativo, sobre el cumplimiento del requisito legal dispuesto en el art. 38 de la ley 13/1982, de 7 xx Xxxxx de Integración Social de Minusválidos. Además, en caso de haber optado por el cumplimiento de las medidas alternativas, deberán aportar junto con la declaración responsable una copia de la declaración de excepcionalidad y una declaración del licitador con las medidas concretas aplicadas a tal efecto. En esta declaración se hará además constar que se asume el compromiso de acreditar dicho cumplimiento durante la vigencia del contrato cuando fuera así requerido por el órgano de contratación. Para más información sobre cláusulas sociales, consultar la página web del “Foro para la Contratación Pública Socialmente Responsable”: xxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxx.xx:

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