Criterios de adjudicación del contrato. El fallo de la Licitación será vinculante para el Licitante ganador y no para el Estado, y en su caso, la adjudicación se materializará por la Contratante mediante la suscripción y formalización del Contrato, de acuerdo con lo establecido en el artículo 44 de la Ley. El criterio de adjudicación será de conformidad con el tipo de abastecimiento establecido en el numeral 2.2 de las presentes Bases, cuya proposición cumpla con los requisitos solicitados y ofrezca las mejores condiciones para el Estado, cuya oferta resulte solvente en virtud de que cumple, conforme a los criterios de evaluación establecidos, con los requisitos legales, administrativos, técnicos y económicos de las Bases; considerando el Dictamen Técnico-Económico, Dictamen de Resultados y la dictaminación y emisión del fallo por parte del Comité.
Criterios de adjudicación del contrato. “LA CEAPAN” verificará que las proposiciones incluyan la información, documentos, y requisitos solicitados en las bases; que “EL LICITANTE” cumpla con las condiciones legales exigidas; que el programa de ejecución sea factible de realizar dentro del plazo solicitado con los recursos considerados por “EL LICITANTE”, también se verificará el debido análisis, calculo e integración de los precios unitarios conforme a las disposiciones que expide el Capitulo sexto del Reglamento de la LOPSR. Conforme a lo establecido en los artículos 38 de LA LEY y 63, fracción I de EL REGLAMENTO, “LA SOP”, para determinar la solvencia de las proposiciones recibidas para su revisión detallada y evaluación, verificará que las proposiciones cumplan con los requisitos solicitados en LA CONVOCATORIA y aplicará el mecanismo de evaluación binario, el que consiste en determinar la solvencia de las proposiciones a partir de verificar el cumplimiento de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la convocante. Una vez hecha la evaluación de las proposiciones presentadas, el contrato se adjudicará, en su caso, de entre LOS LICITANTES, a aquél cuya proposición resulte solvente porque reúne, conforme a los criterios de evaluación establecidos en LA CONVOCATORIA, las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por “LA CEAPAN”, y ofertado el precio más bajo. Las condiciones contenidas en LA CONVOCATORIA y en las proposiciones presentadas por LOS LICITANTES no podrán ser negociadas, sin perjuicio de que “LA CEAPAN” pueda solicitar a LOS LICITANTES aclaraciones o información adicional para realizar la correcta evaluación de las proposiciones, siempre y cuando no implique alteración alguna a la parte técnica o económica de la proposición, en su caso, la comunicación se realizará de la forma siguiente:
a).- Escrito dirigido a EL LICITANTE, el cual se notificará en el domicilio que este haya señalado, lo cual se hará constar en el acta de fallo.
b).- A partir de la recepción del escrito, EL LICITANTE contará con un plazo de 3 días hábiles para hacer las aclaraciones o entregar los documentos o información solicitada por “LA CEAPAN” y deberá ser entregada, en su caso, en horas y días hábiles. En caso de que EL LICITANTE no atienda, en el tiempo establecido, el requerimiento efectuado, o bien, la información que proporcione no aclare la duda o motivo de la solicitud, “LA CEAPAN” realizará la evaluación con la documentación originalmente entregada en su proposición.
Criterios de adjudicación del contrato. 1. Sin perjuicio de las disposiciones legales, reglamentarias o admi- nistrativas nacionales relativas a la remuneración de determinados ser- vicios, los criterios en que se basarán los poderes adjudicadores para adjudicar los contratos públicos serán:
a) bien, cuando el contrato se adjudique a la oferta económicamente más ventajosa desde el punto de vista del poder adjudicador, distin- tos criterios vinculados al objeto del contrato público de que se trate: por ejemplo, la calidad, el precio, el valor técnico, las características estéticas y funcionales, las características medioambientales, el coste de funcionamiento, la rentabilidad, el servicio posventa y la asisten- cia técnica, la fecha de entrega y el plazo de entrega o de ejecución;
b) o bien solamente el precio más bajo.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo tercero, en el supuesto previsto en la letra a) del apartado 1, el poder adjudicador precisará en el anuncio de licitación, en el pliego de condiciones o, en el caso del diálogo competitivo, en el documento descriptivo, la ponderación rela- tiva que atribuya a cada uno de los criterios elegidos para determinar la oferta económicamente más ventajosa. Esta ponderación podrá expresarse fijando una banda de valores que deberá tener una amplitud máxima adecuada. Cuando, en opinión del poder adjudicador, la ponderación no sea posi- ble por razones demostrables, éste indicará en el anuncio de licitación, en el pliego de condiciones o, en el caso del diálogo competitivo, en el documento descriptivo, el orden decreciente de importancia de los cri- terios.
Criterios de adjudicación del contrato. 14.1.- Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta más ventajosa se atenderá tomando como base varios criterios de adjudicación que se encuentran vinculados al objeto del contrato y que se relacionan a continuación: 1 Mejor oferta económica 50P 2 Proyecto Técnico. Calidad de Servicio 30P 3 Mejoras sin coste para el órgano de contratación 20P TOTAL 100P
A.1) Mayor descuento comercial con respecto al Anexo I (material técnico) (hasta 30 puntos). Este criterio será puntuado con 0 puntos, si se observaran cualquiera de los siguientes supuestos: • No se cumpla con los materiales incluidos en la tabla de materiales mínimos. • No se cumpla con el número mínimo de equipos solicitados por referencia. • El equipo alternativo propuesto no cumpla con los criterios de equivalencia técnica requeridos por Auditorio de Tenerife. El licitador deberá presentar la oferta en el mismo orden que el listado adjunto (Anexo I), no eliminando ninguna casilla. Los equipos de la lista de material técnico mínimo solicitada para las actividades del Auditorio, podrá ser sustituido por uno de similares características, anotando la opción en su casilla correspondiente al equipo que sustituye. Se establecen en el listado los precios máximos de cada unidad de material descrita, de manera que la oferta será en cualquier caso menor o igual que este valor máximo. Los puntos se asignarán observando esta proporcionalidad en función de los descuentos que proponga cada licitador para cada elemento de la tabla con aplicación de la siguiente fórmula: Donde: Pi: Resultado de la valoración económica del material i de la oferta PM: Puntuación máxima del criterio (30 puntos) Vm: Precio correspondiente a la menor oferta Vi: Precio correspondiente a la oferta en estudio Todas las puntuaciones se redondearán al segundo decimal y existirá un valor de ponderación (wi) para cada equipo de la oferta recogida en la tabla I del Anexo I La Puntuación final de la oferta económica de material técnico será por tanto: Pfimat: Resultado de la valoración económica de materiales de la oferta en estudio Pi: Puntuación de la oferta del material i Wi: Valor de ponderación del material i
A.2) Mayor descuento con respecto al Anexo I (recursos humanos —personal) (hasta 20 puntos). El licitador propondrá los precios siguiendo el modelo de tabla II del Anexo I en función de las categorías y período de contratación. Este criterio será puntuado con 0 puntos, si se observaran cualquiera de los siguiente...
Criterios de adjudicación del contrato. La adjudicación del contrato se efectuará a la oferta que resulte más ventajosa según los siguientes criterios de valoración, sin perjuicio del derecho a declararlo desierto, si ninguna oferta cumple las condiciones exigidas. Podrá no adjudicarse el contrato a la oferta que haya obtenido la puntuación más favorable por riesgo de incumplimiento de las condiciones técnicas frente a las condiciones económicas. No obstante, antes de rechazarse una oferta en base a la existencia de una “baja temeraria o oferta técnica incierta”, se solicitará información al licitador y oportuno asesoramiento técnico, a efectos de justificar la posibilidad de cumplimiento del contrato en los términos técnicos exigidos. En el supuesto que, aplicando los criterios de valoración, exista empate en la mayor puntuación, se aplicarán a efectos de desempate y adjudicación los criterios establecidos en la regla 19 de las Instrucciones aprobadas por UNIÓN DE MUTUAS, a cuyo efecto se solicitará a las empresas que se encuentren empatadas, aporten la documentación que acredite la concurrencia de dichos requisitos, debiendo aportar la misma en el plazo máximo de DOS DÍAS HÁBILES desde la recepción del requerimiento. En caso de persistir el empate, o en el supuesto que ninguna de las empresas requeridas cumpla los requisitos establecidos en la regla 19 de las Instrucciones aprobadas por UNIÓN DE MUTUAS, la adjudicación se efectuará al licitador con mayor puntuación en el criterio de valoración que figura en el primer lugar. Si persiste el empate, se tendrán en cuenta sucesivamente y en el mismo orden, los criterios que figuren a continuación del anterior, y en el supuesto de que coincidan las puntuaciones de todos los criterios objetivos, se adjudicará el contrato por sorteo, entre los licitadores que hayan obtenido la máxima puntuación. CRITERIOS PUNTUACIÓN MÁXIMA OFERTA ECONOMICA 60 Precio tarifas planas 35 Excesos en tarifas planas 5 Planes de datos 20 TERMINALES 10 Disponibilidad de terminales 5 Xxxx. Xxxxx xx 69 - 12004 Castellón xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xx Telf. 000 000 000 Fax 000 000 000 Renovación de terminales 5 OTRAS MEJORAS 10 Suministro MDM 5 Aplicaciones con valor añadido a la gestión 5 REQUISITOS TÉCNICOS 20 Disponibilidad de red 3 Tiempo de recuperación de servicios 4 Plazo de provisión de servicios 3 Estaciones Base operativas en 4G 5 Personas en plantilla en Castellón y Valencia 5 ➢ OFERTA ECONÓMICA La oferta económica se valorará, de acuerdo con los criterios y fórmulas qu...
Criterios de adjudicación del contrato. LOTE 1: Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato son los siguientes:
a) Elementos de calidad para la ejecución del contrato (hasta 30 puntos):
a. Deberán desarrollarse los aspectos recogidos en el Pliego de Prescripciones Técnicas en relación a los aspectos organizativos, programaciones, planificaciones, planes de actuación, mecanismos de coordinación y control, Dirección y cuerpo técnico, personal y otras consideraciones técnicas de las actividades objeto del contrato. Se valorará el adecuado desarrollo de los aspectos y su completitud y coherencia. En particular, se tendrá en cuenta que los medios y organización son suficientes para responder de las obligaciones del contrato.
b) Otras mejoras añadidas al pliego (hasta 20 puntos):
a. Podrán ofertarse mejoras relacionadas, exclusivamente con los siguientes aspectos: • Difusión de las Instalaciones (actividades destinadas a publicitar las Instalaciones). Hasta 5 puntos • Dinamización de las Instalaciones (actividades destinadas a la promoción de la actividad en las Instalaciones). Hasta 5 puntos • Gestión del personal: Hasta 5 puntos ✓ Formación complementaria al personal (relacionada directamente con las funciones a desempeñar y con la capacitación lingüística del personal que se relacione directamente con los usuarios). Hasta 2,5 puntos ✓ Condiciones laborales (medidas destinadas a la mejora de las condiciones del personal). Hasta 2,5 puntos • Apoyo en la gestión a IDM Leioa: Hasta 5 puntos ✓ Adecuación de la normativa de uso de las Instalaciones. Hasta 2,5 puntos ✓ Redacción de informes y/o memorias que puedan ser de interés para la mejora de la gestión. Hasta 2,5 puntos El licitador que no obtenga al menos 30 puntos en la suma de los apartados a y b quedará excluido de la licitación no abriéndose el sobre C.
c) Mejora económica ofertada (hasta 50 puntos):
a. Se dará la máxima puntuación (50 puntos), a la oferta más ventajosa, siguiendo el modelo de proposición económica recogido en el Anexo I del presente pliego, y el resto de las ofertas se valorarán de la siguiente forma: Puntos = 50 – (30 x (Bm – Bv)) En donde: Bm: Baja máxima expresada en unidades (es decir, una baja del 5% equivaldría a 0,05 unidades) Bv: Baja a valorar expresada en unidades
d) Elementos de calidad para la ejecución del contrato (hasta 30 puntos):
Criterios de adjudicación del contrato. El Contrato será adjudicado por lote a un solo Licitante, es decir el único LOTE a un solo proveedor, cuya oferta resulte solvente porque cumple, conforme a los criterios de evaluación establecidos, con los requisitos legales, administrativos y técnicos de las presentes Bases y presenten las propuestas económicas más baja; considerando el Dictamen Técnico-Económico, Dictamen de Resultados y la dictaminación y emisión del fallo por parte del Comité. Si en esta Licitación se presentara un empate en igualdad de condiciones entre las propuestas de dos o más Licitantes, la adjudicación se efectuará a favor del que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que se desarrollará previo a la emisión del Fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada, los que serán depositados en una urna, de la que se extraerá el boleto del Licitante ganador. La Convocante no adjudicará el Contrato cuando el precio más bajo ofertado se considere no aceptable. El precio no aceptable es aquel que:
a. Derivado de la investigación xx xxxxxxx realizada, resulte superior en un diez por ciento (10%) al ofertado, respecto del que se observe como mediana en dicha investigación.
b. Del promedio de las ofertas presentadas en la misma Licitación, resulte superior en un diez por ciento (10%) al ofertado.
Criterios de adjudicación del contrato. 1.1 Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato son los que, por orden decreciente de importancia y con arreglo a la valoración que se establece, se indican a continuación:
Criterios de adjudicación del contrato. Criterios: Puntuación: Ponderación:
Criterios de adjudicación del contrato. Los criterios que de acuerdo con lo establecido en los artículos 145 y 146 LCSP han de servir de base para la adjudicación del contrato son los establecidos, con su correspondiente ponderación, en el apartado 8 del cuadro de características.
9.1. SUPUESTOS DE PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 159.6 LCSP
9.2. SUPUESTOS DE PROCEDIMIENTO ABIERTO SIMPLIFICADO A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 159.1 LCSP