CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Cláusulas de Ejemplo

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS. 1. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa deberá atenderse a criterios directamente vinculados al objeto del contrato, tales como la calidad, el precio, la fórmula utilizable para revisar las retribuciones ligadas a la utilización de la obra o a la prestación del servicio, el plazo de ejecución o entrega de la prestación, el coste de utilización, las características medioambientales o vinculadas con la satisfacción de exigencias sociales que respondan a necesidades, definidas en las especificaciones del contrato, propias de las categorías de población especialmente desfavorecidas a las que pertenezcan los usuarios o beneficiarios de las prestaciones a contratar, la rentabilidad, el valor técnico, las características estéticas o funcionales, la disponibilidad y coste de los repuestos, el mantenimiento, la asistencia técnica, el servicio postventa u otros semejantes. Cuando sólo se utilice un criterio de adjudicación, éste ha de ser, necesariamente, el del precio más bajo. 2. Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato se determinarán por el órgano de contratación y se detallarán en el anuncio, en los pliegos de cláusulas o en el documento descriptivo. En la determinación de los criterios de adjudicación se dará preponderancia a aquéllos que hagan referencia a características del objeto del contrato que puedan valorarse mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. La evaluación de las ofertas conforme a los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas se realizará tras efectuar previamente la de aquellos otros criterios en que no concurra esta circunstancia, dejándose constancia documental de ello. 3. La valoración de más de un criterio procederá, en particular, en la adjudicación de los siguientes contratos: a) Aquéllos cuyos proyectos o presupuestos no hayan podido ser establecidos previamente y deban ser presentados por los licitadores.
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS. Los criterios objetivos que han de servir de base para la adjudicación son los establecidos, por orden decreciente de importancia y con su correspondiente ponderación, en el ANEXO I del presente PCAP, conforme a lo establecido en el artículo 150 del TRLCSP. Cuando solo se utilice un criterio de adjudicación, éste ha de ser, necesariamente, el precio más bajo. Para la ponderación de estos criterios de valoración se utilizara como regla general, las reglas y fórmulas reguladas en el citado ANEXO I del presente PCAP. Para ello, se convertirán en valores numéricos los criterios de ponderación que sean susceptibles de ello, dándose el máximo de puntuación prevista para cada supuesto a la mejor oferta en términos numéricos de cada concepto valorable. Cuando a los criterios de valoración que sean evaluables de forma automática por aplicación de fórmulas se les atribuya una ponderación inferior a la correspondiente a los criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor, se constituirá el Comité que se indica en el ANEXO I de acuerdo con los requisitos exigidos por el artículo 150 del TRLCSP al que le corresponderá realizar la evaluación de las ofertas o se encomendará esta evaluación al organismo técnico especializado indicado en dicho ANEXO I. De entre los criterios objetivos de adjudicación, en el ANEXO I del presente PCAP, se señalan los casos, en que se considere que la proposición no puede ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados. La evaluación de las ofertas conforme a los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas se realizará tras efectuar previamente la de aquellos otros criterios en que no concurra esta circunstancia, dejándose constancia documental de ello.
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS. El contrato resultante de este procedimiento de licitación se adjudicará a la oferta que presente la solución económicamente más ventajosa en función de los siguientes criterios: La valoración de las ofertas se realizará de conformidad a la documentación presentada, y se regulará en base a una puntuación total de 100 puntos de acuerdo con la ponderación que se indica en los apartados siguientes. La adjudicación recaerá en la oferta que presente el precio global más bajo de todas aquellas que alcancen una puntuación total de, al menos, 60 puntos como suma de la puntuación obtenida en cada uno de los cinco apartados mencionados. a) Valoración técnica de la propuesta de Gestión Energética de la Prestación P1 con una puntuación máxima de 20 puntos. La asignación de puntuación se realizará conforme a la siguiente baremación: - Presentación de un Plan de Actuación conforme a las directrices técnicas y de gestión dadas en este Pliego. Se valorará la presentación de una memoria descriptiva del Plan de Actuación en la que se detallen los siguientes prototipos con el desglose conveniente de acuerdo a las necesidades descritas en el anexo técnico: * Prototipo de tablas y gráficas para el control mensual de facturación * Prototipo de tablas y gráficas para el control mensual de consumos *Prototipo de tablas y gráficas para el control de niveles de iluminación y eficiencia energética * Propuesta de inventario y planos a elaborar: - Identificación del número de planos y esquemas a elaborar y descripción del detalle que llevará cada uno de ellos. - Prototipo de tablas y fichas de inventario que se elaborarán en donde se recojan todos los datos relevantes de la Instalación de Alumbrado Público Exterior. - Propuesta de horario de encendido y apagado de la Red de Alumbrado Público y justificación. b) Valoración técnica de la propuesta de programa de mantenimiento de las instalaciones de la Prestación P2 con una puntuación máxima de 20 puntos. La asignación de puntuación se realizará conforme a la siguiente baremación: - Presentación de un Plan de Mantenimiento e Inspecciones conforme a las directrices técnicas y de gestión dadas en este Pliego. Se valorará la presentación de una memoria detallada del Plan de Mantenimiento propuesto en la que se detallen los siguientes prototipos con el desglose conveniente de acuerdo a las necesidades descritas en el anexo técnico: * Propuesta de tabla de inspecciones y labores de mantenimiento y limpieza a realizar y periodicidad * Descrip...
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS. 15.1. Relación de los criterios 15.1.1. Criterios que dependen de un juicio de valor Criterio Forma de valoración Ponderación: Hasta 34 puntos Plan operativo y de despliegue de medios En este criterio se valorará en conjunto el plan operativo propuesto atendiendo a su adecuación al objeto del contrato, teniendo en cuenta parque de Hasta 12 puntos MI D D de ambulancias, medios de apoyo logísticos que se oferten –materiales y personales-; despliegue de las ambulancias con su ubicación por bases, y estudio organizativo y funcional del servicio. En especial se valorará la coherencia entre el número de ambulancias ofertadas, su dotación de personal y su dedicación temporal al servicio, y entre los profesionales (número, categoría y dedicación) que la empresa propone dedicar al transporte sanitario. Plan de coordinación de demanda y recursos En este criterio se valorará en conjunto el plan de coordinación propuesto, teniendo en cuenta las instalaciones, equipos, software de coordinación, sistemas de comunicación, organización y personal destinado a la coordinación, y cualquier sistema previsto para la gestión de la demanda, enlace con los centros sanitario, programación logística y localización permanente de las ambulancias en servicio Hasta 6 puntos Plan de formación continuada y de nuevo ingreso de personal En este criterio se valorará el contenido y adecuación de los planes de formación ofertados para personal de transporte sanitario, su duración, y su periodicidad en línea con lo establecido al respecto en el Convenio colectivo estatal de transporte de enfermos y accidentados en ambulancia Hasta 6 puntos Mantenimiento de ambulancias, aparataje y equipos médicos En este criterio se valorará el programa de mantenimiento en condiciones de uso, la reposición y reparación de las ambulancias, aparataje y resto del equipamiento, y programas de esterilización y desinfección de las ambulancias y de su equipamiento. Además se valorará el programa de mantenimiento integral de los equipos electromédicos Hasta 6 puntos Incremento de dotaciones técnicas y características de las SVA y SVB En este criterio se valorará el incremento cuantitativo y/o cualitativo –respecto a las prescripciones técnicas exigidas- de instalaciones y equipamiento sanitario, y de características mecánicas y/o funcionales de las ambulancias de soporte vital básico y avanzado ofertadas. Hasta 4 puntos En su caso, identificación del comité de expertos, o del organismo técnico especializado (artículos...
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS. (Art 150 TRLCSP): Los criterios de valoración de las ofertas presentadas por las distintas empresas o personas licitadoras deben ser tal que la empresa o persona adjudicataria sea aquella que globalmente ofrezca la propuesta económicamente más ventajosa en el servicio objeto del contrato. La puntuación máxima será de 100 puntos, que se re partirá de la siguie nte forma: CRITERIOS DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR (Máximo 49% de la puntuación total) -Umbral mínimo de puntuación necesario para continuar en el proceso selectivo: No procede. CRITERIO 1: Propuesta de servicio, documentación de procedimientos y realización de la maqueta (hasta 15 puntos). CRITERIO 2: Plan de gestión de incidencia y plan de gestión de cambios (hasta 15 puntos). CRITERIO 3: Plan de monitorización, seguridad, soporte y mantenimiento (hasta 9 puntos). CRITERIO 4: Plan de integración y plan de reversión del sistema (hasta 10 puntos). CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS Y PROPOSICIÓN ECONÓMICA (Máximo 51% de la puntuación total) : -Umbral mínimo de puntuación necesario para continuar en el proceso selectivo: No procede CRITERIO 1: Precio (hasta 25 puntos). Vi= Pmax(PMO/POLi) Donde Vi es la valoración temporal de la oferta “i”, Pmax es la valoración máxima que puede alcanzar una oferta (25 puntos), PMO es el precio de la mejor oferta (la más barata). POLi es el precio de la oferta “i” que se está valorando. Nota: En caso de que la puntuación obtenida sea superior al porcentaje del valor absoluto de la baja realizada, se tomará el valor de la baja proporcional como puntuación en este apartado. Las ofertas de bajas superiores a la baja media + 5 puntos serán penalizadas con 0 puntos en este apartado. Para ello estableceremos las siguientes fórmulas: BLi = 100- ((100*PMO)/PL) Si Vi > |Baja| V=Baja Si Vi< ((∑Baja/nºde ofertas)+5  V = 0 En otros casos V=Vi Donde PL es el precio que se pide en la licitación. BLi es la proporción de baja del licitador que se está evaluando. CRITERIO 2: dos puntos por cada 50 conexiones simultáneas más de las solicitadas en PPT (800 conexiones simultáneas), puntuándose proporcionalmente hasta el máximo de puntos (hasta 10 puntos). CRITERIO 3: Mejora en los slas propuestos, con indicadores y pruebas de que la mejora puede ser efectiva (hasta 8 puntos): se repartirán de la siguiente forma: - Propuesta de mejora en la disponibilidad de servicio hasta un 99% 2 puntos. - Propuesta de mejora en la disponibilidad del enlace dedicado hasta un 99% 2 puntos. - Pro...
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS. Ofertas con valores anormales o desproporcionados: si se identifican una o varias proposiciones cuya valoración total supere en más de 25 puntos la puntuación media del resto de las ofertas valoradas, se considerará que presentan valores anormales o desproporcionados. En estos casos RTVE actuará según lo dispuesto en el artículo 149 de la LCSP. Se valorarán únicamente las ofertas técnicas que resulten aptas, de acuerdo con los siguientes criterios.
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS. 30.1.- El precio es el único criterio de valoración de las ofertas: si 30.2.- Existe una pluralidad de criterios de valoración de las ofertas: no
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS. (art. 145 de la LCSP)
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS. Artículo 150 TRLCSP.
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS. Los criterios de valoración de las ofertas serán los siguientes: 1) Oferta económica (60 puntos) La máxima puntuación corresponderá a la oferta MÁS BAJA, salvo que se entienda que no puede ser cumplida por ser desproporcionada o temeraria. La puntuación del resto de propuestas admitidas, se obtendrá mediante la siguiente fórmula: 100 – (40 * B/A). Siendo A= oferta más baja y B= oferta del licitador. La puntuación se realizará en valores con un decimal. Ofertas con valores anormales o desproporcionados. Se considerarán, en principio, desproporcionadas o anormales las ofertas que se encuentren en los siguientes supuestos: a) Cuando, concurriendo un solo licitador, sea inferior al presupuesto base de licitación en más de 25 unidades porcentuales; b) Cuando concurran dos licitadores, la que sea inferior en más de 20 unidades porcentuales a la otra oferta; c) Cuando concurran tres licitadores, las que sean inferiores en más de 10 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, se excluirá para el cómputo de dicha media la oferta de cuantía más elevada cuando sea superior en más de 10 unidades porcentuales a dicha media. En cualquier caso, se considerará desproporcionada la baja superior a 25 unidades porcentuales; d) Cuando concurran cuatro o más licitadores, las que sean inferiores en más de 7 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores o inferiores a dicha media en más de 10 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas más cercanas a la media inicial. Para la valoración de las ofertas como desproporcionadas o anormales, la Mesa de Contratación tendrá en cuenta la Memoria Justificativa de la oferta presentada por la empresa y podrá considerar la relación entre la solvencia de la empresa y la oferta presentada. En todo caso, cuando se identifique una proposición que pueda ser considerada desproporcionada o anormal, deberá darse audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, en particular en lo que se refiere al ahorro que permita el procedimiento de ejecución del contrato, las soluciones técnicas adoptadas y las condiciones excepcionalmente fav...