VERSIÓN FINAL. concentradora para 10.000 toneladas métricas. Podría citar muchísimos más ejemplos, pero a lo que voy es que la administración va a tener que ejercer mucha discrecionalidad para determinar dónde poner la línea: qué es lo que se estabiliza y qué es lo que no se estabiliza, pero la intentó Intentó discrecionalidad es justamente lo que abolir la reforma minera del año 91. realizar una simplificación administrativa, una previsibilidad. Por eso no limitó las garantías de estabilidad a las inversiones específicas, sí a la totalidad de la unidad minera, que es una operación integral. De manera que el gobierno no tuvo que -- tendría que responder a estas preguntas. Ahora, el gobierno podría limitar esa discreción si tuviera reglas detalladas acerca de cómo se ha de asignar las reglas -- costos y los gastos, es decir, reglas contabilidad, pero Perú no las tenía los de en xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 había antes estas reglas? Porque cuando se adoptaba la Ley de Minería y el reglamento minero no hacía falta porque era claro que las garantías de estabilidad se aplicaban a las unidades mineras. Ahora, veamos de qué manera la Ley Minera o de Minería y el reglamento fue aplicado por el gobierno. En el expediente está muy claro que el gobierno aplicó las garantías de estabilidad en forma constante a las concesiones completas o unidades mineras completas. No hay ni un solo documento creado por el gobierno antes del revés del gobierno que muestre que las garantías de estabilidad solo se aplicaban a los proyectos de inversión. Veamos qué hacía MINEM. Bueno, aplicaba las garantías de estabilidad en forma congruente a la totalidad de las concesiones o unidades. Por ejemplo, he aquí la resolución de 2001 del consejo minero respecto de Parcoy. El consejo forma parte del MINEM y es la única instancia administrativa en cuestiones de minería y su xxx.xxxxxxxx.xxx.xx responsabilidad es elaborar una jurisprudencia administrativa estándar respecto de cuestiones mineras, o sea, lo que tiene que decir es importante. Y dijo que fue la unidad minera de Parcoy que tenía el derecho a la estabilidad. Tintaya es otro ejemplo de la aplicación constante del MINEM a los acuerdos de estabilidad a concesiones o unidades completas. La Dirección General de Minas y el consejo minero, la Dirección General de Minas forma parte del MINEM, es la entidad responsable de los acuerdos de estabilidad y el consejo minero es adonde se puede recurrir las decisiones de la dirección, y determinó que Tintaya no pudo haber estabilizado incluir concesiones estabilizadas previas a un nuevo convenio de estabilidad porque eran materia de un acuerdo de estabilidad y habían estado beneficiando de las garantías de estabilidad. Luego, en el 2006, el consejo minero emitió una resolución que confirmó que el convenio de estabilidad de Southern Copper se aplicaba a xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 todas las demás concesiones mineras que formaban parte de la misma UEA. Habrán visto que en los últimos escritos del Perú y en su carta acerca del señor Xxxxx, Perú ha intentado alegar que el acuerdo de estabilidad de Southern Copper solo se aplica a un proyecto de inversión. Ahora, la UEA de Southern es muy complejo y Perú trata de aprovechar de esta situación para crear la confusión aquí, pero sus documentos no respaldan su posición. Ahora, en el 2006, años después de los documentos que Perú utiliza, en el 2006 el Consejo Minero es la entidad responsable de la estandarización de la jurisprudencia administrativa respecto de cuestiones mineras le dijo muy claro -- dijo muy claro -- en forma muy clara que: “El acuerdo de estabilidad de Southern se aplicaba a las unidades mineras y no a los proyectos de inversión”. Y luego está el informe de MINEM xx xxxxx de 2005 por el testigo, el señor Xxxxx, el que creó la nueva teoría un año después. Ahora, en xxx.xxxxxxxx.xxx.xx ese informe Xxxxx escribió repetidas veces que las garantías de estabilidad se aplicaban a las concesiones o unidades enteras. Xxxxx escribió que no es el titular minero que gozará de la exención del pago de regalías globalmente como empresa sino las concesiones mineras de las que es titular. Ahora, es el mismo señor Xxxxx que un año después creó la teoría novedosa del Perú, y en el interrogatorio directo en el arbitraje SMM el señor Xxxxx afirmó lo dicho y dijo que era el meollo del memorando xx xxxxx 2005. Ahora, no obstante, lo que dice en forma muy clara el informe, Perú ha alegado que el informe del señor Xxxxx dice algo diferente a lo que dice, ustedes mismos lo pueden leer, pero deben saber que no es lo que piensa Perú. Para empezar, Perú estaba luchando fuerte por no compartir el informe con Cerro Verde. Como hemos visto de los otros documentos, es un indicio muy fuerte en el sentido de que no es muy útil para el Perú. Cerro Verde obtuvo el xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 memorándum del 2005 xx Xxxxx como resultado de la regulación en virtud de las leyes de transparencia del Perú que le dan a todos los peruanos el derecho a acceder a los documentos del gobierno. En ese procedimiento transparencia MINEM se negó a entregar documento. Entonces, el Tribunal Transparencia dictaminó que MINEM tiene entregar el memo de 2005 xx Xxxxx. Y en razonamiento el Tribunal de Transparencia reveló el Consejo de los abogados del Perú en este arbitraje, que la revelación del memo de Xxxxx xx xxxxx de 2005, y cito: “Podría tener un impacto negativo en los procedimientos de arbitraje”. Fin de cita. Y la comisión especial del Perú que representa al gobierno en este procedimiento le advirtieron al Tribunal de Transparencia que la regulación del memo xx Xxxxx, y cito: “Pondrían en riesgo la defensa jurídica del Perú y llevarían a la responsabilidad internacional por incumplimiento de los tratados xxx.xxxxxxxx.xxx.xx internacionales o de inversiones”. Eso es lo que en realidad piensa el Perú, y tienen toda la razón. Entonces, para resumir, todos los documentos del MINEM confirman que las garantías de estabilidad se aplican a las unidades mineras. Ahora paso a los documentos de la SUNAT y del Tribunal Tributario. Y esto -- aquí vamos a abordar información protegida que es sujeta a las protecciones de confidencialidad. ¿Hay que esperar? SECRETARIA XXXXXXXX XXXXXX (Interpretado xxx xxxxxx): Le pido a una persona que salga, por favor. Podemos continuar. SEÑOR XXXXXX (Interpretado xxx xxxxxx): ¿Puedo continuar? Muy bien. Hay dos elementos notables sobre los nuevos documentos. Primero, es que la Tribunal Tributario aplicaban las estabilidad a las concesiones mineras y no a los proyectos xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 SUNAT y el garantías de y unidades de inversión 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 individuales, y lo hacen en forma muy clara e inequívoca. Segundo, la mayoría de estos documentos se produjeron después de que el gobierno hizo su inaudible) respecto de Cerro Verde. Como pueden ver aquí, varios fueron emitidos después xx xxxxx de 2006 cuando el señor Xxxxx elaboró su memorando en el que desarrolló su teoría novedosa en el sentido que las garantías se limitan al proyecto de inversión establecido en un estudio de factibilidad y que SUNAT presuntamente escribió en su informe interno de 2006. Y en el caso de Xxxxx, SUNAT y el Tribunal emitieron resoluciones que aplicaban las garantías de estabilidad a las unidades mineras muchos años después del 2009, o sea, hasta septiembre de 2022. O sea, durante más de una década SUNAT y el Tribunal Tributario aplicaban las garantías de estabilidad de Cerro Verde solo a un proyecto de inversión específica y no a la unidad minera, y a la vez aplicaba las garantías de xxx.xxxxxxxx.xxx.xx estabilidad a las unidades mineras de Milpo incluyendo las nuevas inversiones. Estos documentos muestran que se señaló, se le dio un trato diferente y más negativo a Cerro Verde que a otras empresas mineras. Ahora voy a hablar de las tres empresas mineras individualmente. Voy a empezar con Milpo. Milpo es una empresa minera que produce zinc, cobre y concentrados de plomo. En el momento pertinente Xxxxx tenía tres unidades en el Perú: uno era el proyecto minero El Porvenir ubicado en la región central del Perú; otro, el (inaudible) de exploración Chapi, en el sur; y el proyecto xxxxxx xx Xxxxx Lindo que está ubicado en Ica, una tercera región. He aquí las tres unidades económico administrativas. En el 2002 Xxxxx celebró un acuerdo de estabilidad para El Porvenir y otro para la unidad de Cerro Lindo. Entonces, los documentos de SUNAT confirman que SUNAT aplicó el acuerdo de estabilidad de El Porvenir a la unidad xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 minera de El Porvenir en su totalidad. Y aquí tenemos un cuadro que es de la resolución xx xxxxx de 2009, resolución de impuesto sobre la renta del año fiscal 2003. Y lo que pueden ver en este cuadro es que SUNAT distinguía entre la unidad de El Porvenir que gozaba de estabilidad como se señala en la nota al pie y las otras unidades que en el año fiscal 2003 no estaban estabilizado ya que el régimen de estabilidad de Cerro Lindo no había entrado en vigor. Y como pueden ver de la nota al pie, SUNAT aplicó la tasa de impuesto sobre la renta estabilizado del 20 por ciento a la unidad minera estabilizada y la no estabilizada, tasa sobre -- de impuesto sobre la renta del 27 por ciento a las otras unidades. O sea, hay -- si -- se muestra que hay que distinguir entre las unidades que gozan y que no gozan del régimen de estabilidad. Ahora, después de celebrar sus acuerdos de estabilidad para El Porvenir y Cerro Lindo en el 2002, Milpo, por supuesto, hizo varias xxx.xxxxxxxx.xxx.xx inversiones adicionales como hacen todas las empresas mineras, y SUNAT trató estas nuevas inversiones como estabilizadas ya que formaban parte de las unidades mineras estabilizadas. Aquí pueden ver la resolución sobre impuesto sobre la renta de 2014 para el año fiscal 2010 que muestra algunas de las inversiones de Milpo. En el 2010, Xxxxx tenía dos unidades estabilizadas: El Porvenir y Cerro Lindo, cuyos regímenes ya habían entrado en vigor. Y pueden ver en este cuadro que es de la resolución de SUNAT una lista de activos. Esto para fines de la depreciación, algunas eran impresiones importantes realizadas después de completadas los programas de inversión respectivos. No podían haber formado parte de los programas iniciales. Por ejemplo, en El Porvenir hay una instalación para relaves de más de 2.600.000 soles y, luego, una inversión por 15,7 millones de soles en Cerro Lindo en una ampliación de la planta que aumentó la producción por 10.000 toneladas métricas por día. xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 Ahora, bajo la teoría del Perú, no tienen derecho a la estabilidad porque no forman parte del proyecto de inversión que se estableció en el programa de inversión original ni en el estudio de estabilidad. Sin embargo, SUNAT les da un trato de estabilizados. Como se aclara en la nota al pie, las tasas de depreciación de 3 y 5 por ciento reflejaban las disposiciones de los acuerdos de estabilidad. Para nuevas unidad tenían inversiones eran parte de minera estabilizada y, por SUNAT las la misma lo tanto, estabilidad, pero SUNAT tomó abordaje a Cerro Verde y determinó en arbitraria que la concentradora era otro forma nueva inversión no abarcada por la estabilidad. Hay al menos cinco resoluciones adicionales que muestran que SUNAT aplicaba las garantías de estabilidad a las unidades y no a otras en resoluciones de 2005 a 2019. SUNAT aplicaba en forma coherente cada uno de los dos acuerdos de estabilidad de Milpo a las unidades mineras completas, incluyendo las nuevas inversiones. xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
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Samples: Arbitration Agreement
VERSIÓN FINAL. concentradora para 10.000 toneladas métricas. Podría citar muchísimos más ejemplos, pero a lo haría crear -- creer que voy el enojo del señor Xxxxxxx no es prueba de irregularidad procesal si bien también reconoce que la administración va a tener cámara 1 no coordinó con la Cámara 10 antes de expedir esta decisión. Y también les haría creer que ejercer mucha discrecionalidad para determinar dónde poner en este contexto sin coordinación prácticamente hay una resolución idéntica y que esto era común si bien esto tenía que reflejar una deliberación independiente. Y también los haría creer que la línea: Cámara número 10 también deliberó en el caso de la regalía en 2006 2007 sin ofrecer ninguna prueba de respaldo, como por ejemplo, resoluciones, borradores de la Cámara 10 o también qué es lo que decían los vocales sobre el archivo, el expediente del caso. Después de todo esto Perú todavía no estaba satisfecho. No fue suficiente que Perú haya recibido también ingresos fiscales sin precedentes de la concentradora y que hubiese dado lugar a la presión política y que hubiese también llevado a SMCV a realizar tres rondas de contribuciones importantes, xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 y no fue 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 suficiente que Perú luego impuso regalías y que a pesar del acuerdo de estabilidad y las garantías del gobierno que esto no ocurriría, de hecho, Perú quería no solo doble imposición impositiva sino el triple o más. Perú así también determinó más de 600 millones en sanciones de interés en contra de SMCV, que según el derecho peruano y los principios de justicia debiera haber eximido. Según el derecho peruano, los contribuyentes tienen el derecho a una renuncia sanciones y al interés cuando hay razonable sobre la interpretación adecuada de la disposición legal. Aquí en el caso del Perú se estabiliza y qué es lo que no se estabilizademuestra que, pero la intentó Intentó discrecionalidad es justamente lo que abolir la reforma minera del año 91. realizar como mínimo, había una simplificación administrativa, una previsibilidad. Por eso no limitó duda razonable sobre el alcance de las garantías de estabilidad. Para concluir, Perú actuó ignorando claramente sus obligaciones según el acuerdo o el contrato de estabilidad del derecho peruano y el derecho internacional. Las acciones del Perú deben tener consecuencias, y de hecho, las xxx.xxxxxxxx.xxx.xx disposición protecciones que es la central inversión para las de del acuerdo incorpora establece establece la norma de trato mínima -- el nivel mínimo de trato que Perú debe tratar a que que los inversionistas según el derecho consuetudinario internacional, incluyendo aquí el nivel mínimo de trato. El nivel mínimo de trato es un concepto general que incluye, según el APC, diferentes pilares. Los tribunales, como por ejemplo, Eco Oro contra Colombia han confirmado que estos elementos o pilares incluyen la no arbitrariedad del debido proceso respecto de las inversiones específicasexpectativas legítimas, sí la congruencia y la transparencia y la no discriminación. Debido a la totalidad que el trato justo y equitativo es un concepto flexible estos elementos se pueden considerar juntos para establecer un incumplimiento o como algo independiente de la unidad minera, que es una operación integral. De manera que el gobierno no tuvo que -- tendría que responder a estas preguntas. Ahora, el gobierno podría limitar esa discreción si tuviera reglas detalladas acerca de cómo se ha de asignar las reglas -- costos y los gastos, es decir, reglas contabilidad, pero Perú no las tenía los de en xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 había antes estas reglas? Porque cuando se adoptaba la Ley de Minería y el reglamento minero no hacía falta porque era claro que las garantías de estabilidad se aplicaban a las unidades minerasresponsabilidad según ambas partes acordarían con respecto al debido proceso. Ahora, veamos de qué manera la Ley Minera o de Minería y el reglamento fue aplicado por el gobierno. En el expediente está muy claro que el gobierno aplicó las garantías de estabilidad en forma constante a las concesiones completas o unidades mineras completas. No hay ni un solo documento creado por el gobierno antes del revés del gobierno que muestre que las garantías de estabilidad solo se aplicaban a los proyectos de inversión. Veamos qué hacía MINEM. Bueno, aplicaba las garantías de estabilidad en forma congruente a la totalidad de las concesiones o unidades. Por ejemplo, he aquí la resolución de 2001 del consejo minero respecto de Parcoy. El consejo forma parte del MINEM y es la única instancia administrativa en cuestiones de minería y su xxx.xxxxxxxx.xxx.xx responsabilidad es elaborar una jurisprudencia administrativa estándar respecto de cuestiones mineras, o sea, lo que tiene que decir es importante. Y dijo que fue la unidad minera de Parcoy que tenía el derecho a la estabilidad. Tintaya es otro ejemplo de la aplicación constante del MINEM a los acuerdos de estabilidad a concesiones o unidades completas. La Dirección General de Minas y el consejo minero, la Dirección General de Minas forma parte del MINEM, es la entidad responsable de los acuerdos de estabilidad y el consejo minero es adonde se puede recurrir las decisiones de la direcciónconforme al Perú, y determinó aquí cito: Xxxx sigue siendo la base Sin embargo, “El criterio del derecho consuetudinario internacional que Tintaya es nivel mínimo de trato”. Xxxx es un caso que data de 1926 sobre la protección de extranjeros en relación con las denegaciones de justicia. Perú esencialmente les está pidiendo que decidan que este criterio básicamente no pudo haber estabilizado incluir concesiones estabilizadas previas a un nuevo convenio de estabilidad porque eran materia de un acuerdo de estabilidad y habían estado beneficiando de las garantías de estabilidad. Luego, en el 2006, el consejo minero emitió una resolución que confirmó que el convenio de estabilidad de Southern Copper se aplicaba a xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 todas las demás concesiones mineras que formaban parte de la misma UEA. Habrán visto que ha cambiado en los últimos escritos del Perú cien años, pero, de hecho, el mundo cambió de manera profunda desde la década de 1920. Y el nivel mínimo, al igual que todo derecho consuetudinario internacional, se aparta mucho de su origen histórico. El nivel mínimo ha evolucionado en la dirección de mayor protección para los inversionistas y en su carta acerca del señor Xxxxx, Perú ha intentado alegar que el acuerdo de estabilidad de Southern Copper solo se aplica a un proyecto de inversión. Ahora, ahora forma la UEA de Southern es muy complejo y Perú trata de aprovechar de esta situación para crear la confusión aquí, pero sus documentos no respaldan su posición. Ahora, en el 2006, años después de los documentos que Perú utiliza, en el 2006 el Consejo Minero es la entidad responsable piedra angular de la estandarización de la jurisprudencia administrativa respecto de cuestiones mineras le dijo muy claro -- dijo muy claro -- en forma muy clara que: “El acuerdo de estabilidad de Southern se aplicaba a las unidades mineras y no a los proyectos de inversión”. Y luego está el informe de MINEM xx xxxxx de 2005 por el testigo, el señor Xxxxx, el que creó la nueva teoría un año después. Ahora, en xxx.xxxxxxxx.xxx.xx ese informe Xxxxx escribió repetidas veces que las garantías de estabilidad se aplicaban a las concesiones o unidades enteras. Xxxxx escribió que no es el titular minero que gozará de la exención del pago de regalías globalmente como empresa sino las concesiones mineras de las que es titular. Ahora, es el mismo señor Xxxxx que un año después creó la teoría novedosa del Perú, y en el interrogatorio directo en el arbitraje SMM el señor Xxxxx afirmó lo dicho y dijo que era el meollo del memorando xx xxxxx 2005. Ahora, no obstante, lo que dice en forma muy clara el informe, Perú ha alegado que el informe del señor Xxxxx dice algo diferente a lo que dice, ustedes mismos lo pueden leer, pero deben saber que no es lo que piensa Perú. Para empezar, Perú estaba luchando fuerte por no compartir el informe con Cerro Verde. Como hemos visto de los otros documentos, es un indicio muy fuerte en el sentido de que no es muy útil para el Perú. Cerro Verde obtuvo el xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 memorándum del 2005 xx Xxxxx como resultado de la regulación en virtud de las leyes de transparencia del Perú que le dan a todos los peruanos el derecho a acceder a los documentos del gobierno. En ese procedimiento transparencia MINEM se negó a entregar documento. Entonces, el Tribunal Transparencia dictaminó que MINEM tiene entregar el memo de 2005 xx Xxxxx. Y en razonamiento el Tribunal de Transparencia reveló el Consejo de los abogados del Perú en este arbitraje, que la revelación del memo de Xxxxx xx xxxxx de 2005, y cito: “Podría tener un impacto negativo en los procedimientos de arbitraje”. Fin de cita. Y la comisión especial del Perú que representa al gobierno en este procedimiento le advirtieron al Tribunal de Transparencia que la regulación del memo xx Xxxxx, y cito: “Pondrían en riesgo la defensa jurídica del Perú y llevarían protección a la responsabilidad internacional por incumplimiento inversión extranjera. El artículo 10.5 del APC reconoce allí mismo la evolución del nivel mínimo de los tratados xxx.xxxxxxxx.xxx.xx internacionales o de inversiones”. Eso es lo trato al reconocer el trato justo y equitativo, un concepto que en realidad piensa el Perú, y tienen toda la razón. Entonces, para resumir, todos los documentos del MINEM confirman que las garantías de estabilidad se aplican a las unidades mineras. Ahora paso a los documentos de la SUNAT y del Tribunal Tributario. Y esto -- aquí vamos a abordar información protegida que es sujeta a las protecciones de confidencialidad. ¿Hay que esperar? SECRETARIA XXXXXXXX XXXXXX (Interpretado xxx xxxxxx): Le pido a una persona que salga, por favor. Podemos continuar. SEÑOR XXXXXX (Interpretado xxx xxxxxx): ¿Puedo continuar? Muy bien. Hay dos elementos notables sobre los nuevos documentos. Primero, es que la Tribunal Tributario aplicaban las estabilidad a las concesiones mineras y no a los proyectos aún era desconocido xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 SUNAT hace más de un siglo cuando se tomó la decisión sobre Xxxx. Es decir, que se ha convertido en el xxxxx central del estándar o el criterio. Perú también habla mucho sobre esta descripción del estándar, que la conducta debe ser atrozmente, manifiestamente o completamente injusta o inequitativa, pero esto no es nada más que una exhibición semántica. El Tribunal en Windstream contra Canadá dijo correctamente que como -- que la prueba del pastel está cuando se lo come y el garantías no cuando se lo describe y la prueba final de y unidades la corrección de inversión 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 individuales, y lo hacen una interpretación del nivel mínimo de trato no yace en forma muy clara e inequívoca. Segundo, la mayoría descripción de estos documentos se produjeron después de que el gobierno hizo su inaudible) respecto de Cerro Verdelas palabras sino en la aplicación a los hechos. Como pueden ver aquíles acabo de mostrar en mi presentación y la audiencia así lo corroborará, varios fueron emitidos después xx xxxxx de 2006 cuando el señor Xxxxx elaboró su memorando pastel en el que desarrolló su teoría novedosa en el sentido que las garantías este caso estaba podrido. Perú se limitan al proyecto de inversión establecido en un estudio de factibilidad y que SUNAT presuntamente escribió en su informe interno de 2006. Y en el caso de Xxxxx, SUNAT y el Tribunal emitieron resoluciones que aplicaban las garantías de estabilidad a las unidades mineras muchos años después del 2009, o sea, hasta septiembre de 2022. O sea, durante más comportó de una década SUNAT y el Tribunal Tributario aplicaban las garantías manera que no llega a cumplir con ningún umbral concebible de estabilidad nivel mínimo de Cerro Verde solo a un proyecto de inversión específica y no a la unidad minera, y a la vez aplicaba las garantías de xxx.xxxxxxxx.xxx.xx estabilidad a las unidades mineras de Milpo incluyendo las nuevas inversiones. Estos documentos muestran que se señaló, se le dio un trato diferente y más negativo a Cerro Verde que a otras empresas mineras. Ahora voy a hablar de las tres empresas mineras individualmente. Voy a empezar con Milpo. Milpo es una empresa minera que produce zinc, cobre y concentrados de plomo. En el momento pertinente Xxxxx tenía tres unidades en el Perú: uno era el proyecto minero El Porvenir ubicado en la región central del Perú; otro, el (inaudible) de exploración Chapi, en el sur; y el proyecto xxxxxx xx Xxxxx Lindo que está ubicado en Ica, una tercera región. He aquí las tres unidades económico administrativas. En el 2002 Xxxxx celebró un acuerdo de estabilidad para El Porvenir y otro para la unidad de Cerro Lindotrato. Entonces, los documentos de SUNAT confirman que SUNAT aplicó el acuerdo de estabilidad de El Porvenir a permítanme preguntarles siguiente, miembros del Tribunal: si lo la unidad xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 minera de El Porvenir en su totalidad. Y aquí tenemos un cuadro que es de la resolución xx xxxxx de 2009, resolución de impuesto sobre la renta del año fiscal 2003. Y lo que pueden ver en este cuadro es que SUNAT distinguía entre la unidad de El Porvenir que gozaba de estabilidad como se señala en la nota al pie y las otras unidades que en el año fiscal 2003 no estaban estabilizado ya que el régimen de estabilidad de Cerro Lindo no había entrado en vigor. Y como pueden ver de la nota al pie, SUNAT aplicó la tasa de impuesto sobre la renta estabilizado del 20 por ciento a la unidad minera estabilizada y la no estabilizada, tasa sobre -- de impuesto sobre la renta del 27 por ciento a las otras unidades. O sea, hay -- si -- se muestra que hay que distinguir entre las unidades que gozan y que no gozan del régimen de estabilidad. Ahora, después de celebrar sus acuerdos de estabilidad para El Porvenir y Cerro Lindo en el 2002, Milpo, por supuesto, hizo varias xxx.xxxxxxxx.xxx.xx inversiones adicionales como hacen todas las empresas mineras, y SUNAT trató estas nuevas inversiones como estabilizadas ya que formaban parte de las unidades mineras estabilizadas. Aquí pueden ver la resolución sobre impuesto sobre la renta de 2014 para el año fiscal 2010 que muestra algunas de las inversiones de Milpo. En el 2010, Xxxxx tenía dos unidades estabilizadas: El Porvenir y Cerro Lindo, cuyos regímenes ya habían entrado en vigor. Y pueden ver en este cuadro que es de la resolución de SUNAT una lista de activos. Esto para fines de la depreciación, algunas eran impresiones importantes realizadas después de completadas los programas de inversión respectivos. No podían haber formado parte de los programas iniciales. Por ejemplo, en El Porvenir hay una instalación para relaves de más de 2.600.000 soles y, luego, una inversión por 15,7 millones de soles en Cerro Lindo en una ampliación de la planta que aumentó la producción por 10.000 toneladas métricas por día. xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 Ahoraconducta del Perú en quebrantamiento de todos los hitos de trato justo y equitativo no quebranta la norma mínima -- el nivel mínimo de trato, bajo ¿qué es lo que lo quebrantaría o la teoría del Perúquebrantaría? Después de todo, no tienen derecho a este es un caso en el cual el gobierno expresamente garantizó la estabilidad porque no forman parte del proyecto a un inversionista tanto por contrato como las garantías de inversión que se estableció las autoridades pertinentes simplemente para dar marcha atrás en torno a estas garantías por motivos políticos. Este es un caso en el programa cual el gobierno identificó a un inversionista como blanco político para poner a prueba una interpretación nueva de inversión original ni en el estudio de estabilidad. Sin embargo, SUNAT les da un trato de estabilizados. Como se aclara en la nota al pie, las tasas de depreciación de 3 y 5 por ciento reflejaban las disposiciones de los acuerdos de estabilidad. Para nuevas unidad tenían inversiones eran parte de minera estabilizada y, por SUNAT las la misma lo tanto, estabilidad, pero SUNAT tomó abordaje a Cerro Verde y determinó en arbitraria que la concentradora era otro forma nueva inversión no abarcada por la estabilidad. Hay al menos cinco resoluciones adicionales que muestran que SUNAT aplicaba las garantías de estabilidad a al tiempo que respetaba las unidades y no a otras en resoluciones de 2005 a 2019. SUNAT aplicaba en forma coherente cada uno de los dos acuerdos garantías de estabilidad de Milpo otros inversionistas en circunstancias similares. Un caso en el cual incluso después de que el gobierno llevó adelante su postura novedosa posición centenares y restrictiva retuvo esta del inversionista para de millones xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 de dólares en contribuciones adicionales. Este es un caso en el cual cada nivel de la administración fiscal ignoró el debido proceso. Después de toda la conducta arbitral incongruente, no transparente y discriminatoria del gobierno, y este es un caso en el cual el gobierno culpó a SMCV por sus propias fallas e impuso centenares de millones de dólares en sanciones e intereses. Si la conducta fundamentalmente inequitativa y desleal de Perú puede proseguir, esto sería un precedente peligroso para la protección de las unidades mineras completasinversiones al permitir a los Estados quebranten los mandamientos centrales de protección impunidad. de Y Perú, por supuesto, no puede justificar la impunidad y escapar sus quebrantamientos del derecho internacional culpando a Freeport por haber supuestamente llevado adelante una debida diligencia indebida. Se llevó adelante una debida diligencia más que adecuada, incluso xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 mediante la obtención de las garantías explícitas del director general de MINEM en el sentido que la concentradora estaba estabilizada, la misma autoridad a cargo de regular los contratos de estabilidad minera. Y lo mismo se aplica a los quebrantamientos del Perú contractuales del acuerdo del contrato de estabilidad. Perú no puede escapar a la responsabilidad invocando deferencia y también la teoría de los actos propios colaterales para sostener que el Tribunal no podía dejar de lado su mandato de resolver independientemente la disputa, ignorar el expediente y seguir de manera ciega la decisión de la Corte Suprema en el caso de regalía de 2008 que ni siquiera es vinculante ni establece precedente según el derecho peruano. Pero antes de analizar la sustancia, veamos qué es lo que está buscando Perú al decir cuando les dicen que deben seguir de manera ciega la decisión de la Corte Suprema. Perú les está pidiendo que hagan lo que ningún tribunal xxx.xxxxxxxx.xxx.xx peruano, incluyendo las nuevas inversionesla Corte Suprema, haría o ha hecho sobre la sentencia en el caso de regalía de 2008 como algo decisivo. xxx.xxxxxxxx.xxx.xxLa postura de Perú aquí es fundamentalmente errónea peruano lugar, desde el punto de vista del derecho y el derecho internacional. En primer este Tribunal tiene el mandato independiente de decidir reclamos al amparo del derecho peruano presentados para el arbitraje internacional según el APC. En segundo lugar, el Tribunal no puede ceder su mandato a la Corte Suprema. En tercer lugar, el Tribunal no puede considerar la decisión o la sentencia de la Corte Suprema como prueba persuasiva de si Perú quebrantó o no el contrato de estabilidad. Y, en cuarto lugar, Freeport no está impedido colateralmente de sostener que Perú quebrantó el acuerdo o el contrato de estabilidad. El Tribunal debe decidir de manera independiente el quebrantamiento del contrato xx Xxxxxxxx según el derecho peruano. El artículo 10.16.1 del APC establece que si xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 147 un mecanismo de fiscalización imparcial independiente establece la creación de mecanismo de fiscalización imparcial independiente para el quebrantamiento de acuerdos internacionales como el contrato estabilidad. mecanismo, intención y autorizaron expresamente a tribunales internacionales a resolver reclamos al amparo del derecho peruano. Y en el caso xx Xxxx Energy, el Tribunal observó esto al aceptar el arbitraje internacional y afirmó que el derecho de la demandante de analizar -- de una revisión ante un tribunal del CIADI de los asuntos considerados para la administración peruana y el sistema judicial es lo que imperaba.
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VERSIÓN FINAL. concentradora para 10.000 toneladas métricasMesa del Diálogo entre SMCV y Arequipa -- residentes de Arequipa en junio de 2006. Podría citar muchísimos más ejemplos, pero Perú está equivocado cuando alega que estos acontecimientos individualmente o juntos le dan alguna notificación respecto -- a lo que voy es que la administración va a tener que ejercer mucha discrecionalidad para determinar dónde poner la línea: qué es lo que se estabiliza y qué es lo que no se estabiliza, pero la intentó Intentó discrecionalidad es justamente lo que abolir la reforma minera del año 91. realizar una simplificación administrativa, una previsibilidad. Por eso no limitó las garantías de estabilidad a las inversiones específicas, sí a la totalidad SMCV respecto de la unidad minera, que es una operación integral. De manera que el gobierno no tuvo que -- tendría que responder a estas preguntas. Ahora, el gobierno podría limitar esa discreción si tuviera reglas detalladas acerca de cómo se ha de asignar las reglas -- costos y los gastos, es decir, reglas contabilidad, pero Perú no las tenía los de en xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 había antes estas reglas? Porque cuando se adoptaba la Ley de Minería y el reglamento minero no hacía falta porque era claro que las garantías de estabilidad se aplicaban a las unidades mineras. Ahora, veamos de qué manera la Ley Minera o de Minería y el reglamento fue aplicado por el gobierno. En el expediente está muy claro que el gobierno aplicó las garantías de estabilidad en forma constante a las concesiones completas o unidades mineras completas. No hay ni un solo documento creado por el gobierno antes del revés postura del gobierno que muestre que las garantías y sus intenciones de estabilidad solo se aplicaban a los proyectos de inversión. Veamos qué hacía MINEM. Bueno, aplicaba las garantías de estabilidad en forma congruente a la totalidad de las concesiones o unidades. Por ejemplo, he aquí la resolución de 2001 del consejo minero respecto de Parcoy. El consejo forma parte del MINEM y es la única instancia administrativa en cuestiones de minería y su xxx.xxxxxxxx.xxx.xx responsabilidad es elaborar una jurisprudencia administrativa estándar respecto de cuestiones mineras, o sea, lo que tiene que decir es importante. Y dijo que fue la unidad minera de Parcoy que tenía violar el derecho a la estabilidad. Tintaya es otro ejemplo de la aplicación constante del MINEM a los acuerdos de estabilidad a concesiones o unidades completas. La Dirección General de Minas y el consejo minero, la Dirección General de Minas forma parte del MINEM, es la entidad responsable de los acuerdos de estabilidad y el consejo minero es adonde se puede recurrir las decisiones de la dirección, y determinó que Tintaya no pudo haber estabilizado incluir concesiones estabilizadas previas a un nuevo convenio de estabilidad porque eran materia de un acuerdo de estabilidad y habían estado beneficiando de las garantías contrato de estabilidad. LuegoEn cuanto a la conferencia PDAC, en el 2006, el consejo minero emitió una resolución que confirmó que el convenio de estabilidad de Southern Copper se aplicaba a xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 todas las demás concesiones mineras que formaban parte de la misma UEA. Habrán visto que en los últimos escritos del Perú y en su carta acerca del señor Xxxxx, Perú ha intentado alegar que el acuerdo de estabilidad de Southern Copper solo se aplica a un proyecto de inversión. Ahora, la UEA de Southern es muy complejo y Perú trata de aprovechar de esta situación para crear la confusión aquí, pero sus documentos no respaldan su posición. Ahora, en el 2006, años después de los documentos que Perú utiliza, en el 2006 el Consejo Minero es la entidad responsable de la estandarización de la jurisprudencia administrativa respecto de cuestiones mineras le dijo muy claro -- dijo muy claro -- en forma muy clara que: “El acuerdo de estabilidad de Southern se aplicaba a las unidades mineras y no a los proyectos de inversión”. Y luego está el informe de MINEM xx xxxxx de 2005 por el testigo, según el señor Xxxxx, el durante la conferencia en marzo de 2005 él informó a Xxxxx Xxxxxx, presidente xx Xxxxxx Xxxxx, que creó la nueva teoría un año despuésconcentradora iba a tener que pagar regalías porque no estaba estabilizada. Ahora, en xxx.xxxxxxxx.xxx.xx ese informe Xxxxx escribió repetidas veces que las garantías de estabilidad se aplicaban a las concesiones o unidades enteras. Xxxxx escribió que no es el titular minero que gozará de la exención del pago de regalías globalmente como empresa sino las concesiones mineras de las que es titular. Ahora, es el mismo señor Xxxxx que un año después creó la teoría novedosa del Perú, y Él informó esto en el interrogatorio directo en el arbitraje SMM el señor Xxxxx afirmó lo dicho y dijo que era el meollo del memorando xx xxxxx 2005. AhoraPDAC, no obstantesin embargo, lo que dice recuerda Xxxxx no tiene respaldo en forma muy clara ningún documento en el informe, Perú ha alegado que el informe del señor Xxxxx dice algo diferente a lo que dice, ustedes mismos lo pueden leer, pero deben saber que expediente y no es lo que piensa Perúse puede conciliar con la xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxx en PDAC. Para empezar, veamos el título de presentación del señor Xxxxxx en PDAC. título fue: "Perú estaba luchando fuerte por no compartir el informe con Cerro Verde. Como hemos visto de los otros documentos, es un indicio muy fuerte y Xxxxxx Xxxxx socios en el sentido de que no es muy útil para el Perú. Cerro Verde obtuvo la El el xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 memorándum 121 adelante después gobierno contrato VERSIÓN FINAL con la inversión en la concentradora de infracciones extensivas con y después de obtener la de estabilidad que hacía certeza -- que el del 2005 xx era necesario. Xxxxxx seguramente no iba a hacer esta presentación si lo que recuerda Xxxxx como resultado era cierto y si Xxxxxx Xxxxx acaba de aprender de la regulación noticia consternante de que no iba a ser abarcada la concentradora, de manera que no es ninguna sorpresa que en virtud la audiencia de SM Cerro Verde Xxxxx no pudo explicar esta incongruencia -- incoherencia fundamental en su testimonio. De hecho, su única respuesta fue que él no entendía que Xxxxxx hablaba de que la nueva planta concentradora no estaba sujeta a regalías en la conferencia de PDAC. Lo que sostiene no es creíble. La xxxxxxxxxxxx xx Xxxxxx no pudo haber sido más clara. Decía en la presentación: "El contrato de estabilidad brinda certeza para realizar una inversión de 850 millones de dólares". xxx.xxxxxxxx.xxx.xx Obviamente, eso era la concentradora y Xxxxx sabía esto muy bien. De manera que no puede haber ninguna duda respecto de que el gobierno no informó x Xxxxxx Xxxxx ni a SMCV acerca de la nueva interpretación restrictiva en la conferencia PDAC. Y lo mismo se puede decir de las leyes conversaciones de transparencia del Perú la Mesa de Diálogo que le dan se llevaron a todos cabo en junio y julio de 2006. Como expliqué antes, en la primera mitad de 2006 los peruanos líderes políticos amenazaron con llevar a cabo un en caso de que preocupaciones. creó lo que se Mesa de Diálogo el derecho a acceder a los documentos del gobierno. En ese procedimiento transparencia MINEM se negó a entregar documento. Entoncesgobierno no Como respuesta, de Arequipa paro regional abordara sus el Congreso llamaba las Conversaciones de con SMCV, el Tribunal Transparencia dictaminó que MEF, el MINEM tiene entregar y políticos de Arequipa para hablar de cómo mitigar las protestas y reducir el memo impacto en los municipios. Según el señor Xxxxx, el mismo testigo durante la Mesa de 2005 xx Xxxxx. Y en razonamiento el Tribunal Diálogo de Transparencia reveló el Consejo de los abogados del Perú en este arbitraje, que la revelación del memo de Xxxxx 23 xx xxxxx 2006, los funcionarios de 2005, y cito: “Podría tener un impacto negativo MINEM en los procedimientos de arbitraje”. Fin de cita. Y la comisión especial del Perú que representa al gobierno en este procedimiento le advirtieron al Tribunal de Transparencia que la regulación del memo xx Xxxxx, y cito: “Pondrían en riesgo la defensa jurídica del Perú y llevarían a la responsabilidad internacional por incumplimiento de los tratados xxx.xxxxxxxx.xxx.xx internacionales o de inversiones”. Eso es lo que en realidad piensa el Perú, y tienen toda la razón. Entonces, para resumir, todos los documentos del MINEM confirman que las garantías de estabilidad se aplican a las unidades mineras. Ahora paso a los documentos de la SUNAT y del Tribunal Tributario. Y esto -- aquí vamos a abordar información protegida que es sujeta a las protecciones de confidencialidad. ¿Hay que esperar? SECRETARIA XXXXXXXX XXXXXX (Interpretado xxx xxxxxx): Le pido a una persona que salga, por favor. Podemos continuar. SEÑOR XXXXXX (Interpretado xxx xxxxxx): ¿Puedo continuar? Muy bien. Hay dos elementos notables sobre los nuevos documentos. Primero, es que la Tribunal Tributario aplicaban las estabilidad a las concesiones mineras y no a los proyectos estas conversaciones realizaron xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 SUNAT y el garantías de y unidades de inversión una presentación 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 individuales, y lo hacen en forma muy clara e inequívoca. Segundo, la mayoría de estos documentos se produjeron después de indicando que el gobierno hizo su inaudible) respecto contrato de Cerro Verdeestabilidad no iba a abarcar la concentradora. Como pueden ver aquí, varios fueron emitidos después xx xxxxx de 2006 cuando el señor Xxxxx elaboró su memorando en el que desarrolló su teoría novedosa Pero Perú una vez más no ha presentado ninguna prueba documental en el sentido de que XXXXX hizo esa presentación o dio una copia de esa supuesta presentación a los representantes de SMCV. Los informes de prensa de El Xxxxxxx, la gaceta oficial del Congreso peruano, brindan una versión detallada de las garantías se limitan al proyecto de inversión establecido en un estudio de factibilidad y que SUNAT presuntamente escribió en su informe interno de 2006conversaciones. Y en el caso no mencionó ninguna presentación del MINEM respecto del alcance de Xxxxx, SUNAT y el Tribunal emitieron resoluciones que aplicaban las garantías de estabilidad a las unidades mineras muchos años después del 2009, o sea, hasta septiembre de 2022. O sea, durante más de una década SUNAT y el Tribunal Tributario aplicaban las garantías de estabilidad de Cerro Verde solo a un proyecto de inversión específica y no a la unidad minera, y a la vez aplicaba las garantías de xxx.xxxxxxxx.xxx.xx estabilidad a las unidades mineras de Milpo incluyendo las nuevas inversiones. Estos documentos muestran que se señaló, se le dio un trato diferente y más negativo a Cerro Verde que a otras empresas mineras. Ahora voy a hablar de las tres empresas mineras individualmente. Voy a empezar con Milpo. Milpo es una empresa minera que produce zinc, cobre y concentrados de plomo. En el momento pertinente Xxxxx tenía tres unidades en el Perú: uno era el proyecto minero El Porvenir ubicado en la región central del Perú; otro, el (inaudible) de exploración Chapi, en el sur; y el proyecto xxxxxx xx Xxxxx Lindo que está ubicado en Ica, una tercera región. He aquí las tres unidades económico administrativas. En el 2002 Xxxxx celebró un acuerdo de estabilidad para El Porvenir y otro para la unidad de Cerro Lindo. Entonces, los documentos de SUNAT confirman que SUNAT aplicó el acuerdo de estabilidad de El Porvenir a la unidad xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 minera de El Porvenir en su totalidad. Y aquí tenemos un cuadro que es de la resolución xx xxxxx de 2009, resolución de impuesto sobre la renta del año fiscal 2003. Y lo que pueden ver en este cuadro es que SUNAT distinguía entre la unidad de El Porvenir que gozaba de estabilidad como se señala en la nota al pie y las otras unidades que en el año fiscal 2003 no estaban estabilizado ya que el régimen de estabilidad de Cerro Lindo no había entrado en vigor. Y como pueden ver de la nota al pie, SUNAT aplicó la tasa de impuesto sobre la renta estabilizado del 20 por ciento a la unidad minera estabilizada y la no estabilizada, tasa sobre -- de impuesto sobre la renta del 27 por ciento a las otras unidades. O sea, hay -- si -- se muestra que hay que distinguir entre las unidades que gozan y que no gozan del régimen contratos de estabilidad. AhoraY el testimonio xx Xxxxx es incompatible con posteriores conversaciones en la Mesa de Diálogo donde SMCV aceptó específicamente, después como informó El Xxxxxxx, de celebrar sus acuerdos aportar 125 millones en aportes voluntarios para ayudar a cubrir el déficit presupuestario de estabilidad Arequipa para El Porvenir y Cerro Lindo en compensar por el 2002, Milpo, por supuesto, hizo varias xxx.xxxxxxxx.xxx.xx inversiones adicionales como hacen todas las empresas mineras, y SUNAT trató estas nuevas inversiones como estabilizadas ya hecho de que formaban parte SMCV gozaba de las unidades mineras estabilizadas. Aquí pueden ver la resolución sobre impuesto sobre la renta una exención legal del pago de 2014 para el año fiscal 2010 que muestra algunas de las inversiones de Milpo. En el 2010, Xxxxx tenía dos unidades estabilizadas: El Porvenir y Cerro Lindo, cuyos regímenes ya habían entrado en vigorregalías. Y pueden ver esto se ve en este cuadro que es pantalla de la resolución de SUNAT una lista de activosEl Xxxxxxx. Esto para fines de la depreciación, algunas eran impresiones importantes realizadas después de completadas los programas de inversión respectivos. No podían haber formado parte de los programas iniciales. Por ejemplo, en El Porvenir hay una instalación para relaves de más de 2.600.000 soles y, luego, una inversión por 15,7 millones de soles en Cerro Lindo en una ampliación de la planta que aumentó la producción por 10.000 toneladas métricas por día. SMCV simplemente no habría aceptado a xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 Ahora, bajo la teoría del Perú, no tienen derecho a la estabilidad porque no forman parte del proyecto de inversión que se estableció en el programa de inversión original ni en el estudio de estabilidad. Sin embargo, SUNAT les da un trato de estabilizados. Como se aclara en la nota al pie, las tasas de depreciación de 3 y 5 por ciento reflejaban las disposiciones de los acuerdos de estabilidad. Para nuevas unidad tenían inversiones eran parte de minera estabilizada y, por SUNAT las la misma lo tanto, estabilidad, pero SUNAT tomó abordaje a Cerro Verde y determinó en arbitraria que la concentradora era otro forma nueva inversión no abarcada por la estabilidad. Hay al menos cinco resoluciones adicionales que muestran que SUNAT aplicaba las garantías de estabilidad a las unidades y no a otras en resoluciones de 2005 a 2019. SUNAT aplicaba en forma coherente cada uno de los dos acuerdos de estabilidad de Milpo a las unidades mineras completas, incluyendo las nuevas inversiones. xxx.xxxxxxxx.xxx.xx0083
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VERSIÓN FINAL. concentradora incumplimientos que surgen de 36 diferentes actos de la SUNAT que hicieron que Cerro Verde no estuviese dentro del marco del acuerdo de estabilidad. Y tenemos 36 obligaciones de pago que generaron pérdidas y tenemos diferentes períodos fiscales para 10.000 toneladas métricasregalías y para los distintos impuestos. Podría citar muchísimos más ejemplosCada uno de estos elementos es independiente del otro. Esta distinción -- es importante este tema de la reclamación por utilidades. La jurisprudencia que utiliza Perú se basa en este tipo de casos, pero es importante recordar que aquí estamos ante presuntos incumplimientos y presuntas pérdidas que son diferentes. Voy a lo explicar ahora en dos pasos por qué son oportunas las reclamaciones xx Xxxxxxxx. Primero, voy a ver por qué una acotación de la SUNAT genera incumplimiento y también pérdida cuando se transforma en definitiva y ejecutable. Y también voy a hablar de que voy es Perú incumplió el acuerdo de estabilidad y el APC cada vez que la administración va a tener que ejercer mucha discrecionalidad para determinar dónde poner la línea: qué es lo SUNAT hizo una acotación que se estabiliza y qué es lo que no se estabiliza, pero la intentó Intentó discrecionalidad es justamente lo que abolir la reforma minera del año 91. realizar una simplificación administrativa, una previsibilidad. Por eso no limitó las garantías de estabilidad a las inversiones específicas, sí a la totalidad de la unidad minera, que es una operación integral. De manera que el gobierno no tuvo que -- tendría que responder a estas preguntas. Ahora, el gobierno podría limitar esa discreción si tuviera reglas detalladas acerca de cómo se ha de asignar las reglas -- costos y los gastos, es decir, reglas contabilidad, pero Perú no las tenía los de en xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 había antes estas reglas? Porque 165 VERSIÓN FINAL hizo ejecutable y también definitiva. Vamos a comenzar entonces con la que ocurrió cada uno de estos actos. derecho peruano y un puede también acto el fecha en Según el derecho internacional, administrativo gubernamental resultar en un incumplimiento o en una pérdida una vez que el acto gubernamental se hace ejecutable. No es cuándo el gobierno va y ejecuta el acto, sino cuándo el acto tiene la capacidad de ser ejecutado, cuándo el gobierno tiene el derecho y la autoridad de ejecutar ese acto. El acto administrativo es, en general, ejecutable inmediatamente. Entonces, por ejemplo, cuando uno no tiene el permiso de construcción requerido, eso es ejecutable inmediatamente, aun cuando no haya ningún tipo de impugnación o, por ejemplo, cuando se adoptaba la Ley de Minería niega un permiso ambiental. ejecutable. En Eso es inmediatamente jurisdicciones, y el reglamento minero no hacía falta porque era claro que las garantías de estabilidad esto también se aplicaban algunas aplica a las unidades mineras. Ahoraacotaciones tributarias, veamos por ejemplo, xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 pueden ser ejecutables inmediatamente, parcialmente o plenamente antes de qué manera la Ley Minera o de Minería y el reglamento fue aplicado por el gobiernoque se las impugne. En Perú como en otras jurisdicciones ese no es el expediente está muy claro que caso. el gobierno aplicó Código Tributario de Perú trata las garantías acotaciones de estabilidad SUNAT en forma constante a las concesiones completas o unidades mineras completasdiferente de la mayoría de los otros actos administrativos. Las acotaciones son ejecutables y generan obligaciones de pago solamente cuando son definitivas y son entonces actos administrativos. No hay ni un solo documento creado obligación de pago anterior hasta que sean definitivas y ejecutables. Una acotación de la SUNAT, solamente es definitiva y ejecutable cuando no hay ningún tipo de apelación en contra de esa acotación. Se crea una obligación en pago si se solicita una reconsideración ante la División de Reclamaciones de la SUNAT y no hay ningún tipo de reclamación, o cuando se impugna la acotación antes de que se transforme en final y ejecutable. El contribuyente también puede generar xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 acotación que entonces, hay se que hace final y pagadera, completar el proceso administrativo. contribuyente no Hasta ese momento el tiene la obligación de hacer el pago y la SUNAT no puede empezar ningún tipo de procedimiento de cobro. El contribuyente tiene el derecho, pero no la obligación de hacer el pago. Hay razones de política buena en este sentido. El Código Tributario le permite a la administración tributaria que considere los argumentos del contribuyente, nuevas pruebas, corregir errores que se han ejecutado antes de que el contribuyente tenga la obligación de enviar el dinero y el pago y que la acotación se haga ejecutable. Perú no importante. En alegó que Cerro controvierte su dúplica Verde tenía esto. Esto es afirma que nunca la obligación por ley de pagar las acotaciones antes de impugnarlas. xxx.xxxxxxxx.xxx.xx Una vez que la acotación de la SUNAT es ejecutable y definitiva, entonces el contribuyente tiene la obligación de realizar el pago y la SUNAT entonces, puede ejecutar la obligación a través de los procedimientos de cobranza correspondientes. Solamente en ese momento cuanto momento momento el gobierno antes incumple su obligación en al contrato de estabilidad, surge la responsabilidad y el contribuyente incurre una en ese en ese pérdida porque es responsable del revés pago. Entonces, si ocurre el incumplimiento cuando la acotación se hace definitiva, entonces ahí se produce la cuestión. Y ese caso específicamente aborda un incumplimiento del gobierno que muestre que las garantías contrato de estabilidad solo se aplicaban a los proyectos minera. Hubo mineras que presentaron este tipo de inversiónacciones y que nosotros conocemos. Veamos qué hacía MINEM. BuenoEntonces, aplicaba las garantías el tribunal de estabilidad en forma congruente a la totalidad primera instancia rechazó el argumento de las concesiones o unidades. Por ejemplo, he aquí la resolución de 2001 del consejo minero respecto de Parcoy. El consejo forma parte del MINEM XXXXX y es la única instancia administrativa en cuestiones de minería y su xxx.xxxxxxxx.xxx.xx responsabilidad es elaborar una jurisprudencia administrativa estándar respecto de cuestiones mineras, o sea, lo que tiene que decir es importante. Y dijo que fue la unidad minera de Parcoy que tenía el derecho a la estabilidad. Tintaya es otro ejemplo de la aplicación constante del MINEM a los acuerdos de estabilidad a concesiones o unidades completas. La Dirección General de Minas y período prescriptivo para el consejo minero, la Dirección General de Minas forma parte del MINEM, es la entidad responsable de los acuerdos de estabilidad y el consejo minero es adonde se puede recurrir las decisiones de la dirección, y determinó que Tintaya incumplimiento contractual no pudo haber estabilizado incluir concesiones estabilizadas previas a un nuevo convenio de estabilidad porque eran materia de un acuerdo de estabilidad y habían estado beneficiando de las garantías de estabilidad. Luego, en el 2006, el consejo minero emitió una resolución que confirmó comenzaba sino hasta que el convenio de estabilidad de Southern Copper se aplicaba a Tribunal Fiscal emitiera su xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 todas las demás concesiones mineras sentencia, lo que formaban parte de agotaba la misma UEAetapa administrativa. Habrán visto que en los últimos escritos del Perú y en su carta acerca del señor Xxxxx, Perú ha intentado alegar Así que el período prescriptivo para el incumplimiento contractual solamente empieza con la resolución definitiva del Tribunal Fiscal. El Tribunal de Apelaciones mantuvo esa decisión y determinó que esa (resoluciones) se establecieron debido a esas fechas en cuanto al presunto incumplimiento del acuerdo por -- habían ocurrido por parte del Estado peruano. Entonces, esto ocurrió cuando el Tribunal Fiscal emitió sus resoluciones y que el período prescriptivo para las reclamaciones por el período contractual comenzaron a correr a partir de estabilidad de Southern Copper solo se aplica a un proyecto de inversiónesa fecha. Ahora, la UEA de Southern es muy complejo y Perú trata de aprovechar de esta situación para crear la confusión aquíescapar las implicaciones del caso Poderosa alegando que el período prescriptivo está dictado por los términos del APC y no por el derecho peruano, pero sus documentos eso justamente no respaldan su posiciónes el punto. AhoraEl punto es que el derecho peruano determina la fecha de incumplimiento del contrato de estabilidad. Y xxx.xxxxxxxx.xxx.xx el caso de Poderosa confirma que, según el derecho peruano, una acotación de la SUNAT implica un incumplimiento y pérdida una vez que el proceso administrativo queda completo. Perú en el 2006, años después arbitraje Gold Fields también estuvo en lo correcto. En Gold Fields la SUNAT había establecido una opinión de los documentos que Perú utiliza, en el 2006 el Consejo Minero es la entidad responsable de la estandarización de la jurisprudencia administrativa respecto de cuestiones mineras le dijo muy claro -- dijo muy claro -- en forma muy clara que: “El acuerdo de estabilidad de Southern se aplicaba a las unidades mineras y no a los proyectos de inversión”. Y luego está el informe de MINEM xx xxxxx de 2005 por el testigo, el señor Xxxxx, el que creó la nueva teoría un año después. Ahora, en xxx.xxxxxxxx.xxx.xx ese informe Xxxxx escribió repetidas veces que las garantías de estabilidad no se aplicaban extendían a las concesiones o unidades enterasciertos pagos según el fondo de pensión minero complementario, y Gold Fields procuró una declaración de que el contrato de estabilidad la protegía de esos pagos. Xxxxx escribió Perú objetó que la reclamación de Gold Fields era inadmisible porque no es el titular minero que gozará había una decisión respecto de una impugnación, mucho menos una posición final por parte de la exención del pago administración fiscal que permitiese una alegación de regalías globalmente como empresa sino las concesiones mineras de las que el CEJ había sido violado, que había sido incumplido. Perú reconoció que es titular. Ahora, es el mismo señor Xxxxx que un año después creó la teoría novedosa del Perú, y en el interrogatorio directo en el arbitraje SMM el señor Xxxxx afirmó lo dicho y dijo que era el meollo del memorando xx xxxxx 2005. Ahora, no obstante, lo que dice en forma muy clara el informe, Perú ha alegado que el informe del señor Xxxxx dice algo diferente a lo que dice, ustedes mismos lo pueden leer, pero deben saber que no es lo que piensa Perú. Para empezar, Perú estaba luchando fuerte por no compartir el informe con Cerro Verde. Como hemos visto de los otros documentos, es un indicio muy fuerte en el sentido de que no es muy útil para el Perú. Cerro Verde obtuvo el xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 memorándum del 2005 xx Xxxxx como resultado preciso una posición final de la regulación en virtud de las leyes de transparencia del Perú que le dan a todos los peruanos el derecho a acceder a los documentos del gobierno. En ese procedimiento transparencia MINEM se negó a entregar documento. Entonces, el Tribunal Transparencia dictaminó que MINEM tiene entregar el memo de 2005 xx Xxxxx. Y en razonamiento el Tribunal de Transparencia reveló el Consejo de los abogados del Perú en este arbitraje, que la revelación del memo de Xxxxx xx xxxxx de 2005, y cito: “Podría tener administración tributaria para reclamar un impacto negativo en los procedimientos de arbitraje”. Fin de cita. Y la comisión especial del Perú que representa al gobierno en este procedimiento le advirtieron al Tribunal de Transparencia que la regulación del memo xx Xxxxx, y cito: “Pondrían en riesgo la defensa jurídica del Perú y llevarían a la responsabilidad internacional por incumplimiento de los tratados xxx.xxxxxxxx.xxx.xx internacionales o de inversiones”incumplimiento. Eso es lo que Perú reconoció en realidad piensa el Perú, y tienen toda la razón. Entonces, para resumir, todos los documentos del MINEM confirman que las garantías de estabilidad se aplican a las unidades mineras. Ahora paso a los documentos de la SUNAT y del Tribunal Tributario. Y esto -- aquí vamos a abordar información protegida que es sujeta a las protecciones de confidencialidad. ¿Hay que esperar? SECRETARIA XXXXXXXX XXXXXX (Interpretado xxx xxxxxx): Le pido a una persona que salga, por favor. Podemos continuar. SEÑOR XXXXXX (Interpretado xxx xxxxxx): ¿Puedo continuar? Muy bien. Hay dos elementos notables sobre los nuevos documentos. Primero, es que la Tribunal Tributario aplicaban las estabilidad a las concesiones mineras y no a los proyectos xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 SUNAT y el garantías de y unidades de inversión 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 individuales, y lo hacen en forma muy clara e inequívoca. Segundo, la mayoría de estos documentos se produjeron después de que el gobierno hizo su inaudible) respecto de Cerro Verde. Como pueden ver aquí, varios fueron emitidos después xx xxxxx de 2006 cuando el señor Xxxxx elaboró su memorando en el que desarrolló su teoría novedosa en el sentido que las garantías se limitan al proyecto de inversión establecido en un estudio de factibilidad y que SUNAT presuntamente escribió en su informe interno de 2006. Y en el caso de Xxxxx, SUNAT y el Tribunal emitieron resoluciones que aplicaban las garantías de estabilidad a las unidades mineras muchos años después del 2009, o sea, hasta septiembre de 2022. O sea, durante más de una década SUNAT y el Tribunal Tributario aplicaban las garantías de estabilidad de Cerro Verde solo a un proyecto de inversión específica y no a la unidad minera, y a la vez aplicaba las garantías de xxx.xxxxxxxx.xxx.xx estabilidad a las unidades mineras de Milpo incluyendo las nuevas inversiones. Estos documentos muestran que se señaló, se le dio un trato diferente y más negativo a Cerro Verde que a otras empresas mineras. Ahora voy a hablar de las tres empresas mineras individualmente. Voy a empezar con Milpo. Milpo es una empresa minera que produce zinc, cobre y concentrados de plomo. En el momento pertinente Xxxxx tenía tres unidades en el Perú: uno era el proyecto minero El Porvenir ubicado en la región central del Perú; otro, el (inaudible) de exploración Chapi, en el sur; y el proyecto xxxxxx xx Xxxxx Lindo que está ubicado en Ica, una tercera región. He aquí las tres unidades económico administrativas. En el 2002 Xxxxx celebró un acuerdo de estabilidad para El Porvenir y otro para la unidad de Cerro Lindo. Entonces, los documentos de SUNAT confirman que SUNAT aplicó el acuerdo de estabilidad de El Porvenir a la unidad xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 minera de El Porvenir en su totalidad. Y aquí tenemos un cuadro que es de la resolución xx xxxxx de 2009, resolución de impuesto sobre la renta del año fiscal 2003. Y lo que pueden ver en este cuadro es que SUNAT distinguía entre la unidad de El Porvenir que gozaba de estabilidad como se señala en la nota al pie y las otras unidades que en el año fiscal 2003 no estaban estabilizado ya que el régimen de estabilidad de Cerro Lindo no había entrado en vigor. Y como pueden ver de la nota al pie, SUNAT aplicó la tasa de impuesto sobre la renta estabilizado del 20 por ciento a la unidad minera estabilizada y la no estabilizada, tasa sobre -- de impuesto sobre la renta del 27 por ciento a las otras unidades. O sea, hay -- si -- se muestra que hay que distinguir entre las unidades que gozan y que no gozan del régimen de estabilidad. Ahora, después de celebrar sus acuerdos de estabilidad para El Porvenir y Cerro Lindo en el 2002, Milpo, por supuesto, hizo varias xxx.xxxxxxxx.xxx.xx inversiones adicionales como hacen todas las empresas mineras, y SUNAT trató estas nuevas inversiones como estabilizadas ya que formaban parte de las unidades mineras estabilizadas. Aquí pueden ver la resolución sobre impuesto sobre la renta de 2014 para el año fiscal 2010 que muestra algunas de las inversiones de Milpo. En el 2010, Xxxxx tenía dos unidades estabilizadas: El Porvenir y Cerro Lindo, cuyos regímenes ya habían entrado en vigor. Y pueden ver en este cuadro que es de la resolución de SUNAT una lista de activos. Esto para fines de la depreciación, algunas eran impresiones importantes realizadas después de completadas los programas de inversión respectivos. No podían haber formado parte de los programas iniciales. Por ejemplo, en El Porvenir hay una instalación para relaves de más de 2.600.000 soles y, luego, una inversión por 15,7 millones de soles en Cerro Lindo en una ampliación de la planta que aumentó la producción por 10.000 toneladas métricas por díaGold Fields. xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 AhoraEl Tribunal desestimó la objeción de Perú porque Gold Fields no alegó un incumplimiento contractual a través de una sentencia declaratoria, bajo pero Perú observó correctamente que fue la teoría posición definitiva de administración tributaria que da lugar a incumplimiento del Perú, no tienen derecho a la estabilidad porque no forman parte del proyecto de inversión que se estableció en el programa de inversión original ni en el estudio contrato de estabilidad. Sin embargola un Perú no ha brindado una autoridad legal en contrario. Ha realizado una serie de argumentos que no solamente contradicen la jurisprudencia, sino que también contradicen su propia posición en Gold Fields. Vamos a verlos. Primero, Perú alega que la acotación de SUNAT les da es válida y efectiva a partir de la fecha de su notificación. Por supuesto que es válida y que produce algunos efectos. Nadie está diciendo que la notificación es un trato acto inválido. Tiene efectos, como por ejemplo, hacer correr el período durante el cual el contribuyente puede impugnar la acotación, pero no significa que la acotación crea una obligación de estabilizadospago. Como xxx.xxxxxxxx.xxx.xx Segundo, Perú alega que, aunque la valuación de la SUNAT no puede ejecutarse, la acotación crea una obligación de pagar. Una obligación no ejecutable de pago es un oxímoron. definición, uno solamente puede tener Por una obligación si ésta puede ejecutarse. Entonces, como Perú dijo, no va en contra de que Cerro Verde no tenía la obligación legal de pagar las acotaciones antes de impugnarlas. Tercero, Perú alega que la ejecutabilidad de la acotación queda simplemente suspendida. Eso no es correcto. Por definición, uno no puede suspender algo si existió anteriormente. No se aclara puede hacer eso, solamente se puede suspender algo cuando existió. Aquí la acotación nunca fue ejecutable antes de ser definitiva. Perú alega, por último, que no puede dejarse sin efecto la prescripción mediante un litigio subsiguiente, pero como la prescripción necesariamente prescripción había comenzado acotación. xxx.xxxxxxxx.xxx.xx suspensión de asume que a correr con la la la 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 Perú en su dúplica contradice plenamente sus argumentos de que la pérdida o daño que había incurrido antes de que la acotación hiciera cuantía, derecho ejecutable. Cuando Perú alega que Cerro Verde no tiene a recuperar daños por acotaciones impagas porque una obligación solamente puede considerarse un daño si esa obligación legal actualmente generará en la nota víctima que hace los pagos. Si no, entonces, la víctima no ha sufrido y no sufrirá ningún tipo de daño real. Hay que mostrar, entonces, que ha ocurrido este tipo de daños. Nosotros creemos que una obligación ejecutable de realizar los pagos ya es suficiente para crear una pérdida, no se ha realizado un pago; aun cuando pero las declaraciones de Perú muestran que Perú entiende perfectamente bien que las pérdidas incluyen solamente si las acotaciones son definitivas y ejecutables, porque solamente en ese momento quedará como algo cierto que la xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 174 VERSIÓN FINAL acotación resultará realmente contribuyente haga los pagos. Y crea la obligación de pago. Esta admisión por parte de Perú es dispositiva de la cuestión. Perú no puede alegar seriamente lo opuesto en jurisdicción de lo que dijo en la fase de cuantía. Entonces, la postura xx Xxxxxxxx es que el incumplimiento y la pérdida ocurren solamente cuando cada una de las acotaciones se hace definitiva y ejecutable. Eso no es solamente correcto debido al piederecho internacional y peruano, sino que también está respaldado por la jurisprudencia peruana y también por las presentaciones en cuantía de Perú. Todas las acotaciones que ha presentado Freeport se han constituido en definitivas y ejecutables frente a Cerro Verde dentro del período xx xxxxx. Las dos acotaciones que se hicieron definitivas y ejecutables en 2014 son las de las acotaciones de regalías de 2008 y del período 2006 2007. Freeport no presentó xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 reclamaciones por incumplimientos al contrato de estabilidad causadas por esas acotaciones porque se hicieron definitivas antes de la fecha xx xxxxx. Hay varios motivos por los cuales estas dos excepciones que mencioné se plantean. Todas las acotaciones son definitivas, las tasas del período 2007 2020. La SUNAT notificó las acotaciones a través de depreciación 2019. El último período fiscal fue hasta 2013 y le lleva unos años a la SUNAT fiscalizar los períodos tributarios. Además, durante cinco años casi SUNAT no estableció ningún tipo de 3 acotación de regalías en contra de Cerro Verde porque la administración había asegurado a Cerro Verde que si hacía los pagos del GEM, entonces no tenía que pagar ninguna regalía. Entonces, durante la administración xx Xxxxxx, Perú cumplió con ese tema y 5 por ciento reflejaban no acotó ningún tipo de regalía. La administración tributaria también a veces lleva años para decidir las operaciones. Por ejemplo, el caso de regalía de 2009 tramitó xxx.xxxxxxxx.xxx.xx ante el Tribunal Fiscal durante más de seis años. Hay una serie de acotaciones que ni siquiera a inicios de 2020 se encontraban en estado definitivo y Cerro Verde tuvo que retirar las apelaciones para cumplir con las disposiciones de los acuerdos renuncia según el APC. Vamos a hablar ahora cómo es que cada una de estabilidadlas acotaciones definitivas y ejecutables generaron un incumplimiento del contrato de estabilidad con pérdidas autónomas y con un período de prescripción separado. Para nuevas unidad tenían inversiones eran parte Tenemos 36 acotaciones definitivas después de minera estabilizada la fecha xx xxxxx. Cada una de ellas tiene una causa separada de acción por el incumplimiento del contrato de estabilidad y también de la norma mínima de trato del APC y, por SUNAT las la misma lo tantotambién, estabilidadcada una de estas acotaciones definitivas y ejecutables generó una significativa e importante obligación de pago. Cada una de estas reclamaciones son totalmente independientes. Esto es distinto del lucro cesante, que genera pérdidas, pero SUNAT tomó abordaje a Cerro Verde y determinó cada una de xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 177 estas VERSIÓN FINAL reclamaciones generaba pérdidas independientes porque independientes. se basaban en arbitraria pagos Perú dice que la concentradora era otro forma nueva inversión no abarcada las 36 reclamaciones por la estabilidad. Hay al menos cinco resoluciones adicionales que muestran que SUNAT aplicaba las garantías incumplimiento del contrato de estabilidad están prescritas. Perú trata de indicar que todos los incumplimientos al 18 xx xxxxxx de 2009 todavía se encontraban a futuro. Perú también trata de consolidar los 36 incumplimientos en un único incumplimiento a la fecha de la notificación de la acotación de regalías 2006 2007. No hay respaldo alguno del argumento de Perú que existía un único incumplimiento según el derecho peruano o el derecho internacional en los términos del APC. Vamos a ver el derecho peruano en donde cada una de las unidades acotaciones definitivas y no a otras en resoluciones de 2005 a 2019. SUNAT aplicaba en forma coherente cada uno de los dos acuerdos ejecutables independiente independiente son un acto administrativo que respalda una causa petendi por el incumplimiento contrato de estabilidad y que crea del una obligación de Milpo a las unidades mineras completas, incluyendo las nuevas inversionespago independiente. xxx.xxxxxxxx.xxx.xxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083
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Samples: Arbitration Agreement
VERSIÓN FINAL. concentradora distribución de energía. Esto es incorrecto como cuestión de hecho y de todas formas es irrelevante. Al Contrato RER se lo debe interpretar en el contexto del conjunto de autorizaciones y permisos necesarios para 10.000 toneladas métricasproducir electricidad y finalmente suministrársela al público. Podría citar muchísimos más ejemplosEn virtud del Contrato RER, pero a lo que voy es que la administración va a tener que ejercer mucha discrecionalidad para determinar dónde poner la línea: qué es lo que se estabiliza y qué es lo que no se estabilizaCHM debía obtener varios permisos, pero la intentó Intentó discrecionalidad es justamente lo que abolir la reforma minera del año 91incluida una concesión. realizar una simplificación administrativa, una previsibilidad. Por eso no limitó las garantías Y el hecho de estabilidad a las inversiones específicas, sí a la totalidad de la unidad minera, que es una operación integral. De manera que el gobierno Contrato RER no tuvo fuera el único instrumento relevante y que -- tendría CHM debiera obtener una concesión definitiva y otros permisos, no priva a dicho contrato de su carácter de acuerdo de inversión. Es perfectamente normal que responder una inversión esté sujeta a estas preguntasdiversos instrumentos y es típico que una inversión esté regida por una serie de acuerdos y disposiciones legales. AhoraSiguiente diapositiva, por favor. Como lo determinó el Tribunal en el caso Içkale contra Turkmenistán, el gobierno podría limitar esa discreción si tuviera reglas detalladas acerca de cómo se ha de asignar las reglas -- costos y los gastos, es decir, reglas contabilidad, pero Perú Tribunal no las tenía los de en entiende apropiado considerar individualmente xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 había cada uno de los contratos celebrados por la demandante a la hora de determinar si la demandante ha realizado una inversión en Turkmenistán. Forman parte de un todo. El argumento de Perú, en el sentido de que ya se habían realizado algunas actividades de inversión antes estas reglas? Porque cuando se adoptaba la Ley de Minería firmar el Contrato RER y el reglamento minero no hacía falta porque era claro que las garantías demandantes no podrían haberse apoyado en dicho contrato para realizar esas actividades, tampoco es convincente. Siguiente diapositiva, por favor. Sobre la base del principio de estabilidad se aplicaban la unidad de la inversión, un proyecto de inversión a gran escala debe considerarse como un todo integrado y a las unidades minerasactividades que se realizan en una etapa temprana no se las puede disociar de las actividades posteriores. Ahora, veamos de qué manera la Ley Minera o de Minería y el reglamento fue aplicado Cabe destacar que Perú no ofrece una respuesta a este argumento ni a las fuentes jurisprudenciales citadas por el gobiernoprofesor Xxxxxxxx. En Además, las demandantes realizaron una parte importantísima de su inversión después de suscrito el expediente está muy claro Contrato RER. xxx.xxxxxxxx.xxx.xx Por consiguiente, Perú no puede separar las actividades de inversión, que habían tenido lugar antes de que se celebrara el Contrato RER, de los elementos posteriores de la inversión y alegar que, al realizar esas actividades, las demandantes no se apoyaron en el Contrato RER. Corresponde considerar que la inversión constituye una unidad de la cual el Contrato RER, que era un acuerdo de inversión, era una parte esencial. Por lo tanto, el Tribunal también debe rechazar la objeción del Perú, de que el gobierno aplicó las garantías de estabilidad en forma constante a las concesiones completas o unidades mineras completas. No hay ni Contrato RER no constituye un solo documento creado por el gobierno antes del revés del gobierno que muestre que las garantías de estabilidad solo se aplicaban a los proyectos acuerdo de inversión. Veamos qué hacía MINEMSiguiente diapositiva, por favor. Bueno, aplicaba las garantías de estabilidad en forma congruente Me voy a referir a la totalidad de las concesiones cuarta objeción planteada por Perú. Las partes no coinciden en cuanto a si hay o unidades. Por ejemplo, he aquí la resolución de 2001 del consejo minero respecto de Parcoy. El consejo forma parte del MINEM y es la única instancia administrativa en cuestiones de minería y su xxx.xxxxxxxx.xxx.xx responsabilidad es elaborar una jurisprudencia administrativa estándar respecto de cuestiones mineras, o sea, lo que tiene que decir es importante. Y dijo que fue la unidad minera de Parcoy que tenía el derecho a la estabilidad. Tintaya es otro ejemplo de la aplicación constante del MINEM a los acuerdos de estabilidad a concesiones o unidades completas. La Dirección General de Minas y el consejo minero, la Dirección General de Minas forma parte del MINEM, es la entidad responsable de los acuerdos de estabilidad y el consejo minero es adonde se puede recurrir las decisiones de la dirección, y determinó que Tintaya no pudo haber estabilizado incluir concesiones estabilizadas previas a un nuevo convenio de estabilidad porque eran materia de un acuerdo de estabilidad y habían estado beneficiando tratar a CHM como un nacional del otro Estado contratante a los efectos del cumplimiento del artículo 25(2)(b) del Convenio del CIADI, ni respecto de las garantías la forma de estabilidaddicho acuerdo. Luego, en el 2006, el consejo minero emitió una resolución que confirmó que el convenio de estabilidad de Southern Copper se aplicaba a xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 todas Siguiente diapositiva, por favor. La opinión legal del profesor Xxxxxxxx resumió la extensa y coherente práctica de los tribunales del CIADI respecto de la existencia de un acuerdo de tratar a la sociedad local como nacional de otro Estado contratante. Perú no tiene respuesta frente a las demás concesiones mineras congruentes fuentes jurisprudenciales que formaban tratan a la cláusula del CIADI incluida en un acuerdo con una empresa local sujeta a control extranjero como un acuerdo implícito de tratar a esa empresa como un nacional extranjero. Perú insiste con que, a los efectos del artículo 25(2)(b) del Convenio del CIADI, no basta con un acuerdo implícito y que el reconocimiento tendría que ser manifestado expresamente. Perú no presenta fuentes jurisprudenciales que respalden este argumento. El único caso que invoca, Cable TV contra San Xxxxxxxxx, no respalda su postura. La cita que presenta Perú está sacada de contexto y según se la transcribe, transmite una impresión xxx.xxxxxxxx.xxx.xx engañosa. En Cable TV la demandada no era parte de un acuerdo de consentimiento al CIADI con la misma UEAdemandante. Habrán visto que en Por ende, era imposible inferir un acuerdo de tratar a la sociedad local como un nacional extranjero a los últimos escritos efectos del Perú y en su carta acerca del señor Xxxxxconvenio. Siguiente diapositiva, Perú ha intentado alegar por favor. Los tribunales arbitrales han concluido que el acuerdo entre el Estado receptor y el inversionista, exigido por el artículo 25(2)(b), puede constar en un contrato entre el Estado receptor y el inversionista, y se ha aceptado que la admisión o la inclusión de estabilidad una cláusula del CIADI en un contrato con la sociedad local conlleva un acuerdo de Southern Copper solo se aplica tratar a la sociedad local como un proyecto nacional extranjero. Perú busca eludir las consecuencias de inversión. Ahora, la UEA cláusula de Southern es muy complejo y Perú trata de aprovechar de esta situación para crear la confusión aquí, pero sus documentos no respaldan su posición. Ahora, arbitraje ante el CIADI incluida en el 2006, años después de los documentos que Perú utiliza, Contrato RER y para ello señala una oración incluida en el 2006 el Consejo Minero es la entidad responsable de la estandarización de la jurisprudencia administrativa respecto de cuestiones mineras le dijo muy claro -- dijo muy claro -- en forma muy clara contrato, que dispone que: “El acuerdo de estabilidad de Southern se aplicaba "Si la sociedad concesionaria no incumple con el no cumple con el requisito para acudir al CIADI, esta controversia estará sujeta a las unidades mineras y no a los proyectos de inversión”. Y luego está el informe de MINEM xx xxxxx de 2005 por el testigo, el señor Xxxxx, el que creó la nueva teoría un año después. Ahora, en xxx.xxxxxxxx.xxx.xx ese informe Xxxxx escribió repetidas veces que las garantías de estabilidad se aplicaban a las concesiones o unidades enteras. Xxxxx escribió que no es el titular minero que gozará de la exención del pago de regalías globalmente como empresa sino las concesiones mineras de las que es titular. Ahora, es el mismo señor Xxxxx que un año después creó la teoría novedosa del Perú, y en el interrogatorio directo en el arbitraje SMM el señor Xxxxx afirmó lo dicho y dijo que era el meollo del memorando xx xxxxx 2005. Ahora, no obstante, lo que dice en forma muy clara el informe, Perú ha alegado que el informe del señor Xxxxx dice algo diferente a lo que dice, ustedes mismos lo pueden leer, pero deben saber que no es lo que piensa Perú. Para empezar, Perú estaba luchando fuerte por no compartir el informe con Cerro Verde. Como hemos visto de los otros documentos, es un indicio muy fuerte en el sentido de que no es muy útil para el Perú. Cerro Verde obtuvo el xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 memorándum reglas a que se refiere el literal b) del 2005 xx Xxxxx presente numeral". Y el literal b) es el que se refiere al arbitraje local en Perú. No está claro por qué esta cláusula menoscabaría el consentimiento -– el acuerdo de consentimiento en el arbitraje entre Perú y CHM y la resultante aceptación de CHM como resultado nacional extranjero. La cláusula citada simplemente se refiere a una situación en la que no se aplica la cláusula del CIADI; por ejemplo, si CHM deja de estar sujeta a control extranjero. Cuando como ocurre en el presente caso, la regulación sociedad local reúne el requisito para recurrir al CIADI, la cláusula del CIADI incluida en virtud de las leyes de transparencia del Perú que le dan a todos los peruanos el derecho a acceder a los documentos del gobierno. En ese procedimiento transparencia MINEM se negó a entregar documento. EntoncesContrato RER surte plenos efectos y también lo hace, por ende, el Tribunal Transparencia dictaminó acuerdo resultante de tratar a CHM como nacional extranjero. La existencia de otros contratos que MINEM tiene entregar el memo de 2005 xx Xxxxx. Y contienen cláusulas del CIADI, en razonamiento el Tribunal de Transparencia reveló el Consejo de los abogados del Perú en este arbitraje, que la revelación del memo de Xxxxx xx xxxxx de 2005, y cito: “Podría tener un impacto negativo en los procedimientos de arbitraje”. Fin de cita. Y la comisión especial del Perú que representa al gobierno en este procedimiento le advirtieron al Tribunal de Transparencia que la regulación del memo xx Xxxxx, y cito: “Pondrían en riesgo la defensa jurídica del Perú y llevarían se reconocía expresamente a la responsabilidad internacional por incumplimiento de los tratados xxx.xxxxxxxx.xxx.xx internacionales o de inversiones”. Eso es lo que en realidad piensa el Perú, y tienen toda la razón. Entonces, para resumir, todos los documentos del MINEM confirman que las garantías de estabilidad se aplican a las unidades mineras. Ahora paso a los documentos de la SUNAT y del Tribunal Tributario. Y esto -- aquí vamos a abordar información protegida que es sujeta a las protecciones de confidencialidad. ¿Hay que esperar? SECRETARIA XXXXXXXX XXXXXX (Interpretado xxx xxxxxx): Le pido a una persona que salga, por favor. Podemos continuar. SEÑOR XXXXXX (Interpretado xxx xxxxxx): ¿Puedo continuar? Muy bien. Hay dos elementos notables sobre los nuevos documentos. Primeroparte contratante como nacional extranjero, es que la Tribunal Tributario aplicaban las estabilidad a las concesiones mineras y no a los proyectos xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 SUNAT y el garantías de y unidades de inversión 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 individuales, y lo hacen en forma muy clara e inequívocairrelevante. Segundo, la mayoría de estos documentos se produjeron después El hecho de que el gobierno hizo su inaudible) respecto otros contratos sean más xxx.xxxxxxxx.xxx.xx explícitos no neutraliza la práctica considerada de Cerro Verde. Como pueden ver aquídiversos tribunales del CIADI, varios fueron emitidos después xx xxxxx de 2006 cuando el señor Xxxxx elaboró su memorando en el que desarrolló su teoría novedosa en el sentido de que las garantías se limitan al proyecto de inversión establecido una cláusula del CIADI incluida en un estudio contrato con una sociedad sujeta a control extranjero, implica su reconocimiento como nacional de factibilidad y otro Estado contratante. Perú no explica cuál sería el sentido de la cláusula del CIADI incluida en el Contrato RER si dicha cláusula no expresa el acuerdo del Perú para tratar a CHM como nacional extranjero. Si Perú no aceptó tratar a CHM como nacional extranjero cuando firmó el contrato que SUNAT presuntamente escribió en su informe interno contenía la cláusula del CIADI, es ineludible que la conclusión es ineludible la conclusión de 2006que engañó a CHM al contraer una obligación que Perú consideraba inválida. Y en el caso así Perú está invocando su propia mala fe. No corresponde permitir que Perú invoque su propia conducta ilegal o falta de Xxxxxética y, SUNAT y el Tribunal emitieron resoluciones que aplicaban las garantías de estabilidad a las unidades mineras muchos años después del 2009por lo tanto, o sea, hasta septiembre de 2022esta objeción también debe ser rechazada. O sea, durante más de una década SUNAT y el Tribunal Tributario aplicaban las garantías de estabilidad de Cerro Verde solo a un proyecto de inversión específica y no La quinta objeción a la unidad minera, y a la vez aplicaba las garantías de xxx.xxxxxxxx.xxx.xx estabilidad a las unidades mineras de Milpo incluyendo las nuevas inversiones. Estos documentos muestran jurisdicción que se señaló, se le dio un trato diferente y más negativo a Cerro Verde que a otras empresas mineras. Ahora voy a hablar de las tres empresas mineras individualmente. Voy a empezar con Milpo. Milpo es una empresa minera que produce zinc, cobre y concentrados de plomo. En el momento pertinente Xxxxx tenía tres unidades en el Perú: uno era el proyecto minero El Porvenir ubicado en la región central del Perú; otro, el (inaudible) de exploración Chapi, en el sur; y el proyecto xxxxxx xx Xxxxx Lindo que está ubicado en Ica, una tercera región. He aquí las tres unidades económico administrativas. En el 2002 Xxxxx celebró un acuerdo de estabilidad para El Porvenir y otro para la unidad de Cerro Lindo. Entonces, los documentos de SUNAT confirman que SUNAT aplicó el acuerdo de estabilidad de El Porvenir a la unidad xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 minera de El Porvenir en su totalidad. Y aquí tenemos un cuadro que es de la resolución xx xxxxx de 2009, resolución de impuesto sobre la renta del año fiscal 2003. Y lo que pueden ver en este cuadro es que SUNAT distinguía entre la unidad de El Porvenir que gozaba de estabilidad como se señala en la nota al pie y las otras unidades que en el año fiscal 2003 no estaban estabilizado ya que el régimen de estabilidad de Cerro Lindo no había entrado en vigor. Y como pueden ver de la nota al pie, SUNAT aplicó la tasa de impuesto sobre la renta estabilizado del 20 por ciento a la unidad minera estabilizada y la no estabilizada, tasa sobre -- de impuesto sobre la renta del 27 por ciento a las otras unidades. O sea, hay -- si -- se muestra que hay que distinguir entre las unidades que gozan y que no gozan del régimen de estabilidad. Ahora, después de celebrar sus acuerdos de estabilidad para El Porvenir y Cerro Lindo en el 2002, Milpo, por supuesto, hizo varias xxx.xxxxxxxx.xxx.xx inversiones adicionales como hacen todas las empresas mineras, y SUNAT trató estas nuevas inversiones como estabilizadas ya que formaban parte de las unidades mineras estabilizadas. Aquí pueden ver la resolución sobre impuesto sobre la renta de 2014 para el año fiscal 2010 que muestra algunas de las inversiones de Milpo. En el 2010, Xxxxx tenía dos unidades estabilizadas: El Porvenir y Cerro Lindo, cuyos regímenes ya habían entrado en vigor. Y pueden ver en este cuadro que es de la resolución de SUNAT una lista de activos. Esto para fines de la depreciación, algunas eran impresiones importantes realizadas después de completadas los programas de inversión respectivos. No podían haber formado parte de los programas iniciales. Por ejemplo, en El Porvenir hay una instalación para relaves de más de 2.600.000 soles y, luego, una inversión por 15,7 millones de soles en Cerro Lindo en una ampliación de la planta que aumentó la producción por 10.000 toneladas métricas por día. xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 Ahoraformula Perú consiste en que los proyectos aguas en los proyectos río arriba no son inversiones protegidas en virtud del tratado y el Convenio CIADI, bajo dado que según Perú son actividades previas a la teoría del inversión y no formaban parte integrante de la inversión completa. Como explica el profesor Xxxxxxxx en su informe siguiente diapositiva, por favor, la práctica en materia de unidad de la inversión demuestra que los tribunales han aceptado una variedad de activos y actividades que se combinaban para formar una inversión. Por ejemplo, en Bear Creek Mining contra Perú, la demandante adujo que los derechos de las demandantes y sus actividades no tienen derecho habían llegado a convertirse en una inversión dado que aún no se contaba con los permisos necesarios. La demandante identificó los varios pasos y actividades que realizó e invocó la unidad de la inversión, y el Tribunal siguió el criterio de la demandante y determinó que había habido xxx.xxxxxxxx.xxx.xx una inversión a los efectos del TLC entre Canadá y Perú. En este caso, las demandantes conceptualizaron su inversión en Perú como un proyecto integrado por el proyecto Mamacocha y los proyectos río arriba, que se desarrollarían en distintas etapas, y así es como se lo presentaron a posibles inversionistas. Los proyectos río arriba fueron parte integrante de la inversión general de las demandantes y corresponde examinar la inversión como un todo. Siguiente diapositiva, por favor. Finalmente, me voy a referir a la estabilidad porque jurisdicción del Tribunal para entender en las reclamaciones de CHM por los incumplimientos del Contrato RER cometido por Perú. La cláusula 11.3.a del Contrato RER autoriza expresamente a CHM a plantear reclamaciones bajo las Reglas de Arbitraje del CIADI en aquellos casos en que la cuantía controvertida supere los 20 millones. Perú no forman parte se ha opuesto a la jurisdicción del proyecto xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 Tribunal para entender en las reclamaciones de inversión CHM por los incumplimientos del contrato RER cometidos por Perú, y ello se debe a que se estableció con seguridad no hay objeciones válidas a la jurisdicción del Tribunal en virtud del Contrato RER. Hay tres razones por las que el programa Tribunal del CIADI tiene jurisdicción para conocer en las reclamaciones contractuales por el incumplimiento del Contrato RER. Primero, no está en discusión que los incumplimientos contractuales cometidos por Perú son de inversión original ni en el estudio de estabilidad. Sin embargo, SUNAT les da un trato de estabilizados. Como se aclara en la nota al pie, las tasas de depreciación de 3 y 5 por ciento reflejaban las disposiciones de los acuerdos de estabilidad. Para nuevas unidad tenían inversiones eran parte de minera estabilizada carácter no técnicos y, por SUNAT las la misma lo tanto, estabilidadresulta de aplicación la cláusula 11.3 del Contrato RER. Segundo, el literal a) del Contrato RER resulta de aplicación porque la cuantía de la controversia supera los 20 millones. Mi colega Xxxxxxx Xxxxxxxx se va a referir al monto controvertido por los daños sufridos por las demandantes. Tercero, como dije anteriormente, la inclusión de una cláusula CIADI en el Contrato xxx.xxxxxxxx.xxx.xx RER constituye un acuerdo implícito de tratar a la sociedad local como nacional de otro Estado contratante a los efectos del artículo 25(2)(b) del Convenio CIADI. Con esto, señor presidente, miembros del Tribunal, doy por terminada mi presentación. Le correspondería ahora al señor Xxxxxx Xxxxx, pero SUNAT tomó abordaje entiendo que probablemente, salvo que el Tribunal tenga preguntas, iríamos a Cerro Verde y determinó en arbitraria que la concentradora era otro forma nueva inversión no abarcada por la estabilidad. Hay al menos cinco resoluciones adicionales que muestran que SUNAT aplicaba las garantías de estabilidad a las unidades y no a otras en resoluciones de 2005 a 2019. SUNAT aplicaba en forma coherente cada uno de los dos acuerdos de estabilidad de Milpo a las unidades mineras completas, incluyendo las nuevas inversiones. xxx.xxxxxxxx.xxx.xxun break.
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VERSIÓN FINAL. concentradora para 10.000 toneladas métricas. Podría citar muchísimos más ejemplosMilpo no -- pero no es todo, pero a lo también hay dos resoluciones del Tribunal Tributario en la que voy es que la administración va a tener que ejercer mucha discrecionalidad para determinar dónde poner la línea: qué es lo que se estabiliza y qué es lo que no se estabiliza, pero la intentó Intentó discrecionalidad es justamente lo que abolir la reforma minera del año 91. realizar una simplificación administrativa, una previsibilidad. Por eso no limitó las garantías el Tribunal aplicó los acuerdos de estabilidad de El Porvenir y Cerro Lindo y no a las inversiones específicas, sí los proyectos de -- y no a la totalidad los proyectos de la unidad minera, que es una operación integral. De manera que el gobierno no tuvo que -- tendría que responder a estas preguntasinversión (inaudible). Ahora, en esa resolución el gobierno podría limitar Tribunal Fiscal concluyó que los acuerdos de Milpo se aplicaban a cada uno de estos acuerdos (inaudible)… Con respecto a esta unidad de Cerro Lindo, la unidad económica administrativa, el Estado peruano garantizaba la estabilidad fiscal y que esa discreción si tuviera reglas detalladas acerca unidad estaba sujeta a ese régimen que estaba vigente después de cómo se ha la aprobación del estudio de asignar las reglas -- costos viabilidad y los gastosdice que lo mismo tenía que ver con El Porvenir y la unidad administrativa económica. Entonces, es decirdice aquí, reglas contabilidad, pero Perú no las tenía los de en xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 había antes estas reglas? Porque cuando se adoptaba la Ley de Minería y el reglamento minero no hacía falta porque era claro Tribunal Fiscal reconoció que las garantías de la aquí -- se claramente estabilidad se aplicaban a las unidades mineras. Ahora, veamos pero dice que estaban limitadas al proyecto de qué manera la Ley Minera o de Minería inversión específico y eso es el reglamento fue aplicado motivo por el gobierno. En el expediente está muy claro que el gobierno aplicó las garantías de estabilidad en forma constante a las concesiones completas o unidades mineras completas. No hay ni un solo documento creado por el gobierno antes del revés del gobierno que muestre que las garantías de estabilidad solo se aplicaban a los proyectos de inversión. Veamos qué hacía MINEM. Bueno, aplicaba las garantías de estabilidad en forma congruente a la totalidad de las concesiones o unidades. Por ejemplo, he aquí la resolución de 2001 del consejo minero respecto de Parcoy. El consejo forma parte del MINEM y es la única instancia administrativa en cuestiones de minería y su xxx.xxxxxxxx.xxx.xx responsabilidad es elaborar una jurisprudencia administrativa estándar respecto de cuestiones mineras, o sea, lo que tiene que decir es importante. Y dijo que fue la unidad minera de Parcoy que tenía el derecho a la estabilidad. Tintaya es otro ejemplo de la aplicación constante del MINEM a los acuerdos de estabilidad a concesiones o unidades completas. La Dirección General de Minas y el consejo minero, la Dirección General de Minas forma parte del MINEM, es la entidad responsable de los acuerdos de estabilidad y el consejo minero es adonde se puede recurrir las decisiones de la dirección, y determinó que Tintaya no pudo haber estabilizado incluir concesiones estabilizadas previas a un nuevo convenio de estabilidad porque eran materia de un acuerdo de estabilidad y habían estado beneficiando de las garantías de estabilidad. Luego, en el 2006, el consejo minero emitió una resolución que confirmó que el convenio de estabilidad de Southern Copper se aplicaba a xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 todas las demás concesiones mineras que formaban parte de la misma UEA. Habrán visto que en los últimos escritos del Perú y en su carta acerca del señor Xxxxx, Perú ha intentado alegar que el acuerdo de estabilidad de Southern Copper solo se aplica a un proyecto de inversión. Ahora, la UEA de Southern es muy complejo y Perú trata de aprovechar de esta situación para crear la confusión aquí, pero sus documentos no respaldan su posición. Ahora, en el 2006, años después de los documentos que Perú utiliza, en el 2006 el Consejo Minero es la entidad responsable de la estandarización de la jurisprudencia administrativa respecto de cuestiones mineras le dijo muy claro -- dijo muy claro -- en forma muy clara que: “El acuerdo de estabilidad de Southern se aplicaba a las unidades mineras y no a los proyectos de inversión”. Y luego está el informe de MINEM xx xxxxx de 2005 por el testigo, el señor Xxxxx, el que creó la nueva teoría un año después. Ahora, en xxx.xxxxxxxx.xxx.xx ese informe Xxxxx escribió repetidas veces que las garantías de estabilidad se aplicaban a las concesiones o unidades enteras. Xxxxx escribió que no es el titular minero que gozará de la exención del pago de regalías globalmente como empresa sino las concesiones mineras de las que es titular. Ahora, es el mismo señor Xxxxx que un año después creó la teoría novedosa del Perú, y en el interrogatorio directo en el arbitraje SMM el señor Xxxxx afirmó lo dicho y dijo que era el meollo del memorando xx xxxxx 2005. Ahora, no obstante, lo que dice en forma muy clara el informe, Perú ha alegado que el informe del señor Xxxxx dice algo diferente a lo que dice, ustedes mismos lo pueden leer, pero deben saber que no es lo que piensa Perú. Para empezar, Perú estaba luchando fuerte por no compartir el informe con Cerro Verde. Como hemos visto de los otros documentos, es un indicio muy fuerte en el sentido de que no es muy útil para el Perú. Cerro Verde obtuvo cual el xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 memorándum 67 Tribunal Fiscal, por supuesto, en resoluciones sobre Cerro Verde, adoptó posición novedosa del 2005 xx Xxxxx como resultado gobierno de que sus la regulación en virtud de las leyes de transparencia del Perú que le dan a todos los peruanos el derecho a acceder a los documentos del gobierno. En ese procedimiento transparencia MINEM se negó a entregar documento. Entonces, el Tribunal Transparencia dictaminó que MINEM tiene entregar el memo de 2005 xx Xxxxx. Y en razonamiento el Tribunal de Transparencia reveló el Consejo de los abogados del Perú en este arbitraje, que la revelación del memo de Xxxxx xx xxxxx de 2005, y cito: “Podría tener un impacto negativo en los procedimientos de arbitraje”. Fin de cita. Y la comisión especial del Perú que representa al gobierno en este procedimiento le advirtieron al Tribunal de Transparencia que la regulación del memo xx Xxxxx, y cito: “Pondrían en riesgo la defensa jurídica del Perú y llevarían a la responsabilidad internacional por incumplimiento de los tratados xxx.xxxxxxxx.xxx.xx internacionales o de inversiones”. Eso es lo que en realidad piensa el Perú, y tienen toda la razón. Entonces, para resumir, todos los documentos del MINEM confirman que las garantías de estabilidad solamente se aplican a las unidades mineras. Ahora paso a los documentos proyectos de la SUNAT y del Tribunal Tributario. Y esto -- aquí vamos a abordar información protegida que es sujeta a las protecciones de confidencialidad. ¿Hay que esperar? SECRETARIA XXXXXXXX XXXXXX (Interpretado xxx xxxxxx): Le pido a una persona que salga, por favor. Podemos continuar. SEÑOR XXXXXX (Interpretado xxx xxxxxx): ¿Puedo continuar? Muy bien. Hay dos elementos notables sobre los nuevos documentos. Primeroinversión específicos, es que la Tribunal Tributario aplicaban las estabilidad a las concesiones mineras y no a los proyectos xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 SUNAT y el garantías de y unidades de inversión 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 individuales, y lo hacen en forma muy clara e inequívoca. Segundodecir, la mayoría planta de estos documentos se produjeron después de que el gobierno hizo su inaudible) respecto de Cerro Verde. Como pueden ver aquí, varios fueron emitidos después xx xxxxx de 2006 cuando el señor Xxxxx elaboró su memorando en el que desarrolló su teoría novedosa en el sentido que las garantías se limitan al proyecto de inversión establecido en un estudio de factibilidad y que SUNAT presuntamente escribió en su informe interno de 2006. Y en el caso de Xxxxx, SUNAT y el Tribunal emitieron resoluciones que aplicaban las garantías de estabilidad a las unidades mineras muchos años después del 2009, o sea, hasta septiembre de 2022. O sea, durante más de una década SUNAT y el Tribunal Tributario aplicaban las garantías de estabilidad de Cerro Verde solo a un proyecto de inversión específica lixiviación y no a la unidad minera, y a la vez aplicaba las garantías minera de xxx.xxxxxxxx.xxx.xx estabilidad a las unidades mineras de Milpo incluyendo las nuevas inversiones. Estos documentos muestran que se señaló, se le dio un trato diferente y más negativo a Cerro Verde que a otras empresas minerasconcluye el concentrador. Ahora voy bien, pasemos a hablar de las tres empresas mineras individualmente. Voy Yanacocha, que es la cuarta más grande en lo que hace a empezar con Milpo. Milpo es una empresa minera que produce zinc, cobre y concentrados de plomo. En el momento pertinente Xxxxx tenía tres unidades complejos mineros auríferos en el Perú: uno era el proyecto minero El Porvenir ubicado mundo y está controlada por Newmont. Yanacocha tiene varias minas y operaciones que cubren varias concesiones en la región central del xx Xxxxxxxxx de Perú; otro, cada una de estas forma una unidad minera diferente. Ustedes encontraran aquí Chaupiloma, Carachugo, La Quinua y Maqui Maqui. Y Yanacocha Firmó el (inaudible) de exploración Chapi, en el sur; y el proyecto xxxxxx xx Xxxxx Lindo que está ubicado en Ica, una tercera región. He aquí las tres unidades económico administrativas. En el 2002 Xxxxx celebró un acuerdo de estabilidad para El Porvenir cada una de estas unidades mineras. Perú sostiene que hay un par de concesiones mineras que se extienden en dos de estas unidades y otro para la unidad (Perú) trata de Cerro Lindo. Entoncescrear así cierta confesión -- confusión, pero los documentos de SUNAT confirman que SUNAT aplicó el acuerdo dos xxx.xxxxxxxx.xxx.xx VERSIÓN FINAL acuerdos geográfica superpone de estabilidad delinean la de El Porvenir la concesión minera que pertenece a la unidad xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 cada una de estas unidades perdón, y no hay ni una single – única, yarda de concesión minera de El Porvenir en su totalidadque pertenezca a estas dos. Y aquí tenemos un cuadro al igual que es de la resolución xx xxxxx de 2009con Xxxxx, resolución de impuesto sobre la renta del año fiscal 2003. Y lo que pueden ver en este cuadro es que SUNAT distinguía entre la unidad de El Porvenir que gozaba de estabilidad como se señala en la nota al pie y las otras unidades que en el año fiscal 2003 no estaban estabilizado ya que el régimen de estabilidad de Cerro Lindo no había entrado en vigor. Y como pueden ver de la nota al pie, SUNAT aplicó la tasa de impuesto sobre la renta estabilizado del 20 por ciento a la unidad minera estabilizada y la no estabilizada, tasa sobre -- de impuesto sobre la renta del 27 por ciento a las otras unidades. O sea, hay -- si -- se muestra que hay que distinguir entre las unidades que gozan y que no gozan del régimen de estabilidad. Ahora, después de celebrar sus acuerdos de estabilidad para El Porvenir y Cerro Lindo en el 2002, Milpo, por supuesto, hizo varias xxx.xxxxxxxx.xxx.xx inversiones adicionales como hacen todas las empresas mineras, y SUNAT trató estas nuevas inversiones como estabilizadas ya que formaban parte de las unidades mineras estabilizadas. Aquí pueden ver la resolución sobre impuesto sobre la renta de 2014 para el año fiscal 2010 que muestra algunas de las inversiones de Milpo. En el 2010, Xxxxx tenía dos unidades estabilizadas: El Porvenir y Cerro Lindo, cuyos regímenes ya habían entrado en vigor. Y pueden ver en este cuadro que es de la resolución de SUNAT confirma que SUNAT aplicó un régimen estabilizado diferente a cada una lista de activoslas de Yanacocha según se establece en el artículo 22 de las regulaciones. Esto para fines Como pueden ver en la diapositiva hay cinco resoluciones de SUNAT que confirman esto en términos darles un SUNAT de inequívocos y claros. Permítanme ejemplo. Esta es la depreciación, algunas eran impresiones importantes realizadas después resolución de completadas los programas de inversión respectivos. No podían haber formado parte que: 2008 Como “El sobre pueden cálculo resolución prepagos realizarse dice de los programas iniciales. Por ejemplo, en El Porvenir hay una instalación fiscales sobre la renta deben de manera separada para relaves de más de 2.600.000 soles y, luego, una inversión por 15,7 millones de soles en Cerro Lindo en una ampliación de la planta que aumentó la producción por 10.000 toneladas métricas por día. cada xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 Ahora, bajo 69 VERSIÓN FINAL concesión o unidad para el cual se ha estabilidad fiscal”. resolución contiene administrativa económica celebrado un acuerdo de Y como en Milpo la teoría del Perú, no tienen derecho un cuadro. Este cuadro enumera a la izquierda las EAU, las unidades mineras, y, luego, llega a 2 y 3. Es decir, los acuerdos de estabilidad porque que cubren estas unidades, el nombre de referencia del acuerdo de estabilidad, el término y la fecha de la firma. Es decir, en lo que hace a régimen estabilizado todavía no forman parte del proyecto de inversión que se estableció estaba vigor. Y en el programa de inversión original ni en la columna 4 ven aquí el estudio de estabilidadviabilidad que es la fecha de aprobación porque esa es la fecha en que el régimen estabilización para cada unidad. Sin embargoY en de la derecha SUNAT identifica el régimen estabilizado aplicable para cada unidad. una vez más, SUNAT les da un trato de estabilizados. Como se aclara en la nota al pie, las tasas de depreciación de 3 y 5 por ciento reflejaban las disposiciones de los acuerdos de estabilidad. Para nuevas regímenes diferentes para cada unidad tenían inversiones eran parte de minera estabilizada y, por SUNAT las la misma lo tanto, estabilidad, pero SUNAT tomó abordaje a Cerro Verde y determinó en arbitraria que la concentradora era otro forma nueva inversión no abarcada por la estabilidad. Hay al menos cinco resoluciones adicionales que muestran que SUNAT aplicaba las garantías de estabilidad a las unidades y no a otras en resoluciones de 2005 a 2019minera. SUNAT aplicaba en forma coherente cada uno ningún lugar aplica diferentes regímenes estabilizados a los proyectos de los dos acuerdos de estabilidad de Milpo a las unidades mineras completas, incluyendo las nuevas inversionesinversión. xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
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VERSIÓN FINAL. concentradora para 10.000 toneladas métricasLas demandantes plantearon tres categorías de reclamaciones. Podría citar muchísimos más ejemplosSiguiente slide. Primero, pero a lo que voy es que la administración va a tener que ejercer mucha discrecionalidad para determinar dónde poner la línea: qué es lo que se estabiliza y qué es lo que no se estabiliza, pero la intentó Intentó discrecionalidad es justamente lo que abolir la reforma minera del año 91. realizar una simplificación administrativa, una previsibilidad. Por eso no limitó las garantías de estabilidad a las inversiones específicas, sí a la totalidad de la unidad minera, que es una operación integral. De manera que Latam Hydro plantea reclamaciones bajo el gobierno no tuvo que -- tendría que responder a estas preguntas. Ahora, el gobierno podría limitar esa discreción si tuviera reglas detalladas acerca de cómo se ha de asignar las reglas -- costos y tratado por los gastos, es decir, reglas contabilidad, pero Perú no las tenía los de en xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 había antes estas reglas? Porque cuando se adoptaba la Ley de Minería y el reglamento minero no hacía falta porque era claro que las garantías de estabilidad se aplicaban a las unidades mineras. Ahora, veamos de qué manera la Ley Minera o de Minería y el reglamento fue aplicado por el gobierno. En el expediente está muy claro que el gobierno aplicó las garantías de estabilidad en forma constante a las concesiones completas o unidades mineras completas. No hay ni un solo documento creado por el gobierno antes del revés del gobierno que muestre que las garantías de estabilidad solo se aplicaban a los proyectos de inversión. Veamos qué hacía MINEM. Bueno, aplicaba las garantías de estabilidad en forma congruente a la totalidad incumplimientos de las concesiones o unidades. Por ejemploobligaciones que corresponde a Perú, he aquí de conformidad con la resolución sección “A” del tratado; segundo, Latam Hydro plantea reclamaciones bajo el tratado en representación de 2001 del consejo minero respecto de Parcoy. El consejo forma parte del MINEM y es la única instancia administrativa en cuestiones de minería y su xxx.xxxxxxxx.xxx.xx responsabilidad es elaborar una jurisprudencia administrativa estándar respecto de cuestiones mineras, o sea, lo que tiene que decir es importante. Y dijo que fue la unidad minera de Parcoy que tenía el derecho CHM por violaciones a la estabilidad. Tintaya es otro ejemplo de la aplicación constante del MINEM a los acuerdos de estabilidad a concesiones o unidades completas. La Dirección General de Minas y el consejo minero, la Dirección General de Minas forma parte del MINEM, es la entidad responsable de los acuerdos de estabilidad y el consejo minero es adonde se puede recurrir las decisiones de la dirección, y determinó que Tintaya no pudo haber estabilizado incluir concesiones estabilizadas previas a un nuevo convenio de estabilidad porque eran materia de un acuerdo de estabilidad inversión cometidas por Perú; tercero, CHM plantea reclamaciones en su propio nombre bajo la cláusula 11.3(a) del Contrato RER y habían estado beneficiando el derecho peruano. El Tribunal tiene jurisdicción para conocer de las garantías tres categorías de estabilidadreclamaciones. Luego, en el 2006, el consejo minero emitió una resolución que confirmó que el convenio de estabilidad de Southern Copper se aplicaba Siguiente slide. Me referiré muy brevemente y como cuestión preliminar a xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 todas las demás concesiones mineras que formaban parte la carga de la misma UEAprueba. Habrán visto que Perú se ha empeñado en los últimos escritos del Perú y en su carta acerca del señor Xxxxx, Perú ha intentado alegar que el acuerdo de estabilidad de Southern Copper solo se aplica a un proyecto de inversión. Ahora, la UEA de Southern es muy complejo y Perú trata de aprovechar de esta situación para crear la confusión aquí, pero sus documentos no respaldan su posición. Ahora, en el 2006, años después de los documentos que Perú utiliza, en el 2006 el Consejo Minero es la entidad responsable de la estandarización de la jurisprudencia administrativa respecto de cuestiones mineras le dijo muy claro -- dijo muy claro -- en forma muy clara que: “El acuerdo de estabilidad de Southern se aplicaba a las unidades mineras y no a los proyectos de inversión”. Y luego está el informe de MINEM xx xxxxx de 2005 por el testigo, el señor Xxxxx, el que creó la nueva teoría un año después. Ahora, en xxx.xxxxxxxx.xxx.xx ese informe Xxxxx escribió repetidas veces que las garantías de estabilidad se aplicaban a las concesiones o unidades enteras. Xxxxx escribió que no es el titular minero que gozará de la exención del pago de regalías globalmente como empresa sino las concesiones mineras de las que es titular. Ahora, es el mismo señor Xxxxx que un año después creó la teoría novedosa del Perú, y en el interrogatorio directo en el arbitraje SMM el señor Xxxxx afirmó lo dicho y dijo que era el meollo del memorando xx xxxxx 2005. Ahora, no obstante, lo que dice en forma muy clara el informe, Perú ha alegado que el informe del señor Xxxxx dice algo diferente a lo que dice, ustedes mismos lo pueden leer, pero deben saber que no es lo que piensa Perú. Para empezar, Perú estaba luchando fuerte por no compartir el informe insistir con Cerro Verde. Como hemos visto de los otros documentos, es un indicio muy fuerte en el sentido de que no es muy útil para el Perú. Cerro Verde obtuvo el xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 memorándum del 2005 xx Xxxxx como resultado de la regulación en virtud de las leyes de transparencia del Perú que le dan a todos los peruanos el derecho a acceder a los documentos del gobierno. En ese procedimiento transparencia MINEM se negó a entregar documento. Entonces, el Tribunal Transparencia dictaminó que MINEM tiene entregar el memo de 2005 xx Xxxxx. Y en razonamiento el Tribunal de Transparencia reveló el Consejo de los abogados del Perú en este arbitraje, que la revelación del memo carga de Xxxxx xx xxxxx de 2005, y cito: “Podría tener un impacto negativo en los procedimientos de arbitraje”. Fin de cita. Y demostrar la comisión especial del Perú que representa al gobierno en este procedimiento le advirtieron al Tribunal de Transparencia que la regulación del memo xx Xxxxx, y cito: “Pondrían en riesgo la defensa jurídica del Perú y llevarían a la responsabilidad internacional por incumplimiento de los tratados xxx.xxxxxxxx.xxx.xx internacionales o de inversiones”. Eso es lo que en realidad piensa el Perú, y tienen toda la razón. Entonces, para resumir, todos los documentos del MINEM confirman que las garantías de estabilidad se aplican a las unidades mineras. Ahora paso a los documentos de la SUNAT y jurisdicción del Tribunal Tributariorecae sobre las demandantes. Y esto -- aquí vamos a abordar información protegida que es sujeta a las protecciones de confidencialidadNosotros rechazamos ese planteamiento. ¿Hay que esperar? SECRETARIA XXXXXXXX XXXXXX (Interpretado xxx xxxxxx): Le pido a una persona que salgaSiguiente slide, por favor. Podemos continuar. SEÑOR XXXXXX (Interpretado xxx xxxxxx): ¿Puedo continuar? Muy bien. Hay dos elementos notables sobre los nuevos documentos. Primero, es que la Tribunal Tributario aplicaban las estabilidad a las concesiones mineras y no a los proyectos xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 SUNAT y el garantías de y unidades de inversión 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 individuales, y Tal como lo hacen en forma muy clara e inequívoca. Segundo, la mayoría de estos documentos se produjeron después de que el gobierno hizo su inaudible) respecto de Cerro Verde. Como pueden ver aquí, varios fueron emitidos después xx xxxxx de 2006 cuando el señor Xxxxx elaboró su memorando en el que desarrolló su teoría novedosa en el sentido que las garantías se limitan al proyecto de inversión establecido en un estudio de factibilidad y que SUNAT presuntamente escribió en su informe interno de 2006. Y en el caso de Xxxxx, SUNAT y el Tribunal emitieron resoluciones que aplicaban las garantías de estabilidad a las unidades mineras muchos años después del 2009, o sea, hasta septiembre de 2022. O sea, durante más de una década SUNAT y el Tribunal Tributario aplicaban las garantías de estabilidad de Cerro Verde solo a un proyecto de inversión específica y no a la unidad minera, y a la vez aplicaba las garantías de xxx.xxxxxxxx.xxx.xx estabilidad a las unidades mineras de Milpo incluyendo las nuevas inversiones. Estos documentos muestran que se señaló, se le dio un trato diferente y más negativo a Cerro Verde que a otras empresas mineras. Ahora voy a hablar de las tres empresas mineras individualmente. Voy a empezar con Milpo. Milpo es una empresa minera que produce zinc, cobre y concentrados de plomo. En el momento pertinente Xxxxx tenía tres unidades en el Perú: uno era el proyecto minero El Porvenir ubicado en la región central del Perú; otro, el (inaudible) de exploración Chapi, en el sur; y el proyecto xxxxxx xx Xxxxx Lindo que está ubicado en Ica, una tercera región. He aquí las tres unidades económico administrativas. En el 2002 Xxxxx celebró un acuerdo de estabilidad para El Porvenir y otro para la unidad de Cerro Lindo. Entonces, los documentos de SUNAT confirman que SUNAT aplicó el acuerdo de estabilidad de El Porvenir a la unidad xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 minera de El Porvenir en su totalidad. Y aquí tenemos un cuadro que es de la resolución xx xxxxx de 2009, resolución de impuesto sobre la renta del año fiscal 2003. Y lo que pueden ver en este cuadro es que SUNAT distinguía entre la unidad de El Porvenir que gozaba de estabilidad como se señala en la nota al pie y las otras unidades que en el año fiscal 2003 no estaban estabilizado ya que el régimen de estabilidad de Cerro Lindo no había entrado en vigor. Y como pueden ver de la nota al pie, SUNAT aplicó la tasa de impuesto sobre la renta estabilizado del 20 por ciento a la unidad minera estabilizada y la no estabilizada, tasa sobre -- de impuesto sobre la renta del 27 por ciento a las otras unidades. O sea, hay -- si -- se muestra que hay que distinguir entre las unidades que gozan y que no gozan del régimen de estabilidad. Ahora, después de celebrar sus acuerdos de estabilidad para El Porvenir y Cerro Lindo en el 2002, Milpo, por supuesto, hizo varias xxx.xxxxxxxx.xxx.xx inversiones adicionales como hacen todas las empresas mineras, y SUNAT trató estas nuevas inversiones como estabilizadas ya que formaban parte de las unidades mineras estabilizadas. Aquí pueden ver la resolución sobre impuesto sobre la renta de 2014 para el año fiscal 2010 que muestra algunas de las inversiones de Milpo. En el 2010, Xxxxx tenía dos unidades estabilizadas: El Porvenir y Cerro Lindo, cuyos regímenes ya habían entrado en vigor. Y pueden ver en este cuadro que es de la resolución de SUNAT una lista de activos. Esto para fines de la depreciación, algunas eran impresiones importantes realizadas después de completadas los programas de inversión respectivos. No podían haber formado parte de los programas iniciales. Por ejemplo, en El Porvenir hay una instalación para relaves de más de 2.600.000 soles y, luego, una inversión por 15,7 millones de soles en Cerro Lindo en una ampliación de la planta que aumentó la producción por 10.000 toneladas métricas por día. han xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 Ahoradeterminado de manera uniforme la Corte Internacional de Justicia y diversos tribunales, la carga de la prueba no constituye un concepto útil a los efectos del tema de la jurisdicción, que es fundamentalmente una cuestión jurídica. En la medida en que se cuestionen hechos que hacen a la jurisdicción, resultan de aplicación las reglas habituales. Siguiente slide. La carga de la prueba recae en la parte que afirma un hecho, sea ella la parte demandante o la demandada. Siguiente slide, por favor. Siguiente slide. Disculpen. Disculpen. Dos slides para atrás. Gracias. La carga de la prueba recae gracias en la parte que afirma un hecho, sea ella la parte demandante o la demandada. Primero, pesa sobre la parte demandante la carga de demostrar que se encuentran reunidos los requisitos fácticos previos para la jurisdicción y, entonces, se trasladará a la demandada la carga de demostrar los hechos en los que se basan las objeciones xxx.xxxxxxxx.xxx.xx que haya formulado. Perú tiene la carga de demostrar los hechos que afirma en respaldo de sus objeciones a la jurisdicción. Y en lo que se refiere a las cuestiones jurídicas, le corresponde al Tribunal resolver con independencia de la carga de la prueba de cualquiera de las partes. Dicho esto, el Tribunal tiene jurisdicción para conocer de las tres clases de reclamaciones sin importar qué criterio o carga pudiera aplicarse en teoría. Y ello es así por las razones que voy a tratar a continuación. Voy a referirme a las objeciones de Perú a la jurisdicción del Tribunal para (conocer) a las reclamaciones planteadas por las demandantes bajo el tratado. Siguiente slide. Siguiente slide, por favor. Siguiente slide. Siguiente slide. Perú, primero, acusa a los demandantes de incumplir el requisito de renuncia en virtud del artículo 10.18.2(b) del tratado porque las demandantes han alegado que las medidas xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 alegadas por Perú importaron un incumplimiento, tanto de las obligaciones contractuales como de sus obligaciones en virtud del tratado. En otras palabras, Perú alega que podemos plantear en este Tribunal solamente reclamaciones por el tratado o solamente reclamaciones contractuales en este arbitraje específico. La queja de Perú es que al plantear tanto reclamaciones en virtud del Tratado, como reclamaciones ante este Tribunal respecto a las mismas medidas subyacentes, CHM supuestamente violó la cláusula de renuncia. Ello no es correcto y no es la función que cumplan los requisitos como los previstos en el artículo 10.18. El artículo 10.18.2(b) protege al Estado demandado de tener que litigar reclamaciones superpuestas ante distintos tribunales respecto de las mismas medidas. Brinda protección contra el riesgo de una doble indemnización y de que se generen resultados incompatibles. Esta interpretación queda respaldada por los xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 años de práctica de los tribunales que han interpretado el objeto y fin de las cláusulas de renuncia similares al artículo 10.18.2(b) Siguiente slide, por favor. Por ejemplo, el Tribunal interviniente en Renco contra Perú determinó que el objeto y fin del requisito de la renuncia presentaba tres aspectos: evitar la tramitación de múltiples procedimientos en distintos foros; minimizar el riesgo de que se produzca una doble indemnización y evitar que se generen conclusiones fácticas y jurídicas incongruentes. Aquí no sucede nada de eso. En el caso que nos ocupa hoy, no hay múltiples procedimientos en trámite ante foros distintos, sino un procedimiento unificado. No existe un doble -- la doble indemnización, dado que la decisión en la materia de responsabilidad y el cálculo de los daños están en manos de un único Tribunal. Por el mismo motivo, no hay riesgo alguno que se emitan decisiones incongruentes. xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 Para resumir, la jurisprudencia es coherente sobre este punto. Tan coherente es que, de hecho, hasta la presentación de los Estados Unidos en carácter de parte no contendiente no puede evitar coincidir como puede apreciarse en la diapositiva. Siguiente slide, por favor. El requisito de la renuncia no excluye al planteamiento concurrente de reclamaciones bajo el tratado y reclamaciones contractuales con arreglo al artículo 10.16.1 ante un único Tribunal, siempre que estén salvadas cuestiones tales como una posible doble indemnización y conclusiones incongruentes. De hecho, la única fuente para el argumento de Perú sobre el particular es un dictamen emitido por el profesor Xxxxxxx en el caso Pac Rim contra El Xxxxxxxx. Siguiente slide, por favor. Perú omite mencionar que el Tribunal de Pac Rim rechazó el dictamen del profesor Xxxxxxx a favor de la postura de las demandantes y del xxx.xxxxxxxx.xxx.xx profesor Xxxxxxxx. Pero tampoco aborda las demás fuentes citadas en el dictamen del profesor Xxxxxxxx ni ofrece ninguna fuente jurisprudencial en sustento de la teoría que propone. En suma, en este preciso momento Perú está gozando de las protecciones que ofrece el artículo 10.18. No se le ha sometido a reclamaciones múltiples o posiblemente incongruentes ante foros distintos. Todas las reclamaciones que planteamos están consolidadas ante ustedes en este proceso. Para resumir, el artículo 10.18 no supone un obstáculo para que planteemos reclamaciones contractuales junto a reclamaciones bajo el tratado, y por esas razones corresponde rechazar la objeción de la renuncia formulada por Perú. Siguiente slide, por favor. Como segunda objeción a la jurisdicción bajo el tratado, Perú insiste en que las reclamaciones relativas a la investigación xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 penal y las posteriores acusaciones penales contra el abogado principal de CHM, son inadmisibles en virtud del artículo 10.16.2 del tratado por no habérselos incluido en la tercera notificación de intención de las demandantes. Vamos a ver qué pasó. Las demandantes plantearon su notificación de intención -- perdón, el 28 xx xxxx de 2019. La única información que disponía CHM en aquel momento era simplemente un anuncio de la Fiscalía ambiental de que el fiscal iba a iniciar una investigación contra el . Esto significa que cuando se presentó la notificación de intención, a las demandantes no les resultaba posible apreciar plenamente las consecuencias o el impacto perjudicial de este inicio de la investigación penal. Para el momento en que se presentó la solicitud de arbitraje, la cual, de hecho, fue acompañada de las renuncias de CHM y Latam Hydro requeridas xxx.xxxxxxxx.xxx.xx por el tratado el 30 xx xxxxxx de 2019, o sea, 94 días después de la notificación de intención, había quedado claro que la investigación penal contra el era otro paso del gobierno regional de Arequipa para frustrar el proyecto, y por ello lo planteamos en ese momento. Hay dos puntos que es necesario destacar. La notificación le brindaba abundante información a Perú respecto de a qué se refería esta diferencia y, además, el tratado no contiene elemento alguno que justifique lo que parece ser el argumento de Perú: que una vez presentada por las demandantes, la notificación de la controversia de alguna forma queda congelada la jurisdicción del Tribunal, lo que libera a Perú para de alguna manera cometer incumplimientos adicionales sin riesgo alguno de que se les responsabilice bajo el tratado. Sostenemos que ello constituiría una invitación a cometer nuevos ilícitos y no puede ser el resultado correcto. Y, de hecho, no tienen derecho lo es. xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 Siguiente diapositiva, por favor. El artículo 46 del Convenio CIADI y la regla 40 de las Reglas de Arbitraje del CIADI contemplan las reclamaciones incidentales o adicionales. Por definición, son reclamaciones incidentales o adicionales aquellas que no fueron notificadas o planteadas al inicio del proceso. De hecho, los tribunales internacionales han permitido de forma rutinaria que los inversionistas planteen reclamaciones adicionales a aquellas que figuran en la notificación inicial de la controversia en aquellos casos en que constituyen una extensión fáctica del caso y guardan relación con la misma controversia. Por ello resulta desconcertante que en la dúplica Perú invoque el caso Kappes contra Guatemala, dado que el Tribunal que intervino en aquel caso permitió el planteamiento de reclamaciones adicionales con posterioridad a la estabilidad porque no forman parte notificación de intención. El Tribunal xx Xxxxxx concluyó que la referencia del proyecto DR XXXXX xxx.xxxxxxxx.xxx.xx al Convenio CIADI, a las reglas del CIADI, significaba que contemplaba reclamaciones incidentales o adicionales, independientemente de inversión que se estableció los hubiera o no presentado en la notificación de intención. Siguiente slide, por favor. El Tribunal xx Xxxxxx también fue claro en cuanto a que permitir nuevas reclamaciones cuando se las añadió en el programa de inversión original ni primer momento posible en el estudio de estabilidad. Sin embargo, SUNAT les da un trato de estabilizados. Como se aclara proceso arbitral en la nota al pienotificación de arbitraje por lo que se inicia el propio proceso, y poco después del nuevo hecho por el que se reclama, no conlleva un verdadero perjuicio. Todo esto tiene mucho sentido. La realidad es que las controversias no son estáticas y así lo reconocen las reglas. En consecuencia, no es necesario que la notificación de intención sea exhaustiva, completa o detallada. Muy a menudo eso sencillamente no resulta posible. Siguiente slide, por favor. Todo lo que se necesita es un grado xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 razonable de especificidad que permita la adecuada identificación de la naturaleza de la controversia, y Perú no puede alegar que no la hubo en este caso. Siguiente slide, por favor. Y siguiente slide, por favor. THE INTERPRETER: Could you please go a little bit slower? That would be really, really helpful. Thank you very much. (Pausa.) XXXXXX XXXXXXXX: De todas formas, las tasas reclamaciones en evolución relacionadas con la investigación penal y la posterior formalización de depreciación de 3 las acusaciones penales no modifican el carácter general del caso y 5 por ciento reflejaban las disposiciones de los acuerdos de estabilidad. Para nuevas unidad tenían inversiones eran parte de minera estabilizada son claramente una extensión fáctica del mismo relacionada con la misma controversia y, por SUNAT las la misma lo tanto, estabilidadel Tribunal debe rechazar la objeción referente a la notificación y espera. Me voy a referir ahora a la tercera objeción jurisdiccional planteada por Perú. Perú aduce que el Contrato RER no constituye xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 un acuerdo de inversión según se define en el artículo 10.28 del tratado, pero SUNAT tomó abordaje que tienen en pantalla. El argumento de Perú de que el Contrato RER no encaja en la definición de acuerdo de inversión obrante en el artículo 10.28 del tratado no es convincente. La definición de acuerdo de inversión es amplia y cubre derechos respecto: a) los recursos naturales, b) para proveer servicios al público, como generación o distribución de energía; y c) para realizar proyectos de infraestructura. Esta definición amplia va luego seguida de ejemplos ilustrativos, precedida de la expresión "tales como", lo que indica que los ejemplos específicos no eran exhaustivos. No hay ningún tipo de respaldo legal para el intento de la demandada de limitar el alcance de la definición de acuerdo de inversión, de modo tal de excluir contratos que, al igual que el que aquí tenemos, están concebidos para autorizar inversiones en los sectores de xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 recursos naturales, servicios públicos e infraestructura. Siguiente diapositiva, por favor. Solo con fijarse en el título del Contrato RER, así como en la definición del contrato que consta en la cláusula 1.4.12 del contrato, está claro que el Contrato RER encaja en la definición de acuerdo de inversión. El suministro de energía renovable constituye un claro objetivo de este contrato y, de hecho, como lo explica el profesor Xxxxxxxx, el Contrato RER también califica como un acuerdo de inversión bajo el numeral a) del artículo 10.28 del tratado, dado que es un acuerdo con respecto a Cerro Verde recursos naturales y determinó bajo el numeral c) del artículo 10.28 del tratado, dado que es un acuerdo para realizar proyectos de infraestructura. La infundada objeción de Perú se basa en arbitraria su restringida interpretación de que por sí mismo el Contrato RER no le confería a CHM ningún derecho definitivo para la concentradora era otro forma nueva inversión no abarcada por generación o la estabilidad. Hay al menos cinco resoluciones adicionales que muestran que SUNAT aplicaba las garantías de estabilidad a las unidades y no a otras en resoluciones de 2005 a 2019. SUNAT aplicaba en forma coherente cada uno de los dos acuerdos de estabilidad de Milpo a las unidades mineras completas, incluyendo las nuevas inversiones. xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
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Samples: Arbitration Agreement
VERSIÓN FINAL. concentradora para 10.000 toneladas métricas. Podría citar muchísimos más ejemplos, pero a lo parte de la ley dice que voy es que la administración va a tener que ejercer mucha discrecionalidad para determinar dónde poner la línea: qué es lo que se estabiliza y qué es lo que no se estabiliza, pero la intentó Intentó discrecionalidad es justamente lo que abolir la reforma minera del año 91. realizar una simplificación administrativa, una previsibilidad. Por eso no limitó las garantías de estabilidad se limitan al programa de inversión establecido en el estudio de factibilidad, al contrario, aplica estas garantías en forma amplia a todas las inversiones específicas, sí actividades mineras que se llevan a la totalidad cabo dentro de la concesión o unidad minera, que es una operación integral. De manera que el gobierno no tuvo que -- tendría que responder a estas preguntas. Ahora, ya que la teoría novedosa del Perú no tiene ningún apoyo textual en la Ley de Minería, Perú tuvo que rehacer las disposiciones de la Ley de Minería que lidian con el acuerdo de estabilidad de 15 años. Lo tuvieron que revisar y no lo hicieron sino hasta 2014, de manera que esas modificaciones no se aplican a este caso, pero nos ayudan a entender lo que pasa. He aquí el texto original del artículo 83, y esto es lo que agregó el gobierno podría limitar esa discreción si tuviera reglas detalladas acerca en el 2014 para implementar la interpretación novedosa y restrictiva que habían adoptado en el 2006. El gobierno tuvo que agregar las “Mencionado en el programa de cómo palabras: inversión xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 contenido en el estudio de factibilidad que forma parte del acuerdo de estabilidad”. Ahora este texto no se ha encuentra en ninguna parte en la Ley de asignar las reglas Minería que se aplica a este caso, y ya que no está ahí y ya que el artículo 83 no mencionó que modificación modificación era necesario incluirlo en una -- costos y los gastos, es decir, reglas contabilidadtuvo que incluirlo en una del 2014, pero habría sido innecesario si la Ley de Minería ya hubiera dispuesto eso. Ahora, lo que es increíble es que Perú tuvo que reconocer que su interpretación restrictiva no funcionaba porque era de una carga demasiado pesada distinguir entre los diferentes proyectos de inversión. O sea, tuvieron que agregar un texto que permitiera a las tenía los empresas ampliar las garantías a otras inversiones dentro de la misma unidad de minería. Ahora, esta modificación de 2014 es primera vez que la Ley de Minería incluye el término “proyecto de inversión” en el 2014. No se aplica a este caso. xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 había antes estas reglas? Porque cuando se adoptaba Finalmente, les quisiera recordar que le solicitamos a Perú a que presentara toda la historia de la redacción del título IX de la Ley de Minería y su reglamento, Perú aceptó hacerlo, pero luego no recibimos ni un solo documento. Ahora, esto no es cualquier ley, era una legislación muy importante. El señor Xxxx explicó en la audiencia de SMM que un equipo así como la representantes de abogados mineros reconocidos, Sociedad de Minería y otros del sector privado MINEM en la elaboración de esta Entonces, seguramente Perú tiene ayudaron al legislación. la historia legislativa, de manera que el Tribunal debe hacer inferencias negativas por la no aportación de un solo documento de parte del Perú. Ahora, los artículos 82 y 83 de la Ley de Minería son muy claros, pero el texto de los reglamentos es aún más claro, y esos son el anexo CA 432. (Ahora), el reglamento minero no hacía falta porque era claro que implementa y se explaya sobre las disposiciones del título xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 9 de la Ley de Minería que es donde se hace -- que trata las garantías de estabilidad se aplicaban a las unidades minerasestabilidad. Ahora, veamos de qué manera la Ley Minera o de Minería Los reglamentos son vinculantes y SUNAT y el Tribunal Tributario se han basado en ellos muchas veces. Es también importante que el reglamento de minería se emitió, fue aplicado por el gobierno. En MINEM, en el expediente está muy claro año 93, dos años después de la reforma minera del 91, y también es una prueba contemporánea que muestra cómo el gobierno aplicó MINEM entendía el alcance de las garantías de estabilidad en forma constante a las concesiones completas o unidades mineras completasese momento. No hay ni un solo documento creado por el gobierno antes del revés del gobierno que muestre que las garantías de estabilidad solo se aplicaban a los proyectos de inversión. Veamos qué hacía MINEM. Bueno, aplicaba las garantías de estabilidad Hay tres disposiciones claves en forma congruente a la totalidad de las concesiones o unidades. Por ejemplo, he aquí la resolución de 2001 del consejo minero respecto de Parcoy. El consejo forma parte del MINEM y es la única instancia administrativa en cuestiones de minería y su xxx.xxxxxxxx.xxx.xx responsabilidad es elaborar una jurisprudencia administrativa estándar respecto de cuestiones mineras, o sea, lo que tiene que decir es importante. Y dijo que fue la unidad minera de Parcoy que tenía el derecho a la estabilidad. Tintaya es otro ejemplo de la aplicación constante del MINEM a los acuerdos de estabilidad a concesiones o unidades completas. La Dirección General de Minas y el consejo minero, la Dirección General de Minas forma parte del MINEM, es la entidad responsable de los acuerdos de estabilidad y el consejo minero es adonde se puede recurrir las decisiones de la dirección, y determinó que Tintaya no pudo haber estabilizado incluir concesiones estabilizadas previas a un nuevo convenio de estabilidad porque eran materia de un acuerdo de estabilidad y habían estado beneficiando de las garantías de estabilidad. Luego, en el 2006, el consejo minero emitió una resolución que confirmó que el convenio de estabilidad de Southern Copper se aplicaba a xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 todas las demás concesiones mineras que formaban parte de la misma UEA. Habrán visto que en los últimos escritos del Perú y en su carta acerca del señor Xxxxx, Perú ha intentado alegar que el acuerdo de estabilidad de Southern Copper solo se aplica a un proyecto de inversión. Ahora, la UEA de Southern es muy complejo y Perú trata de aprovechar de esta situación para crear la confusión aquí, pero sus documentos no respaldan su posición. Ahora, en el 2006, años después de los documentos que Perú utiliza, en el 2006 el Consejo Minero es la entidad responsable de la estandarización de la jurisprudencia administrativa respecto de cuestiones mineras le dijo muy claro -- dijo muy claro -- en forma muy clara que: “El acuerdo de estabilidad de Southern se aplicaba a las unidades mineras y no a los proyectos de inversión”. Y luego está el informe de MINEM xx xxxxx de 2005 por el testigo, el señor Xxxxx, el que creó la nueva teoría un año después. Ahora, en xxx.xxxxxxxx.xxx.xx ese informe Xxxxx escribió repetidas veces que las garantías de estabilidad se aplicaban a las concesiones o unidades enteras. Xxxxx escribió que no es el titular minero que gozará de la exención del pago de regalías globalmente como empresa sino las concesiones mineras de las que es titular. Ahora, es el mismo señor Xxxxx que un año después creó la teoría novedosa del Perú, y en el interrogatorio directo en el arbitraje SMM el señor Xxxxx afirmó lo dicho y dijo que era el meollo del memorando xx xxxxx 2005. Ahora, no obstante, lo que dice en forma muy clara el informe, Perú ha alegado que el informe del señor Xxxxx dice algo diferente a lo que dice, ustedes mismos lo pueden leer, pero deben saber que no es lo que piensa Perú. Para empezar, Perú estaba luchando fuerte por no compartir el informe con Cerro Verde. Como hemos visto de los otros documentos, es un indicio muy fuerte en el sentido de que no es muy útil para el Perú. Cerro Verde obtuvo el xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 memorándum del 2005 xx Xxxxx como resultado de la regulación en virtud de las leyes de transparencia del Perú que le dan a todos los peruanos el derecho a acceder a los documentos del gobierno. En ese procedimiento transparencia MINEM se negó a entregar documento. Entonces, el Tribunal Transparencia dictaminó que MINEM tiene entregar el memo de 2005 xx Xxxxx. Y en razonamiento el Tribunal de Transparencia reveló el Consejo de los abogados del Perú en este arbitrajereglamento, que la revelación del memo son los artículos 1, 2 y Empecemos con el artículo otorga esta garantía de Xxxxx xx xxxxx titulares de 2005, y cito: “Podría tener un impacto negativo en los procedimientos de arbitraje”. Fin de cita. Y la comisión especial del Perú que representa al gobierno en este procedimiento le advirtieron al Tribunal de Transparencia que la regulación del memo xx Xxxxx, y cito: “Pondrían en riesgo la defensa jurídica del Perú y llevarían a la responsabilidad internacional por incumplimiento de los tratados xxx.xxxxxxxx.xxx.xx internacionales o de inversiones”. Eso es lo que en realidad piensa el Perú, y tienen toda la razón. Entonces, para resumir, todos los documentos del MINEM confirman que las garantías de estabilidad se aplican a las unidades mineras. Ahora paso a los documentos de la SUNAT y del Tribunal Tributario. Y esto -- aquí vamos a abordar información protegida que es sujeta a las protecciones de confidencialidad. ¿Hay que esperar? SECRETARIA XXXXXXXX XXXXXX (Interpretado xxx xxxxxx): Le pido a una persona que salga, por favor. Podemos continuar. SEÑOR XXXXXX (Interpretado xxx xxxxxx): ¿Puedo continuar? Muy bien. Hay dos elementos notables sobre los nuevos documentos. Primero, es que la Tribunal Tributario aplicaban las estabilidad a las concesiones mineras y no a los proyectos xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 SUNAT y el garantías de y unidades de inversión 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 individuales, y lo hacen en forma muy clara e inequívoca. Segundo, la mayoría de estos documentos se produjeron después de que el gobierno hizo su inaudible) respecto de Cerro Verde. Como pueden ver aquí, varios fueron emitidos después xx xxxxx de 2006 cuando el señor Xxxxx elaboró su memorando en el que desarrolló su teoría novedosa en el sentido que las garantías se limitan al proyecto de inversión establecido en un estudio de factibilidad y que SUNAT presuntamente escribió en su informe interno de 2006. Y en el caso de Xxxxx, SUNAT y el Tribunal emitieron resoluciones que aplicaban las garantías de estabilidad a las unidades mineras muchos años después del 2009, o sea, hasta septiembre de 2022. O sea, durante más de una década SUNAT y el Tribunal Tributario aplicaban las garantías de estabilidad de Cerro Verde solo a un proyecto de inversión específica y no a la unidad minera, y a la vez aplicaba las garantías de xxx.xxxxxxxx.xxx.xx estabilidad a las unidades mineras de Milpo incluyendo las nuevas inversiones. Estos documentos muestran que se señaló, se le dio un trato diferente y más negativo a Cerro Verde que a otras empresas mineras. Ahora voy a hablar de las tres empresas mineras individualmente. Voy a empezar con Milpo. Milpo es una empresa minera que produce zinc, cobre y concentrados de plomo. En el momento pertinente Xxxxx tenía tres unidades en el Perú: uno era el proyecto minero El Porvenir ubicado en la región central del Perú; otro, el (inaudible) de exploración Chapi, en el sur; y el proyecto xxxxxx xx Xxxxx Lindo que está ubicado en Ica, una tercera región. He aquí las tres unidades económico administrativas. En el 2002 Xxxxx celebró un acuerdo de estabilidad para El Porvenir y otro para la unidad de Cerro Lindo. Entonces, los documentos de SUNAT confirman que SUNAT aplicó el acuerdo de estabilidad de El Porvenir a la unidad xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 minera de El Porvenir en su totalidad. Y aquí tenemos un cuadro que es de la resolución xx xxxxx de 2009, resolución de impuesto sobre la renta del año fiscal 2003. Y lo que pueden ver en este cuadro es que SUNAT distinguía entre la unidad de El Porvenir que gozaba de estabilidad como se señala en la nota al pie y las otras unidades que en el año fiscal 2003 no estaban estabilizado ya que el régimen de estabilidad de Cerro Lindo no había entrado en vigor. Y como pueden ver de la nota al pie, SUNAT aplicó la tasa de impuesto sobre la renta estabilizado del 20 por ciento a la unidad minera estabilizada y la no estabilizada, tasa sobre -- de impuesto sobre la renta del 27 por ciento a las otras unidades. O sea, hay -- si -- se muestra que hay que distinguir entre las unidades que gozan y que no gozan del régimen de estabilidad. Ahora, después de celebrar sus acuerdos de estabilidad para El Porvenir y Cerro Lindo en el 2002, Milpo, por supuesto, hizo varias xxx.xxxxxxxx.xxx.xx inversiones adicionales como hacen todas las empresas mineras, y SUNAT trató estas nuevas inversiones como estabilizadas ya que formaban parte de las unidades mineras estabilizadas. Aquí pueden ver la resolución sobre impuesto sobre la renta de 2014 para el año fiscal 2010 que muestra algunas de las inversiones de Milpo. En el 2010, Xxxxx tenía dos unidades estabilizadas: El Porvenir y Cerro Lindo, cuyos regímenes ya habían entrado en vigor. Y pueden ver en este cuadro que es de la resolución de SUNAT una lista de activos. Esto para fines de la depreciación, algunas eran impresiones importantes realizadas después de completadas los programas de inversión respectivos. No podían haber formado parte de los programas iniciales. Por ejemplo, en El Porvenir hay una instalación para relaves de más de 2.600.000 soles y, luego, una inversión por 15,7 millones de soles en Cerro Lindo en una ampliación de la planta que aumentó la producción por 10.000 toneladas métricas por día. xxx.xxxxxxxx.xxx.xx 5411-4957-0083 1 1 2 2 3 3 4 4 5 5 6 6 7 7 8 8 9 9 10 10 11 11 12 12 13 13 14 14 15 15 16 16 17 17 18 18 19 19 20 20 21 21 22 22 Ahora, bajo la teoría del Perú, no tienen derecho a la estabilidad porque no forman parte del proyecto de inversión que se estableció en el programa de inversión original ni en el estudio de estabilidad. Sin embargo, SUNAT les da un trato de estabilizados. Como se aclara en la nota al pie, las tasas de depreciación de 3 y 5 por ciento reflejaban las disposiciones de los acuerdos de estabilidad. Para nuevas unidad tenían inversiones eran parte de minera estabilizada y, por SUNAT las la misma lo tanto, estabilidad, pero SUNAT tomó abordaje a Cerro Verde y determinó en arbitraria que la concentradora era otro forma nueva inversión no abarcada por la estabilidad. Hay al menos cinco resoluciones adicionales que muestran que SUNAT aplicaba las garantías de estabilidad a las unidades y no a otras en resoluciones de 2005 a 2019. SUNAT aplicaba en forma coherente cada uno de los dos acuerdos de estabilidad de Milpo a las unidades mineras completas, incluyendo las nuevas inversiones. xxx.xxxxxxxx.xxx.xxactividades
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