Liquidación final Cláusulas de Ejemplo

Liquidación final. 57.1 El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras un estado de cuenta detallado del monto total que el Contratista considere que se le adeuda en virtud del Contrato antes del vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos. El Gerente de Obras emitirá un Certificado de Responsabilidad por Defectos y certificará cualquier pago final que se adeude al Contratista dentro de los 56 días siguientes a haber recibido del Contratista el estado de cuenta detallado y éste estuviera correcto y completo a juicio del Gerente de Obras. De no encontrarse el estado de cuenta correcto y completo, el Gerente de Obras deberá emitir dentro de 56 días una lista que establezca la naturaleza de las correcciones o adiciones que sean necesarias. Si después de que el Contratista volviese a presentar el estado de cuenta final aún no fuera satisfactorio a juicio del Gerente de Obras, éste decidirá el monto que deberá pagarse al Contratista, y emitirá el certificado de pago.
Liquidación final. 56.1 El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras un estado de cuenta detallado del monto total que el Contratista considere que se le adeuda en virtud del Contrato antes del vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos. El Gerente de Obras emitirá un Certificado de Responsabilidad por Defectos y certificará cualquier pago final que se adeude al Contratista dentro de los 56 días siguientes a haber recibido del Contratista el estado de cuenta detallado y éste estuviera correcto y completo a juicio del Gerente de Obras. De no encontrarse el estado de cuenta correcto y completo, el Gerente de Obras deberá emitir dentro de 28días una lista que establezca la naturaleza de las correcciones o adiciones que sean necesarias. Si después de que el Contratista volviese a presentar el estado de cuenta final aún no fuera satisfactorio a juicio del Gerente de Obras, éste decidirá el monto que deberá pagarse al Contratista, y emitirá el certificado de pago. 56.2 El órgano responsable de la contratación deberá aprobar la liquidación y ordenar el pago, en su caso, del saldo resultante, debiendo las partes otorgarse los finiquitos respectivos.
Liquidación final. El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras un estado de cuenta detallado del monto total que el Contratista considere que se le adeuda en virtud del Contrato antes del vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos. El Gerente de Obras emitirá un Certificado de Responsabilidad por Defectos y certificará cualquier pago final que se adeude al Contratista dentro de los 56 días siguientes a haber recibido del Contratista el estado de cuenta detallado y éste estuviera correcto y completo a juicio del Gerente de Obras. De no encontrarse el estado de cuenta correcto y completo, el Gerente de Obras deberá emitir y hacer llegar al Contratista, dentro de dicho plazo, una lista que establezca la naturaleza de las correcciones o adiciones que sean necesarias. Si después de que el Contratista volviese a presentar el estado de cuenta final aún no fuera satisfactorio a juicio del Gerente de Obras, éste decidirá el monto que deberá pagarse al Contratista, y emitirá el certificado de pago.
Liquidación final. 57.1 El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras un estado
Liquidación final. 57.1 El Contratista deberá proporcionar al Interventor un estado de cuenta detallado del monto total que el Contratista considere que se le adeuda en virtud del Contrato antes del vencimiento del Período de Responsabilidad por Defectos. El Interventor emitirá un Certificado de Responsabilidad por Defectos y certificará cualquier pago final que se adeude al Contratista dentro de los cincuenta y seis (56) días siguientes a haber recibido del Contratista el estado de cuenta detallado y éste estuviera correcto y completo a juicio del Interventor. De no encontrarse el estado de cuenta correcto y completo, el Interventor deberá emitir dentro de cincuenta y seis (56) días una lista que establezca la naturaleza de las correcciones o adiciones que sean necesarias. Si después de que el Contratista volviese a presentar el estado de cuenta final aún no fuera satisfactorio a juicio del Interventor, éste decidirá el monto que deberá pagarse al Contratista, y emitirá el certificado de pago.
Liquidación final. 19.1.- La liquidación del contrato se presentará a la Dirección General de Infraestructura, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 269° del Reglamento.
Liquidación final. 57.1 EL CONTRATISTA deberá proporcionar al Supervisor de Obras un estado de cuenta detallado del monto total que EL CONTRATISTA considere que se le adeuda en virtud del Contrato, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a la fecha en que se hubiera terminado “LAS OBRAS”. El Supervisor de Obras emitirá un Certificado de Responsabilidad por Defectos y certificará cualquier pago final que se adeude al Contratista dentro de los sesenta (60) días siguientes a haber recibido de EL CONTRATISTA el estado de cuenta detallado y éste estuviera correcto y completo a juicio de EL CONTRATANTE a través de una resolución emitida por la Autoridad Superior de EL CONTRATANTE. De no encontrarse el estado de cuenta correcto y completo, el Supervisor de Obras deberá emitir dentro de sesenta (60) días una lista que establezca la naturaleza de las correcciones o adiciones que sean necesarias. Si después de que EL CONTRATISTA volviese a presentar el estado de cuenta final aún no fuera satisfactorio a juicio del Supervisor de Obras y de EL CONTRATANTE, EL CONTRATANTE decidirá el monto que deberá pagarse al Contratista, y emitirá el certificado de pago respectivo.
Liquidación final. Previo a la Recepción Definitiva Total o parcial si así estuviera previsto en el PCP, se pondrá término a las cuestiones económicas de la Obra con la emisión de la Liquida- ción Final. En ésta se asentarán los créditos y débitos a que las partes se consideren con derecho y se practicará el balance final o cierre de cuentas. Devolución de la Ga- rantía de Contrato y del Fondo de Reparos Dentro de los quince (15) días de la solicitud del Contratista, luego de celebrada la Recepción Definitiva, le será devuelto el fondo de reparos constituido, o el saldo del mismo, y la Garantía de Contrato, o el saldo que hubiera de ésta, una vez satisfechas las indemnizaciones por daños y perjuicios o cualquier otra deuda que corra por cuen- ta del Contratista y que surja de la liquidación final. - - - - - x - - - - -
Liquidación final. 57.1 El Contratista deberá proporcionar al Gerente de Obras un