Entrada en vigor Cláusulas de Ejemplo

Entrada en vigor. 1. Cada uno de los Estados Contratantes notificará al otro, a través de los canales diplomáticos, el cumplimiento de los procedimientos exigidos por su legislación para la entrada en vigor del presente Convenio. Dicho Convenio entrará en vigor en la fecha de recepción de la última notificación.
Entrada en vigor. La presente Directiva entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea.
Entrada en vigor. 1. Cada uno de los gobiernos de los Estados contratantes notificará al otro que se han cumplido los procedimientos legales internos para la entrada en vigor del presente Convenio.
Entrada en vigor. La presente Xxx entrará en vigor a los 20 días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autorida- des, que guarden y hagan guardar esta ley. Madrid, 10 xx xxxxx de 2006. XXXX XXXXXX X. El Presidente del Gobierno, XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, determina el cuerpo básico xx xxxxx- tías y responsabilidades preciso para establecer un ade- cuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de tra- bajo, en el marco de una política coherente, coordinada y eficaz. Según el artículo 6 de la Ley citada en el párrafo ante- rior, son las normas reglamentarias las que deben ir con- cretando los aspectos más técnicos de las medidas pre- ventivas, estableciendo las medidas mínimas que deben adoptarse para la adecuada protección de los trabajado- res. Entre tales medidas se encuentran las destinadas a garantizar la protección de los trabajadores contra los riesgos derivados de la exposición al amianto durante el trabajo. Asimismo, la seguridad y la salud de los trabajadores han sido objeto de diversos Convenios de la Organización Internacional delTrabajo ratificados por España y que, por tanto, forman parte de nuestro ordenamiento jurídico. Destaca, por su carácter general, el Convenio número 155, de 22 xx xxxxx de 1981, sobre seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente de trabajo, ratificado por España el 26 de julio de 1985 y, por su carácter espe- cífico, el Convenio número 162, de 24 xx xxxxx de 1986, sobre la utilización del asbesto, en condiciones de seguri- dad, ratificado por España el 00 xx xxxxx xx 0000. Xx xx xxxxxx xx xx Xxxxx Europea, el artículo 137 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea establece como objetivo la mejora, en concreto, del entorno de trabajo, para proteger la salud y seguridad de los traba- jadores. Con esa base jurídica, la Unión Europea se ha ido dotando en los últimos años de un cuerpo normativo altamente avanzado que se dirige a garantizar un mejor nivel de protección de la salud y de seguridad de los tra- bajadores. Ese cuerpo normativo está integrado por diversas directivas específicas. En el ámbito de la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la expo- sición al amianto durante el trabajo, fueron adoptadas, en concreto, dos directivas. La primera de ellas fue la Direc...
Entrada en vigor. 1. El presente Acuerdo entrará en vigor el primer día del mes siguiente a la fecha en la que las Partes se hayan notificado por escrito el cumplimiento de los trámites necesarios a tal efecto.
Entrada en vigor. 1. El presente Xxxxxxxx entrará en vigor el nonagésimo día después de la fecha en que se deposite el quincuagésimo instrumento de ratificación, aceptación, aprobación o adhesión.
Entrada en vigor. La presente Xxx entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo la disposición transitoria séptima, que entrará en vigor el día siguiente al de la publicación. Por tanto, Mando a todos los españoles, particulares y autorida- des, que guarden y hagan guardar esta Ley. Madrid, 30 de octubre de 2007. XXXX XXXXXX X. El Presidente del Gobierno, XXXX XXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX NACE 1 SECCIÓN F CONSTRUCCIÓN Código CPV
Entrada en vigor. 1. El presente Convenio será ratificado, y los instrumentos de ratificación serán intercambiados lo antes posible.
Entrada en vigor. 1. Cada uno de los Estados contratantes notificará al otro el cumplimiento de los procedimientos requeridos en lo que le concierne para la entrada en vigor del presente Convenio. El Convenio entrará en vigor el primer día del segundo mes siguiente al día de la recepción de la última de estas notificaciones.
Entrada en vigor. El presente Xxxxxxxx entrará en vigor seis meses después de haber sido depositados, al menos, dos instrumentos de ratificación. Posteriormente, entrará en vigor para cada Alta Parte Contratante seis meses después del depósito de su instrumento de ratificación.