Ámbito. El ámbito de aplicación del presente Convenio son los envases y residuos de envases adheridos al SCRAP (en adelante, “los envases”) generados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma. Este ámbito acota la responsabilidad de Ecoembes a la financiación del coste de la recogida y recuperación de los envases adheridos en los términos establecidos en el Real Decreto y resto de costes necesarios para el control y seguimiento de las actividades incluidas en este Convenio, y en la garantía de reciclado y valorización de los residuos de envases, en particular cuando los sistemas de gestión implantados no vayan destinados exclusivamente a los envases y residuos de envases adheridos al SCRAP. Tal y como se establece en el Real Decreto, artículo 21.2., cuando existan varios sistemas de responsabilidad ampliada del productor para una misma tipología y material de envase, y en caso de que se estime necesario, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, a propuesta de la Comisión de Coordinación en materia de Residuos, publicará en su página web la resolución del Director General de Calidad y Evaluación Ambiental sobre los objetivos mínimos de recogida separada para el periodo anual de cumplimiento que deberán cumplir cada uno de los sistemas en el ámbito estatal y autonómico. Estos objetivos se calcularán aplicando la cuota ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ del año anterior procedente de la sección de envases del Registro de Productores de Producto de cada sistema de responsabilidad ampliada del productor, a los objetivos estatales mínimos de recogida separada.
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Sources: Convenio Marco De Colaboración, Collaboration Agreement, Convenio Marco De Colaboración