AGUAS DE LAS CUENCAS DEL SUR
AGUAS DE LAS CUENCAS DEL SUR
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE LA
CONSULTORÍA Y ASISTENCIA TÉCNICA AL PROCESO DE EXPROPIACIÓN Y OCUPACIÓN DE LOS TERRENOS DE PARTICULARES NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE “AMPLIACIÓN Y MEJORA DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE LA MANCOMUNIDAD DE AGUAS DE LA MUELA (GUADALAJARA)”
ÍNDICE
1. OBJETO XXX XXXXXX 3
2. OBJETO DEL CONTRATO 3
3. DEFINICIÓN DE LAS PERSONAS JURÍDICAS IMPLICADAS 4
4. FUNCIONES Y COMPETENCIAS 4
5. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONSULTOR 6
6. ALCANCE DE LOS TRABAJOS DE ASISTENCIA TÉCNICA 7
7. TRATAMIENTO INFORMÁTICO 12
8. PLAZOS DE EJECUCIÓN 13
9. OFICINA DEL CONSULTOR 13
10. DOCUMENTACIÓN QUE SE PONE A DISPOSICIÓN DEL CONSULTOR13 11. MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES 14
12. INFORMES XXXXXXXXXX 00
00. XXXXXXXXX XX XXX XXXXXXXX REALIZADOS 15
14. ASISTENCIA A AGUAS DE LA CUENCA DEL SUR, S. A 15
15. CONTROL DE CALIDAD DE LOS TRABAJOS 16
16. SISTEMA DE VALORACIÓN 16
17. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN DEL CONTRATO 17
18. REVISIÓN DE PRECIOS 17
19. MEDICIÓN Y ABONO 17
20. FINANCIACIÓN EUROPEA 22
ANEXOS
ANEXO Nº1. CUADRO DE PRECIOS UNITARIOS ANEXO Nº2. JUSTIFICACIÓN DEL XXXXXXXXXXX XXXXX Xx0. PROGRAMA DE TRABAJOS
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES
1. OBJETO XXX XXXXXX
El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas es definir los trabajos y fijar las condiciones técnicas que regirán en el Contrato de CONSULTORÍA Y ASISTENCIA TÉCNICA AL PROCESO DE EXPROPIACIÓN Y OCUPACIÓN DE LOS TERRENOS DE PARTICULARES NECESARIOS PARA LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS DE AMPLIACIÓN Y MEJORA DEL SISTEMA DE ABASTECIMIENTO DE LA MANCOMUNIDAD DE AGUAS DE LA MUELA (GUADALAJARA). Se
definirán los trabajos de comprobación y depuración de datos, de campo, técnicos, administrativos y de gestión, necesarios para llevar a cabo la identificación de los bienes y derechos afectados por el proyecto, la confección de los documentos que integran los expedientes de expropiación necesarios para los mismos, la asistencia en las labores de levantamiento de actas y ocupación de fincas, así como las condiciones técnicas básicas para su desarrollo.
El presente Xxxxxx regulará la ejecución de la prestación objeto del contrato, de conformidad con los requisitos establecidos para los contratos de servicios establecidos en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y Reglamentos de aplicación.
2. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato es la prestación de servicios de consultoría y asistencia a Aguas de las Cuencas del Sur, S.A. (en lo sucesivo ACS) en la gestión de los procedimientos expropiatorios encaminados a la ocupación de los terrenos necesarios para ejecución del proyecto de “Ampliación y mejora del sistema de abastecimiento de la Mancomunidad de Aguas de la Muela (Guadalajara)” en los términos municipales xx Xxxxxxxx; Cañizar; Xxxxxx; Ciruelas; Copernal; El Xxxxxxx xx Xxxxx; Xxxxxxxx xx Xxxxxxx; Xxxxx xx Xxxxx; Xxxx; Humanes; Matarrubia; Mohernando; Montarrón; Muduex; Puebla xx Xxxxxx; Xxxxxxxxx xx Xxxx; Taragudo; Torija; Xxxxx xxx Xxxxx; Trijueque; Valdearenas y Valdegrudas.
La codificación que corresponde al objeto del presente Contrato, según la nomenclatura Vocabulario Común de los Contratos (CPV) de la Comisión Europea, responde al código 71356200-0.
3. DEFINICIÓN DE LAS PERSONAS JURÍDICAS IMPLICADAS
3.1. PROPIEDAD
ACS ejercerá de forma directa sus competencias en todo lo referente al contrato de Asistencia Técnica.
3.2. DIRECTOR DEL CONTRATO
ACS nombrará un facultativo como responsable de la dirección del contrato de referencia (en lo sucesivo Director).
3.3. CONSULTOR
Se entiende por Consultor a la parte contratante, en el presente Contrato de Asistencia Técnica, obligada a ejecutar el Servicio.
3.4. DELEGADO DEL CONSULTOR
Se entiende por “Delegado del Consultor” (en lo sucesivo “Delegado”), la persona, con titulación adecuada, designada expresamente por el Consultor y aceptada por ACS que tenga capacidad suficiente para:
• Ostentar la representación del Consultor cuando sea necesaria su actuación o presencia, así como en otros actos derivados del cumplimiento de las obligaciones contractuales, siempre en orden a la ejecución y buena marcha de la Asistencia.
• Organizar la ejecución de los trabajos e interpretar y poner en práctica las órdenes recibidas de ACS.
• Proponer a ésta, o colaborar con ella, en la resolución de los problemas que se planteen durante la ejecución.
ACS podrá recabar del Consultor la designación de un nuevo Delegado y, en su caso, de cualquier facultativo que de él dependa, cuando así lo justifique la marcha de los trabajos.
4. FUNCIONES Y COMPETENCIAS
4.1. FUNCIONES Y COMPETENCIAS DEL DIRECTOR
El Director desempeñará una función de dirección, inspección y coordinación, y establecerá los criterios y líneas generales de la actuación del Consultor, quien realizará los necesarios trabajos de definición, cálculo y detalle. Igualmente, contará con las
funciones de interpretación, modificación y suspensión del contrato. No será responsable directa o solidariamente, de los trabajos que, con plena responsabilidad técnica y legal, proyecte o ejecute el Consultor.
El Director realizará el control de calidad de los trabajos y el cumplimiento de los plazos establecidos y recibirá los trabajos cuando el contrato haya finalizado. Podrá recabar del Consultor información sobre el desarrollo de los trabajos e indicar la conveniencia de introducir las variaciones específicas que considere necesarias para su correcto desarrollo.
El Director desempeñará las siguientes funciones:
• Analizar y aprobar al plan de trabajo propuesto por el Consultor.
• Analizar y aprobar el Plan de Aseguramiento de la Calidad presentado por el Consultor
• Facilitar credenciales al Consultor y contactos con organismos oficiales.
• Comprobar la suficiencia cualitativa y cuantitativa de los medios aportados por el Consultor
• Dirigir y coordinar los trabajos de colaboración e información que pudieran resultar convenientes con el personal de ACS.
• Controlar la ejecución de la Asistencia, de acuerdo con los documentos contractuales suscritos entre ACS y el Consultor.
• Analizar y aprobar los criterios de actuación para levantamiento de Actas, para el pago de Depósitos Previos y de Indemnizaciones por Rápida Ocupación, para información de las incidencias de interés habidas en las Actas, para alcanzar Mutuos Acuerdos, para suscribir cualquier documento del trámite que el Consultor haya de confeccionar, como citaciones, escritos de reclamaciones, Mutuos, etc.
• Emitir las certificaciones para el abono de los trabajos y preparar los controles para su recepción y liquidación.
• Rechazar cualquier trabajo, elemento o equipo que considere inadecuado con el objeto xxx Xxxxxx.
4.2. FUNCIONES Y COMPETENCIAS DEL CONSULTOR
Serán las que tengan por objeto desarrollar las prescripciones del presente contrato y se concretan en la asistencia permanente al Director en las tareas de gestión de expropiaciones.
Además el Consultor deberá:
• Informar a ACS, bien en reuniones periódicas, bien puntualmente a requerimiento de la misma, de la marcha de los trabajos encomendados.
• Realizar las gestiones ante terceros, otros Organismos de la Administración Pública, Ayuntamientos, etc.
• Establecer servicios de inventario y archivo que contendrán la documentación de todas las gestiones efectuadas. Estos archivos estarán permanentemente a disposición de ACS.
• Aportar para la realización del objeto del contrato, los medios personales y materiales que sean precisos para la buena ejecución de aquél y, en todo caso, los exigidos en el presente pliego.
• Facilitar al Director la visita y examen de cualquier instalación, documento, proceso o fase del servicio que se presta, así como los medios necesarios para que pueda desempeñar tales funciones tanto en la oficina del Consultor como en la sede de ACS.
• Corregir y modificar los distintos trabajos realizados si no fueran de conformidad del Director.
5. OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DEL CONSULTOR
Será obligación del Consultor la obtención de todos los permisos y licencias oficiales o particulares que se requieran para la ejecución de los trabajos encomendados, así como el abono de los tributos, derechos, cánones, compensaciones y demás indemnizaciones a que hubiere lugar ultimarlos.
El Consultor adoptará las medidas necesarias para que durante la ejecución de sus trabajos quede asegurada la protección a terceros, siendo de su total responsabilidad los daños y perjuicios que a éstos puedan ocasionarse, como consecuencia de aquéllos.
El Consultor será responsable de las decisiones que tome por su iniciativa en las funciones encargadas por el Director establecidas expresamente en este Pliego, y
también eventualmente de las que tome, por su iniciativa, en las materias en que no le hayan sido dadas funciones expresas.
El Consultor será también responsable, enteramente, de la exactitud de los trabajos, comprobaciones de mediciones, cálculos, planos y prescripciones en cada fase de ejecución y, en general, de los resultados que proporcione a ACS.
6. ALCANCE DE LOS TRABAJOS DE ASISTENCIA TÉCNICA
El Consultor realizará todos los trabajos necesarios para las gestiones necesarias para la ocupación de los bienes de particulares objeto del Contrato, y con este fin se indica a continuación una relación de las actividades previstas según las fases de desarrollo de los trabajos, entendiéndose que esta relación no tiene carácter limitativo sino que están incluidas todas las que sean necesarias para alcanzar los objetivos y/o complementarias de las descritas.
FASE I: TRABAJOS PREVIOS: COMPROBACIÓN DEL EMPLAZAMIENTO, NATURALEZA, LINDEROS TITULARIDADES, BIENES Y DERECHOS AFECTADOS Y ACTUALIZACIÓN DEL PARCELARIO.
Esta fase se iniciará al día siguiente a la firma del contrato y terminará tras la obtención de la relación definitiva de bienes y derechos afectados y su cuantificación. Incluirá, por tanto, todos los trabajos y gestiones necesarias para lograr los siguientes objetivos:
a) Comprobación sobre el terreno de los datos que figuran en el Anejo de Expropiaciones de los Proyectos Básicos, de Construcción y/o Anteproyectos. En concreto, se cotejará el emplazamiento, naturaleza, linderos, titularidades, cultivos, edificaciones, instalaciones y demás bienes y derechos afectados (arrendatarios, aparceros, etc.). Asimismo se depurarán los datos recogidos en dicho anejo con las declaraciones recogidas en las alegaciones que pudieran haber surgido después de la Información Pública del Proyecto de Construcción, sin perjuicio de corregir aquellas en las que no existieran alegaciones.
b) Una vez contrastada y corregida la información del Anejo de Expropiaciones, procede confeccionar los planos parcelarios definitivos a escala 1:1.000 y tamaño DIN A-1, con delimitación de los bordes de las superficies a expropiar, a ocupar temporalmente o sobre la que se impondrán servidumbres, así como los linderos de la totalidad de cada finca, para mejor coordinación con el Catastro y para poder determinar la repercusión de la expropiación sobre el resto de aquélla. Estos planos se elaborarán tomando como base los planos parcelarios de los Proyectos o Anteproyectos.
Se confeccionará copia de los parcelarios a escala 1:2.000 en planos de formato DIN A-3.
Con carácter simultáneo a la confección de planos se realizará el replanteo y estaquillado de los límites de las afecciones de las zonas afectadas y linderos de las fincas, se marcarán mediante estacas el eje de la obra y los límites de las afecciones.
En los planos deberá figurar toda la información necesaria para el correcto desarrollo del procedimiento expropiatorio y en particular en cada una de las parcelas debe constar inscrito dentro de un círculo:
- El código provincial geográfico nacional.
- El código municipal geográfico nacional.
- El número de la finca (en el expediente expropiatorio por municipios), polígono y parcela catastral (rústica) o referencia catastral (urbana).
El Consultor facilitará el plano parcelario en soporte magnético CD-ROM en ficheros tipo DWG, DXF y PDF.
c) Elaboración del estudio de valoración con la propuesta de precios de referencia para los distintos tipos de bienes y derechos afectados desglosada por municipios.
La Empresa Consultora efectuará una investigación del valor xx xxxxxxx correspondiente a las últimas transacciones efectuadas en el término municipal afectado, investigación que se realizará independientemente del trabajo de campo a fin de obtener datos fiables no influidos por los titulares afectados.
A tal efecto se investigarán las Cámaras Agrarias Provinciales, Registros de la Propiedad, API, etc.
Este estudio de precios xx xxxxxxx lo confrontará con el de valores máximos y mínimos que figuran en el Anejo de Expropiaciones del Proyecto de Referencia y, consecuentemente, la Empresa Consultora propondrá en un Pliego de Razonamientos los criterios de valoración que a su juicio se debieran utilizar.
Este pliego de razonamientos será remitido a ACS para que, previo estudio y comprobación, fije definitivamente el abanico de precios máximos y mínimos a utilizar en el procedimiento expropiatorio.
d) Confección de las fichas de campo definitivas, con expresión de sus titulares, cultivos, edificaciones, cerramientos, arbolado, etc., así como los datos catastrales del predio, clasificación, linderos, superficie, valor, edificabilidad, etc. Así mismo se incluirá con detalle la descripción de al menos 75 metros a
partir del borde de la franja de bienes y derechos afectados, para poder determinar la repercusión sobre el resto de la finca.
e) Elaboración de la relación completa e individualizada de todos los bienes y derechos afectados en su versión definitiva, con la descripción de los aspectos materiales jurídicos, según previene el artículo 52.2 de la Ley de Expropiación Forzosa concordante con el 17 de su Reglamento, de modo que sirvan para los trámites de información publica.
f) Cuantificación de los bienes y derechos afectados de cada una de las fincas, que permita determinar los justiprecios que hayan de ofrecerse a los propietarios por mutuo acuerdo o, en su defecto, pueda sustentar la redacción de las Hojas de Aprecio de ACS. Estas deberán quedar prácticamente elaboradas, a falta de subsanar cualquier olvido u error que se detecte en el Acta Previa a la Ocupación. Las valoraciones y, en su caso, las hojas de aprecio deberán ser firmadas por técnico competente.
FASE II: TRABAJOS A REALIZAR ANTES Y DURANTE EL LEVANTAMIENTO DE ACTAS PREVIAS A LA OCUPACIÓN Y POSTERIOR OCUPACIÓN DE LAS FINCAS
Esta fase se iniciará con la preparación de la resolución que convocará al levantamiento de actas previas a la ocupación y finalizará con la efectiva ocupación de los bienes y derechos expropiados. Incluirá, por tanto, todas las actuaciones y gestiones necesarias para lograr la disponibilidad de los terrenos y, en particular, los siguientes trabajos.
a) Preparación y tramitación de la correspondiente información pública para la convocatoria al levantamiento de Actas Previas a la Ocupación y citaciones individualizadas.
La empresa consultora realizará los trabajos para la preparación material de la Resolución Administrativa convocando al levantamiento de Actas Previas a la Ocupación, que junto con la relación definitiva de los bienes y derechos afectados entregará a ACS para su comprobación y aprobación.
Una vez aprobada la Resolución por el Órgano competente, ACS la remitirá al Consultor para que la haga publicar a su cargo, con los formatos aprobados por ACS, acompañada de la relación de bienes y derechos afectados a:
• B.O.E.,
• B.O.P. de Guadalajara.
• Dos diarios de amplia difusión en la provincia designados por ACS.
• Ayuntamientos en los que se encuentren los bienes y derechos afectados, para su exposición en el tablón de anuncios, acompañando convocatoria al Alcalde o Concejal en que delegue para su asistencia al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación.
Asimismo, el Consultor se encargará de confeccionar las notificaciones personales a todos los afectados (propietarios, co-propietarios, arrendatarios, aparceros, etc.), adjuntando la Resolución de la convocatoria y comunicando el lugar, día y hora del levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación.
Una vez comprobadas y aprobadas por el Director del Contrato, el Consultor las remitirá, a su cargo, adjuntando el acuse de recibo debidamente cumplimentado con las señas del remitente que se indique.
En el caso de que no se conozca el domicilio de alguno de los afectados, el Consultor tendrá que preparar un oficio al Ayuntamiento correspondiente, adjuntando estas notificaciones, con el ruego de que las entregue a los afectados, de conocer su domicilio.
Asimismo, el Consultor, con el conocimiento y aprobación del Director del Contrato, se encargará de la coordinación con el representante de los Ayuntamientos para todas las gestiones que se tengan que llevar a cabo con los mismos.
En caso de que en el periodo de información pública y citación se produzcan alegaciones o recursos, el Consultor preparará la contestación a los afectados.
b) Levantamiento de actas previas
En las fechas señaladas en la convocatoria, el Consultor asistirá y coadyuvará al Director en el levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación. Durante el levantamiento de estas Actas, el Consultor deberá desplazar a los Ayuntamientos el equipo humano y material suficiente, a criterio de ACS, para proporcionar el soporte técnico, jurídico y administrativo contratado y garantizará la exactitud de los datos aportados, debiendo subsanar in situ cualquier incidencia relacionada con los mismos.
El equipo de trabajo desplazado estará compuesto por el personal necesario para cumplir con total garantía, en el plazo previsto y de acuerdo con el programa de citaciones establecido, las tareas necesarias durante el tiempo que dure el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación. Asimismo, el personal del Consultor deberá realizar una correcta asistencia al afectado y darle todas las explicaciones necesarias. El Consultor, si fuera requerido a ello, se desplazará con el afectado al terreno, informando a éste del alcance de la expropiación.
Las Actas Previas podrán elevarse a Actas de Ocupación definitivas, y podrán ser, asimismo, el soporte de posibles mutuos acuerdos.
En el caso de que resulte, por cualquier causa, proceder a una segunda convocatoria, para el levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación, el Consultor deberá proceder a la misma, incluyendo los medios e infraestructura necesaria para realizarla, con las correspondientes notificaciones y publicaciones.
Una vez concluido el levantamiento de Actas Previas tanto en primera como en segunda convocatoria, si así fuese necesario, realizará un informe sobre su desarrollo, señalando especialmente las alegaciones que se hubiesen formulado, o cualquier otro elemento que pueda influir en la ejecución de la obra.
El Consultor, una vez finalizado el levantamiento de Actas Previas a la Ocupación, sea en primera o en segunda convocatoria si ésta fuera necesaria, presentará un informe sobre su resultado e incidencias que se hayan producido, recogiendo las manifestaciones vertidas en las mencionadas Actas, señalando especialmente las alegaciones que se hubieran formulado. Igualmente propondrá al Director del Contrato las contestaciones a los afectados en forma resolutiva de los casos procedentes.
El Consultor, a la vista de los datos reflejados en las Actas Previas a la Ocupación, actualizará, si procede, tanto las fichas individuales de cada finca como los planos parcelarios de expropiación.
c) Depósitos previos y ocupación definitiva
A la vista de las Actas Previas a la Ocupación y subsanados los errores que se hayan puesto de manifiesto en el levantamiento de aquellas, en aquellos casos en los que no se hubiera conseguido la ocupación definitiva de los terrenos en la anterior comparecencia; o bien, aún habiendo permitido la ocupación, la propiedad no hubiera demostrado la titularidad del predio afectado, el Consultor, calculará las cantidades que en concepto de Depósito Previo a la Ocupación e Indemnizaciones derivadas por la Rápida Ocupación, establece el Art.52 de la Ley de Expropiación Forzosa y redactará las hojas de Depósito correspondientes.
El Consultor preparará un informe justificando la procedencia del abono de los depósitos previos y los precios aplicados así como la documentación precisa para solicitar el libramiento de los fondos.
En los supuestos de incomparecencia de propietarios o titulares citados, se formularán los escritos necesarios para que el Ministerio Fiscal entienda las diligencias expropiatorias.
Igual trabajo se llevará a término con los titulares incapacitados y sin tutor; o persona que le represente; o cuando la propiedad fuera litigiosa.
Una vez comprobado y aprobado por ACS el Expediente de Depósitos Previos e Indemnizaciones por la Rápida Ocupación, el Consultor preparará y remitirá por correo certificado las notificaciones personales, convocando al pago y al levantamiento de las Actas de Ocupación. Cada notificación se acompañará de las hojas de valoración de los bienes y derechos afectados y de los perjuicios por la rápida ocupación y de la hoja de depósito previo a la ocupación.
En aquellos casos en los que el afectado no se pronunciara sobre la percepción en metálico de las cantidades aludidas, el consultor preparará la documentación necesaria para su consignación, antes del levantamiento de Actas de Ocupación, en la Caja General de Depósitos.
En los días señalados al efecto, el Consultor asistirá y coadyuvará al pago de los Depósitos Previos e Indemnizaciones por Rápida Ocupación y al levantamiento de las Actas de Ocupación, bien por pago o bien por consignación pudiendo iniciar, si procediera, la fase de justiprecio establecida en la Ley de Expropiación Forzosa. Previamente, habrá confeccionado las nóminas y el resto de documentación necesaria para el pago.
Para la realización de estos trabajos, el Consultor desplazará a los Ayuntamientos un equipo humano y material suficiente para proporcionar asistencia técnica, jurídica y administrativa al pago de Depósitos Previos e Indemnizaciones por la Rápida Ocupación y al levantamiento de las Actas de Ocupación, debiendo resolver cualquier incidencia que se presente en el transcurso del acto.
Finalmente elaborará un informe con respecto a posibles recursos y alegaciones presentados por los interesados en esta etapa y formulará propuestas de contestación.
7. TRATAMIENTO INFORMÁTICO
El Consultor dispondrá de los suficientes medios informáticos, tanto de “hardware” como de “software” para el completo seguimiento del expediente expropiatorio, de tal forma que en todo momento se conozca la situación del procedimiento de todas las parcelas afectadas, se puedan obtener informes de situación y pueda accederse con carácter inmediato a la cartografía digitalizada.
También se asegurará la transmisión y compatibilidad de la base de datos de Consultor con las de ACS, quien facilitará al Consultor el diseño de registros de su base de datos, siendo función del Consultor la creación del programa de carga de información.
8. PLAZOS DE EJECUCIÓN
El plazo máximo para la ejecución de los trabajos correspondientes a esta Asistencia es de seis (6) meses, iniciándose al día siguiente al de la formalización del Contrato.
Los trabajos se desarrollarán conforme al calendario de actividades desglosadas previsto en el programa de trabajos que presentará cada licitador en su propuesta, de acuerdo con las prescripciones contenidas en este Pliego. En el anexo nº 3 se contiene un plan de trabajos indicativo.
9. OFICINA DEL CONSULTOR
El Consultor propondrá una relación de oficinas que utilizará para la ejecución del contrato, especificando los trabajos que se realizarán en cada una de ellas. Las oficinas seleccionadas dispondrán del espacio suficiente a disposición de ACS para su utilización para los trabajos de Dirección, Control y Seguimiento del Contrato de Consultoría y Asistencia. También proporcionarán los espacios y medios para las relaciones, atenciones y consultas con los afectados por la presente expropiación.
10. DOCUMENTACIÓN QUE SE PONE A DISPOSICIÓN DEL CONSULTOR
Credenciales. El Director facilitará éstas al personal del Consultor que se determine para cada una de las fases del trabajo que las requieran, para identificar su adscripción al estudio frente a particulares y organismos de la Administración Pública Estatal, Autonómica y Local.
Un ejemplar completo de los proyectos, anteproyectos y/o desglosados para información pública que determinan la necesidad de expropiar. Esta documentación se entregará tanto en formato papel como el formato digital, de forma que pueda ser utilizada por el Consultor como base para la realización de los trabajos previos al levantamiento de las Actas Previas a la Ocupación.
Copia del expediente de información pública del proyecto incluidas las alegaciones recibidas y la respuesta que se haya dado a las mismas.
11. MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES
11.1. MEDIOS PERSONALES
El Consultor tendrá el personal necesario para la óptima realización de los trabajos objeto del contrato, incluyendo los siguientes grupos de trabajo:
Gestión de expedientes. Valoraciones.
Asistencia jurídica.
Recogida de datos de campo, levantamientos topográficos y replanteos. Elaboración de planos y soportes gráficos.
El Consultor contará con personal de experiencia en el manejo de los programas informáticos y en contabilidad, que desarrollarán sus funciones durante todo el tiempo que la Dirección del contrato estime necesario para la correcta realización de los trabajos objeto de este contrato.
El Consultor deberá nombrar entre su personal un Representante para sus relaciones con ACS.
El Consultor presentará en su oferta un organigrama completo del personal necesario definiendo su función, dedicación total o parcial y su cualificación. Igualmente deberá presentar el Curriculum Vitae de cada uno de los componentes del personal del Consultor, que reflejarán en general la experiencia profesional de cada uno de los componentes y en particular en actividades similares al objeto del presente contrato.
Deberá presentar además una Declaración en la que se comprometa a mantener dicho personal durante el transcurso del contrato, y caso de modificación, deberá ser aprobado previamente por el Director del contrato. Para ello se presentará el nuevo organigrama el cual se firmará por ambas partes apreciando su conformidad, quedando copia del mismo en el expediente del contrato.
El Consultor se comprometerá a completar estos medios personales, especialmente el personal administrativo, en los momentos en que así lo exija la carga de trabajo existente.
11.2. MEDIOS MATERIALES.
El Consultor dispondrá de todos aquellos medios materiales, vehículos, ordenadores, oficina, impresión, reproducción de documentos, etc., que sean necesarios para la
correcta ejecución de los trabajos, y su coste estará incluido en los precios ofertados para la realización de cada unidad.
En concreto, el Consultor dispondrá de los vehículos necesarios y adecuados para los trabajos que tengan que efectuarse con arreglo al presente contrato, teniendo en cuenta las condiciones del terreno y desplazamientos a realizar, poniéndolo a disposición de ACS en el caso de ser necesario desplazarse a los terrenos, por cualquier causa, durante el desarrollo de los trabajos.
El Consultor detallará en la oferta los medios que asignará al presente contrato.
Deberá presentar además una Declaración en la que se comprometa a mantener dicho material durante todo el transcurso del contrato, y caso de modificación, deberá ser aprobada previamente por el Director del contrato.
12. INFORMES PERIÓDICOS
El Consultor informará obligatoriamente al Director del Contrato, con la periodicidad que establezca, sobre la marcha general de los trabajos encomendados.
13. PROPIEDAD DE LOS TRABAJOS REALIZADOS
Los trabajos que se realicen en cualquiera de sus fases, serán propiedad de ACS y, en consecuencia, podrá recabar en cualquier momento las entregas de la documentación generada durante la realización de la Asistencia.
El Consultor no podrá utilizar para sí ni proporcionar a terceros dato alguno de los trabajos contratados ni publicar, total o parcialmente, el contenido de los mismos sin autorización escrita de ACS. En todo caso, el Consultor será responsable de los daños y perjuicios que se deriven del incumplimiento de esta obligación.
El Consultor tendrá la obligación de proporcionar a ACS todos los datos, cálculos, procesos y procedimientos empleados durante sus trabajos.
14. ASISTENCIA A AGUAS DE LAS CUENCAS DEL SUR
El Consultor facilitará a ACS cuantos servicios profesionales se estimen necesarios por ésta para el correcto desarrollo y cumplimientos del objeto del Contrato, como asistencia a reuniones explicativas, información al público, etc. Esta obligación se mantendrá durante dos (2) años después de la recepción de los trabajos.
15. CONTROL DE CALIDAD DE LOS TRABAJOS
En caso de adjudicación y antes del comienzo de los trabajos, el Director, con la colaboración del Consultor, establecerá el “Sistema de Control de Calidad”, que servirá para garantizar la calidad de los trabajos y tendrá, al menos el contenido siguiente:
− “Plan de Aseguramiento de la Calidad”, del adjudicatario, que será el de la oferta debidamente actualizado y desarrollado en todos sus aspectos, con detalle de las personas intervinientes, relación completa de colaboradores y redacción de los procedimientos aplicables.
− Fases en que la dirección va a supervisar los trabajos efectuados hasta el momento.
− Correlaciones entre distintas actividades y su tratamiento.
− Detalle de los puntos críticos, en los que se deben desarrollar las labores de verificación correspondientes. En estos puntos críticos se fijarán especialmente los puntos xx xxxxxx.
Además el Consultor, aportará los documentos complementarios para el aseguramiento de la calidad, tales como:
− Revisión de las especificaciones del contrato, para que xxxx asimiladas por el equipo asignado al contrato.
− Procedimientos aplicables, divididos en organizativos y técnicos. Los primeros se refieren a la forma de organizar los trabajos desde el punto de vista del aseguramiento de la calidad y los segundos recogen la forma técnica de desarrollar las distintas actividades y la normativa a aplicar en cada una de ellas.
16. SISTEMA DE VALORACIÓN
La valoración de los trabajos se efectuará por el sistema de precios unitarios.
Los precios unitarios de ejecución material regirán en el Contrato serán los que, ofertados por el Consultor, se integrarán en letra y cifra al Contrato en el momento de la adjudicación del mismo.
En estos precios, se consideran incluidas todas las actividades necesarias para cumplimentar cada una de las fases indicadas en los apartados anteriores, así como cuantos gastos se deriven de la realización de los trabajos descritos en este Pliego, de la utilización de los medios necesarios y, en general, de todas las actividades contempladas en el contrato de servicios de asistencia objeto del presente Pliego de Prescripciones. Debe entenderse que la totalidad de los trabajos del contrato están incluidos en los precios unitarios del Anexo 1, y que no es por lo tanto necesario ningún precio adicional nuevo.
17. PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN DEL CONTRATO
El Presupuesto Base de Licitación (IVA excluido) de este contrato asciende a la cantidad de 99.894,55 €, resultante de la aplicación de los precios unitarios establecidos en el anexo nº 1 al número de unidades de cada tipo que se prevé realizar, tal y como se contiene en el anexo nº 2 y la aplicación de los coeficientes de gastos generales y beneficio industrial.
El presupuesto base de licitación (incluido el IVA al tipo del 18%) asciende a
117.875,57 €
El presupuesto del contrato, es decir, la cantidad por la cual se compromete el Consultor a realizar todos los trabajos de acuerdo con el Presente Xxxxxx, es el que debe figurar en la proposición del Consultor.
Se entenderá que este importe cubre la totalidad de los costes directos e indirectos, impuestos y beneficio del contrato, correspondiente a la ejecución y con arreglo al presente pliego de prescripciones técnicas y al Pliego de Cláusulas Particulares y constituyendo la contrapartida de Aguas de las Cuencas del Sur por la totalidad de los servicios objeto del contrato.
El coste de esta asistencia técnica se prevé que sea cofinanciada con aportaciones xxx XXXXX de la Unión Europea.
18. REVISIÓN DE PRECIOS
Dada las características de los servicios, cuya evolución de costes es previsible con anterioridad se propone que los precios unitarios de contrato no serán revisables.
19. MEDICIÓN Y ABONO
El abono de los trabajos se hará según la forma especificada en el modelo de contrato del PCP. Según allí figura se hará mediante certificaciones mensuales emitidas por el Director resultantes de la aplicación de los precios unitarios a las unidades realmente ejecutadas.
20. FINANCIACIÓN EUROPEA
La financiación de esta Asistencia Técnica, se realizará de forma parcial con aportaciones xxx XXXXX de la Unión Europea.
Madrid de Febrero de 2011
El Ingeniero Autor xxx Xxxxxx,
Examinado y Conforme,
Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Ingeniero Técnico Agrícola
Técnico de Expropiaciones Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx
Director Técnico de Obras y Proyectos
ANEXO Nº 1: CUADRO DE PRECIOS UNITARIOS
PRECIOS UNITARIOS POR EXPEDIENTE
Actividades a realizar en Fase I: Trabajos previos: comprobación del emplazamiento, naturaleza, linderos titularidades, bienes y derechos afectados, actualización del parcelario y estaquillado y replanteo del terreno | 45,00 € |
Actividades a realizar en Fase II: Trabajos a realizar antes y durante el levantamiento de actas previas a la ocupación y posterior ocupación de las fincas | 58,00 € |
ANEXO Nº 2: JUSTIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO
JUSTIFICACIÓN DEL PRESUPUESTO
Unidad | Nº Uds. | Descripción | Precio Unitario | Importe |
Ud | 815 | Actividades a realizar en Fase I: Trabajos previos: comprobación del emplazamiento, naturaleza, linderos titularidades, bienes y derechos afectados, actualización del parcelario y estaquillado y replanteo del terreno | 45,00 € | 36.675 € |
Ud | 815 | Actividades a realizar en Fase II: Trabajos a realizar antes y durante el levantamiento de actas previas a la ocupación y posterior ocupación de las fincas | 58,00 € | 47.270 € |
TOTAL PRESUPUESTO DE EJECUCIÓN MATERIAL | 83.945 € |
Presupuesto de Ejecución Material 83.945,00 €
Gastos Generales (13%) 10.912,85 €
Beneficio Industrial (6%) 5.036,70 €
Presupuesto Base de Licitación (IVA excluido) 99.894,55 €
I.V.A. (18%) 17.981,02 €
PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN 117.875,57 €
ASCIENDE EL PRESUPUESTO BASE DE LICITACIÓN (IVA EXCLUIDO) A LA EXPRESADA CANTIDAD DE NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO EUROS CON CINCUENTA Y CINCO CÉNTIMOS (99.894,55 €) Y A LA CANTIDAD DE CIENTO DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO EUROS CON CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS (117.875,57
€), INCLUYENDO EL IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO AL TIPO DEL 18%.
ANEXO Nº 3: PROGRAMA DE TRABAJOS
ACTIVIDADES | MESES | |||||||||||||||||||||||
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 15 | 16 | 17 | 18 | 19 | 20 | 21 | 22 | 23 | 24 | |
Fase I: Trabajos previos: comprobación del emplazamiento, naturaleza, linderos titularidades, bienes y derechos afectados, actualización del parcelario y estaquillado y replanteo del terreno | ||||||||||||||||||||||||
Fase II: Trabajos a realizar antes y durante el levantamiento de actas previas a la ocupación y posterior ocupación de las fincas |
AGUAS DE LAS CUENCAS DEL SUR, S.A.
PPTP AT Expropiaciones para el Proyecto de Ampliación y mejora del sistema de abastecimiento de la Mancomunidad de Aguas de la Muela (Guadalajara) Página 24 de 24