ESTUDIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD
E.S.E. CLINICA GUANE Y SU RIS | ||||
Fecha: | 2012/04. | Código TRD: 15.06.01 | Versión : 01 | |
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ESTUDIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD
SOLICITUD DE OFERTAS POR LA MODALIDAD DE PROCEDIMIENTO DE CUARTA CUANTÍA PARA LLEVAR A CABO LA “CONTRATO DE ALIANZA PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDICO ASISTENCIALES PARA LA OPERACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD Y DEMAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS QUE REQUIERA LA ESE CLINICA GUANE Y SU R.I.S.”
DEPENDENCIA QUE PROYECTA | SUBDIRECCIÓN CIENTÍFICA |
FECHA | 13 MARZO DE 2018 |
MODALIDAD | PROCEDIMIENTO DE CUARTA CUANTÍA |
MARCO LEGAL | |
Se procede a elaborar el estudio de conveniencia y oportunidad para contratar a través de un operador externo el “CONTRATO DE ALIANZA PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDICO ASISTENCIALES PARA LA OPERACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD Y DEMAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS QUE REQUIERA LA ESE CLINICA GUANE Y SU R.I.S.”, de acuerdo con lo establecido en el artículo vigésimo cuarto y siguientes del Acuerdo No. 006 del 4 de septiembre de 2014, la Circular Externa No. 067 del 27 de diciembre de 2010 emitida por la Superintendencia Nacional de Salud, Ley 1438 de 2011, así como las demás disposiciones que la modifiquen aclaren o deroguen, al igual que las leyes civiles y comerciales y demás normas que adicionen complemente o regulen el contrato. Resolución. | |
NECESIDAD QUE SATISFACE LA CONTRATACIÓN | |
La E.S.E Clínica Xxxxx y sus RIS de conformidad con la Ley 100/1993, y sus reformas Ley 1122 de 2007 y Ley 1438 de 2011, y en especial con el Art. 1º del Decreto 1876 de 1994, ahora en el Decreto Unico Reglamentario 780 de 2016, articulos 2.5.3.8.4.1.2., 2.5.3.8.4.1.3., 2.5.3.8.4.1.4; Empresa Social del Estado, de primer (I) Nivel de complejidad, constituida como una categoría especial de entidad pública, descentralizada, con personería jurídica, patrimonio propio y autonomía administrativa; para lo cual el manejo de sus recursos financieros de funcionamiento los obtiene principalmente en el esquema de aseguramiento tripartito con planes de beneficios preestablecidos para la atención en salud a la población beneficiaria del régimen contributivo y subsidiado del SGSSS; subsidio a la oferta y a través de contratos de promoción de la salud y prevención de la enfermedad individual o colectiva con los entes territoriales y administradoras de recursos de salud correspondientes; prestación de servicios de la salud que al tenor de lo fijado en la Sentencia T-058/11 de la Honorable Corte Constitucional, que expreso: “El artículo 49 de la Constitución Política dispone que: “La atención de la salud y el saneamiento ambiental son servicios públicos a cargo del Estado. Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud. // Corresponde al Estado organizar, dirigir y reglamentar la prestación de servicios de salud a los habitantes y de saneamiento ambiental conforme a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. También, establecer las políticas para la prestación de servicios de salud por entidades privadas, y ejercer su vigilancia y control. Así mismo, establecer las competencias de la Nación, las entidades territoriales y los particulares y determinar los aportes a su cargo en los términos y condiciones señalados en la ley. Según el precitado artículo la salud tiene una doble connotación: derecho constitucional fundamental y servicio público. En tal sentido todos los ciudadanos deben tener acceso al servicio de salud y al Estado le corresponde organizar, dirigir, reglamentar y garantizar su prestación. Dicha facultad constitucional otorgada a los entes estatales y a los particulares comprometidos con la prestación del servicio de salud está estrechamente relacionada con los fines mismos del Estado Social de Derecho y con los propósitos consagrados en el artículo 2º Superior” Lo anterior, acorde con los fines del Estado, del cual hace parte esta Empresa Social del Estado, acorde con el servicio que en esta se presta, como lo indica la Corte Constitucional, al tener una doble connotación, es decir al ser un derecho fundamental directo por una parte, conforme a la Ley 1751 de 2015, y por la otra al ser un servicio público como esta establecido en los artículos 49, 365 y 366 Superiores, no puede ser interrumpido, por causas puramente formales, por lo anterior, respetando los principios de transparencia por una parte y por la otra en amparo del principio de eficacia, acorde con la necesidad. La E.S.E Clínica Guane y sus RIS, una vez revisados los procedimientos establecidos en el manual de contratación, establece que debe hacerse a partir del objeto de la futura contratación, una ponderación entre los procedimientos establecidos en el manual de contratación, referente a la modalidad de contratación a emplearse y los tiempos a emplearse en los mismos, frente a la eficacia en la no interrupción del servicio público de salud; Por ello surge la necesidad de llevar acabo un contrato para los procesos de salud en odontología, higiene oral, laboratorio clínico, urgencias, consulta externa, programas de promoción y prevención, terapia física y respiratoria, optometría, fisioterapia, vacunación, esterilización, sistema de referencia y contra referencia de pacientes, hospitalización, obstetricia de primer nivel de atención y de demás actividades complementarias que requiera la entidad para bridad la salud de forma integral, con oportunidad, eficiencia y calidad –Ley 100 de 1993 y Ley 1438 de 2011-. Mediante dicho acto jurídico, la Empresa Social del Estado Clínica Guane y sus R.I.S, acude a la necesidad de buscar una empresa, para que lleve a cabo la operación de los procesos y subprocesos de salud de primer Nivel de atención como lo establece el Decreto 1760 de 1990, ahora en el DUR 780 de 2016, en sus artículos 2.5.3.3.1, a |
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2.5.3.3.4, para conseguir una mayor efectividad de los servicios de salud, a través de Los procesos y subprocesos de salud de forma organizada. Con esta forma de contratación, se satisface la necesidad de dar respuesta adaptativa a un entorno crecientemente competitivo, para lo cual, se ha buscado tener un núcleo reducido que domine las actividades esenciales de la empresa y un elemento temporal de tamaño variable que se ajuste permanentemente a las fluctuaciones de la demanda en los servicios de salud, así como un elemento constituido por los procesos o subprocesos, que se que quieren dar en operación para efectividad de la facturaciòn de la ESE. Por tal motivo y para llevar a cabo esto, en la E.S.E Clínica Guane y su Red Integral de Salud, debe garantizar los medios y recursos necesarios que permitan la prestación del servicio público de salud, de forma integral, con calidad, oportunidad y eficiencia. Para ello, la E.S.E Clínica Guane y su Red Integral de Salud, cuenta con ocho (8) unidades de atención donde se deben prestar servicios de I Nivel de Complejidad y de Atención, los cuales son encargados de garantizar la prestación de servicios Odontología, higiene oral, laboratorio clínico, urgencias, consulta externa, programa de promoción y prevención, terapia física y respiratoria, optometría, fisioterapia, vacunación, esterilización, sistema de referencia y contrareferencia, hospitalización, obstetricia; todo bajo los estándares de calidad en la atención de sus usuarios según los lineamiento del Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad en Salud, Decreto 1011 de 2006 ahora en el DUR 780 de 2016, Parte 5, Titulo 1, artículos 2.5.1.1.1 a 2.5.1.7.6, para así poder cumplir con nuestra misión en razón a que somos una Empresa Social del Estado del orden municipal, prestadora de servicios de salud de baja complejidad o atención basica, orientada hacia la promoción de la salud y prevención de la enfermedades. Es relevante mencionar que para ello, la E.S.E Clínica Guane y su Red Integral de Salud, emprendió el proceso de Formalización laboral, teniendo avances significativos al respecto, como la elaboración del estudio técnico y financiero de reorganización administrativa de la entidad, el cual se realizó en el mes de enero del año 2014; así mismo ha realizado visitas al Departamento de la Función Pública, por parte de la Oficina Jurídica y la Gerencia de la E.S.E Clínica Guane y su Red Integral de Salud, llevando a cabo reuniones con el Ministerio de Trabajo seccional Santander, el día 20 xx xxxxxx de 2014 en acta de reunión, en donde se socializo el estudio anteriormente descrito, presentándolo como avance en el proceso de formalización laboral. El mencionado estudio, fue avalado por el Ministerio de Trabajo Seccional Santander, siendo remitido con un plan de trabajo, presentando por la E.S.E Clínica Guane y su Red Integral de Salud al Ministerio de trabajo en la Sede Principal Bogotá, para el visto bueno del viceministro de trabajo, para iniciar el proceso de formalización laboral. De igual forma, se han llevado acabo mesa de trabajo con el Doctor Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx, funcionario del Departamento de la Función Pública, que nos ha establecido diferentes directrices para este proceso de formalización, argumentando que es más viable para la Empresa Social del Estado, por su condición económica y financiera, según el estudio de reorganización realizado, empezar con una planta temporal, argumento que el Departamento de la Función Pública, ha regulado y expandido a todas las empresas sociales del estado del país. Lineamientos que estamos en proceso de adopción porque se tiene una serie de pasos y autorizaciones por parte de la Comisión Nacional de Servicio Civil, que no se pueden obtener de inmediato. Es de interés para la Empresa Social adoptar políticas de formalizar y continuar con este tipo de contratación, siendo viable y efectiva, mientras se da el proceso de formalización, todo ello es basado en la necesidad de prestar servicios de salud, sin interrupción, que tiene la connotación legal de un derecho fundamental, por estar conexo con el Derecho fundamental a la vida. Nuestra misión y visión esta direccionada a salvaguardar la salud de todos los 64000 usuarios que pertenecen a nuestra red de servicios de salud, siendo la única Empresa Social del Estado de Primer Nivel de Atención del municipio de Floridablanca. Es preciso mencionar desde el 1 de enero de 2016 la ESE no cuenta con médicos de servicio social obligatorio –SSO-, debido que para garantizar los derechos laborales de estos profesionales, la clínica se encuentra en la implementado de la creación de las 18 plazas de SSO a la planta de personal de la Clínica Guane y sus Ris, en consideración a ello, la empresa social del estado determina desde el mes de enero refuerza el proceso de Medicina general, con la finalidad de no interrumpir el servicio y prestarlo de manera oportuna a todas las 8 unidades de des servicio y la clínica hasta el tiempo necesario para llevar acabo la creación de estos cargos la ESE Clínica Guane y sus Ris. En fundamento a lo anterior, tenemos la obligación legal de prestar los servicios de salud en atención básica de primer nivel, sin interrupción alguna, adoptando las modalidades de contratación como la operación de los procesos y subprocesos de salud, utilizando estrategias legales contundentes para mantener la sostenibilidad financiera, con efectividad en los servicios de manera continua, oportuna y eficaz. |
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ESTUDIO TÉCNICO, FINANCIERO, DE REORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA ESE CLÍNICA GUANE R.I.S. DE FLORIDABLANCA– SANTANDER. El estudio técnico financiero de reorganización administrativa que realizo la E.S.E Clínica Guane y su Red Integral de Salud, lo llevó a cabo teniendo en cuenta, que el Gobierno Nacional promueve la política de formalización laboral, combatir todas las formas de vinculación que afecten los derechos de los trabajadores, acatando la Circular 042578 de 22 xx xxxxx de 2012, lo que constituye un compromiso de las directivas un manejo responsable y adecuado de las finanzas de la E.S.E. CLINICA GUANE R.I.S. DE FLORIDABLANCA– SANTANDER, que contribuyan a la estabilidad social y económica; en este sentido igualmente convencidos de la importancia de la búsqueda, mejoramiento y mantenimiento de un funcionamiento adecuado de acuerdo a las normatividad aplicable a fin de garantizar los recursos necesarios para generar los resultados efectivos y eficientes que conlleven a la satisfacción de los usuarios y funcionamiento en equilibrio financiero, la E.S.E. CLINICA GUANE R.I.S. DE FLORIDABLANCA– SANTANDER, emprende un proceso Reorganización Administrativa que tiene relación directa con la organización interna, procedimientos, cargos y servicios necesarios, con miras a orientar las acciones de cambio que propendan a la modernización de la entidad acorde a sus necesidades, soportados en un estudio técnico, fundamentados en de las disposiciones generales para las modificaciones de planta de personal en el Decreto 1227 de 20051, reglamentario de la Ley 909 de 2004 y el decreto-ley 1567 de 1998, en desarrollo de los preceptos de su artículo 96 como: fusión, supresión o escisión de entidades, cambios en la misión u objeto social o en las funciones generales de la entidad, traslado de funciones o competencias de un organismo a otro, supresión, fusión o creación de dependencias o modificación de sus funciones, mejoramiento o introducción de procesos, producción, de bienes o prestación de servicios, redistribución de funciones y cargas de trabajo, introducción de cambios tecnológicos, culminación o cumplimiento de planes, programas o proyectos cuando los perfiles de los empleos involucrados para su ejecución no se ajusten al desarrollo de nuevos planes, programas o proyectos o a las funciones de la entidad, racionalización del gasto, mejoramiento de los niveles de eficacia, eficiencia, economía y celeridad de las entidades públicas y de otra parte en el artículo 97 del Decreto 1227 de 2005, determina que los estudios que soportan las modificaciones de las plantas de personal deberán basarse en metodologías de diseño organizacional y ocupacional que contemplen, como mínimo, los siguientes aspectos: w Análisis de procesos técnico – misionales y de apoyo. w Evaluación de la prestación de los servicios w Evaluación de las funciones, los perfiles y las cargas de trabajo de los empleos. Atendiendo la normatividad vigente mencionada, el proyecto debe comprende actividades de manera ordenada y secuencial que le permita garantizar el análisis de la suficiencia técnica y financiera de la E.S.E. CLINICA GUANE R.I.S. DE FLORIDABLANCA– SANTANDER, de conformidad a los requerimientos. Así las cosas, la E.S.E. CLINICA GUANE R.I.S. DE FLORIDABLANCA– SANTANDER, está comprometida a lograr la formalización laboral, a respetar los derechos y garantías laborales de las personas que laboran en entidad, dentro del marco de sostenibilidad fiscal, que brinde una eficiente y eficaz prestación del servicio de salud. En la actualidad la planta de personal está conformada por 10 cargos administrativos, no existe personal de planta suficiente para atender la prestación de servicios de salud a cargo de esta empresa social del estado de Baja Complejidad, dado que esta entidad le compete garantizar los medios y recursos necesarios que permitan la prestación del servicio público de salud, y de acuerdo a las condiciones operativas, se justifica la presente contratación ya que existen unidades de atención de urgencias, ambulatoria, donde se prestan servicios de I Nivel de Complejidad, los cuales son encargados de garantizar la prestación de servicios médicos debe garantizar los medios y recursos necesarios que permitan la prestación del servicio público de salud; siguiendo las instrucciones dadas por el Ministerio de Salud y Protección Social y Ministerio del Trabajo, en comunicado No. 42578 de fecha 00 xx Xxxxx xx 0000, xx X.X.X. XXXXXXX XXXXX R.I.S., con el propósito de ampliar la capacidad de oferta y su portafolio de servicios, de la manera más eficiente posible, asegurando la sostenibilidad financiera a partir de los ingresos por venta de servicios y haciendo uso de la prestaciòn de servcios de salud de atención básica, de conformidad con el artículo 59 de la ley 1438 de 2011 y con observancia de las condiciones establecidas en la Sentencia C-171 de 2012, de la H Corte Constitucional y circulares Nº 066 y 067 de 2010 emanadas de la Superintendencia Nacional de Salud, ha considerado conveniente y oportuno contratar bajo la figura de tercerización de serivicios, con el fin de configurar la Operación del servicio a través de procesos y subprocesos para la prestación de los servicios de salud mediante operador externo en condición de contratista, quien deberá acreditar igualmente la calidad de prestador de servicios de salud. |
1Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 909 de 2004
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Así las cosas, la E.S.E. CLINICA GUANE R.I.S. DE FLORIDABLANCA– SANTANDER ha decidido llevar a cabo la prestación de sericios de salud de Primer Nivel de complejidad o Atención Basica conforme la siguiente modalidad de negocio jurídico atípico socialmente aceptado, denominado CONTRATO DE ALIANZA PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDICO ASISTENCIALES, el cual está basado legalmente en la libertad económica del Estado Colombiano, que sustentado en los derechos fundamentales de los artículos 13, 16 y 83, y el artículo 333, de la Carta Magna, permite a todas las personas realizar sus actividades económicas de forma libre sin violación del interés general, los derechos de los demás y sin contrariar el ordenamiento jurídico del Estado, denominado esto la autonomía privada dentro de la contratación; El presente convenio se llevara a cabo teniendo en cuenta los lineamientos de las Circulares 066 y 067 de 2010 de la Superintendencia Nacional de Salud, que establecen que “Los prestadores de servicios de salud podrán contratar individualmente la prestación de servicios de salud o podrán contratar la prestación de servicios mediante la figura de asociación o de alianzas estratégicas con otros Operadores Privados o Públicos mediante Sistemas Negociables Mercantiles que faciliten su cumplimiento, generen economía de costos y optimicen la gestión, obteniéndose una participación razonable en el margen de rentabilidad logrado por el operador de servicios, buscando a través de modalidad de asociación o alianza, la optimización de los recursos destinados a la salud, reduciendo el costo que para las Entidades Responsables del Pago de Servicios de Salud (ERP), las entidades que ofrezcan Planes Voluntarios de Salud, los particulares y demás pagadores del sistema, podría significar el tener contratos con cada prestador, brindando los servicios de salud en un paquete integral e interdisciplinario de servicio. En la Asociación de PSS se mantiene la autonomía técnica, administrativa y financiera, permitiendo garantizar a través de esta asociación, la adquisición en conjunto a bajo costo y de alta calidad, de insumos, servicios técnicos, medicamentos, la contratación de interventorías y auditorías para mejoramiento de la calidad de los servicios de salud, servicios integrales de salud en complementación o para efectos de conformación de una red prestadora de servicios de salud, que facilite a los usuarios el ingreso, accesibilidad, oportunidad y calidad de los mismos, a través de figuras como la unión temporal o de consorcio. A partir de la expedición de la Ley 1438 de 2011, en sus artículos 60 a 64 los cuales se encuentran reglamentados por las Resolución 429 de 2016 Politica de Atención Integral en Salud, y Resolución 1441 de 2016 que establece los criterios y procedimientos para la habilitación de Redes Integrales de Prestadores de Servicios de Salud; Que por expresa voluntad del legislador consagró que la prestación de servicios se hará a través de redes integradas de servicios, entendidas como el conjunto de organizaciones o redes que prestan servicios o hacen acuerdos para prestar servicios de salud individuales y/o colectivos, más eficientes, equitativos, integrales, continuos a una población definida, dispuesta conforme a la demanda; ubicadas en un espacio poblacional determinado.…. Las instituciones prestadoras de servicios de salud podrán asociarse mediante Uniones Temporales, consorcios u otra figura jurídica con Instituciones Prestadoras de Salud, públicas, privadas o mixtas. En ejercicio de su autonomía determinarán la forma de integración y podrán hacer uso de mecanismos administrativos y financieros que las hagan eficientes, observando los principios de libre competencia.2”. La práctica autorizada en la prestación de servicios de salud, se da cuando el PSS contrata individualmente la prestación de servicios de salud o contrata la prestación de servicios mediante la figura de ASOCIACIÓN O DE ALIANZAS ESTRATÉGICAS con otros operadores privados o públicos mediante Sistemas Negociables Mercantiles. Entonces el PSS3 tan solo podrá ofertar y brindar los servicios que éste tenga habilitados, en el evento que pretenda brindarlos en un paquete integral de servicios junto con otros servicios que no tenga habilitados, lo puede realizar siempre que lleve a cabo la conformación de una asociación o alianza estratégica de prestadores de servicios de salud, para poder ofertar en conjunto con otros prestadores de servicios de salud, sus servicios y los de estos, como PAQUETE INTEGRAL DE SERVICIOS DE SALUD. El PSS también podrá ofertar y vender sus servicios habilitados a través de un asociado o afiliado por outsourcing, por tercerización, o por externalización, mediante la asociación o contratación de un tercero no habilitado para el suministro de los servicios de salud habilitados por el PSS, bajo la figura de la asociación o contratación por outsourcing, por tercerización o por externalización de estos servicios. De acuerdo con lo anterior, las partes actuantes acuerdan llevar a cabo un CONTRATO DE ALIANZA PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDICO ASISTENCIALES, con el objeto de optimizar la prestación de servicios asistenciales básicos, con la colaboración de ambas partes, la complementariedad de la prestación de servicios de salud, haciendo uso de los servicios habilitados, su infraestructura, tecnología y recurso humano; modalidad de alianza estratégica que busca dar cumplimiento a los lineamientos legales del Sistema Obligatorio de garantía de la calidad en salud y el programa de Seguridad del paciente según el DUR 780 de 2016, Las Resoluciones 1446 de 2006, 2680 de 2007, 2003 de 2014, y 0256 de 2016; y no incurrir en la intermediación de servicios de salud, permitiendo la actuación de los asociados en forma complementaria. La E.S.E. CLINICA GUANE R.I.S. DE FLORIDABLANCA– SANTANDER y su Contratista externo, de forma libre y voluntaria se acogen a las normas constitucionales, legales y reglamentarias, decidiendo de esta forma llevar a cabo |
2 Superintendencia Nacional de Salud: ACLARACIÓN DE LA CIRCULAR EXTERNA 067 DE 2010, Referenciado: 1-2011- 027100, BOLETÍN JURÍDICO NÚMERO 21. OFICINA ASESORA JURÍDICA, ENERO A OCTUBRE DE 2011
3 Prestador de Servicios de Salud: PSS
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un acuerdo de voluntades basado en esa libertad contractual, bajo la modalidad de negocio jurídico atípico socialmente aceptado, bilateral, de alianza estratégica con la participación en calidad de personas jurídicas legalmente constituidas y habilitadas para la prestación de servicios de salud en el marco legal del sistema obligatorio de garantía de la calidad, y el sistema único de habilitación, de tal forma que su actuación en calidad de aliados o asociados permite su actuación y participación sin contrariar el sistema de habilitación, sin intermediación de servicios de salud, y ofrecer a los terceros contratantes del convenio, seguridad, responsabilidad y calidad en la prestación integral de servicios de salud de alta complejidad; Por lo anterior, la finalidad del presente estudio de coveniencia para llevar a cabo CONTRATO DE ALIANZA PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDICO ASISTENCIALES, es la de desarrollar un programa de atención médico asistencial de baja complejidad, para la explotación comercial de los sericios de atención básica de la E.S.E. CLINICA GUANE R.I.S. Todo lo anterior, es con el propósito de ampliar la capacidad de prestación de los servicios de la manera más eficiente posible, además, que dicho servicio público de salud, debe prestarse de manera continua y eficaz, so pena de afectar derechos fundamentales. En la E.S.E. CLINICA GUANE R.I.S., están organizados los procesos mediante un modelo de procesos concordante con el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano, Caracterizadas en procesos y subprocesos para facilitar su gestión, operación, desarrollo y financiación en el contexto y términos de calidad, oportunidad, suficiencia, pertinencia y seguridad, cuyas operaciones y logro de los productos finales se garantizan a través de la realización de procedimientos, dando así cumplimiento a los requerimientos normativos para la prestación de servicios de salud, la Función Administrativa Pública y la complejidad técnica requerida en un moderno, prospectivo, y legal método de organización de la producción y del trabajo para la atención en salud. Dentro del presente proceso pueden concurrir personas jurídicas, individualmente o mediante Uniones Temporales o Consorcios que llevarán a cabo las funciones otorgadas al contratista de conformidad con lo establecido en el pliego. El operador debe demostrar idoneidad jurídica, suficiencia financiera y experiencia que le permita garantizar la prestación de los servicios cumpliendo con los requisitos exigidos por el Estado Colombiano para operar servicios de salud siguiendo los lienamientos del Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad en Salud, Decreto 1011 de 2006 ahora en el DUR 780 de 2016, Parte 5, Titulo 1, artículos 2.5.1.1.1 a 2.5.1.7.6, para así poder cumplir con nuestra misión en razón a que somos una Empresa Social del Estado. El operador es responsable y asume de manera integral el riesgo de la prestación de los servicios, los recursos tecnológicos y humanos y todos los asuntos administrativos inherentes al servicio, que deben ser prestados con todos los requerimientos de calidad, oportunidad, suficiencia y seguridad, en forma autónoma, autogestionaria y de manera integral dentro de todas las condiciones técnicas y científicas exigidas por el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad en Salud, Decreto 1011 de 2006 ahora en el DUR 780 de 2016, Parte 5, Titulo 1, artículos 2.5.1.1.1 a 2.5.1.7.6, las Resoluciones 1446 de 2006, 2680 de 2007, 2003 de 2014, y 0256 de 2016, y demás normas complementarias, que le adicionen, modifiquen o sustituyan. | |||||
DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR | |||||
CONDICIONES EL CONTRATO A CELEBRAR OBJETO: CONTRATO DE ALIANZA PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS MEDICO ASISTENCIALES PARA LA OPERACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD Y DEMAS ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS QUE REQUIERA LA ESE CLINICA GUANE Y SU R.I.S.” • MODALIDAD DE SELECCIÓN: Solicitud de ofertas por la modalidad de procedimiento de cuarta cuantía. • TIEMPO DE EJECUCIÓN: OCHO (8) MESES Y 7 DÍAS Calendario, contados a partir de la suscripción del acta de inicio y no podrá superar la vigencia del año 2018, por tal motivo, se terminará y liquidará el 31 de diciembre de 2018, en el estado en que se encuentre, salvo por necesidad del servicio, que se requiera la continuidad de la prestación de los servicios de salud. En este último punto, las partes suscribirán la respectiva prórroga y adición, si es del caso. El contrato de Procesos y subprocesos para la prestación de servicios de salud, se llevará a cabo en las instalaciones de la E.S.E. Clínica Guane y su R.I.S, y en la instalación de Salud a su cargo. |
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• LUGAR DE EJECUCIÓN: El lugar de ejecución del presente proceso será el Municipio de Floridablanca. • PRESUPUESTO OFICIAL: El valor del presente contrato se tendrá la suma de global de TRES MIL QUINIENTOS VEINTE Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS DIEZ Y SIETE PESOS M/CTE ($3.524.467.817.oo). El presupuesto oficial estimado para desarrollar el objeto del contrato, incluye los costos directos e indirectos, impuestos (Nacionales, Departamentales, Municipales), tasas (Nacionales, Departamentales, Municipales, contribuciones (Nacionales, Departamentales, Municipales). Se aclara que este valor es valor global ya que el valor real se determinara de acuerdo a la factura presentada, conforme a las horas producidas en el mes, de acuerdo a la forma establecida, en la forma de pago. Se cuenta con el En el Rubro Presupuestal No. 03200802 Honorarios Operativos 03201001 remuneracion servicios técnicos administrativos, 03201002 remuneracion servicios Técnicos operativos, se encuentra el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 18-00213 del 13 xx xxxxx de 2018. • FORMA DE PAGO: FORMA DE PAGO: La E.S.E. CLINICA GUANE Y SU R.I.S, cancelará al contratista el valor establecido en la respectiva contratación, dado que se trata de un esquema bajo la modalidad, de PRODUCCIÓN DE Procesos y subprocesos para la operación los servicios de salud, por mensualidades con la presentación de la factura o cuenta de cobro respectiva, y con el recibo a satisfacción del supervisor y todos los requisitos necesarios, así: 1. La entidad contratante pagará al contratista conforme a las horas producidas en el mes, multiplicados por el valor de la hora unitaria, señalada en la propuesta. 2. Cuando se requieran servicios domiciliarios Medicina, laboratorio clínico y fisioterapia entre otros), estos se cobrarán a la ESE Clínica Guane, previa concertación con el Supervisor de la ESE para así fijar los valores a cobrar según el caso. 3. En caso de que se superen las metas de producción requeridas, se le reconocerá al contratista un valor adicional EL CUAL SERA EVALUADO TRIMESTRALMENTE, que deberá concertar con la Entidad a través del Supervisor los valores a cobrar según el caso. 4. En caso de que no se cumplan las metas de producción requeridas, se le descontará al contratista un valor que deberá concertar con la Entidad a través del Supervisor los valores a descontar según el caso. 5. Las metas de producción estarán sujetas a cambios en la ejecución del contrato, por factores de exigencia del servicio de salud, variación poblacional, otros factores que se llegaren a presentar las cuales serán concertadas con el Contratista. 6. Porcentaje del 0.2% será el descuento que se le aplicara al contratista sobre la facturación del contrato por concepto de uso de equipos y bienes de la ESE Clínica Guane. Este porcentaje descuento se aplicara mensualmente. 7. En todo caso el valor a cancelar al contratista durante la ejecución del contrato, no podrá superar el presupuesto oficial estimado, salvo expresa autorización de la entidad contratante. 8. Para el pago final será necesaria el acta de liquidación del contrato y el recibo a satisfacción del supervisor designado, con el lleno de los requisitos administrativos y legales exigidos. 9. Si el contratista no presenta la cuenta, la E.S.E. CLINICA GUANE Y SU R.I.S, no se hace responsable de la cancelación de la misma y tampoco tendrá responsabilidad de las actuaciones del contratista frente a terceros, por el no pago de la cuenta. Para el trámite de la misma cuenta se requiere que el contratista anexe fotocopia de los siguientes Documentos: 1). - Contrato suscrito con la E.S.E. CLINICA GUANE Y SU R.I.S. 2).- Cuenta de cobro y/o Factura según su régimen tributario presentada por el contratista de las metas y horas de producción durante la mensualidad. 3).- Informe de toda la producción, soportes y demás que considere pertinente que reflejen la producción realizada durante el periodo de la cuenta, teniendo en cuenta, 4).- Certificación expedida por parte del supervisor del contrato en señal de que presto el servicio a plena satisfacción. 5).- Anexar los desprendibles de pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social (Salud, Pensión, A.R.L) y Aportes Parafiscales, correspondiente al período laborado. 6). Anexar el Paz y Salvo de pago de salarios y prestaciones sociales y demás derechos laborales del personal empleado. 6).- Acta de liquidación e informe de supervisión y demás documentos solicitados con la presentación de la última cuenta de cobro y/o factura según su régimen tributario. • LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO: Conforme al artículo cuadragésimo del Acuerdo No. 006 del 04 de septiembre de 2014. |
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OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA Para efectos del cumplimiento objeto del contrato, el contratista se compromete a cumplir, además de las obligaciones inherentes a la naturaleza del mismo, las derivadas de las disposiciones legales vigentes que regulan la actividad, metas de producción, protocolos, Y en los anexos que hacen parte integral de este proceso y en especial las siguientes: I. GENERALES: 1) El contratista, tiene dentro de su objeto, tiene la obligación de llevar a cabo con su capacidad operativa ofertada llevar a acabo la producción de los procesos y subprocesos para la prestación de servicios, siempre que respondan a la ejecución de un proceso total en favor de la Clínica Guane y su Red Integral de Salud, cuyo propósito final sea un resultado específico de prestación de servicios de salud, con oportunidad, calidad y eficiencia, y que respondan a la ejecución de un proceso parcial o subproceso en favor de la Clínica Guane y su Red Integral de Salud, así mismo, cumplir con las especificaciones técnicas conforme a los lineamientos del Anexo Técnico. 2) El contratista, no podrán actuar como empresa de intermediación laboral, ni disponer del trabajo para suministrar mano de obra temporal a usuarios o a terceros beneficiarios, o remitirlos como trabajadores en misión con el fin de que estos atiendan labores o trabajos propios de un usuario del servicio o permitir que, respecto de los trabajadores del operador de servicios, agentes externalizadores, se generen relaciones de subordinación o dependencia con terceros contratantes. Teniendo en cuenta las políticas xx Xxxxxxx Humano, estipuladas en la Ley 1438 de 2011, en especial el art. 103 para la contratación del personal misional. 3) El contratista, deberá operar el servicio con plena autonomía técnica, financiera, científica y administrativa, bajo los parámetros de eficiencia, oportunidad y calidad correspondientes según los estándares de calidad y los parámetros fijados por el contratante, así como aquellos que las partes definan de manera concertada. 4) No cobrar honorarios a los usuarios del contratista por procedimientos o atenciones prestadas dentro de la institución. El contratista, se obliga a garantizar la eficiencia, oportunidad y calidad en la realización de las actividades objeto del contrato de operación. 5) Dar operatividad de manera adecuada, oportuna y pertinente en la papelería que requiera EL CONTRATANTE en el ejercicio de la operación del servicio, según el caso de: EVENTO ADVERSO, REINGRESOS, CUPS, SOAT, CIE, RIPSS y las demás que las actualicen o modifiquen registrando en ellos firma llevando siempre el sello de la entidad. 6) Cumplir con lo establecido en el Decreto 4747 de 2007 ¨Por medio del cual se regulan algunos aspectos de las relaciones entre los prestadores de servicios de salud y las entidades responsables del pago de los servicios de salud de la población a su cargo, y se dictan otras disposiciones”, ahora contemplado en el DUR 780 de 2016, Articulos 2.5.3.4.1, a 2.5.3.4.18. 7) El Contratista, deberá organizar directamente las actividades de operación con autonomía administrativa y asumiendo los riesgos en su realización; características éstas que deberán siempre prevalecer en la ejecución del proceso del operador de servicios, en favor del contratante. 8) Autonomía que incluye el manejo y orientación de las políticas de prestación de servicios, o de asociación, que contrate para la ejecución del contrato, (admisión, salarios, prestaciones, compensaciones, honorarios, contratos, y liquidaciones de contratos, entre otras). 9) Las obligaciones y responsabilidades que se deriven del contrato de procesos y subprocesos para la operación de los servicios de salud surgirán entre EL CONTRATANTE y el operador de servicios, y no entre EL CONTRATANTE y los trabajadores del contratista, que puedan configurar algún tipo de relación laboral. 10) Dar estricto VIGILANCIA Y CUMPLIMIENTO en cada proceso y subprocesos de los diferentes servicios de salud a las normas de seguridad laboral y bioseguridad, Ley 1562 de 2012 y DUR 1072 de 2015. 11) Garantizar continuidad en la prestación del servicio de salud durante el tiempo de la duración del contrato. 12) Otorgar VIGILANCIA Y CUMPLIMIENTO con la clasificación de los residuos hospitalarios que se generan en los servicios según lo establecido en el Plan de Gestión Integral de Residuos Hospitalarios, Ley 09/79, Ley 715/01, |
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Xxxxxxx 000 xx 0000, Xxxxxxx 1669/02, Decreto 4126/05, Resolución 1164/02, y demás normas reglamentarias vigentes y aplicables, relacionadas con el reporte de información de residuos Hospitalarios. Y los lineamiento de la Ley 1438 de 2011, capitulo VII. 13) Responder por cualquier daño patrimonial generado en desarrollo del objeto contractual e imputado a su responsabilidad Civil y penal a título de DOLO o CULPA generada por imprudencia, impericia, negligencia o por violación de reglamentos. En consecuencia, se compromete a mantener indemne al CONTRATANTE de cualquier posible reclamación, obligándose a pagar al CONTRATANTE cualquier suma de dinero que esta haya tenido que cancelar producto de alguna reclamación por la ejecución del presente contrato. 14) Dar VIGILANCIA Y CUMPLIMIENTO a sus obligaciones respecto a la SEGURIDAD SOCIAL en la Operación del Servicios. 15) Desarrollar el objeto social de manera autogestionaria, con autonomía y autodeterminación, con plena observancia de la ley respetando guías de manejo y protocolos de la entidad. 16) Adjuntar con el respectivo cobro mensual, la certificación del revisor legal o representante legal según corresponda, de estar x XXX y SALVO, con el pago de salarios y prestaciones sociales, así mismo, con los aportes de seguridad social y parafiscales. 17) Dar cumpliendo con sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social Integral, parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF), de conformidad con el artículo 50 de la Ley 789 del 27 de diciembre de 2002, en concordancia con la Ley 828 del 10 de julio de 2003 y demás normas aplicables y cuando el responsable del control de ejecución así lo solicite, allegar la certificación expedida por el revisor fiscal o representante legal, según corresponda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 del 27 de diciembre de 2002, en concordancia con la Ley 828 del 10 de julio de 2003, con la cual acredite el pago de sus obligaciones frente al Sistema de Seguridad Social integral, parafiscales (Cajas de Compensación Familiar, SENA e ICBF). 18) Cumplir con las obligaciones derivadas del Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad, Decreto 1011 de 2006 ahora en el DUR 780 de 2016, Parte 5, Titulo 1, artículos 2.5.1.1.1 a 2.5.1.7.6, las Resoluciones 1446 de 2006, 2680 de 2007, 2003 de 2014, y 0256 de 2016, y demás normas complementarias, que le adicionen, modifiquen o sustituyan. 19) Cumplir con los procesos y subprocesos para la operación de los servicios de salud contratados de acuerdo al número de consultas, intervenciones, procedimientos, atención urgencia y demás actividades que se realicen, de acuerdo a las agendas de servicios asistenciales, brindando un servicio oportuno, con celeridad y respeto, conforme a la normatividad interna de la Clínica Guane y su Red Integral de Salud, haciendo énfasis en lo ceñido a la misión y a la visión, política IAME, Plan de capacitaciones, proceso de calidad de la ESE, Gestión ambiental en la selección y organización de los residuos hospitalarios, y demás normatividad interna establecida debe ser concertada para tales fines; y dando cumplimiento a los estándares de los Referentes basados en evidencia científica, Protocolos de atención y Guias de atención establecidos por las autoridades competentes y la Ley 1438 de 2011, arts. 94 a 96. 20) Se obliga a no establecer negocio igual o similar al convenido o contratado con la Clínica Guane y su Red Integral de Salud, en las instalaciones o áreas aledañas al objeto del presente contrato de procesos y subprocesos para la operación de los servicios de salud. 21) Permitir visitas periódicas de control durante la ejecución del contrato por parte del supervisor, coordinador de calidad de la ESE, y demás personas que el contratante designe, para la verificación del sistema obligatorio de la Garantía con el pleno aviso de no mayor a (3) tres días hábiles en los cuales se deberá levantar acta por parte del supervisor, el coordinador de calidad y el contratista donde conste el cumplimiento de que se encuentra acorde con los estándares de calidad. 22) Realizar capacitaciones y/o seminarios y/o diplomados, entre otros, mantendrá siempre su autonomía técnica y financiera en relación a los procesos y subprocesos en la prestación de servicio de salud. 23) Llevar a cabo la entrega de elementos y/o insumos que se requieran para los procesos y subprocesos de salud, siempre y cuando este relacionado para su operación, conforme a la política farmacéutica, de insumos y dispositivos médicos, Ley 1438 de 2011. 24) En el Caso de procesos de formalización, por parte de la Clínica Guane y sus RIS deberá dar por terminado el servicio y se liquidará el contrato en el estado en que se encuentre. |
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24) Las demás obligaciones que se deriven de la naturaleza del contrato. II. ESPECIFICACIONES DE LOS PROCESOS Y SUBPROCESOS DEL SERVICIO DE SALUD: Llevar a cabo la operación conforme al anexo del servicio (el cual hace parte del presente proceso y del contrato). II Realizar: Consulta Externa y Urgencia por Medicina General: Apoyar El manejo pertinente, seguro y cálido a los usuarios que requieren Del servicio de salud para La recuperación, dando cumplimiento a los requisitos xx Xxx, Cliente y de La E.S. E CLINICA GUANE Y SU R.I.S., ejecutar La historia clínica completa de todos los pacientes referidos/as o que demandan asistencia, registrándolo en los instrumentos correspondientes y con los formatos que aplique para El evento en manejo, incluidas las actividades de promoción de La salud y prevención de La enfermedad enunciadas por La resolución 412 de 2000 y normas que las han modificado. 1. Operar control prenatal a todas las embarazadas que demandan atención. 2. Identificar y manejar las complicaciones de las gestaciones sobre La base de protocolos de actuación. 3. Identificar, interconsulta y/o remitir las gestantes de alto riesgo AL nivel especializado. 4. Orientar en relación con hábitos saludables en El embarazo, con especial énfasis en La promoción de La lactancia materna. 5. Promover La lactancia materna e identificar actitud hacia La lactancia. 6. Identificar problemas anatómicos Del pezón y explica formas de corrección. 7. Dar operacional seguimiento de las gestantes referidas de los servicios especializados. 8dar operación al adecuadamente todo El proceso según El caso, refiriendo las emergencias obstétricas. 9. Promover El parto institucional en El establecimiento de salud correspondiente. 10. Procesar La información obtenida de La actividad. 11. Crear estrategias a través de La operación en La evaluación de los programas de promoción de La salud y prevención de La enfermedad (Resolución 412 de 2000), enfermedades de interés en salud pública y crónicas no infecciosas. 12. Crear estrategias para promoción de La planificación familiar durante La gestación. 13. Crear estrategias Promover La planificación familiar en adultos jóvenes, adolescentes, hombres y mujeres. 14. Reportar las Estadísticas. 15. Crear estrategias Promover sobre El uso correcto y racional de los servicios de salud. 16. Difundir a las familias sobre La oferta de servicios de La ESE CLINICA GUANE, Crear estrategias sobre hábitos saludables en El hogar, relacionados con los riesgos de daño a La salud detectados. 20. Interconsulta y/o remitir los casos de morbilidad derivados de los riesgos de daño a La salud identificados. 21. Crear estrategias para almacenar La información derivada de La observación en El hogar sobre los riesgos de daño a La salud detectados 22. Interconsulta y/o remitir los casos de morbilidad derivados de los riesgos de daño a La salud identificados. 23. Crear estrategias para Identificar situaciones de riesgo y casos de violencia intrafamiliar y/o de género. 24. Verificar La efectividad de La operación de visitas domiciliaria a demanda para La atención de pacientes con alguna patología que no pueden desplazarse AL establecimiento de salud. 25. Fijar la operación para evaluar/clasificar AL niño/a de acuerdo a las normas. 26. Dar operatividad al proceso de consulta para evaluar, clasificar, detectar, registrar, tratar, orientar y referir si fuere necesario, siguiendo las Normas Nacionales de atención al menor de cinco años y la Guía de Diagnóstico y Tratamiento para Atención Primaria de Salud y la Estrategia de Atención Integral de Enfermedades Prevalentes de la Infancia – AIEPI -.También las guías institucionales para manejar las patologías que representan las 10 primeras causas de morbilidad y guías y flujogramas de pacientes con enfermedades crónicas como hipertensión arterial, diabetes mellitus, prevención de la enfermedad renal crónica. 27 Prestar con diligencia calidad humana, racionalidad tecnicocientifica La atención a los pacientes referidos o de demanda espontanea salvaguardando y honrando lo preceptuado por La ley 23 de 1981 (ETICA MEDICA). 28 Dar El uso correcto y cuidadoso a todos los elementos Del servicio. 39 Hacer La operación de La evolución clínica de los pacientes y definirle oportunamente SUS conductas medicas dentro de los parámetros de racionalidad, pertinencia y logicidad médico-científica. 30 Dar operatividad La referencia de pacientes de manera oportuna y ajustada a los lineamientos institucionales y los Del CRUE local y departamental. Hacer adhesión a las guías de manejo institucional. 31. Crear estrategias para El proceso de La Historia Clínica a todos los pacientes valorados y dar operatividad completamente los formatos médicos, administrativos y/o de auditoria medica que corresponda. 32 Utilizar El Recetario Oficial en los medicamentos definidos como de control especial. Colaborar con El manejo pertinente a los usuarios que requieren de atención en salud para La recuperación de su salud, ofreciendo una operación oportuna y humanizada cumpliendo con los parámetros de calidad que conllevan AL cumplimiento de La misión Institucional, los requisitos xx Xxx y Del cliente. 33. Operar los servicios de Promoción de La Salud y Prevención de La Enfermedad, fomentando El autocuidado y La detección oportuna de los signos de alarma como mecanismo en El mejoramiento Del estado de salud de los usuarios, su entorno familiar y comunitario, mediante La adherencia a los programas que permita el cumplimiento adecuado de las metas definidas, de conformidad con los requisitos xx Xxx, del cliente y de la E.S.E CLINICA GUANE Y SU R.I.S. 34. Brindar el apoyo a la atención oportuna, humanizada, pertinente y segura a los usuarios que demandan los servicios de consulta externa médica, prioritaria, dando cumplimiento a los requisitos xx Xxx, del Cliente y de la E.S.E CLINICA GUANE Y SU R.I.S. En el área de urgencias manejar el triage institucional y dar operatividad historia clínica a todos los pacientes de triage I, II, III y pacientes de población especial o vulnerable. 35. Hacer La evolución clínica de los pacientes y definirle oportunamente SUS conductas medicas dentro de los parámetros de racionalidad, pertinencia y logicidad médico-científica. 36. Crear estrategias para La operación de La referencia de pacientes de manera oportuna y ajustada a los lineamientos institucionales y los Del CRUE local y departamental. Operar El servicio para |
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La adhesión a las guías de manejo institucional. 37. Operar El servicio con El cumplimiento Del tempo establecido por el ministerio de salud. Priorizar El servicio de ambulancia. Racionalizar El usa de los insumos médicos, medico quirúrgicos y dar El uso correcto y cuidadoso a todos los elementos Del servicio. Promover la lactancia materna e identificar actitud hacia la lactancia. 38. Prestar con diligencia, calidad humana, racionalidad tecnicocientifica La atención a los pacientes referidos o de demanda espontanea salvaguardando y honrando lo preceptuado por La ley 23 de 1981(ETICA MEDICA) Promover El parto institucional en el establecimiento de salud correspondiente. Reportar las Estadísticas. 39. Identificar situaciones de riesgo y casos de violencia intrafamiliar y/o de género. Planificar y ejecutar plan de intervención para La prevención y control de La violencia Intrafamiliar. 40. Participar en La activación de las redes de apoyo en caso de violencia de género, violencia sexual y/o abuso sexual. 41. Utilizar El Recetario Oficial en los medicamentos definidos como de control especial. Colaborar con El manejo pertinente, oportuno, seguro y con calidez a los usuarios que requieren del servicio de atención inmediata de baja complejidad (Nivel I) en el servicio de urgencias, para la recuperación de la salud. 42. Se fomenta en ellos la cultura del uso racional y adecuado de los servicios y se da cumplimiento a los requisitos xx Xxx, del cliente y de la E.S.E CLINICA GUANE Y SU R.I.S. Participar en todas las actividades que se planteen para la captación de pacientes para las actividades de Promoción y Prevención e involucrarse en la estrategia de atención primaria en salud que desarrolla la institución de acuerdo con su perfil. DESCRIPCIÓN DEL PROCESO: Primero Ejecutar las actividades asistenciales propias Del proceso de Consulta de Urgencias garantizando su desarrollo durante 24 horas Del día todos los días Del mes, respondiendo por la continuidad en el servicio por tratarse de atención inmediata en salud, que deberá ser oportuna, eficaz, eficiente y continua a los pacientes institucionales, o de entidades con las cuales la E.S.E ESE CLINICA GUANE Y SU R.I.S., tenga contrato.2. Garantizar operación del servicio de Medicina General por mes, de tipo asistencial y de promoción y prevención, con una duración de 15 a 20 minutos para la consulta externa y de 30 minutos para programas de Prevención Y Promoción, con énfasis en educación en hábitos de vida saludable relacionados con la patología del programa que esté generando la consulta. 3 Responder por La elaboración por escrito Del triage a los pacientes de urgencias, para priorizar la atención, o referir a la respectiva IPS o a consulta externa, según el caso. 4. Garantizar disponibilidad continua durante El mes en la ejecución del proceso de Consulta externa y reforzar el servicio de urgencias, atención de partos en todas las etapas y evolución de pacientes hospitalizados. 5. Desarrolla actividades de acompañamiento de los pacientes remitidos en ambulancia al nivel mediana y alta complejidad que requieran cuidado médico permanente, diligenciando el record de traslado de paciente, el cual será entregado al regresar en el área de facturación; al igual que la evolución del paciente durante el traslado. 6. Responder por el diligenciamiento completo de la historia clínica y dar operación las anotaciones respectivas de las actividades de urgencias, procedimientos y hospitalización que se generen en desarrollo del proceso, registrando peso, talla, signos vitales de cada paciente, fecha, hora, conservando siempre la pertinencia y coherencia por cada actuación y en general siguiendo los lineamientos de la Resolución 1995 de 1999. 7. Desarrollar actividades de vigilancia epidemiológica en todas aquellas situaciones que sean factor de riesgo para la población que le ha sido asignada. 8. Tener siempre en cuenta La formulación de medicamentos POS en genérico (según acuerdo 228 xx xxxxx 26 de 2002 y acuerdo 282 de diciembre 22 de 2004, Resolución 5521 de 2013, y demás normas que aclaren modifiquen o actualicen en este tema) coordinar con la regente de farmacia de la E.S.E CLINICA GUANE Y SU R.I.S., y a quien corresponda a través de la Subdirección Científica (supervisor del contrato) según lo contratado con cada EPS. 9. Garantizar el diligenciamiento con LETRA LEGIBLE de manera adecuada, oportuna y total con la papelería de la E.S.E CLINICA GUANE Y SU R.I.S., y sus clientes en el ejercicio de la prestación de servicios, según el caso: CUPS, SOAT, CIE, RIPSS y las demás que las actualicen o modifiquen registrando en ellos firma y sello. 10. En El desarrollo Del contrato aplicar lo establecido en el Decreto 4747 de Diciembre 7 de 2007 y en la Resolución No. 3047 xx Xxxxxx 14 de 2008 y los Decretos, leyes que los adicionen, modifiquen o sustituyan en esta materia. 11. El contratista debe tener recetario oficial individual para el manejo de los medicamentos de control. 12. El Contratista debe garantizar que los profesionales que desarrollen el objeto del contrato se encuentren debidamente registrados para el ejercicio de la profesión ante la Oficina de Acreditación, Vigilancia y Control de la Secretaria de Xxxxx xx Xxxxxxxxx. 13. En desarrollo del subproceso el contratista deberá garantizar la coordinación del servicio para: la distribución mensual equitativa de las actividades y descansos de los que realizan la actividad asistencial en las áreas de Urgencias, Hospitalización, consulta externa intra o extramural, salas de partos y referencia de pacientes; revisión diaria de las historias clínicas de los diferentes servicios para que el 100% de las mismas sean diligenciadas correctamente verificando variables como: nombres y apellidos completos, identificación, edad, genero, procedencia, signos vitales, anamnesis, examen físico, diagnóstico, tratamiento con énfasis en educación sobre estilos de vida saludables, controles y referencia según el caso, el uso de sello y firma en todas las anotaciones; implementación y cumplimiento de las guías de manejo de la resolución 412 de 2000; socialización y puesta en marcha de las estrategias relacionadas con el sistema obligatorio de garantía de la calidad . 14. Desarrollar actividades de educación en hábitos de vida saludable relacionados con la patología del programa que esté generando la hospitalización o urgencia. 15. Desarrollar con La mayor oportunidad de Integridad física (lesiones, violencia familiar), Integridad sexual, Enfermedades laborales y/o accidentes de trabajo, Lesiones de tránsito, Valoración del daño físico, 16. No cobrar honorarios por procedimientos prestados a pacientes dentro de La institución. 17. Cumplir con la clasificación de los residuos hospitalarios que se generan en los servicios según lo establecido en el Plan de Gestión Integral de Residuos Hospitalarios. 18. Asumir los descuentos, |
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que se generen por la falta de pertinencia o racionalidad, o por no cumplir con los requerimientos del contrato o por el no cumplimiento de los reglamentos internos de la institución. Así mismo Por el no diligenciamiento adecuado de la papelería en letra legible a cargo de los profesionales del contratista. 19. Atender y solucionar dentro de los tres días hábiles siguientes a La radicación de las queja, las objeciones presentadas por el contratante relacionadas con la calidad, calidez y oportunidad de los profesionales en la atención de los usuarios. 20. Reportar oportunamente las anormalidades en el desarrollo del objeto contractual y proponer las alternativas de solución. Asumir El costo y hacer El PAGO en favor de la E.S.E, de los servicios NO PRESTADOS por el CONTRATISTA, que causen DETRIMENTO PATRIMONIAL servicios que serán CONTABILIZADOS y cuyo pago será descontado en forma inmediata de la factura del mes correspondiente con el solo soporte del informe del SUPERVISOR. 21. Desarrollar El objeto a La luz de lo ordenado en el Decreto 1011 xx xxxxx 3 de 2006, Resolución 141 de 2013 y toda aquella regulación normativa que el Ministerio de Salud en la ejecución del presente contrato actualice o modifique para garantizar la correcta prestación de los servicios de salud de Primer Nivel,. 22. Tomar las medidas necesarias para garantizar La custodia y preservación de los bienes Del contratante bajo su uso Bienes muebles e inmuebles, (controles de manejo, revisiones de equipos, pólizas de manejo etc) so pena de responder como contratista, por el daño o pérdida de los implementos utilizados, ya sea en reposición o al precio comercial del bien, descuento que autoriza a efectuar de los honorarios por percibir; autorización que se entiende expresa y escrita aplicable en cada caso. 24. Utilizar todos los médicos de comunicación estrictamente relacionadas con El desarrollo BUEN DESARROLLO Del proceso y subproceso. 25. Responder por Xxxxx ocultado AL contratar inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones, o por Haber suministrado información falsa. 26. Responder por cualquier afectación patrimonial generada en desarrollo Del objeto contractual e imputado a su responsabilidad a título de DOLO o CULPA generada por imprudencia, impericia, negligencia o por violación de reglamentos. En consecuencia se compromete a mantener indemne a La E.S. E CLINICA GUANE Y SU R.I.S. 27. En El desarrollo del proceso el contratista deberá encontrarse identificado a efectos de asegurar los derechos de los usuarios de los servicios de salud. 28. Garantizar EL proceso de diligenciamiento de los formatos de producción y la hoja de control de dosis unitaria para la administración de medicamentos. 29. Responder por el diligenciamiento y entregar el último día de cada mes de los formatos de recolección de información necesarios para alimentar el sistema de costos asistenciales. 30. Articular con el contrantante el cumplimiento a las Disposiciones Del Código de Ética. 31. El Contratista debe garantizar que los profesionales que ejecuten los procesos, deben contar con una póliza que ampare la responsabilidad civil médica. 32. Cumplir con los parámetros establecidos en la normatividad del Sistema de seguridad y Salud en el trabajo 33. Cumplir con el Sistema de Calidad en salud para Primer Nivel de Atención. 34. Cumplir con la normatividad interna del contratante frente a los parámetros establecidos, en las diferentes resoluciones que regulen la prestación de los servicios de salud 35. Aplicar las actividades documentadas dentro Del sistema de Gestión de la Calidad y las no documentadas que sean pertinentes y coherentes con el objeto del contrato, además de lo relacionado con la seguridad del paciente. 36. Contar con un programa de salud ocupacional y panorama de riesgos. 37. Contar con un programa de capacitación permanente que requiera el contratista para desarrollar el objeto contractual. 38. Contar con estrategias de evaluación periódica a fin de garantizar los resultados esperados en la ejecución del contrato e implementar acciones de mejoramiento continuo. 39. Reportar todos los incidentes y eventos adversos el mismo día que se presenten en los formatos establecidos por la ESEB ante la Unidad de Servicios Ambulatorios del Contratante y participar en las reuniones de los respectivos comités para la intervención respectiva a fin de evitar que se repita 40. Dar operatividad La consulta para evaluar, clasificar, detectar, registrar, tratar, orientar y referir si fuere necesario, siguiendo las Normas Nacionales de atención AL menor de cinco años y la Guía de Diagnóstico y Tratamiento para Atención Primaria de Salud y la Estrategia de Atención Integral de Enfermedades Prevalentes de la Infancia – AIEPI -.También las guías institucionales para manejar las patologías que representan las 10 primeras causas de morbilidad y guías y flujogramas de pacientes con enfermedades crónicas como hipertensión arterial, diabetes mellitus, prevención de la enfermedad renal crónica. 1.1 Hospitalización, consulta externa y urgencias por Enfermería: Se entiende como El apoyo en tareas como planear, organizar, dirigir, supervisar y evaluar la atención directa del placiente, la familia y la comunidad en pro de una atención oportuna, eficaz y el buen funcionamiento del servicio. Así mismo participar en La planificación y organización de los programas desarrollos institucionales y comunitarios para lograr la misión de la empresa. Participar en los programas de promoción y prevención de la salud a grupos específicos de la comunidad para contribuir con su experiencia en los objetivos. Participar en los programas de desarrollo comunitario Del área de influencia de la institución. Elaborar informes estadísticos y de sus actividades con su correspondiente análisis y propuestas de mejoramiento. Dar cumplimiento a las actividades programadas, teniendo en cuenta además de las funciones administrativas y asistenciales, las que la institución indique en caso de calamidad o emergencia. Participar en todas las actividades que se planteen para la captación de pacientes para las actividades de P y P e involucrarse en la estrategia de atención primaria en salud que desarrolla la institución de acuerdo con su perfil. 1.2Laboratorio Clínico: Actividades relativas a dar operación los análisis en las diferentes áreas que integran el laboratorio clínico e informar los resultados. Dar operación pruebas de control de calidad de los análisis clínicos a fin de garantizar la veracidad en los resultados. Orientar e informar a los pacientes sobre los requisitos para la toma de una buena muestra y sobre la forma de recolección de las mismas. Preparar y controlar los reactivos, las sustancias de referencias, solucione y responder por el adecuado uso de los equipos y elementos |
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asignados. Suministrar los datos estadísticos requeridos. Supervisar los procedimientos de la toma de muestra, coloración, montaje y lavado del material. Las demás actividades que Xxxx acordes al objeto contractual sugerido por la respectiva autoridad del proceso. 1.3 Odontología. Realización de consultas y tratamientos odontológicos de primer nivel de atención como lo establece La norma, actividades de Urgencia, Odontológica, higiene oral, sencillas, operar acciones de promoción de La salud y prevención en salud oral a los usuarios de la ESE CLINICA GUANE, que requieran según los lineamientos de la Norma Técnica para la Atención Preventiva de Salud Oral de la Resolución 412 de 2000. 1.4 Traslados Internos y Externo de Pacientes. Participar en El traslado interno y externo de usuarios de las diferentes unidades operativas de La ESE CLINICA GUANE, Crear estrategias de registro de La hoja de traslado y demás registros de uso institucional, recibir AL paciente, copia de La historia clínica y recomendaciones médicas y de enfermería, cumplir con las órdenes médicas durante el transporte. Entregar El paciente en la institución destino según protocolos, y demás acciones afines. 1.5 Servicios Ambulatorios. (Recuperación de la Salud y de Promoción y Prevención): operar todas las actividades de Promoción y Prevención de acuerdo a la Resolución 0412 de 2000. Aplicar las normas y protocolos de atención de enfermería estipulados por la institución para el manejo de los programas de promoción y prevención, ubicar las familias asignadas, recopilar la información de cada uno de los miembros de la familia, dar operación seguimiento periódico a las familias asignadas, direccionando los pacientes para los diferentes programas de atención, orientándolo para que adelante los trámites necesarios y reciba el servicio de salud requerido en forma oportuna y eficiente. 1.6 Referencia y Contar referencia. Transporte de pacientes en ambulancia a los centros hospitalarios o a SUS domicilios con las debidas medidas de seguridad. Asistencia y participación en las jornadas de capacitación o actualización programadas por la ESE o por la coordinación del área de Urgencias. Información oportuna al responsable directo del proceso sobre la renovación de póliza de seguro obligatorio y el pago de los impuestos del vehículo a su cargo. Cuidado y preservación de La vida de los pacientes a quienes transporta Cumplimiento de las normas y procedimientos establecidos en los manuales y reglamentos de la Institución. Utilización adecuada de los recursos y bienes asignados al servicio a su cargo. Cumplimiento a las políticas, procesos y procedimientos establecidos por el Sistema de Gestión de Calidad en la ejecución del subproceso. 1.7 Servicio farmacéutico. Ejecución de la Política de medicamentos y productos farmacéuticos en el ámbito la Dirección de Salud. Supervisión del registro, control y vigilancia de los Establecimientos Farmacéuticos de dispensación. Implementación de estrategias para promover la adecuada promoción y publicidad de productos Farmacéuticos y afines. Fiscalización Del suministro, uso y tenencia de los Estupefacientes, Psicotrópicos u otras, sujetas al control en los Establecimientos Farmacéuticos. Coordinación en La participación multisectorial con otras instituciones a fin de luchar conjuntamente contra la falsificación, adulteración y comercio informal de productos farmacéuticos y afines. Evaluación de los aspectos técnico- administrativos Del Sistema Integrado de Suministro de Medicamentos y Material o Insumo Médico Quirúrgico, con la finalidad de mejorar el acceso a medicamentos seguros, eficaces y de calidad. Fomento y dirección de las acciones de Farmacovigilancia. Implementación y monitoreo de las estrategias para fomentar el uso racional de medicamentos, midiendo el impacto en la población. Certificación de los Establecimientos farmacéuticos que cumplan con las Buenas Prácticas de Dispensación y Atención Farmacéutica. Coordinación con los órganos técnicos y administrativos de la Dirección de Salud, a fin de viabilizar acciones en la gestión de medicamentos en el marco legal vigente. Gestión de la documentación y los aspectos administrativos de la unidad/oficina de farmacia. Recuento de caja en la oficina de farmacia. Realización de los pedidos utilizando los documentos de la unidad. Recepción y ubicación de los productos recibidos según sus características de conservación. Rotación de los medicamentos y productos en función de sus fechas de caducidad. Eliminación de residuos y productos caducados de acuerdo con la normativa vigente. Colaboración con el farmacéutico en la dispensación y venta de medicamentos y productos. Registro y control de los medicamentos y productos dispensados. Control de calidad y realización de pedidos. Atención al cliente en la unidad de farmacia. (1.8 APOYO Y COMPLEMENTARIOS ASISTENCIALES DE LAS AREAS DE: FISOTERAPIA, OPTOMETRIA, VACUNACION) Prevención, Identificación, Medición, Evaluación, Desarrollo de programas de Optometría, Manejo de gestión, Intervención en optometría, Asesoría y Reevaluación de las condiciones del paciente en optometría.) Configuración de la historia clínica del paciente. ) Prevención, Identificación, Medición, Evaluación, Desarrollo de programas de VACUNACIÓN, Manejo de gestión, Intervención en VACUNACIÓN, Asesoría y Reevaluación de las condiciones del paciente en Vacunación. ) Configuración de la historia clínica del paciente. FISIOTERAPIA: 1). Diagnóstico funcional. 2) Planeación del tratamiento y objetivos de tratamiento. 3) Aplicación del tratamiento con los medios físicos. 3) Valoración periódica del paciente. 4) Informe a los otros profesionales del equipo rehabilitador del estado del paciente. 5) Orientación a los familiares. 6.) Verificación en las bases de datos (Consulta de la ESE, base fosyga, base Dnp, base Desplazados, sispro, etc.) con el fin de determinar los servicios a que tienen derecho los usuarios. Almacenamiento Del usuario en el sistema (software r-fast8) incluyendo o corrigiendo los datos solicitados por el formulario del tarjetero índice, para dar operación la posterior facturación dar operación en El software r-fast8 los procesos de operación en cuanto a asignación, edición, cambio o eliminación agenda creada para la operación del servicio de consulta externa en los diferentes centros y puestos de salud, así como dar operatividad a los estados de cada cita (confirmada, cancelada, incumplida) de forma correcta, ya que estos son la base para la información estadística de la empresa. Operar La facturación en El sistema (software) por los formularios de facturación general, de hospitalización o de urgencias, de los servicios prestados a los usuarios, anexando los soportes de cada caso. Recaudo de los dineros de |
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los copagos generados por los servicios prestados. Abrir y cerrar las órdenes de internación en El software r-fast8, para los servicios de observación y hospitalización, ya que estos son base para medición de indicadores de oportunidad de la empresa. Garantizar que El RIPS sea devuelto AL proceso de facturación y verificar que esté correcto. Adecuar correctamente en El sistema (software r-fast8) los datos estadísticos de las facturas generadas (finalidad del proceso de consulta, causa externa, diagnóstico, tipo de diagnóstico, y de más requeridos en los casos de observación, hospitalización y partos) de acuerdo a lo consignado por la operación para la atención, ya que estos son la base para la información estadística de la empresa. Informar en El correspondiente mes a La oficina de facturación los números de facturas para anular así como su causa de anulación. Entregar la documentación y todo lo pertinente por concepto de recaudos al funcionario encargado en los días establecidos. Organizar las facturas por cada entidad contratante y contratos discriminando por partos, urgencias, hospitalizaciones, eventos, facturas anuladas y entregarlas según cronograma establecido. Entregar a oficina de facturación listados y soportes de facturas de Eventos generados en los centros y puestos de salud para su revisión, así como ejecutar las correcciones recomendadas por auditoria médica. Cumplir con El cronograma establecido por La oficina de facturación para La entrega de La información. Remisión de las órdenes impartidas por los profesionales de la salud, para los diferentes exámenes y servicios que no se efectúan en la ENTIDAD a la subdirección científica en la sede administrativa. Solicitar códigos de autorización de servicios a las ENTIDADES cuando se trate de servicios por evento. Tramitar, enviar, decepcionar los Anexos 1, 2, 3 y 4 de la Resolución No. 3047. NATURALEZA JURIDICA DEL CONTRATO | |||||
El contrato a suscribir producto de la presente convocatoria publica de cuarta cuantía es un Contrato de Procesos y Subprocesos para la operación de servicios de salud Se evidencia conforme a lo señalado en el artículo 59 de la Ley 1438 de 2011, al inciso 4 del numeral 1 de la Circular Externa 067 de 2010 de la Superintendencia Nacional de Salud; Circular del 19 xx xxxxx de 2001 del Ministerio de Salud; Numeral 6.1.1 de la Circular Externa 066 de 2010 de la Superintendencia Nacional de Salud; Decreto 1376 de 22 de Julio de 2013 emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, que señala en el artículo 14 que “las empresas sociales del estado en los cuales lo requieran podrán desarrollar sus funciones mediante contratación de acuerdo con los términos previstos en el artículo 59 de la ley 1438 de 2011”. En conclusión, en cumplimiento a lo anteriormente señalado, se viabiliza la contratación a través de procesos y subprocesos, para la operación de los servicios de salud. Se tiene pues, que en la planta de personal no existe personal de planta suficiente para atender la prestación de servicios de salud a cargo de esta empresa social del estado, y siguiendo las instrucciones dadas por el Ministerio de Salud y Protección Social y Ministerio del Trabajo, en comunicado No. 42578 de fecha 00 xx Xxxxx xx 0000, xx XXX XXXXXXX XXXXX con el propósito de ampliar la capacidad de oferta y su portafolio de servicios, de la manera más eficiente posible, asegurando la sostenibilidad financiera a partir de los ingresos por venta de servicios y haciendo uso de la figura de conformidad con el artículo 59 de la ley 1438 de 2011 con observancia de las condiciones establecidas en la Sentencia C-171 de la H Corte Constitucional y circulares Nº 066 y 067 de 2010 emanadas de la Superintendencia Nacional de Salud, ha considerado conveniente y oportuno , configurar una alianza estratégica, para prestar servicios de salud, con el contratista, quien deberá acreditar igualmente la calidad de prestador de servicios de salud, debidamente habilitado. La Circular No. 067 de 2010, señala que los prestadores de servicios de salud podrán contratar individualmente la prestación de servicios de salud o podrá contratar la prestación de servicios mediante la figura de asociación o de alianzas estratégicas con otros Operadores Privados o Públicos mediante Sistemas Negociables Mercantiles que faciliten su cumplimiento, generen economía de costos y optimicen la gestión, obteniéndose una participación razonable en el margen de rentabilidad logrado por el operador de servicios, buscando a través de esta asociación o alianza, la optimización de los recursos destinados a la salud, reduciendo el costo que para las Entidades Responsables del Pago de Servicios de Salud (ERP), las entidades que ofrezcan Planes Voluntarios de Salud, los particulares y demás pagadores del sistema, podría significar el tener contratos con cada prestador, brindando los servicios de salud en un paquete integral e interdisciplinario de servicio. Igualmente, la Circular Externa 067 de 2010 de la SNS establece que el PSS podrá ofertar y brindar los servicios que éste tenga habilitados en el evento en que pretenda brindarlos en un paquete integral de servicios, siempre que lleve a cabo el ofertar y vender los servicios. El proceso y subproceso en el cual una firma identifica una porción de su proceso de negocio que podría ser desempeñada más eficientemente y/o más efectivamente por otra corporación o persona, la cual es contratada para desarrollar esa porción de negocio. Esto libera a la primera organización para enfocarse en la parte o función central de su negocio. Un acto por el cual una ORGANIZACIÓN acude a una empresa o persona exterior, para que realice un trabajo correspondiente a un proceso para su negocio, y en el que la contratada está especializada, consiguiendo la ORGANIZACIÓN en su negocio, una mayor efectividad a través de esta empresa, tiene por objeto LA |
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PRODUCCIÓN, LA EJECUCIÓN DE SERVICIOS Y LA PRESTACIÓN, cuyo propósito final sea un resultado específico. La prestación de servicios, podrá ser organizada por profesión o especialidad, o maestría o doctorado, o por tecnologías, o por auxiliares, o en procesos o subprocesos. Los procesos podrán contratarse en forma parcial o por subprocesos, correspondientes a las diferentes etapas de la cadena productiva, siempre atados al resultado final. Independientemente de que los servicios objeto del contrato de Procesos y subprocesos sean ejecutados por el contratado, estos, siempre serán suministrados en forma exclusiva a favor de la ESE cualesquiera sean estos, a nombre del prestador de servicios de salud y por ningún motivo podrán ser suministrados bajo cualquier orden a nombre del contratista. El contratista, y el PSS, se obligan a no establecer un negocio igual o similar al convenido o contratado, en las instalaciones o áreas aledañas objeto del contrato, a favor de sí mismos o de otros, que puedan generarle competencia al PSS.. Los servicios objeto del contrato de procesos y subprocesos, serán prestados por el contratado, con plena autonomía técnica, financiera, científica y administrativa, bajo los parámetros de eficiencia y calidad correspondientes, así como aquellos que las partes definan de manera concertada. El contratista debe obligarse a garantizar la oportunidad y calidad en la realización de las actividades objeto del contrato. | |||||
FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA MODALIDAD DE SELECCIÓN | |||||
Es el establecido mediante la modalidad del procedimiento de la CUARTA CUANTÍA, la cual se regirá por lo señalado en el artículo vigésimo cuarto y siguientes del Acuerdo No. 006 del 4 de septiembre de 2014, la Circular Externa No. 067 del 27 de diciembre de 2010 emitida por la Superintendencia Nacional de Salud, Ley 1438 de 2011, así como las demás disposiciones que la modifiquen aclaren o deroguen, al igual que las leyes civiles y comerciales y demás normas que adicionen complemente o regulen el contrato. | |||||
ANÁLISIS QUE SOPORTAN EL VALOR PARA DETERMINAR EL PRESUPUESTO DE LA CONTRATACIÓN | |||||
La determinación del valor del contrato y la fijación del valor del contrato se establece a partir de las siguientes variables: 1) De acuerdo a la forma del contrato, que en sí mismo implica un joint venture implícito par el contratista ya que, debido a la no existencia de personal suficiente en la planta de personal de esta entidad, para atender la prestación de servicios de salud a cargo de esta empresa social del estado, y siguiendo las instrucciones dadas por el Ministerio de Salud y Protección Social y Ministerio del Trabajo, en comunicado No. 42578 de fecha 22 xx Xxxxx de 2012, la ESE CLINICA GUANE, con el propósito de ampliar la capacidad de oferta y su portafolio de servicios, de la manera más eficiente posible, asegurando la sostenibilidad financiera a partir de los ingresos por venta de servicios y haciendo uso de la figura de procesos y subprocesos para la prestación de servicios de salud de conformidad con el artículo 59 de la ley 1438 de 2011 con observancia de las condiciones establecidas en la Sentencia C-171 de la H Corte Constitucional y circulares Nº 066 y 067 de 2010 emanadas de la Superintendencia Nacional de Salud, ha considerado conveniente y oportuno contratar, con el fin de configurar una alianza estratégica, para prestar servicios de salud, con el contratista, quien deberá acreditar igualmente la calidad de prestador de servicios de salud. 2) El estimativo de las horas necesarias de producción para cada área de los procesos y/o subproceso. Anexo. 3) El valor unitario de cada hora de producción y multiplicado por las horas necesarias de producción en el mes, para determinar el valor estimado en el mes de acuerdo a las horas necesarias. 4) Las metas y las horas son los factores de producción que se anexan, para el cumplimiento según los estándares requeridos, que se analizarón restrospectivamente para determinar unos minimos a cumplir. NOTA: VER ESTUDIO DE ANEXO. | |||||
PLAZO Y LUGAR DE EJECUCION | |||||
La vigencia del contrato es de OCHO (8) MESES y 7 Dias Calendario, contados a partir de la suscripción del acta de inicio y no podrá superar la vigencia del año 2017, por tal motivo, se terminará y liquidará el 31 de diciembre de 2018, en el estado en que se encuentre, salvo por necesidad del servicio, que se requiera la continuidad de la prestación de los servicios de salud. En este último punto, las partes suscribirán la respectiva prórroga y adición, si es del caso. El contrato de Procesos y subprocesos para la prestación de servicios de salud, se llevará a cabo en las |
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instalaciones de la E.S.E. Clínica Guane y su R.I.S, y en la instalación de Salud a su cargo. La operación del servicio de salud, se llevará a cabo en las instalaciones de la E.S.E. Clínica Guane y su R.I.S, y en los Centros de Salud a su cargo. | |||||
JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE ESCOGENCIA QUE PERMITEN ELEGIR LA OFERTA MÁS FAVORABLE Y ANÁLISIS DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS DE CUMPLIMIENTO DE LOS INTERESADOS Y FACTORES DE EVALUACIÓN 1) CAPACIDAD JURÍDICA. Carta de Presentación de la propuesta. Formato de Hoja de Vida de la Función Pública (persona jurídica o de la persona natural, según el caso). Declaración de Bienes (del representante legal de la persona jurídica o de la persona natural, según el caso). Certificado de existencia y representación legal (de la persona jurídica o de la persona natural, según el caso), cuyo objeto social y/o actividad sea la prestación de servicios de salud como operador. Garantía de Seriedad de la Oferta. Antecedentes Fiscales (persona jurídica y representante legal o de la persona natural, según el caso). Antecedentes Disciplinarios (persona jurídica y del representante legal o de la persona natural, según el caso). Antecedentes Judiciales (del representante legal de la persona jurídica o de la persona natural, según el caso). Constancia de pago de Seguridad Social y aportes parafiscales (conforme al artículo 50 de la Ley 789 de 2002 para persona jurídica, o certificado de estar al día y anexe los pagos para persona natural, según el caso). Registro Único Tributario actualizados a los nuevos códigos C.I.I.U. (8699). Copia de la Cédula de Ciudadanía y de la l ibreta militar (del representante legal de la persona jurídica o de la persona natural, según el caso). Registro Único de Proponentes actualizado y vigente con corte a 31 de diciembre de 2017, e inscrito en los siguientes códigos: En caso de consorcios y uniones temporales: Documento de constitución Los documentos de cada uno de los integrantes que demuestren la capacidad jurídica. 2) FINANCIERO a. Capital de Trabajo: mayor o igual al Presupuesto Oficial. (Activo Corriente menos Pasivo Corriente). b. Índice de liquidez: mayor o igual a 1.5. (Activo corriente dividido en el Pasivo Corriente). c. Índice de endeudamiento: menor o igual a 0.4. (Pasivo total dividido en el Activo total). d. Rentabilidad del Patrimonio: mayor o igual a 0.02. (Utilidad operacional dividido en el Patrimonio). e. Rentabilidad del Activo: mayor o igual a 0.02. (Utilidad operacional dividido en el Activo total). f. Patrimonio: mayor o igual al Presupuesto Oficial. (Activo total menos Pasivo total). En el caso de los Consorcios o Uniones Temporales, se calcularán el contenido financiero teniendo en cuenta el porcentaje de participación de sus miembros, así: 1- Se realizará cada uno de los integrantes y por separado el análisis financiero enunciados anteriormente. 2- Al valor obtenido se le aplicará la parte proporcional (según su participación) de cada miembro del consorcio o unión temporal. 3- Luego, al valor obtenido del porcentaje, se sumarán entre los integrantes, hasta obtener el total de cada una de ellas, de conformidad con lo exigido en los pliegos. 3) EXPERIENCIA. El proponente deberá acreditar experiencia con uno (1) o más contratos, en ejecución o ejecutados en los últimos cinco (5) años anteriores a la fecha del cierre del presente proceso, suscritos con entidades públicas o particulares, cuyo objeto sea la operación y/o prestación de servicios de salud, los cuales, sumados, acrediten un valor igual o superior al ciento por ciento (100%) del presupuesto oficial. |
85101500 | CENTROS DE SALUD |
85101600 | PERSONAS DE SOPORTE DE PRESTACION DE SERVICIOS |
85101700 | SERVICIOS DE ADMINISTRACION DE SALUD |
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4) CRITERIOS DE EVALUACIÓN (1000 PUNTOS). Personal (150 puntos): 1. Cuando los proponentes que oferten el servicio, lo realicen con personal nacionales (Colombia), manifestación que deberá ser indicada bajo la gravedad del juramento en su oferta económica para ser valorada tal condición: 150 puntos. 2. Cuando los proponentes que oferten el servicio, lo realicen con personal no nacionales (Extranjeros), manifestación que deberá ser indicada bajo la gravedad del juramento en su oferta económica para ser valorada tal condición: 70 puntos. 3. Si dentro de la manifestación indica que existen no nacionales (Extranjeros), pero que la mayoría del personal son nacionales (Colombia), se le otorgará 100 puntos. Evaluación económica (750 puntos): A partir del valor de las Ofertas debe asignar el máximo puntaje de acuerdo con el método escogido en forma aleatoria para la ponderación de la oferta económica. Para la determinación del método se tomarán los primeros dos decimales de la TRM que rija el día hábil anterior a la fecha prevista para la publicación del informe de evaluación. | |||||
SOPORTE QUE PERMITA LA ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES QUE PUEDAN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO | |||||
Para efectos del presente numeral se entenderá las siguientes categorías de riesgo: RIESGO PREVISIBLE: Son los posibles hechos o circunstancias que por la naturaleza del contrato y de la actividad a ejecutar es factible su ocurrencia, esta corresponde a la estimación y asignación de los riesgos previsibles, así como su tipificación. TIPIFICACIÓN DEL RIESGO: Es la enunciación que la entidad hace de aquellos hechos previsibles constitutivos de riesgo que en su criterio pueden presentarse durante y con ocasión de la ejecución del contrato. ASIGNACIÓN DEL RIESGO: Es el señalamiento que hace la entidad de la parte contractual que deberá soportar total o parcialmente la ocurrencia de la circunstancia tipificada, asumiendo su costo. NOTA: VER TABLA DE RIESGOS ANEXA DONDE SE DISCRINMA EL RIESGO, SU TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN. | |||||
EXIGENCIA DE MECANISMOS DE COBERTURA QUE GARANTICEN LAS OBLIGACIONES SURGIDAS EN EL ETAPA PRECONTRACTUAL Y CONTRACTUAL | |||||
SERIEDAD DE LA OFERTA. Los proponentes deberán presentar una garantía de seriedad de la propuesta a favor de la E.S.E. CLINICA GUANE Y SU R.I.S, por una cuantía equivalente al diez por ciento (10%) del valor del presupuesto oficial. CUMPLIMIENTO. Del contrato que se derive de la presente convocatoria pública deberá estar amparado en algunos riesgos que deben ser asumidos por el contratista y previstos por la entidad estatal, por ello se deben establecer las garantías legales contra los siguientes eventos y cuantías. |
METODO |
Media aritmética |
Media aritmética alta |
Media geométrica con presupuesto oficial |
Menor valor |
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GARANTÍAS REQUERIDAS AMPAROS Cumplimiento del contrato: Por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más. Calidad del Servicio: por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y cuatro (4) meses más. Prestaciones Sociales, salarios e indemnizaciones: por un valor equivalente al veinte por ciento (20%) del valor del contrato y con una vigencia igual al plazo de ejecución del contrato y tres (3) años más. Responsabilidad Civil Extracontractual: Re x xxxx a bi lid a d C iv il E x t r a c o n t r a c t u a l: p o r u n v a lo r eq u i v al en t e a 500 S. M . L. M . V , y c o n u n a v i gen x x x x xx xx xx x x xx o d el c o n t r at o . | |||||
SUPERVISIÓN | |||||
La Supervisión del presente contrato estará a cargo de la SUBDIRECCIÓN CIENTÍFICA, la cual, podrán designar como apoyo a un Profesional o Profesionales vinculados o adscritos a la mismas Secretarías, para que colabore con la gestión de la inspección, vigilancia, control y seguimiento del contrato. | |||||
RESPONSABLES | |||||
XXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXX Subdirector Científico. | Firma: |
Revisó aspectos jurídicos: jefe oficina jurídica Xxxxxxx xxxxxxx xxxxxx xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx – Contratista –
Revisado y actualizado: Xxxxxxxx Xxxxx X. Xxxxxx Juridico. Contratista.