Contrato de Préstamo No. 2470/BL-HO-2 y Contrato Modificatorio del Contrato de Préstamo 2470/BL-HO)
1
DOCUMENTOS DE LICITACIÓN
Para
Adquisición de
Servicios de Fideicomiso - Pagaduría y Escrituración de Bienes del Proyecto “Implementación del Plan de Reasentamiento Involuntario (PRI)”, para la
Rehabilitación del Tramo: “Choluteca – El Xxxxxx”
Emitidos el: 22 xx xxxxxx de 2017 Proceso No: LPN-04-BID-2470-2017
Proyecto:
Programa de Integración Vial Regional
(Contrato xx Xxxxxxxx No. 2470/BL-HO-2 y Contrato Modificatorio del Contrato xx Xxxxxxxx 2470/BL-HO)
Contratante:
Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H)
Índice General
Pág.
PARTE 1 – Procedimientos de Licitación 3
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO) 6
Sección II. Datos de la Licitación (DDL) 33
Sección III. Criterios Económicos para la Evaluación Financiera de las Ofertas 39
Sección IV. Formularios de la Oferta 40
Sección V. Países Elegibles (BID) 52
PARTE 2. Descripción del Programa de Actividades y de los Requisitos de los Servicios 56
Sección VI. Programa de Actividades 57
Sección VII. Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños 73
Sección VIII. Condiciones Generales del Contrato (CGC) 83
Sección IX. Condiciones Especiales del Contrato (CEC) 106
Apéndices 111
Apéndice A-Calendario de Pagos y Requisitos para la Presentación de Informes 112
Apéndice B-Personal Clave y Subcontratistas 113
Apéndice C-Desglose del Precio del Contrato en Moneda(s) Extranjera(s) 114
Apéndice D-Desglose del Precio del Contrato en Moneda Local 115
Apéndice E-Servicios y Facilidades Proporcionadas por el Contratante 116
Sección X. Formularios del Contrato 117
A) Carta de Aceptación (Notificación de la Adjudicación) 118
B) Formulario de Contrato 120
C) Garantía de Cumplimiento (Garantía Bancaria) 122
D) Garantía de Cumplimiento (Fianza) 123
E) Garantía Bancaria por Pago de Anticipo 125
PARTE 1 – Procedimientos de Licitación
Sección I. Instrucciones a los Oferentes
Índice de Cláusulas
Pág.
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO) 6
5. Información y Calificaciones sobre el Oferente 14
8. Visita al lugar de los servicios 17
B. Documentos de Licitación 17
9. Contenido de los Documentos de Licitación 18
10. Aclaración de los Documentos de Licitación 19
11. Enmienda a los Documentos de Licitación 19
C. Preparación de las Ofertas 19
13. Documentos que componen la Oferta 20
15. Monedas de la Oferta y Pago 21
16. Período de Validez de la Oferta 21
17. Garantía de Mantenimiento de la Oferta 22
19. Formato y Firma de la Oferta 24
D. Presentación de las Ofertas 24
20. Presentación e Identificación de las Ofertas 24
21. Fecha Límite para Presentación de las Ofertas 25
23. Modificación, Sustitución o Retiro de las Ofertas 25
E. Apertura y Evaluación de las Ofertas 26
24. Apertura de las Ofertas 26
25. Confidencialidad del Proceso 26
26. Aclaración de las Ofertas 27
28. Diferencias, errores y omisiones 28
29. Conversión a una sola moneda 29
30. Evaluación y Comparación de las Ofertas 29
F. Adjudicación del Contrato 30
31. Criterios de Adjudicación 30
32. Derecho del Contratante de Aceptar Cualquier Oferta, Rechazar Cualquiera o Todas las Ofertas y variar las cantidades en el momento de adjudicación 30
33. Notificación de la Adjudicación y Firma del Contrato 30
34. Garantía de Cumplimiento del Contrato 31
Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)
Instrucciones a los Oferentes | |
1.1 El Contratante según se define en los Datos de la Licitación (DDL), llama a licitación para los Servicios, según lo que se describe en la Sección VII (Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños) y complementariamente por la sección VI (Programa de Actividades). El nombre y número de identificación de esta Licitación Pública (LPN) se proporcionan en los DDL. | |
1.2 Se espera que el Oferente favorecido concluya los Servicios en la Fecha Estimada de Terminación establecida en los DDL. | |
1.3 Para todos los efectos de estos Documentos de Licitación: | |
(a) el término “por escrito” significa comunicación en forma escrita (por ejemplo por correo electrónico, facsímile, télex) con prueba de recibido; | |
(b) si el contexto así lo requiere, “singular” significa “plural” y viceversa; y | |
(c) “día” significa día calendario. | |
2.1 El Prestatario nombrado en los DDL ha solicitado o recibido un financiamiento1 del Banco Interamericano de Desarrollo (en adelante denominado “el Banco”), para sufragar parcial o totalmente el costo del proyecto indicado en los DDL. El Prestatario destinará una parte de los recursos de este financiamiento para efectuar pagos elegibles en virtud del Contrato para el cual se emite el presente Documento de Licitación. El Banco efectuará pagos solamente a solicitud del Prestatario y con la aprobación del Banco, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Contrato xx Xxxxxxxx, y dichos pagos estarán sujetos en todo respecto a las condiciones establecidas en dicho Contrato. Solamente el prestatario tendrá derecho al préstamo en virtud del Contrato xxx Xxxxxxxx. |
1 Financiamiento: Se refiere a un préstamo, donación, cooperación técnica o cualquier otro instrumento financiero concedido por el Banco.
Prohibidas | 3.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco2 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores. a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación: i. Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte; ii. Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación; iii. Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o |
2 En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
iv. Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y
v. Una práctica obstructiva consiste en:
x.x. Xxxxxxxx, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o
b.b. Todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo 3.1 (f) de abajo.
b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
i. no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
ii. suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida;
iii. declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
iv. emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta;
v. declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco;
vi. remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o;
vii. imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser impuestas en forma adicional o en sustitución de
las sanciones arriba referidas.
c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 3.1 (b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución.
d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor,
miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario.
g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en el párrafo 3 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones
expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes.
3.2 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan:
a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas;
b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento;
c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato;
d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas;
e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos
suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas; f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 3.1 (b). | |
4.1 Un Oferente, y todas las partes que constituyen el Oferente, deberán ser originarios de países miembros del Banco. Los Oferentes originarios de países no miembros del Banco serán descalificados de participar en contratos financiados en todo o en parte con fondos del Banco. En la Sección V de este documento se indican los países miembros del Banco al igual que los criterios para determinar la nacionalidad de los Oferentes y el origen de los servicios. Los Oferentes originarios de un país miembro del Banco, al igual que los servicios suministrados, no serán elegibles si: | |
(a) las leyes o la reglamentación oficial del país del Prestatario prohíbe relaciones comerciales con ese país; o | |
(b) por un acto de conformidad con una decisión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas adoptada en virtud del Capítulo VII de la Carta de esa Organización, el país del prestatario prohíba las importaciones de bienes de ese país o cualquier pago a personas o entidades en ese país. | |
4.2 Un Oferente no deberá tener conflicto de interés. Los Oferentes que sean considerados que tienen conflicto de interés serán descalificados. Se considerará que los Oferentes tienen conflicto de interés con una o más partes en este proceso de licitación si ellos: | |
(a) están o han estado asociados, con una firma o con cualquiera de sus afiliados, que ha sido contratada por el Contratante para la prestación de servicios de consultoría para la preparación del diseño, las especificaciones técnicas y otros documentos que se utilizarán en la licitación para la adquisición de los |
servicios objeto de estos Documentos de Licitación; o | |
(b) presentan más de una Oferta en este proceso licitatorio. Sin embargo, esto no limita la participación de subcontratistas en más de una Oferta; o | |
4.3 Toda firma, individuo, empresa matriz o filial, u organización anterior constituida o integrada por cualquiera de los individuos designados como partes contratantes que el Banco declare inelegible de conformidad con lo dispuesto en los Procedimientos de Sanciones o que otra Institución Financiera Internacional (IFI) declare inelegible y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones y se encuentre bajo dicha declaración de inelegibilidad durante el periodo de tiempo determinado por el Banco de acuerdo con lo indicado en la Cláusula 3. | |
4.4 Las empresas estatales del país del Prestatario serán elegibles solamente si pueden demostrar que (i) tienen autonomía legal y financiera; (ii) operan conforme a las leyes comerciales; y (iii) no son dependientes del Prestatario | |
4.5 Los Oferentes deberán proporcionar al Contratante evidencia satisfactoria de su continua elegibilidad, cuando el Contratante razonablemente la solicite. | |
5.1 Todos los Oferentes proporcionarán el Formulario de la Oferta; y el Formulario de Calificación sobre el Oferente, de acuerdo a la Sección IV, Formularios de la Oferta. | |
5.2 Todos los Oferentes deberán incluir con sus Ofertas la siguiente información y documentos de la Sección IV, Formularios de la Oferta, a menos que se establezca lo contrario en los DDL: | |
(a) copias de los documentos originales que establezcan la constitución y domicilio legal del Oferente, así como el poder otorgado a quien suscriba la Oferta autorizándole a comprometer al Oferente; | |
(b) monto total facturado por los servicios realizados en los últimos cinco (5) años; | |
(c) experiencia en servicios realizados de similar naturaleza y magnitud en cada uno de los últimos cinco (5) años, y detalles de los servicios en ejecución o bajo compromiso contractual, así como de los clientes que |
puedan ser contactados para obtener mayor información sobre dichos contratos; |
(d) principales equipos, licencias, autorizaciones y/o instalaciones que el Oferente propone para cumplir con el contrato; |
(e) calificaciones y experiencia del administrador del contrato propuesto y/o del personal clave propuesto para el Contrato; |
(f) los informes sobre el estado financiero del Oferente, tales como estados financieros e informes de auditoría de los últimos cinco (5) años; |
(g) evidencia que certifique la existencia de suficiente capital de trabajo para este Contrato(acceso a línea(s) de crédito y disponibilidad de otros recursos financieros); |
(h) autorización para solicitar referencias del Oferente a las instituciones bancarias; |
(i) información relativa a la existencia o no de litigios presentes o habidos durante los últimos cinco (5) años o en el número de años determinados en los DDL, en los cuales el Oferente estuvo o está involucrado, las partes afectadas, los montos en controversia, y los resultados; y |
(j) en su caso las ofertas para subcontratar componentes de los Servicios contendrán el monto del porcentaje de subcontratistas, si así se permite en los DDL de acuerdo al porcentaje máximo de participación de subcontratistas., |
5.3 Las Ofertas presentadas por una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) constituida por dos o más firmas deberán cumplir con los siguientes requisitos, a menos que se indique lo contrario en los DDL: |
(a) la Oferta deberá contener toda la información enumerada en la antes mencionada Cláusula 5.2 de las IAO; |
(b) la Oferta deberá ser firmada de manera que constituya una obligación legal para todos los socios; |
(c) la oferta debe indicar que todos los socios serán responsables mancomunada y solidariamente por el |
cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo de lo contrario será motivo de rechazo; |
(d) uno de los socios deberá ser designado como representante y autorizado para contraer responsabilidades y para recibir instrucciones por y en nombre de cualquier o todos los miembros de la APCA; |
(e) La ejecución de la totalidad del contrato, incluyendo, los pagos, se harán exclusivamente al socio designado. |
(f) con la Oferta se deberá presentar una copia del Convenio de la APCA firmado por todos los socios o una Carta de Intención para formalizar el convenio de constitución de una APCA en caso de resultar seleccionados, la cual deberá ser firmada por todos los socios y estar acompañada de una copia del Convenio propuesto. |
5.4 Los Oferentes deberán cumplir con los siguientes criterios mínimos de calificación. |
(a) El número de años y monto total facturado de los servicios realizados, determinados en los DDL. |
(b) experiencia como prestador de servicios principal en al menos dos servicios de la misma naturaleza y dimensiones similares en los últimos cinco (5) años (para cumplir con este requisito los contratos de servicio citados deben haberse completados por lo menos en un 70%, o el porcentaje especificado en los DDL), o por el número de servicios y/o años que se especifiquen en los DDL. |
(c) contar con los equipos, licencias, autorizaciones y/o instalaciones necesarias para ejecutar el Contrato de conformidad con los DDL; |
(d) calificaciones y experiencia de un administrador de contrato con cinco (5) años de experiencia en servicios de naturaleza y volumen similar, incluyendo no menos de tres (3) años como gerente o líder de proyecto, o los años de experiencia o calificaciones especificados en los DDL. Las calificaciones y experiencia del personal clave se especificarán en los DDL. |
(e) la información sobre el Estado Financiero del Oferente, tales como informes de pérdidas y ganancias e informes de auditoría de los últimos cinco (5) años o por el número de años que se especifique en los DDL. |
(f) evidencia que certifique la existencia de suficiente capital de trabajo para este Contrato (acceso a línea(s) de crédito y disponibilidad de otros recursos financieros). En el caso de Oferentes extranjeros deberán presentar documentación equivalente, expedida en su país de origen. | |
(g) Para determinar que el oferente cumple con los criterios de calificación no se tomaran en cuenta la experiencia ni los recursos de los subcontratistas, salvo que se indique lo contrario en los DDL. | |
h) Un historial constante de litigios o arbitraje relevantes para el objeto del servicio que hayan sido entablados contra el Oferente, cualquiera de sus socios o APCA podría resultar en la descalificación | |
5.5 Las cifras correspondientes para cada una de los integrantes de una APCA se sumaran a fin de determinar el cumplimiento del Oferente con los criterios mínimos estipulados como requisitos de la Cláusula 5.4 (a), (b) y (f); sin embargo, para que pueda adjudicarse el contrato a una APCA, cada uno de sus integrantes debe cumplir al menos con el veinticinco por ciento (25%) de los requisitos mínimos para Oferentes individuales que se establecen en las Cláusulas 5.4 (a) (b) y (f); y el socio designado como representante debe cumplir al menos con el cuarenta por ciento (40%) de ellos. De no satisfacerse este requisito, la Oferta presentada por la APCA será rechazada. | |
6.1 Cada Oferente presentará solamente una oferta, en forma individual o como firma asociada. Un Oferente que presenta o participa en más de una oferta (en forma diferente a la de subcontratista) ocasionará que todas sus ofertas en las que el Oferente participe sean descalificadas. | |
7.1 El Oferente sufragará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, y el Contratante no será responsable en ningún caso de dichos costos. | |
8.1 El Oferente bajo su propia responsabilidad y riesgo, podrá visitar y examinar el lugar de los servicios requeridos y sus alrededores y obtener toda la información que sea necesaria para preparar la oferta y celebrar un contrato para los Servicios. Los costos de la visita al lugar de los Servicios correrán por cuenta del Oferente. | |
9.1 Los Documentos de Licitación comprenden las siguientes secciones y las enmiendas que se realicen conforme a la Cláusula 11 de las IAO: | |
PARTE 1 – Procedimientos de Licitación • Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO) • Sección II. Datos de la Licitación (DDL) • Sección III. Criterios económicos para la Evaluación Financiera de las ofertas • Sección IV. Formularios de la Oferta • Sección V. Países Elegibles | |
PARTE 2 –Descripción del Programa de Actividades y de los Requisitos de los Servicios • Sección VI. Programa de Actividades • Sección VII Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños | |
PARTE 3 –Contrato • Sección VIII. Condiciones Generales del Contrato (CGC) • Sección IX. Condiciones Especiales del Contrato (CEC) • Sección X. Formularios de Contrato | |
9.2 El Oferente deberá examinar todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones de los Documentos de Licitación. El Oferente que no incluya toda la información solicitada en los Documentos de Licitación o que presente una oferta que no se ajuste sustancialmente a ellos en todos los aspectos, asumirá el riesgo que esto entraña y la consecuencia podrá ser el rechazo de su oferta. Los documentos señalados en las Secciones IV Formulario de la Oferta y VI Programa de Actividades deben estar completos y ser presentados en la oferta con el número de copias especificado de acuerdo con la Cláusula 19.1 de las IAO. |
10.1 Todo Oferente que requiera alguna aclaración sobre los Documentos de Licitación, podrá solicitarla por escrito al Contratante a la dirección indicada en los DDL. El Contratante responderá también por escrito a las solicitudes de aclaración que se reciba por lo menos diez (10) días antes de la fecha límite de presentación de ofertas. El Contratante enviará copia de las respuestas, incluyendo una descripción de las consultas realizadas, sin identificar su fuente, a todos los que hubiesen adquirido los Documentos de Licitación directamente del Contratante. Si como resultado de las aclaraciones, el Contratante considera necesario enmendar los Documentos de Licitación, deberá hacerlo siguiendo el procedimiento indicado en la Cláusula 11 y Subcláusula 21.2, de las IAO. | |
10.2 Las modificaciones a los Documentos de Licitación que resulten necesarias en virtud de las solicitudes de aclaración, se notificarán mediante enmienda a los Documentos de Licitación, conforme a la cláusula 11 de las IAO. | |
11.1 El Contratante podrá, en cualquier momento antes del vencimiento del plazo para presentación de ofertas, enmendar los Documentos de Licitación mediante la emisión de una enmienda. | |
11.2 Toda adenda emitida formará parte integral de los Documentos de Licitación y deberá ser comunicada por escrito a todos los que hayan obtenido los Documentos de Licitación directamente del Contratante o vía el portal de adquisiciones del país. | |
11.3 El Contratante podrá prorrogar el plazo de presentación de ofertas a fin de dar a los posibles Oferentes un plazo razonable para que puedan tomar en cuenta la enmienda en la preparación de sus ofertas de conformidad con la Cláusula 21.2. | |
12.1 La oferta que prepare el Oferente, así como toda la correspondencia y documentos relativos a ella que intercambien el Oferente y el Contratante, deberá redactarse en español. Los documentos complementarios y textos impresos que formen parte de la oferta podrán estar escritos en otro idioma, con la condición de que las partes relevantes de dicho material vayan acompañadas de una traducción fidedigna al idioma español. Para efectos de la |
interpretación de la oferta, prevalecerá dicha traducción. | |
13.1 La oferta que presente el Oferente deberá comprender los siguientes documentos: | |
(a) El Formulario de la Oferta (en el formato que se indica en la Sección IV “Formularios de la Oferta”); | |
(b) El Programa de Actividades; | |
(c) Formulario de Calificación Sobre el Oferente (de acuerdo a la Sección IV “Formularios de la Oferta”), incluyendo documentos para acreditar los datos correspondientes; | |
(d) Evidencia documentada, que certifique que los servicios que proporcionen el Oferente son de origen Elegible de conformidad con lo previsto en la Sección V para el caso del BID. | |
(e) Cualquier otro documento relevante para el objeto de servicio que sea requerido a los Oferentes, según lo especificado en los DDL. | |
14.1 El contrato será para los servicios según se describe en las Especificaciones Técnicas de Desempeño y Diseños de la Sección VII, con base en el Programa de Actividades de la Sección VI. | |
14.2 El Oferente deberá cotizar las tarifas, precios y descuentos de todas las actividades que comprenden los Servicios descritos en las Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños de la Sección VII y listados en el Programa de Actividades, Sección VI. Las actividades en las que el Oferente no introduzca tarifas o precios, se asumirá que están incluidas en el precio total de la oferta, sin que proceda pago adicional alguno. | |
14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Oferente conforme al Contrato, o por cualquier otra causa, hasta diez (10) días antes de la fecha del plazo para presentación de ofertas, deberán ser incluidos en el precio total de la oferta presentada. | |
14.4 Los precios cotizados por el Oferente serán fijos durante la ejecución del Contrato y no estarán sujetos a ninguna variación por ningún motivo, salvo indicación contraria en los DDL. En el caso de que en los DDL se considere ajuste de precios durante la ejecución del Contrato, este se realizará de conformidad con las disposiciones de la |
Cláusula 6.6 de las Condiciones Generales del Contrato y/o Cláusula 6.6.1 de las Condiciones Especiales del Contrato. | |
14.5 El Oferente presentará con su oferta toda la información requerida conforme a las Condiciones Especiales del Contrato y de las Condiciones Generales del Contrato. | |
14.6 Cuando una oferta presentada con precios ajustables no responde a lo solicitado, en consecuencia, será rechazada de conformidad con la Cláusula 27 de las IAO. Sin embargo, si de acuerdo con lo indicado en los DDL sub- cláusula14.4, los precios cotizados por el Oferente pueden ser ajustables durante la ejecución del Contrato, las ofertas que coticen precios fijos no serán rechazadas, y el ajuste de los precios se considerará igual a cero. | |
14.7 A fin de determinar la remuneración por servicios adicionales, un desglose del precio a suma alzada será proporcionado por el Oferente en la forma de los Apéndices C y D del Contrato. | |
15.1 El Oferente cotizará en la moneda local la porción de la oferta correspondiente a gastos realizados en el país del Contratante, a menos que se indique lo contrario en los DDL. | |
15.2 Los Oferentes podrán expresar el precio de su oferta en cualquier moneda plenamente convertible. Los Oferentes que deseen que se les pague en varias monedas, deberán cotizar su oferta en esas monedas pero no podrán emplear más de tres monedas además de la moneda local. | |
Validez de la Oferta | 16.1 Las ofertas serán válidas por el período3 indicado en los DDL, a partir de la fecha límite para la presentación de ofertas establecida por el Contratante. Toda oferta con un período de validez menor será rechazada por el Contratante por incumplimiento. |
3 El período es un plazo razonable, generalmente no menor de 35 días y no mayor de 105, para permitir la evaluación de las Ofertas, hacer aclaraciones, y obtener la ‘no objeción’ del Banco (cuando la adjudicación del contrato está sujeta a revisión previa).
16.2 En circunstancias excepcionales y antes de que expire el periodo de validez de la oferta, el Contratante podrá solicitar el consentimiento de los Oferentes para prorrogar el periodo de validez de sus ofertas. La solicitud y las respuestas de los Oferentes se harán por escrito. Un Oferente puede rechazar esta solicitud sin que se le sean aplicadas las sanciones establecidas en el Formulario de la Oferta. A los Oferentes que acepten la solicitud de prórroga no se les pedirá ni permitirá que modifiquen sus ofertas, con excepción de lo dispuesto en la Cláusula 16.3 de las IAO. | |
16.3 En el caso de contratos con precio fijo, cuyo periodo de validez de la oferta se hubiera prorrogado y la adjudicación se retrasase por un período mayor a sesenta (60) días a partir del vencimiento del plazo inicial de validez de la oferta, el precio del Contrato será ajustado mediante la aplicación de un factor que será especificado en la solicitud de prórroga. La evaluación de la oferta deberá basarse en el precio cotizado sin tomar en cuenta el ajuste mencionado. | |
Mantenimiento de la Oferta | 17.1 El Oferente deberá presentar como parte de su oferta una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si así se estipula en los DDL. 17.2 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá expedirse por la cantidad especificada en los DDL y en Lempiras o en una moneda de libre convertibilidad, y deberá: (a) a opción del Oferente, adoptar la forma de una carta de crédito, o una garantía bancaria emitida por una institución bancaria, o una fianza emitida por una aseguradora; (b) ser emitida por una institución de prestigio seleccionada por el Oferente y ubicada en un país elegible. Si la institución que emite la garantía está localizada fuera del país del Contratante, deberá tener una sucursal financiera en el país del Contratante que permita hacer efectiva la garantía; (c) estar sustancialmente de acuerdo con alguno de los formularios de la Garantía de Mantenimiento de Oferta incluidos en la Sección IV, Formularios de la Oferta, u otro formulario aprobado por el Contratante con anterioridad a la presentación de la oferta; |
(d) ser pagadera a la vista ante solicitud escrita del Contratante en caso de tener que invocar las condiciones detalladas en la Cláusula 17.5 de las IAO.
(e) ser presentada en original; no se aceptarán copias;
(f) permanecer válida por un período de 28 días posteriores a la fecha límite de la validez de las ofertas, o del período prorrogado, si corresponde, de conformidad con la Cláusula 16.2 de las IAO;
17.3 Si la Subcláusula 17.1 de las IAO exige una Garantía de Mantenimiento de la Oferta o una Declaración de Mantenimiento de la Oferta, todas las ofertas que no estén acompañadas por una Garantía que sustancialmente responda a lo requerido en la cláusula mencionada, serán rechazadas por el Contratante por incumplimiento.
17.4 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta de los Oferentes cuyas ofertas no fueron seleccionadas serán devueltas tan prontamente como sea posible después que el Oferente adjudicado suministre su Garantía de Cumplimiento, de conformidad con la Cláusula 34.1 de las IAO.
17.5 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta se podrá hacer efectiva o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta se podrá ejecutar si:
(a) un Oferente retira su oferta durante el período de validez de la oferta especificado por el Oferente en el Formulario de Oferta, salvo a lo estipulado en la Subcláusula 16.2 de las IAO; o
(b) si el Oferente seleccionado:
(i) no firma el contrato de conformidad con la Cláusula 33 de las IAO;
(ii) no suministra la Garantía de Cumplimiento de conformidad con la Cláusula 34 de las IAO;
17.6 La Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (en lo sucesivo Consorcio) deberá ser emitida en nombre del Consorcio que presenta la oferta. Si dicho Consorcio no ha sido legalmente constituido en el momento de presentar la oferta, la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá estar en nombre de
todos los futuros socios del Consorcio tal como se denominan en la carta de intención mencionada en el Formulario de Calificación sobre el Oferente, incluido en la Sección IV, Formularios de la Oferta. | |
alternativas | 18.1 No se considerarán ofertas alternativas. |
Firma de la Oferta | 19.1 El Oferente preparará un original de los documentos que comprenden la oferta según se describe en la Cláusula 13 de las IAO y lo marcará claramente como “ORIGINAL”. Además el Oferente deberá presentar las copias simples de los documentos que comprenden la oferta y marcar claramente cada ejemplar como “COPIA”, en el número de copias que se determine en los DDL. |
19.2 El original de la oferta será impreso, mecanografiado o escrito con tinta indeleble y firmada por una persona o personas debidamente autorizadas para firmar en nombre del Oferente, conforme a la Cláusulas 5.2 (a) o 5.3 (b) de las IAO. Todas las páginas de la oferta, que hayan sido modificadas, deberán llevar la firma o rúbrica de la(s) persona(s) que firme(n) la oferta. La copia simple de la oferta deberá reproducirse de la original previamente firmada. En caso de discrepancia, el texto del original prevalecerá sobre el de la copia. | |
19.3 Los textos entre líneas, tachaduras o palabras superpuestas serán válidos solamente si llevan la firma o la rúbrica de la persona que firma la Oferta. | |
20.1 Los Oferentes podrán enviar sus ofertas por correo o entregarlas personalmente. | |
20.2 Los Oferentes incluirán el original y copia de la oferta en sobres separados, cerrados en forma inviolable y debidamente identificados como “ORIGINAL” y “COPIA”. Los sobres conteniendo el original y la copia serán incluidos a su vez en un solo sobre. El resto del procedimiento será de acuerdo con las Cláusulas 20.3 y 20.4 de las IAO. | |
20.3 Los sobres interiores y el sobre exterior deberán: | |
(a) llevar el nombre y la dirección del Oferente para permitir que la oferta sea devuelta sin abrir en caso de que sea declarada “tardía” conforme a la Cláusula 22 de las IAO; |
(b) estar dirigidos al Contratante y llevar la dirección indicada en la cláusula 21.1 de los DDL; | |
(c) llevar el nombre y número de identificación de la LPN indicada en la cláusula 1.1 de los DDL y las Condiciones Especiales del Contrato (CEC); | |
(d) llevar una advertencia de no abrirse antes de la hora y la fecha especificadas para la apertura de la oferta según se define en la cláusula 24.1 de los DDL. | |
20.4 Si los sobres no están cerrados e identificados según lo dispuesto, el Contratante no se responsabilizará en caso de que la oferta se extravíe, traspapele o sea abierta prematuramente. | |
21.1 Las ofertas deberán ser recibidas por el Contratante en la dirección indicada en el presente documento a más tardar en la hora y la fecha indicadas en los DDL. | |
21.2 El Contratante podrá a su discreción, extender el plazo para la presentación de las ofertas, mediante una enmienda a los Documentos de Licitación, de conformidad con la Cláusula 11 de las IAO, en cuyo caso todos los derechos y obligaciones del Contratante y los Oferentes se sujetarán a la nueva fecha límite prorrogada. | |
22.1 Toda oferta que reciba el Contratante después del plazo fijado por él para la presentación de ofertas de conformidad con la Cláusula 21 de las IAO será devuelta al Oferente sin abrir. | |
23.1 El Oferente podrá modificar, sustituir o retirar su oferta, después de presentada, mediante el envío de una comunicación por escrito debidamente firmada por un representante autorizado antes de la fecha límite establecida en la Cláusula 21 de las IAO. La modificación o sustitución de la Oferta deberá acompañar dicha comunicación por escrito. | |
23.2 El aviso de modificación, sustitución o retiro de una oferta deberá ser preparado, sellado, marcado y entregado de acuerdo con las Cláusulas 19 y 20 de las IAO, con los sobres interiores y exteriores marcados claramente con “MODIFICACIÓN” “SUSTITUCIÓN” o “RETIRO”, según lo que corresponda. | |
23.3 Ninguna oferta podrá ser modificada, sustituida o retirada durante el intervalo comprendido entre la fecha límite para presentar ofertas y la expiración del período de validez de |
las ofertas indicado por el Oferente en el Formulario de Oferta, o cualquier extensión si la hubiese. | |
23.4 Las ofertas cuyo retiro fue solicitado de conformidad con la Cláusula 23.1 de las IAO serán devueltas sin abrir a los Oferentes remitentes. | |
24.1 El Contratante abrirá las ofertas, incluyendo las modificaciones de ofertas efectuadas conforme a la Cláusula 23 de las IAO, en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir, en la fecha, hora, y lugar especificados en los DDL. | |
24.2 Los sobres marcados con la palabra “RETIRO” se identificarán en primer lugar y el nombre del Oferente se leerá en voz alta. No se abrirán las ofertas respecto de las cuales se haya presentado una notificación de retiro aceptable, conforme a la Cláusula 23. | |
24.3 En la apertura de las ofertas, el Contratante leerá en voz alta los nombres de los Oferentes, los precios de las ofertas, incluidos los descuentos, las modificaciones, sustituciones y retiros de ofertas y cualquier otro detalle que el Contratante considere apropiado. Ninguna oferta será rechazada durante el Acto de Apertura, excepto las ofertas tardías, de conformidad con la Cláusula 22.1 de las IAO. | |
24.4 El Contratante preparará un acta de la ceremonia de apertura de las ofertas que incluirá como mínimo: el nombre del Oferente y si hay retiro, sustitución o modificación; el precio de la Oferta, por lote si corresponde, incluyendo cualquier descuento y ofertas alternativas si estaban permitidas; y la existencia o no de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta, si se requería. Se les solicitará a los representantes de los Oferentes presentes que firmen la hoja de asistencia. Una copia del acta será distribuida a los Oferentes que presentaron sus ofertas a tiempo. | |
25.1 Cualquier comunicación que el Oferente desee tener con el Contratante deberá realizarse por escrito. La información relativa al examen, aclaración, evaluación y comparación de ofertas y a las recomendaciones sobre adjudicaciones de un contrato no se dará a conocer a los Oferentes que presentaron las ofertas ni a otras personas que no tengan participación oficial en el proceso hasta que |
no se haya notificado la adjudicación del contrato al Oferente ganador. | |
25.2 Si, después de la notificación de adjudicación, un Oferente desea conocer las razones por las cuales su oferta no fue seleccionada, debe dirigir su solicitud al Contratante, quien emitirá la respuesta por escrito. Cualquier solicitud de explicación de un Oferente debe relacionarse solamente a su propia oferta; no se dará información acerca de la oferta de los competidores. | |
25.3 Cualquier intento por parte de un Oferente para influenciar al Contratante en la revisión, evaluación, comparación y calificación de las ofertas o en la adjudicación del contrato podrá resultar en el rechazo de su oferta. | |
26.1 Para realizar la correcta evaluación de las ofertas, el Contratante podrá, a su discreción, solicitar al Oferente que aclare su oferta. No se considerarán aclaraciones a las ofertas presentadas por los Oferentes cuando no sean en respuesta a una solicitud del Contratante. La solicitud de aclaración y la respuesta se harán por escrito y no se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación de los precios o de los elementos sustanciales de la oferta, excepto según se requiera para confirmar la corrección de errores aritméticos descubiertos por el Contratante en la evaluación de las ofertas en conformidad con la Cláusula 28. | |
Ofertas | 27.1 Antes de proceder a la evaluación detallada de las ofertas, el Contratante determinará si cada oferta: a) cumple con los criterios de elegibilidad definidos en la Cláusula 4 de las IAO; b) ha sido debidamente firmada; c) Está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta si se solicitaron; y d) Cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación. |
27.2. Para determinar si la oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Contratante se basará en el contenido de la propia oferta. | |
27.3 Una oferta que se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones estipuladas en dichos documentos sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión |
significativa es aquella que: | |
(a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de los Servicios solicitados; o | |
(b) limita de una manera sustancial, contraria a los Documentos de Licitación, los derechos de “el Contratante” o las obligaciones del Oferente, establecidas en el Formulario de Contrato; o | |
(c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes que presentan ofertas que se ajustan sustancialmente a los Documentos de Licitación. | |
27.4 Si una oferta no se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, deberá ser rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá ajustarla mediante correcciones de las desviaciones, reservas u omisiones significativas. | |
errores y omisiones | 28.1 Si una oferta se ajusta sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Contratante podrá dispensar alguna diferencia u omisión cuando ésta no constituya una desviación significativa. |
28.2 Cuando una oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, el Contratante podrá solicitarle al Oferente que presente dentro de un plazo razonable, información o documentación necesaria para rectificar diferencias u omisiones relacionadas con requisitos no significativos de documentación. Dichas omisiones no podrán estar relacionadas con ningún aspecto del precio de la Oferta. Si el Oferente no cumple con la petición, su oferta podrá ser rechazada. | |
28.3 A condición de que la oferta cumpla sustancialmente con los Documentos de Licitación, el Contratante corregirá errores aritméticos de la siguiente manera: | |
(a) si hay una discrepancia entre un precio unitario y el precio total obtenido al multiplicar ese precio unitario por las cantidades correspondientes, prevalecerá el precio unitario y el precio total será corregido, a menos que, en opinión del Contratante, haya un error obvio en la colocación del punto decimal, entonces el precio total cotizado prevalecerá y se corregirá el precio unitario; | |
(b) si hay un error en un total que corresponde a la suma o resta de subtotales, los subtotales prevalecerán y se |
corregirá el total; | |
(c) si hay una discrepancia entre palabras y cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras a menos que la cantidad expresada en palabras corresponda a un error aritmético, en cuyo caso prevalecerán las cantidades en cifras de conformidad con los párrafos (a) y (b) mencionados. | |
28.4 Si el Oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de los errores, su oferta será rechazada. | |
29.1 Para efectos de evaluación y comparación, el Contratante convertirá todos los precios de las ofertas expresados en diferentes monedas a Lempiras utilizando el tipo de cambio vendedor establecido por el Banco Central de Honduras para transacciones semejantes, vigente 28 días antes de la fecha de apertura de Ofertas. | |
30.1 El Contratante evaluará las ofertas conforme a la Cláusula 27 de las IAO y las comparará. | |
30.2 Al evaluar las ofertas, el Contratante determinará para cada oferta el precio de oferta evaluado considerando lo siguiente: | |
(a) el precio cotizado de conformidad con la Cláusula 14 de las IAO | |
(b) el ajuste del precio por correcciones de errores aritméticos conforme a la Cláusula 28 de las IAO; | |
(c) el ajuste del precio debido a descuentos ofrecidos de conformidad con la Cláusula 14.2 de las IAO; | |
(d) excluyendo las sumas relacionadas con actividades de contingencia, si hubiese, en el Programa de Actividades, pero incluyendo la tarifa diaria del servicio, cuando sea solicitada en las Especificaciones Técnicas de Desempeño | |
(e) los ajustes debidos a la aplicación de factores adicionales de evaluación, metodologías y criterios cuantificables y evaluables económicamente, de conformidad con la Sección III, Criterios económicos para la Evaluación Financiera de las ofertas. | |
30.3 Las variaciones, desviaciones y demás factores que exceden los requisitos de los Documentos de Licitación o de otro modo den como resultado beneficios no solicitados |
por el Contratante no se tomarán en cuenta en la evaluación de las ofertas. | |
30.4 El efecto calculado de cualquier condición de ajuste de precios, conforme a la Cláusula 6.6 de las Condiciones Generales del Contrato, durante el periodo de implementación del Contrato, no se tomará en cuenta en la evaluación de las ofertas. | |
Adjudicación | 31.1 Con sujeción a lo dispuesto en la Cláusula 32 de las IAO, el Contratante adjudicará el Contrato al Oferente cuya oferta se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación y haya sido evaluada como la más baja, siempre y cuando se haya determinado que dicho Oferente es: (a) elegible de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 4 de las IAO y (b) está calificado en conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO. |
Contratante de Aceptar Cualquier Oferta, Rechazar Cualquiera o Todas las Ofertas y variar las cantidades en el momento de adjudicación. | 32.1 No obstante lo establecido en la Cláusula 31 de las IAO, el Contratante se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como el derecho a anular el proceso de licitación y rechazar todas las ofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación del Contrato, sin que por ello adquiera responsabilidad alguna ante los Oferentes afectados por esta decisión. 32.2 Al momento de adjudicar el Contrato, el Contratante se reserva el derecho de aumentar o disminuir la cantidad de los Servicios especificados originalmente en la Sección VI Programa de Actividades y con base en la Sección VII Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños siempre y cuando esta variación no exceda los porcentajes indicados en los DDL, y no altere los precios unitarios u otros términos y condiciones de la Oferta y de los Documentos de Licitación. |
33.1 Antes de la expiración del período de validez de las ofertas, el Contratante notificará por escrito al Oferente seleccionado que su Oferta ha sido aceptada. | |
33.2 Mientras se prepara un Contrato formal y es perfeccionado, la notificación de la Carta de Aceptación de la Sección X constituirá el Contrato. | |
33.3 El Contratante publicará en el sitio de Internet del UNDB (United Nations Development Business) y en el sitio de Internet del Banco los resultados de la licitación, identificando la oferta y la siguiente información: (i) |
nombre de todos los Oferentes que presentaron ofertas; (ii) los precios que se leyeron en voz alta en el acto de apertura de las ofertas; (iii) nombre de los Oferentes cuyas ofertas fueron evaluadas y precios evaluados de cada oferta evaluada; (iv) nombre de los Oferentes cuyas ofertas fueron rechazadas y las razones de su rechazo; y (v) nombre del Oferente seleccionado y el precio cotizado, así como la duración y un resumen del alcance del contrato adjudicado. | |
33.4 Inmediatamente después de la notificación de adjudicación, el Contratante enviará al Oferente seleccionado el Formulario de Contrato y las Condiciones Generales y Especiales del Contrato. | |
33.5 El Oferente seleccionado tendrá un plazo de quince (15) días después de la fecha de recibo del Formulario de Contrato para firmarlo, fecharlo y devolverlo al Contratante. En los casos en los que el Oferente seleccionado sea una APCA, el contrato debe ser firmado en los términos establecidos en la Cláusula 5.3 inciso (b) de las IAO y en el Formulario de Contrato, contenido en la Sección X, inciso B. | |
Cumplimiento del Contrato | 34.1 Dentro de los diez (10) días a partir de la firma del Contrato, el Oferente seleccionado deberá presentar la Garantía de Cumplimiento del Contrato, de conformidad con las DDL, utilizando para dicho propósito el formulario de Garantía de Cumplimiento, incluido en la Sección X, Formularios del Contrato. |
34.2 Si la Garantía de Cumplimiento es proporcionada por el Oferente favorecido en la forma de una Garantía Bancaria, ésta deberá expedirse por el Oferente, por un banco localizado en el país del Prestatario aceptable para el Contratante. | |
34.3 Si la Garantía de Cumplimiento va a ser proporcionada por el Oferente en la forma de una Fianza, ésta deberá ser expedida por una compañía afianzadora| que el Oferente ha determinado y que sea aceptable al Contratante. | |
34.4 El incumplimiento del Oferente favorecido de los requisitos de la Cláusula 34.1 constituirá base suficiente para la cancelación de la adjudicación. Si el Oferente seleccionado no cumple con la presentación de la Garantía de Cumplimiento mencionada anteriormente o no firma el Contrato, esto constituirá bases suficientes para anular la adjudicación del contrato; y, consecuentemente, se le aplicará las sanciones por incumplimiento establecidas en |
el Formulario de la Oferta. En tal caso, el Contratante podrá adjudicar el Contrato al Oferente cuya oferta sea evaluada como la siguiente más baja y que se ajuste sustancialmente a los Documentos de Licitación, y que el Contratante determine que está calificado para ejecutar el Contrato satisfactoriamente. | |
35.1 El Contratante podrá proporcionar un Anticipo sobre el Precio de Contrato según se estipula en los DDL. El pago del anticipo respectivo se efectuará previa entrega de la garantía correspondiente, utilizando el formulario de Garantía por Pago de Anticipo, incluido en la Sección X, Formularios del Contrato. | |
36.1 Cuando el Contratante determine la pertinencia de contar con un Conciliador, propondrá que se designe como tal a la persona nombrada en los DDL conforme al Contrato, a quien se le pagarán los honorarios por hora especificados en los DDL. Se adjuntarán a los DDL un currículo de la persona nombrada y una descripción de los gastos que se considerarían reembolsables Si un Oferente no acepta al Conciliador propuesto por el Contratante, deberá manifestarlo en el Formulario de Oferta y proponer otro Conciliador y los correspondientes honorarios por hora. Si para el día en que se firme el Contrato el Contratante y el Oferente no han logrado ponerse de acuerdo sobre el nombramiento del Conciliador, este último será nombrado, a solicitud de cualquiera de las partes, por la autoridad técnica designada e indicada en las Condiciones Especiales del Contrato (CEC), de conformidad con la subcláusula 8.2.5 de las CGC. |
Sección II. Datos de la Licitación (DDL)
Los datos específicos que se presentan a continuación sobre los servicios que hayan de adquirirse, complementarán, suplementarán o enmendarán las disposiciones en las Instrucciones a los Oferentes (IAO). En caso de conflicto, las disposiciones contenidas aquí prevalecerán sobre las disposiciones en las IAO.
IAO | Referencia de Cláusula de Instrucciones para Oferentes |
IAO 1.1 | El Contratante es Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H). |
El nombre y número de identificación de la LPN son: Adquisición de Servicios de Fideicomiso - Pagaduría y Escrituración de Bienes del Proyecto “Implementación del Plan de Reasentamiento Involuntario (PRI)”, para la Rehabilitación del Tramo: “Choluteca – El Xxxxxx” - LPN-04-BID-2470-2017. | |
IAO 1.2 | La fecha estimada de Terminación es 15 meses después de la fecha indicada en la orden de inicio. |
IAO 2.1 | El nombre del Prestatario es: República de Honduras. |
El nombre y número xx xxxxxxxx, donación o cooperación técnica es: Programa de Integración Vial Regional - Préstamo BID Nº 2470/BL-HO y 2470/BL-HO-2. | |
El nombre del Proyecto es: Programa de Integración Vial Regional. | |
IAO 5.2 | La información solicitada a los Oferentes en la Cláusula 5.2 de las IAO se modifica de la siguiente manera: (a) Copia simple del Testimonio de la Escritura de Constitución, en los que consten los datos de dicha constitución, sus estatutos vigentes y su estructura accionaria actual; instrumento público que deberá estar debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio correspondiente. En caso de que la estructura accionaria no se encuentre integrada en el Testimonio señalado anteriormente o tenga cambios, deberá acompañar el listado de accionistas actuales enviados a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) del año vigente o anterior; así como el poder otorgado a quien suscriba la Oferta autorizándole a comprometer al Oferente; (b) No aplica; (c) Evidencia de experiencia en operación de fideicomisos teniendo como patrimonio fideicometido promedio en los últimos cinco (5) años un monto mínimo de Dos Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$2,000,000.00) o su equivalente en Lempiras; y detalles de los servicios en ejecución o bajo compromiso contractual, así como de los clientes que puedan ser contactados para obtener mayor información sobre dichos contratos; |
(d) Organigrama del Departamento Fiduciario y principales equipos, licencias, autorizaciones y/o instalaciones que el Oferente propone para cumplir con el contrato; (e) Calificaciones y experiencia del administrador del contrato propuesto y/o del personal clave propuesto para el Contrato; (f) No aplica (g) No aplica (h) No aplica; (i) información relativa a la existencia o no de litigios presentes o habidos durante los últimos cinco (5) años o en el número de años determinados en los DDL, en los cuales el Oferente estuvo o está involucrado, las partes afectadas, los montos en controversia, y los resultados; y (j) en su caso las ofertas para subcontratar componentes de los Servicios contendrán el monto del porcentaje de subcontratistas, si así se permite en los DDL de acuerdo al porcentaje máximo de participación de subcontratistas (vinculado a IAO 5.2 (j) más abajo). | |
IAO 5.2 (i) | Información concerniente a cualquier litigio, en curso o concluido, durante los últimos cinco (5) años en el que el Oferente está involucrado. |
IAO 5.2 (j) | Los Oferentes podrán subcontratar la parte de los servicios relacionada con los Servicios Notariales Permanentes. El porcentaje máximo de participación de subcontratistas es de 30%. |
IAO 5.3 | Ningún requisito adicional. |
IAO 5.4 (a) | No aplica. |
IAO 5.4 (b) | Información que demuestre la experiencia al menos en un (1) servicio de naturaleza similar al ofertado (servicios de pagaduría), ejecutado/s en los últimos diez (10) años que deberá/n haberse completado en un 100%. |
IAO 5.4 (c) | Los equipos, licencias, autorizaciones y/o instalaciones necesarios que debe proporcionar el Oferente para el contrato serán: Todos los servicios, equipos, logística, instalaciones, bienes necesarios y personal suficiente, salarios, seguros y pasivos laborales para llevar a cabo los servicios de pagaduría y escrituración, principalmente lo que se refiere a hospedajes, equipos, software, equipamiento, vehículos y mobiliario, entre otros. |
IAO 5.4 (d) | Las calificaciones y experiencia general del personal propuesto para el contrato deberá ser: Gerente de Fideicomiso Profesional Universitario. |
Con un mínimo de 12 años de experiencia general. Haber sido gerente en temas relacionados con fideicomisos en al menos 2 proyectos. Servicios Notariales Permanentes La persona o personas que brinden servicios notariales para el fideicomiso deben contar con al menos 10 años de experiencia como notario en materia de traspaso de bienes inmuebles y gestiones registrales. Jefe de Fideicomiso Profesional Universitario. Con un mínimo de 10 años de experiencia general. Haber sido jefe de administración de al menos 2 proyectos de fideicomisos. Contador de Fideicomisos Profesional Universitario. Tener al menos 6 años de experiencia general. Haber llevado controles contables. Haber desarrollado conciliaciones bancarias. Haber participado en implementación de al menos un (1) fideicomiso. Oficial Administrativo de Fideicomisos Profesional graduado o pasante universitario de las carreras de Administración de Empresas, Contaduría Pública, Economía o Finanzas. Tener al menos 5 años de experiencia general. Tener experiencia en proceso de pagos. | |
IAO 5.4 (e) | No aplica. |
IAO 5.4 (f) | No aplica. |
IAO 5.4 (g) | No Aplica. |
IAO 10.1 | Para aclaraciones de las Ofertas, solamente, la dirección del Contratante es: Atención: Xxxxx X. Xxxxxx, Director Ejecutivo Invest-H. Dirección: Edificio Los Castaños, 5to Piso, Boulevard Xxxxxxx Tegucigalpa, Honduras, C. A. Ciudad: Tegucigalpa, MDC. País: Honduras. Teléfono: (000) 0000-0000, 3539. |
IAO 13.1 (e) | Los documentos adicionales a ser presentados son los siguientes: |
(a) Constancia vigente extendida por la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) de estar inscrito en el Registro de Proveedores y Contratistas del Estado, o constancia de trámite de la misma; (b) Constancia emitida por la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) que se encuentra habilitado para actuar como fiduciario de conformidad con la Ley de Instituciones del Sistema Financiero, este documento debe haber sido emitido en los últimos noventa (90) días calendario previos a la fecha de presentación de ofertas. (c) Declaración Jurada (original) del Oferente y su Representante Legal en la que se haga constar que el licitante y su representante legal: 1. Se encuentran en plena capacidad de ejercicio; 2. No tienen cuentas ni juicios pendientes con el Estado de Honduras; 3. No se encuentran comprendidos en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado; conforme al formato establecido en la sección IV formularios de la oferta. (d) Declaración Jurada de no encontrarse el oferente en proceso de quiebra, concurso de acreedores o remate. (e) Formulario de Información sobre el oferente según sea el caso conforme al formato establecido en la sección IV formularios de la oferta. El adjudicatario, previo a la firma del contrato, deberá presentar los documentos indicados en los incisos b), c) y d) con la respectiva auténtica extendida por Notario. De igual manera en esta etapa deberá presentar originales de las siguientes constancias: x. Xxxxxxxxxx vigente extendida por la Oficina Normativa de Contratación y Adquisiciones del Estado (ONCAE) de estar inscrito en el Registro de Proveedores y Contratistas del Estado; ii. Constancia de no haber sido objeto de resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración (Procuraduría General de la República); iii. Constancia de encontrarse al día en el pago de sus cotizaciones o contribuciones al Instituto Hondureño de Seguridad Social (Instituto Hondureño de Seguridad Social). | |
IAO 14.4 | El Contrato no está sujeto a ajuste de precios de acuerdo con la Cláusula 6.6 de las Condiciones Generales del Contrato. |
IAO 15.1 | El Oferente “está” obligado a cotizar en la moneda del país del Contratante la porción del precio de la oferta que corresponde a gastos incurridos en esa moneda. |
IAO 16.1 | El periodo de validez de las ofertas deberá ser de noventa (90) días. |
IAO 17.1 | La Oferta deberá incluir una Garantía de Mantenimiento emitida por un banco utilizando el formulario para Garantía de Mantenimiento de la Oferta incluido en la Sección IV “Formularios de la Oferta”. |
IAO 17.2 | El monto de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá ser de Seis Mil Dólares de los Estados Unidos de América con 0/100 (US$6,000.00). |
IAO 19.1 | Número de copias a ser presentadas y completadas serán Dos (2) impresas y una en digital. |
IAO 21.1 | Para propósitos de la presentación de las ofertas, la dirección del Contratante es: Atención: Xxxxx X. Xxxxxx, Director Ejecutivo Invest-H / MCA Honduras. Dirección: Edificio Los Castaños, 5to Piso, Boulevard Xxxxxxx Ciudad: Tegucigalpa, MDC. País: Honduras. La fecha límite para presentar las ofertas es: Fecha: 21 de septiembre de 2017. Hora: 2:30 p.m. |
IAO 24.1 | La apertura de las ofertas tendrá lugar en: Dirección: Oficinas INVEST-H, Edificio Los Castaños, 5to Piso, Boulevard Xxxxxxx Ciudad: Tegucigalpa, MDC. País: Honduras Fecha: 21 de septiembre de 2017. Hora: 3:00 p.m. |
IAO 32.2 | No aplica. Las cantidades por línea de comisión serán contratadas en base a un estimado, pero pueden variar durante la ejecución del contrato. Las comisiones se pagarán en base a gestión realizada, no a cantidades estimadas. |
IAO 34.1 | No aplica. |
IAO 35.1 | El Contratante no proporcionará un anticipo. |
IAO 36.1 | El Contratante no propone hacer uso del Conciliador. |
Sección III. Criterios Económicos para la Evaluación Financiera de las Ofertas
Con sujeción a lo dispuesto en la Cláusula 31.1 de las IAO, el Contratante adjudicará el Contrato al Oferente cuya oferta se ajuste sustancialmente a los documentos de licitación y haya sido evaluada como la más baja, siempre y cuando se haya determinado que dicho Oferente es: (a) elegible de acuerdo con las disposiciones de la Cláusula 4 de las IAO y (b) está calificado en conformidad con las disposiciones de la Cláusula 5 de las IAO.
Sección IV. Formularios de la Oferta
El Oferente llenará y presentará los formularios de la oferta. Los detalles adicionales sobre el precio deben insertarse si la Oferta se hace en varias monedas.
A. Formulario de la Oferta
[El Oferente completará este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas. No se permitirán alteraciones a este formulario ni se aceptarán sustituciones.]
Fecha: [Indicar la fecha (día, mes y año) de la presentación de la Oferta] Nombre de la LPN : [indicar el nombre del proceso licitatorio] Licitación No.: [indicar el Número de la LPN]
A: [nombre completo y dirección del Contratante]
Nosotros, los suscritos, declaramos que:
(a) Hemos examinado y no hallamos objeción alguna a los documentos de licitación, incluso sus Enmiendas Nos. [indicar el número y la fecha de emisión de cada Enmienda].
(b) Ofrecemos proveer los siguientes Servicios de conformidad con los Documentos de Licitación y de acuerdo al Programa de Actividades y Especificaciones Técnicas de Desempeñó y Diseños: [indicar una descripción breve de los servicios que ofrece el Oferente] y nos comprometemos a que si se trata de un procedimiento financiado con recursos del BID, los Servicios sean originarios de países miembros del Banco.
(c) El precio total de nuestra Oferta, excluyendo cualquier descuento ofrecido en el rubro (d) a continuación es: [indicar el precio total de la oferta en palabras y en cifras, indicando las cifras respectivas en diferentes monedas y el Impuesto Sobre Ventas por separado, cuando corresponda].
Los servicios contenidos en el Contrato podrán pagarse en las siguientes monedas:
Moneda | Monto pagadero en esa moneda | Tipo de cambio: una extranjera es igual a [inserte la local] | Insumos para los que se requiere la moneda extranjera |
(a) | |||
(b) |
En el caso de cotizaciones en moneda extranjera, procederá su pago, únicamente en aquellos insumos en los que el Oferente justifique el gasto en esa (s) moneda (s).
(d) Los descuentos ofrecidos y la metodología para su aplicación son:
Descuentos. Si nuestra oferta es aceptada, los siguientes descuentos serán aplicables:
[detallar cada descuento ofrecido].
Metodología y Aplicación de los Descuentos. Los descuentos se aplicarán de acuerdo a la siguiente metodología: [Detallar la metodología que se aplicará a los descuentos].
(e) Nuestra oferta se mantendrá vigente por el período establecido en la Cláusula 16.1 de las IAO, a partir de la fecha límite fijada para la presentación de las ofertas de conformidad con la Cláusula 21.1 de las IAO. Esta oferta nos obligará y podrá ser aceptada en cualquier momento antes de la expiración de dicho período.
(f) Si nuestra oferta es aceptada, nos comprometemos a obtener una Garantía de Cumplimiento del Contrato de conformidad con la Cláusula 34.1 de las IAO y Cláusula 3.9 de las CGC.
(g) Nos comprometemos que dentro del proceso de selección (y en caso de resultar adjudicatarios, en la ejecución del contrato), a observar las leyes sobre fraude y corrupción, incluyendo soborno, aplicables en el país del Contratante, según lo dispuesto en la Cláusula 3 de las IAO.
(h) Los suscritos, incluyendo todos los proveedores requeridos para ejecutar cualquier parte del contrato, tenemos nacionalidad de países miembros del Banco [indicar la nacionalidad del Oferente, incluso la de todos los miembros que comprende el Oferente, si el Oferente es una APCA, y la nacionalidad de cada subcontratista y proveedor].
(i) No tenemos conflicto de intereses de conformidad con la Cláusula 4.2 de las IAO.
(j) Nuestra empresa, sus afiliados o subsidiarias, incluyendo todos los subcontratistas o proveedores para ejecutar cualquier parte del contrato, no han sido declarados inelegibles por el Banco, de conformidad con la Cláusula 4.3 de las IAO.
(k) No tenemos ninguna sanción del Banco o de alguna otra Institución Financiera Internacional (IFI).
(l) Las siguientes comisiones, gratificaciones u honorarios han sido pagados o serán pagados en relación con el proceso de esta licitación o ejecución del Contrato: [indicar el nombre completo de cada receptor, su dirección completa, la razón por la cual se pagó cada comisión o gratificación y la cantidad y moneda de cada comisión o gratificación].
Nombre del Receptor | Dirección | Concepto | Monto y Moneda |
(Si no han sido pagadas o no serán pagadas, indicar “ninguna”.)
(m) Xxxxxxxxxx que esta oferta, junto con su debida aceptación por escrito incluida en la carta de aceptación, constituirán una obligación contractual entre nosotros, hasta que el Contrato formal haya sido perfeccionado por las partes.
La carta de aceptación podrá ser notificada al domicilio [señalar domicilio por el Oferente]
o a través de la dirección electrónica [señalar dirección electrónica del Oferente]
(n) Xxxxxxxxxx que ustedes no están obligados a aceptar la oferta evaluada como la más baja ni ninguna otra oferta que reciban.
(o) Aceptamos la designación de (nombre propuesto en los DDL) como Conciliador; o no aceptamos la designación de ((nombre propuesto en los DDL) como Conciliador, y proponemos a [nombre del conciliador propuesto por el Oferente] para que sea nombrado como Conciliador cuyos honorarios por hora y CV se adjuntan.
(p) Usaremos nuestros mejores esfuerzos para apoyar al Banco en las investigaciones.
Nombre y Firma: [indicar el nombre completo de la persona que firma el Formulario de la Oferta] En calidad de [indicar la calidad jurídica de la persona que firma el Formulario de la Oferta]
Debidamente autorizado para firmar la oferta por y en nombre de: [indicar el nombre completo del Oferente]
El día del mes del año [indicar la fecha de la firma]
B. Formulario de Calificación sobre el Oferente
[La información que proporcionen los Oferentes en las siguientes páginas se utilizará para calificar al Oferente, tal y como se indica en la Cláusula 5 de las IAO. El Oferente deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones que se indican a continuación. No se aceptará ninguna alteración a este formulario ni se aceptarán sustitutos. En el caso de una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA), cada miembro del APCA deberá utilizar este formulario. La información del formulario no se incorpora en el Contrato. Adjunte páginas adicionales si es necesario. Las secciones pertinentes en los documentos adjuntos deberán ser traducidas al español.]
Fecha: [indicar la fecha (día, mes y año) de la presentación de la Oferta]
LPN No.: [indicar el número del proceso licitatorio]
Página de páginas
1. Firmas individuales o cada miembro del APCA. | 1.1 Incorporación, constitución o estatus jurídico del Oferente [adjunte copia de documento legal que lo acredite o carta de intención para formalizar el convenio de constitución de un APCA] Lugar de constitución o incorporación: [indique] | |||
Domicilio legal: [indique] | ||||
Sede principal de actividades: [indique] | ||||
Poder del firmante de la Oferta (Representante de la firma) [adjunte] | ||||
1.2 El monto total facturado de los servicios realizados es: [indicar montos equivalentes en moneda nacional y año a que corresponden de conformidad con la Cláusula 5.4(a) de los DDL] | ||||
1.3 La experiencia en servicios de similar naturaleza y magnitud es en [indique el número de servicios e información que se especifica en la Cláusula 5.4 (b) de las IAO o de los DDL]. [En el cuadro siguiente, los montos deberán expresarse en la misma moneda utilizada para el rubro 1.2 anterior. También detalle los servicios realizados, en ejecución o bajo compromiso contractual, incluyendo las fechas estimadas de terminación ] | ||||
Nombre del Proyecto y | Nombre del | (Servicios Realizados) | (Servicios en ejecución) | Valor del |
País | Contratante y | Tipo de servicios, | Tipo de servicios, fecha | Contrato |
Persona a quien | fecha de terminación | estimada de | (equivalente en | |
contactar | terminación y | moneda nacional | ||
porcentaje de avance |
(a) (b) |
1.4 Los principales equipos, licencias, autorizaciones y/o instalaciones que propone el Oferente son: [Proporcione toda la información solicitada a continuación, de acuerdo con la Cláusula 5.4(c) de los DDL.] | |||
Equipo, licencias, | Descripción, marca y | Condición, (nuevo, | Propio, alquilado mediante |
autorizaciones y/o | antigüedad (años) | buen estado, mal | arrendamiento financiero (nombre de |
Instalaciones | estado) y cantidad de | la arrendadora), o por comprar | |
unidades disponibles | (nombre del vendedor) | ||
(a) (b) |
1.5 Las calificaciones y experiencia del administrador del contrato y de otro personal propuesto para el Contrato se adjuntan. [adjunte información biográfica, de acuerdo con la Cláusula 5.4 (d) de las IAO o de los DDL ] Incluya la lista de dicho personal en la tabla siguiente. | |||
Cargo | Nombre | Años de Experiencia | Años de experiencia en el cargo |
(a) (b) | |||
(c) (d) |
Secciones del Servicio | Valor del Subcontrato | Subcontratista (nombre, teléfono y dirección) | Experiencia en servicios similares |
(a) (b) |
1.7 Los informes sobre el estado financiero del Oferente de los últimos [indique el número de años] años, estados financieros los cuales contengan informes de pérdidas y ganancias, informes de auditoría, etc., que se adjuntan, en conformidad con la Cláusula 5.4 (e) de las IAO o de los DDL son: [lístelos a continuación y adjunte las copias.]
1.8 La evidencia que certifique la existencia de suficiente capital de trabajo de acuerdo con la Cláusula 5.4 (f) de las IAO es: [liste a continuación y
1.6 Los Subcontratistas propuestos y firmas participantes, de conformidad con la Cláusula 5.2 (j) de los DDL son [indique la información en la tabla siguiente. Véase la Cláusula 3.5 de las CGC
Nombre de la(s) otra(s) Parte(s) | Causa de la Controversia | Monto en cuestión | Resolución |
(a) (b) |
2. Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) | 2.1 La información solicitada en los párrafos 1.1 a 1.10 anteriores debe ser proporcionada por cada socio de la APCA. 2.2 Deberá entregarse el Poder o documento otorgado al representante nombrado por la APCA para firmar la Oferta en nombre de ésta, en términos de la cláusula 5.3 (d) de las IAO. 2.3 Deberá entregarse el Convenio celebrado entre todos los integrantes de la APCA (documento que legalmente compromete a todos los integrantes) o la Carta de Intención para formalizar el convenio de constitución de una APCA en caso de resultar seleccionados, en los que conste que: (a) todos los integrantes serán responsables mancomunada y solidariamente por el cumplimiento del Contrato de acuerdo con las condiciones del mismo; (b) se designará como representante a uno de los integrantes, el que tendrá facultades para contraer obligaciones y recibir instrucciones para y en nombre de todos y cada uno de los integrantes de la APCA; y (c) los pagos, se harán exclusivamente al socio designado. |
3. Requisitos adicionales | 3.1 Los Oferentes deberán entregar toda información adicional a la requerida en las Cláusulas 5.2 y 5.3 de los DDL. |
adjunte copias de los documentos que corroboren lo anterior.]
1.9 Adjuntar autorización con nombre, dirección, y números de teléfono, télex y facsímile para contactar bancos que puedan proporcionar referencias del Oferente en caso de que el Contratante se las solicite, se adjunta en conformidad con la Cláusula 5.2 (h) de las IAO [Adjunte la autorización correspondiente]
1.10 Proporcionar la información sobre litigios pendientes o habidos en el que el Oferente estuvo o esté involucrado, de conformidad con la Cláusula 5.2
(i) de las IAO. o de los DDL [Incluya la información en la tabla siguiente]
C. Garantía de Mantenimiento de Oferta
(Garantía Bancaria)
[indicar el Nombre del Banco, y la dirección de la sucursal que emite la garantía]
Beneficiario: [indicar el nombre y la dirección del Contratante]
Fecha: [indicar la fecha]
GARANTIA DE MANTENIMIENTO DE OFERTA No. [indicar el número de Garantía]
Se nos ha informado que [indicar el nombre del Oferente] (en adelante denominado “el Oferente”) les ha presentado su oferta el [indicar la fecha de presentación de la oferta] (en adelante denominada “la oferta”) para la ejecución de [indicar el nombre del Contrato], bajo el Llamado a Licitación No [indicar numero del Llamado a Licitación].
Asimismo, entendemos que, de acuerdo con sus condiciones, una Garantía de Mantenimiento de la Oferta deberá respaldar dicha Oferta.
A solicitud del Oferente, nosotros [indicar el nombre del Banco] por medio de la presente Garantía nos obligamos irrevocablemente a pagar a ustedes una suma o sumas, que no exceda(n) un monto total de [indicar la cifra en números], [indicar la cifra en palabras] al recibo en nuestras oficinas de su primera solicitud por escrito y acompañada de una comunicación escrita que declare que el Oferente está incurriendo en violación de sus obligaciones contraídas bajo las condiciones de la oferta, porque el Oferente:
(a) ha retirado su oferta durante el período de validez establecido por el Oferente en el Formulario de Presentación de Oferta; o
(b) habiéndole notificado el Contratante de la aceptación de su Oferta dentro del período de validez de la oferta como se establece en el Formulario de Presentación de Oferta, o dentro del período prorrogado por el Contratante antes de la expiración de este plazo, (i) no firma o rehúsa firmar el Contrato, si corresponde, o (ii) no suministra o rehúsa suministrar la Garantía de Cumplimiento de conformidad con las IAO.
Esta Garantía expirará (a) en el caso del Oferente seleccionado, cuando recibamos en nuestras oficinas las copias del Contrato firmado por el Oferente y de la Garantía de Cumplimiento emitida a ustedes por instrucciones del Oferente, o (b) en el caso de no ser el Oferente seleccionado, cuando ocurra el primero de los siguientes hechos: (i) haber recibido nosotros una copia de su comunicación al Oferente indicándole que el mismo no fue seleccionado; o (ii) haber transcurrido veintiocho días después de la expiración de la validez de la Oferta.
Consecuentemente, cualquier solicitud de pago bajo esta Garantía deberá recibirse en esta institución en o antes de la fecha límite aquí estipulada.
Esta Garantía está sujeta las “Reglas Uniformes de la CCI relativas a las garantías contra primera solicitud” (Uniform Rules for Demand Guarantees), Publicación del ICC No. 458.
[Firma(s) del (los) representante(s) autorizado(s) del Banco]
D. Garantía de Mantenimiento de Oferta (Fianza)
(NO APLICA)
FIANZA NO. [indicar el número de fianza]
POR ESTA FIANZA [indicar el nombre del Oferente, en el caso de una APCA, enumerar los nombres legales completos de los socios] obrando en calidad de Oferente (en adelante “el Oferente”), y [indicar el nombre, denominación legal y dirección de la afianzadora], autorizada para conducir negocios en [indicar el nombre del país del Contratante], y quien obre como Xxxxxxx (en adelante “el Garante”) por este instrumento se obligan y firmemente se comprometen con [indicar el nombre del Contratante] como Demandante (en adelante “el Contratante”) por el monto de [indicar el monto en cifras de la fianza expresada en la moneda del País del Contratante o en una moneda internacional de libre convertibilidad] [indicar la suma en palabras], a cuyo pago en legal forma, en los tipos y proporciones de monedas en que deba pagarse el precio de la Garantía, nosotros, el Oferente y el Garante ante mencionados por este instrumento, nos comprometemos y obligamos colectiva y solidariamente a estos términos a nuestros herederos, albaceas, administradores, sucesores y cesionarios.
CONSIDERANDO que el Oferente ha presentado al Contratante una Oferta escrita con fecha del
día de , del 200_, para la provisión de [indicar el nombre del Contrato] (en adelante “la Oferta”).
POR LO TANTO, LA CONDICION DE ESTA OBLIGACION es tal que si el Oferente:
(1) retira su Oferta durante el período de validez de la oferta estipulado por el Oferente en el Formulario de Presentación de la Oferta; o
(2) no acepta la corrección de los errores del Precio de la Oferta de conformidad con la Subcláusula 28.3 de las IAO; o
(3) si después de haber sido notificado de la aceptación de su Oferta por el Contratante durante el período de validez de la misma,
(a) no firma o rehúsa firmar el Contrato, si así se le requiere; o
(b) no presenta o rehúsa presentar la Garantía de Cumplimento de Contrato de conformidad con lo establecido en las Instrucciones a los Oferentes;
el Garante procederá inmediatamente a pagar al Contratante la máxima suma indicada anteriormente al recibo de la primera solicitud por escrito del Contratante, sin que el Contratante tenga que sustentar su demanda, siempre y cuando el Contratante establezca en su demanda que ésta es motivada por los acontecimientos de cualquiera de los eventos descritos anteriormente, especificando cuál(es) evento(s) ocurrió / ocurrieron.
EN FE DE LO CUAL, el Garante conviene que su obligación permanecerá vigente y tendrá pleno efecto inclusive hasta la fecha 28 días después de la expiración de la validez de la oferta tal como se establece en las IAO. Cualquier demanda con respecto a esta Fianza deberá ser recibida por el Garante a más tardar dentro del plazo estipulado anteriormente.
EN FE DE LO CUAL, el Oferente y el Garante han dispuesto que se ejecuten estos documentos con sus respectivos nombres este día de del .
Principal(es): nombre(s) del representante(s) autorizado de la Afianzadora
Garante: Sello Oficial de la Corporación (si corresponde)
(Nombre y cargo) (Nombre y cargo)
E. Declaración de Mantenimiento de la Oferta
(NO APLICA)
Fecha: [indique la fecha]
Nombre del Contrato.: [indique el nombre]
No. de Identificación del Contrato: [indique el número]
Llamado a Licitación: [Indique el número]
A:
Nosotros, los suscritos, declaramos que:
1. Entendemos que, de acuerdo con sus condiciones, las Ofertas deberán estar respaldadas por una Declaración de Mantenimiento de la Oferta.
2. Aceptamos que automáticamente seremos declarados inelegibles para participar en cualquier licitación de contrato con el Contratante por un período de [indique el número de mes o años] contado a partir de [indique la fecha] si violamos nuestra(s) obligación(es) bajo las condiciones de la Oferta sea porque:
(a) retiráramos nuestra Oferta durante el período de vigencia de la Oferta especificado por nosotros en el Formulario de Oferta; o
(b) no aceptamos la corrección de los errores de conformidad con las Instrucciones a los Oferentes (en adelante “las IAO”) en los Documentos de Licitación; o
(c) si después de haber sido notificados de la aceptación de nuestra Oferta durante el período de validez de la misma, (i) no firmamos o rehusamos firmar el Contrato, si así se nos solicita; o (ii) no suministramos o rehusamos suministrar la Garantía de Cumplimiento de conformidad con las IAO.
3. Entendemos que esta Declaración de Mantenimiento de la Oferta expirará, si no somos el Oferente Seleccionado, cuando ocurra el primero de los siguientes hechos: (i) hemos recibido una copia de su comunicación informando que no somos el Oferente seleccionado; o (ii) haber transcurrido veintiocho días después de la expiración de nuestra Oferta.
4. Entendemos que si somos una APCA, la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá estar en el nombre de la APCA que presenta la Oferta. Si la APCA no ha sido legalmente constituida en el momento de presentar la Oferta, la Declaración de Mantenimiento de la Oferta deberá estar en nombre de todos los miembros futuros tal como se enumeran en la Carta de Intención mencionada en la Subcláusula
17.6 de las IAO.
Firmada: [firma del representante autorizado]. En capacidad de [indique el cargo]
Nombre: [indique el nombre en letra de molde o mecanografiado]
Debidamente autorizado para firmar la Oferta por y en nombre de: [indique el nombre la entidad que autoriza]
Fechada el [indique el día] día de [indique el mes] de [indique el año]
F. Declaración Jurada sobre Prohibiciones o Inhabilidades
Yo , mayor de edad, de estado civil _ , de nacionalidad , con domicilio en
y con Tarjeta de Identidad/pasaporte No.
actuando en mi condición de representante legal de (Indicar el
Nombre de la Empresa Oferente / En caso de Consorcio indicar al Consorcio y a las empresas que lo integran) , por la presente HAGO DECLARACIÓN JURADA: Que tanto mi persona como mi representada:
1. Nos encontramos en plena capacidad de ejercicio;
2. No tenemos cuentas ni juicios pendientes con el Estado de Honduras;
3. No nos encontramos comprendidos en ninguna de las prohibiciones o inhabilidades a que se refieren los artículos 15 y 16 de la Ley de Contratación del Estado, que a continuación se transcriben:
“ARTÍCULO 15.- Aptitud para contratar e inhabilidades. Podrán contratar con la Administración, las personas naturales o jurídicas, hondureñas o extranjeras, que teniendo plena capacidad de ejercicio, acrediten su solvencia económica y financiera y su idoneidad técnica y profesional y no se hallen comprendidas en algunas de las circunstancias siguientes:
1) Xxxxx sido condenados mediante sentencia firme por delitos contra la propiedad, delitos contra la fe pública, cohecho, enriquecimiento ilícito, negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas, malversación de caudales públicos o contrabando y defraudación fiscal, mientras subsista la condena. Esta prohibición también es aplicable a las sociedades mercantiles u otras personas jurídicas cuyos administradores o representantes se encuentran en situaciones similares por actuaciones a nombre o en beneficio de las mismas;
2) DEROGADO;
3) Haber sido declarado en quiebra o en concurso de acreedores, mientras no fueren rehabilitados;
4) Ser funcionarios o empleados, con o sin remuneración, al servicio de los Poderes del Estado o de cualquier institución descentralizada, municipalidad u organismo que se financie con fondos públicos, sin perjuicio de lo previsto en el Artículo 258 de la Constitución de la República;
5) Haber dado lugar, por causa de la que hubiere sido declarado culpable, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración o a la suspensión temporal en el Registro de Proveedores y Contratistas en tanto dure la sanción. En el primer caso, la prohibición de contratar tendrá una duración de dos (2) años , excepto en aquellos casos en que haya sido objeto de resolución en sus contratos en dos ocasiones, en cuyo caso la prohibición de contratar será definitiva;
6) Ser cónyuge, persona vinculada por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de cualquiera de los funcionarios o empleados bajo cuya responsabilidad esté la precalificación de las empresas, la evaluación de las propuestas, la adjudicación o la firma del contrato;
7) Tratarse de sociedades mercantiles en cuyo capital social participen funcionarios o empleados públicos que tuvieren influencia por razón de sus cargos o participaren directa o
indirectamente en cualquier etapa de los procedimientos de selección de contratistas. Esta prohibición se aplica también a las compañías que cuenten con socios que sean cónyuges, personas vinculadas por unión de hecho o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad de los funcionarios o empleados a que se refiere el numeral anterior, o aquellas en las que desempeñen, puestos de dirección o de representación personas con esos mismos grados de relación o de parentesco; y,
8) Xxxxx intervenido directamente o como asesores en cualquier etapa de los procedimientos de contratación o haber participado en la preparación de las especificaciones, planos, diseños o términos de referencia, excepto en actividades de supervisión de construcción. ARTÍCULO 16.- Funcionarios cubiertos por la inhabilidad. Para los fines del numeral 7) del Artículo anterior, se incluyen el Presidente de la República y los Designados a la Presidencia, los Secretarios y Subsecretarios de Estado, los Directores Generales o Funcionarios de igual rango de las Secretarías de Estado, los Diputados al Congreso Nacional, los Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, los miembros del Tribunal Nacional de Elecciones, el Procurador y Subprocurador General de la República, el Contralor y Subcontralor General de la República, el Director y Subdirector General Probidad Administrativa, el Comisionado Nacional de Protección de los Derechos Humanos, el Fiscal General de la República y el Fiscal Adjunto, los mandos superiores de las Fuerzas Armadas, los Gerentes y Subgerentes o funcionarios de similares rangos de las instituciones descentralizadas del Estado, los Alcaldes y Regidores Municipales en el ámbito de la contratación de cada Municipalidad y los demás funcionarios o empleados públicos que por razón de sus cargos intervienen directa o indirectamente en los procedimientos de contratación.”
En fe de lo cual firmo la presente en la ciudad de , Departamento de , a los días de mes de de
.
Firma:
G. Formulario de Información sobre el Oferente
[El Oferente deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones siguientes. No se aceptará ninguna alteración a este formulario ni se aceptarán substitutos.]
Fecha: [indicar la fecha (día, mes y año) de la presentación de la Oferta]
LPN No.:[indicar el número del proceso licitatorio]
Página de páginas
1. Nombre jurídico del Oferente [indicar el nombre jurídico del Oferente] |
2. Si se trata de un Consorcio, nombre jurídico de cada miembro: [indicar el nombre jurídico de cada miembro del Consorcio] |
3. País donde está constituido o incorporado el Oferente en la actualidad o País donde intenta constituirse o incorporarse [indicar el país de ciudadanía del Oferente en la actualidad o país donde intenta constituirse o incorporarse] |
4. Año de constitución o incorporación del Oferente: [indicar el año de constitución o incorporación del Oferente] |
5. Dirección jurídica del Oferente en el país donde está constituido o incorporado: [indicar la Dirección jurídica del Oferente en el país donde está constituido o incorporado] |
6. Información del Representante autorizado del Oferente: Nombre: [indicar el nombre del representante autorizado] Dirección: [indicar la dirección del representante autorizado] Números de teléfono y facsímile: [indicar los números de teléfono y facsímile del representante autorizado] Dirección de correo electrónico: [indicar la dirección de correo electrónico del representante autorizado] |
7. Se adjuntan copias de los documentos originales de: [marcar la(s) casilla(s) de los documentos originales adjuntos] ٱ Estatutos de la Sociedad de la empresa indicada en el párrafo1 anterior, y de conformidad con las Subcláusulas 4.1 y 4.2 de las IAO. ٱ Si se trata de un Consorcio, carta de intención de formar el Consorcio, o el Convenio de Consorcio, de conformidad con la Subcláusula 4.1 de las IAO. ٱ Si se trata de un ente gubernamental Hondureño, documentación que acredite su autonomía jurídica y financiera y el cumplimiento con las leyes comerciales, de conformidad con la Subcláusula 4.4 de las IAO. |
H. Formulario de Información sobre los Miembros del
Consorcio
[El Oferente y cada uno de sus miembros deberá completar este formulario de acuerdo con las instrucciones indicadas a continuación]
Fecha: [Indicar la fecha (día, mes y año) de la presentación de la Oferta]
LPN No.: [indicar el número del proceso licitatorio]
Página de páginas
1. Nombre jurídico del Oferente [indicar el nombre jurídico del Oferente] |
2. Nombre jurídico del miembro del Consorcio [indicar el Nombre jurídico del miembro del Consorcio] |
3. Nombre del País de constitución o incorporación del miembro del Consorcio [indicar el nombre del País de constitución o incorporación del miembro del Consorcio] |
4. Año de constitución o incorporación del miembro del Consorcio: [indicar el año de constitución o incorporación del miembro del Consorcio] |
5. Dirección jurídica del miembro del Consorcio en el País donde está constituido o incorporado: [Dirección jurídica del miembro del Consorcio en el país donde está constituido o incorporado] |
6. Información sobre el Representante Autorizado del miembro del Consorcio: Nombre: [indicar el nombre del representante autorizado del miembro del Consorcio] Dirección: [indicar la dirección del representante autorizado del miembro del Consorcio] Números de teléfono y facsímile: [[indicar los números de teléfono y facsímile del representante autorizado del miembro del Consorcio] Dirección de correo electrónico: [[indicar la dirección de correo electrónico del representante autorizado del miembro del Xxxxxxxxx] |
7. Copias adjuntas de documentos originales de: [marcar la(s) casillas(s) de los documentos adjuntos] ٱ Estatutos de la Sociedad de la empresa indicada en el párrafo 2 anterior, y de conformidad con las Subcláusulas 4.1 y 4.2 de las IAO. ٱ Si se trata de un ente gubernamental Hondureño, documentación que acredite su autonomía jurídica y financiera y el cumplimiento con las leyes comerciales, de conformidad con la Subcláusula 4.4 de las IAO. |
Sección V. Países Elegibles
Elegibilidad para el suministro de bienes, la contratación de obras y prestación de servicios en adquisiciones financiadas por el Banco
1) Países Miembros cuando el financiamiento provenga del Banco Interamericano de Desarrollo.
Alemania, Argentina, Austria, Bahamas, Barbados, Bélgica, Belice, Bolivia, Brasil, Canadá, Chile, Colombia, Xxxxx Rica, Croacia, Dinamarca, Ecuador, El Xxxxxxxx, Eslovenia, España, Estados Unidos, Finlandia, Francia, Guatemala, Guyana, Haití, Honduras, Israel, Italia, Jamaica, Japón, México, Nicaragua, Noruega, Países Bajos, Panamá, Paraguay, Perú, Portugal, Xxxxx Unido, República xx Xxxxx, República Dominicana, República Popular de China, Suecia, Suiza, Surinam, Trinidad y Tobago, Uruguay, y Venezuela.
Territorios elegibles
a) Guadalupe, Guyana Francesa, Martinica, Reunión – por ser Departamentos xx Xxxxxxx.
b) Islas Vírgenes Estadounidenses, Puerto Rico, Guam – por ser Territorios de los Estados Unidos de América.
c) Aruba – por ser País Constituyente xxx Xxxxx de los Países Bajos; y Bonaire, Curazao, Sint Maarten, Sint Eustatius – por ser Departamentos xx Xxxxx de los Países Bajos.
d) Hong Kong – por ser Región Especial Administrativa de la República Popular de China.
2) Criterios para determinar Nacionalidad y el país de origen de los bienes y servicios
Para efectuar la determinación sobre: a) la nacionalidad de las firmas e individuos elegibles para participar en contratos financiados por el Banco y b) el país de origen de los bienes y servicios, se utilizarán los siguientes criterios:
A) Nacionalidad
a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si el o ella satisface uno de los siguientes requisitos:
i) es ciudadano de un país miembro; o
ii) ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país.
b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos:
i) está legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y
ii) más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco.
Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos.
B) Origen de los Bienes
Los bienes se originan en un país miembro del Banco si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del Banco. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes.
En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el suministrador, el comprador o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el Banco considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde éste fue empacado y embarcado con destino al comprador.
Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea.
El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos
C) Origen de los Servicios
El país de origen de los servicios es el mismo del individuo o firma que presta los servicios conforme a los criterios de nacionalidad arriba establecidos. Este criterio se aplica a los servicios conexos al suministro de bienes (tales como transporte, aseguramiento, montaje, ensamblaje, etc.), a los servicios de construcción y a los servicios de consultoría.
PARTE 2.
Descripción del Programa de Actividades y de los Requisitos de los Servicios
Sección VI. Programa de Actividades
Descripción de los Servicios
Fideicomiso de Pagaduría y Escrituración de Bienes del Proyecto: “Implementación del Plan de Reasentamiento Involuntario (PRI)”, para la Rehabilitación del Tramo: “Choluteca – El Xxxxxx”.
I. ANTECEDENTES
Originalmente, los Gobiernos de Honduras y Estados Unidos de América, actuando por medio de la Corporación del Desafío del Milenio (MCC), suscribieron en su momento el “Convenio del Desafío del Milenio” para la ejecución de un Programa orientado a contribuir al desarrollo económico del país y prestar ayuda para la reducción de la pobreza, mismo que fue aprobado por el Congreso Nacional mediante Decreto Legislativo No. 230- 2005 del 30 xx xxxxxx de 2005 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta con fecha 21 de septiembre de 2005. Después, el Congreso Nacional mediante Decreto Legislativo No. 233- 2005, publicado en el Diario La Gaceta de fecha 21 de septiembre de 2005, emitió la Ley de la Cuenta del Desafío del Milenio, la cual estableció a MCA Honduras como una entidad adscrita a la Presidencia de la República, responsable de velar por la correcta ejecución del Programa. Consecuentemente, MCA Honduras (ahora conocida como Invest-Honduras) se creó como una entidad que actúa en nombre y representación del Gobierno, como responsable para los propósitos de administración y supervisión en la implementación de diferentes Programas y la ejecución de proyectos y actividades que en general le asigne el Gobierno de la República.
Congruente con lo anterior, mediante Decreto Legislativo No. 87-2013 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 14 xx xxxxx de 2013, en su Artículo 3, la cartera de proyectos que maneja Invest-Honduras fue ampliada en su vigencia por un plazo de seis (6) años, contados a partir de la publicación del citado Decreto Legislativo.
A la fecha, a través de la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) y como parte de los Estudios Finales y Diseño del Programa de Pre-Inversión Vial de Honduras, se cuenta con los Diseños para la Ampliación y Rehabilitación del tramo de la Carretera Panamericana CA-1 “Choluteca - El Xxxxxx” que actualmente cuenta con 2 carriles de circulación y una longitud de aprox. 62.60 Km. y que también forma parte del denominado Xxxxxxxx Xxxxxxxx.
El mejoramiento de la infraestructura pública mencionada requiere de la liberación oportuna de la franja del derecho de vía necesaria y la eventual adquisición de terrenos adicionales, por lo que el Gobierno de Honduras, con el propósito de posibilitar la ejecución de las obras señaladas, ha delegado en Invest-Honduras la tarea de llevar a cabo el despeje de las áreas requeridas a través de un Plan de Acción de Reasentamiento Involuntario (PRI) para el Tramo CA-1: Choluteca - El Xxxxxx, previsto a ejecutarse a corto
plazo mediante financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para el sector transporte.
Esta actividad, denominada Reasentamiento Involuntario en el lenguaje del desarrollo internacional, implica la afectación de propiedades privadas, negocios, y en algunos casos, y más importante aún, el traslado de personas y familias hacia otros sitios, donde se deberá mejorar o al menos restablecer sus condiciones originales.
A este tenor, dentro de los requerimientos del Banco Interamericano de Desarrollo, se contempla la aplicación de principios y estrategias de Salvaguarda Social relacionadas con el reasentamiento y definidas en la Política Operacional OP-710 del BID, aspecto que constituye requisito previo necesario para poder emprender la construcción de las obras en este tramo xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx. Si no se preparan y luego implementa el respectivo Plan de Acción de Reasentamiento Involuntario (PRI), con todas las particularidades y previsiones necesarias para brindar el debido tratamiento social a las personas que pudiesen resultar afectadas por estos trabajos y se realizan las correspondientes indemnizaciones y finalmente las titularidades de los predios afectados a favor del Estado de Honduras, las obras no podrían ser iniciadas sino hasta cumplir con los requisitos atinentes.
Por consiguiente, el Plan de Reasentamiento Involuntario PRI aludido, constituye parte del instrumento a seguir para poder desarrollar los Servicios de Pagaduría y Escrituración para el reasentamiento de las familias/personas afectadas por el Proyecto, servicios que deben enmarcarse y cumplir con todos los requisitos de la mencionada Política de Salvaguarda del BID. En consecuencia, los Servicios de Pagaduría y Escrituración se deben concebir y ejecutar como programas de desarrollo sostenible, que más bien proporcionen recursos de inversión suficientes para que las personas desplazadas por el proyecto, puedan recibir los beneficios del mismo.
Es por ello que se requiere de un Banco Fiduciario con la capacidad, conocimientos, experiencia comprobada y personal calificado para poder encarar dichos servicios, debiendo asignarse para ello un equipo de trabajo con experiencia en temas de administración de fideicomisos, pagaduría, escrituración, tributarios, apoyados por personal de aspectos legales, además de la correspondiente logística y recursos para la ejecución de las tareas en campo y gabinete.
II. DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO
El tramo objeto de esta consultoría de servicios forma parte de la denominada “Carretera Panamericana CA-1”, la cual constituye el sistema colectivo de carreteras más largo del mundo con aprox. 48,000 Km. de longitud, extendiéndose desde Alaska en Estados Unidos, hasta la parte más austral de América en la Patagonia. Su importancia radica en que vincula varias de las ciudades principales de América, como Washington DC, México DF, Guatemala, San Xxxxxxxx, Honduras (a través de la CA-5 Sur), Nicaragua (Managua), Xxxxx Rica (San Xxxx), Panamá, Bogotá, Quito, Lima, Santiago de Chile, Buenos Aires, Montevideo, Asunción, La Paz, Río de Janeiro, Brasilia y Caracas.
Fue en 1930 que el Gobierno de Honduras tomó la decisión de formar parte de este importante Proyecto, comprometiéndose a la construcción, conservación, pavimentación y reglamentación del tráfico internacional de vehículos que utilizarían esta vía, que en territorio hondureño inicia en el departamento xx Xxxxx, xxxxx en el Paso Fronterizo de El Amatillo (frontera con El Xxxxxxxx), continuando en dirección sureste por los municipios de Goascorán y Nacaome, donde empalma con la Carretera CA-5 Sur en la comunidad de Jícaro Galán. Luego sigue su curso por el municipio de San Xxxxxxx hasta llegar a la ciudad de Choluteca, cruzando después los municipios de Santa Xxx de Yusguare y El Corpus para conectar con la hermana República de Nicaragua en la Aduana La Fraternidad, caserío El Xxxxxx, municipio de San Xxxxxx xx Xxxxx.
Por otro lado, como una medida para lograr la integración física de los países de Centro América y México a través de una ruta por el litoral del Océano Pacífico, se creó una red de carreteras denominada “Xxxxxxxx Xxxxxxxx”, que particularmente en Honduras se ha divido en los siguientes tramos:
1. Carretera CA-5 Sur: Tegucigalpa - Xxxxxx Xxxxx
2. Carretera CA-1: Xxxxxx Xxxxx - El Amatillo
3. Carretera CA-1: Xxxxxx Xxxxx - Choluteca
4. Carretera CA-3: Choluteca - Guasaule
5. Carretera Agua Caliente - Coyolito
6. Carretera CA-1: Choluteca - El Xxxxxx
Los primeros 4 tramos se encuentran en plena ejecución a partir del año 2016.
Tramo “Choluteca - El Xxxxxx”
A pesar de la importancia de este tramo, tanto nacional como internacional, a lo largo de los años se han realizado pocos esfuerzos para lograr el mejoramiento y mantenimiento de esta vía, que actualmente cuenta con 2 carriles en toda su longitud de aprox. 62.60 Km., con un alineamiento vertical y horizontal de pendientes longitudinales que predominan entre 0% a 9.80% y grados máximos de curvatura de 20°. Asimismo posee una estructura de pavimento de concreto asfáltico, la cual se encuentra en una condición de deterioro notable, presentando ahuellamientos y baches de dimensiones considerables, además de falta de señalización y limpieza de los hombros.
Al presente, con miras a continuar logrando una mayor integración económica entre los países Centroamericanos a través del impulso y el mejoramiento de la eficiencia del transporte, el Gobierno de Honduras ha decidido emprender la ejecución de las obras para el mejoramiento del Tramo CA-1: Choluteca - El Xxxxxx xxx Xxxxxxxx Pacífico, localizado en toda su extensión sobre la Carretera Panamericana en el departamento de Choluteca, con influencia en los municipios de Choluteca, Santa Xxx de Yusguare, El Corpus y San Xxxxxx xx Xxxxx.
Específicamente se pretende ejecutar la ampliación de 2 a 4 carriles desde el inicio del proyecto en la ciudad de Choluteca (Est. 0+000) hasta la Est. 4+300, a partir de la cual se tiene prevista la rehabilitación de los 2 carriles existentes hasta la finalización del proyecto (Est. 62+600) en el punto Fronterizo La Fraternidad, caserío de El Xxxxxx, frontera con Nicaragua.
A fin de evitar al máximo el desplazamiento y afectación de familias que se emplazan a lo largo de este tramo carretero, el diseño de la ampliación y rehabilitación contempla tres tipos de secciones típicas, categorizadas como Urbana, Semiurbana y Rural.
Inicialmente el tramo destinado a ampliarse a 4 carriles (Est. 0+000 - 4+300) se compone de dos calzadas de 7.30 metros de ancho cada una, separadas por una mediana de 4.20 metros; dichas calzadas cuentan con dos carriles de 3.65 metros cada uno y hombros de
1.80 metros de ancho en ambos lados. Este diseño se considera Tipo Urbano, contando además con especificaciones de bordillos en medianas y aceras, ciclovías de 2.00 metros a cada lado y aceras de 1.25 metros.
Por otra parte, el segmento restante (Est. 4+300 - 62+600) cuenta en su mayoría con un diseño rural (55 Km. de los 58.30 Km.), compuesto de una calzada 6.70 metros, con dos carriles de 3.35 metros de ancho cada uno y hombros de 1.20 metros; para los restantes
3.30 Km. de este segmento, se ha contemplado un diseño semiurbano, comprendido por una calzada de 8.00 metros de ancho, con trochas de 4.00 metros, así como bordillos y aceras de 1.20 metros en ambos lados.
El detalle de los bordillos en las aceras contempla la fundición de los mismos utilizando concreto con resistencia a la compresión de 3,000 lb/pulg2 con una altura de 40 cm. y base de 45 cm. Para el caso particular de los bordillos en la mediana, se utilizarán 17 cm. de base y 50 cm. de altura, haciendo uso de las mismas especificaciones para el concreto.
III. SERVICIOS QUE SE REQUIEREN
Es necesario contar con los servicios de un Banco Fiduciario a fin de que realice, entre otros la pagaduría y escrituración de los bienes inmuebles relacionados con la liberación del derecho de vía, que forma parte de la Implementación del Plan de Reasentamiento Involuntario (PRI) para la rehabilitación del tramo carretero “Choluteca – El Xxxxxx” conforme a los lineamientos instruidos por INVEST-Honduras.
IV. DESCRIPCIÓN DETALLADA DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS
1. ADMINISTRACIÓN DE LOS FONDOS Y RENDIMIENTOS DEL FIDEICOMISO.
1.1. El fiduciario será responsable de administrar de forma eficiente, ágil y transparente los fondos que el fideicomitente transfiera para la ejecución del proyecto, para la realización de los diferentes tipos de pagos e indemnizaciones a los distintos afectados por la ejecución del proyecto.
1.2. Llevar su respectiva contabilidad y controles administrativos acordes a la legislación bancaria aplicable en el manejo de los fondos del fideicomiso.
1.3. Llevar un control administrativo de los rendimientos generados por la inversión temporal de fondos.
2. ADQUISICIÓN TEMPORAL DE BIENES INMUEBLES Y TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD A FAVOR DEL ESTADO DE HONDURAS U OTRAS PERSONAS Y ENTIDADES DESIGNADAS POR EL FIDEICOMITENTE.
2.1. Adquirir e inscribir en el Instituto de la Propiedad, de manera temporal y a favor del fiduciario, aquellos bienes inmuebles afectados propiamente por la ampliación y mejoramiento de la vía.
2.2. Traspasar los bienes inmuebles indicados en el numeral 2.1 al Estado de Honduras o bajo la modalidad que indique el fideicomitente a quien el fideicomitente instruya e inscribirlos en el Instituto de la Propiedad, de conformidad con los requerimientos y trámites previos que al efecto establezca la Administración Pública.
2.3. El fiduciario deberá agotar todas las instancias y llevar a cabo todas las gestiones necesarias para lograr obtener la inscripción o registro de la adquisición del bien inmueble en el Instituto de la Propiedad, incluyendo los problemas en la etapa registral que no sean imputables al fiduciario.
2.4. El fiduciario deberá realizar las gestiones de indemnización y pagos solicitados por el fideicomitente a la brevedad posible y de acuerdo a las instrucciones giradas, con el fin de poder alcanzar los tiempos requeridos para la correcta ejecución del proyecto.
2.5. Para la realización de los servicios de adquisición de bienes inmuebles, el fideicomitente proporcionará al Fiduciario los siguientes documentos conformados en expedientes:
a) Generales del propietario (s).
b) Copia de la tarjeta de identidad del propietario (s).
c) RTN actualizado del propietario (s).
d) Constancia Bancaria en caso de requerirse pago por medio de trasferencia bancaria del propietario (s).
e) Escritura (antecedente de dominio) del Propietario del bien inmueble.
f) En casos de sociedades, la escritura de constitución de sociedad.
g) Poder de representación si corresponde. (con identidad y RTN del representante).
h) De ser varios propietarios, Carta de Autorización de los propietarios en que describa el porcentaje de la realización de los pagos.
i) Constancia de libertad de gravamen actualizada del bien inmueble.
j) En casos de herencia la tradición de dominio y declaratoria de herederos debida inscrita.
k) Carta de Aceptación o Promesa de Venta del propietario (s).
l) Carta de aceptación para la deducción de impuestos (SAR).
m) Declaración Jurada debidamente autenticada, en los casos que el inmueble afectado del propietario(s) sea su vivienda habitual, que los exonera del pago al impuesto de ganancia de capital.
n) Levantamiento poligonal de las áreas a ser afectadas (planos firmado y sellado).
o) Ficha de Xxxxxx que contendrá la descripción de las mejoras o inmueble afectado y valor a ser indemnizado.
p) Informe de Avalúo de terrenos de la Comisión de Avalúo.
q) Descripción del tipo de casos a ser indemnizado.
r) Convenio de Cooperación mutua cuando el caso lo requiera.
3. INDIVIDUALIZACION, TITULACION Y REGISTRO DE BIENES INMUEBLES Y TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD A FAVOR DE PERSONAS REUBICADAS EN SITIOS DE REASENTAMIENTO.
3.1. Adquirir a nombre del fiduciario los terrenos identificados por el fideicomitente, necesarios para hacer disponibles estos Sitios de Reasentamiento a los afectados por el proyecto.
3.2. Inscribir en el Instituto de la Propiedad dichos bienes inmuebles a nombre del fiduciario.
3.3. Registrar en el Instituto de la Propiedad el traspaso de los bienes inmuebles indicados en el numeral 3.2 individualmente, a favor de cada uno de los beneficiarios / reasentados, individualizando y registrando cada lote a favor de su respectivo nuevo dueño.
3.4. Inscribir en el Instituto de la Propiedad las áreas verdes y áreas comunes a favor de los gobiernos locales o en su defecto a favor de las comunidades reasentadas o sus entidades representantes (Ejemplo: patronatos, juntas, asociaciones, etc.), de acuerdo a instrucciones del fideicomitente, sin limitarse a cualquier otra instrucción girada para la correcta ejecución del proyecto.
3.5. Para la individualización de los Sitios de Reasentamiento a favor de los reasentados, el fideicomitente proporcionará al Fiduciario los siguientes documentos conformados en expedientes:
a) Generales del propietario (s).
b) Copia de la tarjeta de identidad del propietario (s).
c) RTN actualizado del propietario (s).
d) Carta de Aceptación de la persona a ser reasentada.
e) Poder de representación si corresponde. (con identidad y rtn del representante).
f) Levantamiento poligonal de las áreas (planos firmado y sellado).
g) Descripción de las mejoras de la vivienda.
El fideicomiso será responsable de gestionar y obtener ante el respectivo registro de la propiedad, la clave catastral requerida de cada lote a ser individualizado, con el fin de poder otorgar la titularidad de los inmuebles a favor de los reasentados o a quien corresponda.
4. SERVICIOS DE PAGADURÍA4.
Los servicios de pagaduría a realizar serán los siguientes:
4.1. Pago Directo: Ocurre cuando se realiza un pago a razón de una acción que se deba llevar a cabo y que no implique una escrituración ni registro en el Instituto de la Propiedad.
4.2. Pago por Indemnización de Mejoras: En aquellos casos de indemnización de mejoras aprobadas por el fideicomitente, el Fiduciario pagará el monto especificado por el fideicomitente, según instrucciones precisas del mismo.
4.3. Pago por Compra-venta de Terrenos: Pagaduría por compra - venta de bienes inmuebles que serán inscritos temporalmente a nombre del fiduciario o inscritos de acuerdo a instrucciones giradas por el fideicomitente.
4.4. Pagos por Expropiación Forzosa: Realizar la recepción, custodia y pagaduría de consignaciones en casos de Expropiación Forzosa. En caso que el afectado no acepte el monto de la compensación ofrecida por el fideicomitente y se requiera la consignación del monto (casos de expropiación forzosa), el
4 La identificación de los casos que se considerarán parte de cada una de las definiciones de los tipos de pago podrá incluir casos o circunstancias adicionales a solicitud del Fideicomitente.
Fiduciario recibirá el valor ofrecido en calidad de consignatario, y retendrá dicho monto y los intereses bancarios que éste generen a favor del afectado titular del predio y/o mejora afectada, hasta que sea aceptado el pago por parte del titular afectado o en el caso de recurrir a los juzgados competentes, hasta que este emita la sentencia definitiva de pago.
4.5. Pago por Xxxxxxxxxx: Realizar el pago al afectado del monto identificado por concepto de alquiler de lugar de vivienda, hasta que su sitio de reasentamiento o vivienda reparada le sea entregado. Esta gestión es una medida para facilitar el acceso del contratista a las áreas requeridas para la construcción de las obras del proyecto de acuerdo a instrucciones del Fideicomitente.
4.6. Pago por mudanza: Realizar el pago al afectado del monto identificado por concepto de mudanza a efecto de facilitar el acceso del contratista a las áreas requeridas para la construcción de las obras del proyecto de acuerdo a instrucciones del Fideicomitente.
4.7. Pago de Obras en Compensación: Realizar pagos por daños o por necesidad del afectado de realizar una construcción en el bien inmueble, bien por el contratista de la obra, por un contratista independiente o por el afectado mismo.
4.8. Pago por Revalorizaciones: Realización del pago del monto complementario o reversión que resulte de una revalorización del bien inmueble, que se origina del valor determinado en un proceso de expropiación forzosa.
4.9. Pagos Parciales: Pago de un porcentaje del monto acordado con el afectado de su bien inmueble, ya sea por motivos legales de tenencia y/o a efecto de habilitar el acceso a las áreas requeridas para la construcción de las obras del proyecto al contratista de acuerdo a instrucciones del Fideicomitente..
4.10. Pago de Casos por Vivienda Habitual: En aquellos casos de indemnización de mejoras y terreno aprobadas por el fideicomitente, el Fiduciario pagará el monto especificado según instrucciones precisas del mismo, exonerando de acuerdo x xxx el impuesto de ganancia de capital, debido a que el afectado reside actualmente en dicho inmueble.
4.11. Pago por contratación de Obras Menores: Realizar los pagos acordados contractualmente para la ejecución de obras menores relacionadas al proyecto como ser casas habitacionales, remodelación de escuelas o cualquier inmueble instruido por el fideicomitente lo cual incluirá entre otros:
a) Pago de anticipo con instrucciones del fideicomitente de acuerdo a contrato suscrito.
b) Pago de estimaciones de acuerdo a avances de obras con instrucciones del fideicomitente, de acuerdo a contrato suscrito e informe remitido por el implementador en campo, quien realizará las funciones de supervisar la correcta ejecución de las obras menores.
c) Escrituración temporal a favor del Fiduciario del predio donde se planifiquen la construcción de la(s) vivienda(s)
d) Escritura de Individualización del terreno y mejoras construidas del terreno general adquirido temporalmente a favor de cada reasentado.
A continuación se desglosa el detalle de la documentación contra la cual se deberá validar el cobro por el fiduciario de cada línea de comisión:
No. | GESTIÓN A REALIZAR | PAGO SE REALIZARÁ BAJO CUMPLIMIENTO POR EL FIDUCIARIO DE LAS SIGUIENTES CONDICIONES: | |
1 | INVERSIÓN DE FONDOS TEMPORALES EN CUSTODIA DEL FIDUCIARIO Y SU RENDIMIENTO | Presentación del informe mensual que contendrá el detalle de los rendimientos obtenidos. | |
2 | ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES PARA AMPLIACIÓN Y REASENTAMIEN TO | a) Adquisición e inscripción o registro de terreno para ampliación de la carretera. | Remisión del comprobante de presentada la solicitud de registro del instrumento público de traspaso del bien inmueble al fiduciario ante el Instituto de la Propiedad. |
b) Adquisición e inscripción o registro de terreno para reasentamiento. | |||
c) Contingencias registrales no imputables al fiduciario (solución de problemas que impidan la inscripción de las compras ante Instituto de la Propiedad). | Presentación de la escritura subsanada y debidamente registrada. | ||
3 | INDIVIDUALIZACIÓN DE TERRENOS ADQUIRIDOS | Remisión del comprobante de presentada la solicitud de registro del instrumento público ante el Instituto de la Propiedad con su respectiva clave catastral asignada. | |
4 | TRASPASO DE BIENES INMUEBLES A LOS REASENTADOS | a) Traspaso de bien inmueble a favor del reasentado. | Remisión del comprobante de presentada la solicitud de registro del instrumento público de traspaso del bien inmueble al reasentado ante el Instituto de la Propiedad. |
b) Contingencias registrales no imputables al fiduciario (solución de problemas que impidan la inscripción de las compras ante Instituto de la Propiedad). | |||
5 | TRASPASO DE LOS BIENES INMUEBLES ADQUIRIDOS A FAVOR DEL ESTADO DE HONDURAS | Remisión del comprobante de presentada la solicitud de registro del instrumento público de traspaso del bien inmueble al Estado de Honduras ante el Instituto de la Propiedad. | |
6 | SERVICIOS DE PAGADURÍA 5 | a) Por adquisición de bienes inmuebles para ampliación de carretera | Presentación de recibo del pago efectuado al afectado y constancia bancaria de haber efectuado el pago. |
b) Por adquisición de bienes inmuebles para reasentamiento | Presentación de recibo del pago efectuado al afectado y constancia bancaria de haber efectuado el pago. | ||
c) Por mejoras | Presentación de recibo del pago efectuado al afectado y constancia bancaria de haber efectuado el pago. | ||
d) Por valores consignados en custodia del Fiduciario por expropiaciones forzosas | Presentación de recibo del pago efectuado al afectado y constancia bancaria de haber efectuado el pago. | ||
e) Pagos de montos complementarios o reversiones por revalorizaciones de bien inmueble bajo expropiación forzosa | Presentación de recibo del pago efectuado al afectado y constancia bancaria de haber efectuado el pago. | ||
f) Alquileres | Presentación de recibo del pago efectuado al afectado y constancia bancaria de haber efectuado el pago. |
5 La gestión de emisión documento o medio de pago (cheque, transferencia electrónica u otro) se entiende que ha sido incluida en el cálculo de la comisión por cada línea de servicio de pagaduría.
No. | GESTIÓN A REALIZAR | PAGO SE REALIZARÁ BAJO CUMPLIMIENTO POR EL FIDUCIARIO DE LAS SIGUIENTES CONDICIONES: | |
g) Mudanzas | Presentación de recibo del pago efectuado al afectado y constancia bancaria de haber efectuado el pago. | ||
h) Obras en Compensación | Presentación de recibo del pago efectuado al afectado y constancia bancaria de haber efectuado el pago. | ||
i) Pagos parciales por legalización pendiente y/o a efectos de habilitar el acceso a las áreas requeridas | Presentación de recibo del pago efectuado al afectado, constancia bancaria de haber efectuado el pago y evidencia del pago parcial realizado. | ||
j) Pago de casos por vivienda habitual | Presentación de recibo del pago efectuado al afectado y constancia bancaria de haber efectuado el pago. | ||
k) Pagos por ejecución de obras menores | Presentación de recibo del pago efectuado al contratista y constancia bancaria de haber efectuado el pago, sea este por anticipo o estimación de obra. | ||
l) Pagos Directos | Presentación de recibo del pago efectuado al afectado y constancia bancaria de haber efectuado el pago. | ||
7 | Permutas de Terreno | a) Escrituración de Permuta | Remisión del comprobante de presentada la solicitud de registro del instrumento público de permuta ante el Instituto de la Propiedad. |
b) Contingencias registrales no imputables al fiduciario (solución de problemas que impidan la inscripción de las compras ante Instituto de la Propiedad). | Presentación de la escritura subsanada y debidamente registrada. En caso que se deba escriturar nuevamente por causas no imputables al fiduciario, éste será tomado como un caso nuevo a ser escriturado. | ||
8 | Actualización de Libertad de Gravamen | Presentación de Constancia de Libertad de Gravamen actualizada y debidamente inscrita en el Instituto de la Propiedad, con una antigüedad máxima de 3 meses contados de su fecha de emisión o evidencia de la verificación electrónica de libertad de gravamen del bien inmueble relacionado. | |
9 | Liberación de bienes inmuebles gravados | Acta de Libertad de Gravamen (total o parcial) del bien inmueble, debidamente inscrita en el Instituto de la Propiedad. | |
10 | Inspección de campo de los bienes inmuebles que se adquieran a solicitud del IP | Presentación del informe de la inspección de campo realizada. | |
11 | Servicios notariales especiales, tales como actas notariales, auténticas y otros. | Evidencia de la solicitud del servicio por el fideicomitente y de su cumplimiento por el fiduciario. | |
12 | Escrituraciones especiales (cesión de derechos de usufructo, etc.) | Evidencia de la solicitud del servicio por el fideicomitente y de su cumplimiento por el fiduciario y copia de la escritura debidamente registrada. |
En todos los casos en que deba ocurrir un pago, a efecto de garantizar la seguridad de los afectados, personal del fideicomiso, implementadores del proyecto y de INVEST- Honduras; el Fiduciario realizará los servicios de pagaduría en el área más cercana al domicilio del afectado (como ser agencias bancarias, oficinas estatales o cualquiera previamente analizado por el fideicomitente y el fiduciario.
5. SERVICIOS DE DEPOSITARIO DE CONSIGNACIONES A FAVOR DE EXPROPIADOS.
5.1. Consignar los fondos transferidos por el fideicomitente para los casos incluidos en Decreto Legislativo de Expropiación Forzosa.
5.2. Mantener estos fondos reservados de forma separada de los fondos del proyecto, para llevar un control de los rendimientos que genere la cuenta de inversión del decreto; con el fin de distribuir intereses a favor de cada expropiado de acuerdo a las tasas vigentes que maneja el banco fiduciario y realizar los pagos de acuerdo a instrucciones de fideicomitente.
6. INVERSION DE FONDOS TEMPORALES EN CUSTODIA DEL FIDUCIARIO (FONDOS OCIOSOS).
6.1. Informar periódicamente al fideicomitente sobre los rendimientos generados por la inversión temporal de fondos, con el fin de disponer de ellos en cualquier actividad prioritaria para el mismo proyecto.
7. GESTIONES TRIBUTARIAS REQUERIDAS POR EL ESTADO DE HONDURAS RELACIONADAS A LOS SERVICIOS DE PAGADURIA.
7.1. El fiduciario deberá en su carácter de retenedor de impuestos, realizar todas las gestiones de retención y operación de impuestos por cada servicio de pagaduría realizado, para su posterior traslado por el fiduciario al Servicio de Administración xx Xxxxxx (SAR).
8. OTRAS ACTIVIDADES ESPECIALES
8.1. Custodiar la documentación legal y técnica generados por el Proyecto.
8.2. Elaborar Constancias de disponibilidad de fondos que a solicitud del fideicomitente que se requieran a favor de los afectados.
8.3. Someterse a cualquier auditoría externa requeridas por el fideicomitente, fuente de financiamiento del proyecto o del Estado de Honduras.
8.4. Reportar mensualmente la información que requiera el Instituto de Acceso a la Información Pública IAIP en cumplimiento a la Ley de Transparencia.
8.5. Presentar liquidaciones periódicas del uso de los fondos administrados a solicitud del fideicomitente, que consistirá en la presentación en físico y digital de los fondos transferidos que evidencien su correcta y transparente ejecución.
8.6. Servicios notariales especiales, tales como actas notariales, auténticas y otros.
9. INSTRUCCIONES GIRADAS POR EL FIDEICOMITENTE.
9.1. De acuerdo a las múltiples actividades que surgen y se requieren para la ejecución del proyecto de reasentamiento y dada su complejidad, es necesario contar con una figura de fideicomiso flexible e innovador, que pueda llevar a cabo múltiples actividades de acuerdo a las necesidades del mismo proyecto.
9.2. El fiduciario debe sujetarse a las instrucciones que sean giradas por el fideicomitente siempre y cuando estas sean lícitas en el cumplimiento de las normas y procedimientos legales permitidos. Deberá seguir las instrucciones del fideicomitente y velar por la trasparencia y el buen manejo de los fondos dentro de las normas de calidad establecidos para el manejo de fideicomisos.
10. CUSTODIA DE DOCUMENTO Y PRESENTACIÓN DE INFORMES.
10.1 El fiduciario deberá guardar custodia de toda documentación legal y técnica que se genere a razón de las actividades, operaciones, instrucciones y gestiones del fideicomiso.
10.2 El fiduciario deberá presentar cada gestión y servicio fiduciario en informes mensuales en idioma Español en forma impresa y digital (PDF - un original en físico, una copia en físico y una copia en archivo electrónico de todas las gestiones y servicios). El fiduciario debe presentar el detalle de las actividades realizadas durante el mes y adjuntar los reportes correspondientes a los avances financieros y de casos resueltos. Igualmente deberá presentar todos los informes especiales que le sean solicitados por el fideicomitente.
V. FORMA DE PAGO - LISTA DE PRECIOS
Los pagos por los servicios solicitados serán conforme a las siguientes líneas de comisión6 (Llenar sus precios aquí):
No. | GESTIÓN A REALIZAR | CANTIDA 5 D | COMISIÓN FIDUCIARIA UNITARIA EN US$5 | COMISIÓN FIDUCIARIA TOTAL EN US$5 | IMPUESTO SOBRE VENTAS US$ | MONTO ESTIMADO INICIAL TOTAL US$5 | |
1 | INVERSIÓN DE FONDOS TEMPORALES EN CUSTODIA DEL FIDUCIARIO Y SU RENDIMIENTO | N/A | |||||
2 | ADQUISICIÓN DE BIENES INMUEBLES PARA AMPLIACIÓN Y REASENTAMIENTO | d) Adquisición e inscripción o registro de terreno para ampliación de la carretera. | 10 | ||||
e) Adquisición e inscripción o registro de terreno para reasentamiento. | 10 | ||||||
f) Contingencias registrales no imputables al fiduciario (solución de problemas que impidan la inscripción de las compras ante Instituto de la Propiedad). | 10 | ||||||
3 | INDIVIDUALIZACIÓN DE TERRENOS ADQUIRIDOS | 59 | |||||
4 | TRASPASO DE BIENES INMUEBLES A LOS REASENTADOS | c) Traspaso de bien inmueble a favor del reasentado. | 98 | ||||
d) Contingencias registrales no imputables al fiduciario (solución de problemas que impidan la inscripción de las compras ante Instituto de la Propiedad). | 50 | ||||||
5 | TRASPASO DE LOS BIENES INMUEBLES ADQUIRIDOS A FAVOR DEL ESTADO DE HONDURAS | 10 | |||||
6 | SERVICIOS DE PAGADURÍA 7 | 444 | |||||
7 | Permutas de Terreno | c) Escrituración de Permuta | 10 | ||||
d) Contingencias registrales no imputables al fiduciario (solución de problemas que impidan la inscripción de las compras ante Instituto de la Propiedad). | 10 | ||||||
8 | Actualización de Libertad de Gravamen | 10 | |||||
9 | Liberación de bienes inmuebles gravados | 10 | |||||
10 | Inspección de campo de los bienes inmuebles que se adquieran a solicitud del IP | 15 | |||||
11 | Servicios notariales especiales, tales como actas notariales, auténticas y otros. | 20 | |||||
12 | Escrituraciones especiales (cesión de derechos de usufructo, etc.) | 5 | |||||
MONTO ESTIMADO TOTAL OFERTADO: US$ |
6 Las cantidades por línea de comisión serán contratadas en base a un estimado, pero pueden variar durante la ejecución del contrato. Las comisiones se pagarán en base a gestión realizada, no a cantidades estimadas.
7 La gestión de emisión documento o medio de pago (cheque, transferencia electrónica u otro) se entiende que ha sido incluida en el cálculo de la comisión por cada línea de servicio de pagaduría.
Cualquier gasto administrativo en que incurra el fiduciario a razón de las líneas de comisión arriba indicadas, corre por su cuenta, se entiende que dichos gastos administrativos se encuentran incluidos en la línea de comisión correspondiente.
Nombre del Oferente [indicar el nombre completo del Oferente]
Firma del Oferente [firma de la persona que firma la Oferta] Fecha [Indicar Fecha]
VI. DURACION DE LOS SERVICIOS
Mientras existan casos pendientes de solventar, gestiones de pago, escrituración, temas tributarios o de cualquier índole inherente a poder terminar las actividades del reasentamiento en forma efectiva y exitosa, el presente contrato permanecerá vigente y válido, hasta la aprobación final por parte del Contratante de los servicios, el cumplimiento de las obligaciones emergentes y/o la liquidación total del mismo.
VII. SERVICIOS LOCALES E INSTALACIONES
El fiduciario deberá proveer todos los servicios, equipos, logística, instalaciones, bienes necesarios y personal suficiente, salarios, seguros y pasivos laborales para llevar a cabo los servicios de pagaduría y escrituración, principalmente lo que se refiere a hospedajes, equipos, software, equipamiento, vehículos y mobiliario, entre otros.
VIII. PERFIL DEL BANCO FIDUCIARIO Y PERFIL DEL PERSONAL MINIMO REQUERIDO
PERFIL DEL BANCO
Se requieren los servicios de un Banco que esté debidamente legalizado y registrado en el país, habilitado completamente para operar como tal y especialmente para fungir como Fiduciario; que pueda representar al Fideicomitente en la gestión de la administración, pagaduría, escrituración y demás actividades que corresponden y que son inherentes a la figura del Fideicomiso, que estén asociadas a los proyectos que se le asignen bajo administración y custodia, que cuente con un experimentado Departamento Fiduciario con experiencia en la Administración de este tipo de Proyectos y que acredite administración (concluida o en curso) de por lo menos un (1) fideicomiso que demuestren su experiencia como fiduciario en este tipo de proyectos.
El Departamento de Fideicomisos del Banco debe ser capaz de atender y resolver las actividades propias del fideicomiso solicitadas por el fideicomitente y relacionadas con el proceso de reasentamiento de personas afectadas por las obras de requeridas por el proyecto del Tramo “Choluteca – El Xxxxxx” en servicios de pagaduría y escrituración de bienes.
PERFIL DEL PERSONAL MINIMO REQUERIDO
El Personal mínimo requerido es:
1. Un (1) Gerente
2. Disponibilidad permanente de servicios notariales durante el tiempo de prestación de los servicios.
3. Un (1) Jefe
4. Un (1) Contador
5. Un (1) Oficial Administrativo.
Gerente de Fideicomiso
Profesional Universitario.
Con un mínimo de 12 años de experiencia general.
Haber sido gerente en temas relacionados con fideicomisos en al menos 2 proyectos.
Servicios Notariales Permanentes
La persona o personas que brinden servicios notariales para el fideicomiso deben contar con al menos 10 años de experiencia como notario en materia de traspaso de bienes inmuebles y gestiones registrales.
Jefe de Fideicomiso
Profesional Universitario.
Con un mínimo de 10 años de experiencia general.
Haber sido jefe de administración de al menos 2 proyectos de fideicomisos.
Contador de Fideicomisos
Profesional Universitario.
Tener al menos 6 años de experiencia general. Haber llevado controles contables.
Haber desarrollado conciliaciones bancarias.
Haber participado en implementación de al menos un (1) fideicomiso.
Oficial Administrativo de Fideicomisos
Profesional graduado o pasante universitario de las carreras de Administración de Empresas, Contaduría Pública, Economía o Finanzas.
Tener al menos 5 años de experiencia general. Tener experiencia en proceso de pagos.
A excepción del Gerente de Fideicomiso, todo el personal que forme parte de este fideicomiso, deberán garantizar una excelente atención al público, ya que todos tendrán mucha interacción con los afectados e implementadores del proyecto, por lo tanto el tacto y la buena manera de atención a estas personas es de vital importancia para el cumplimiento de las Políticas de Reasentamiento aplicadas a este proyecto.
Sección VII. Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños
No. | Especificación de Servicios Mínima Solicitada | Declaración / Descripción de Cumplimiento por el Licitante |
1. | ADMINISTRACIÓN DE LOS FONDOS Y RENDIMIENTOS DEL FIDEICOMISO. | |
1.1. | El fiduciario será responsable de administrar de forma eficiente, ágil y transparente los fondos que el fideicomitente transfiera para la ejecución del proyecto, para la realización de los diferentes tipos de pagos e indemnizaciones a los distintos afectados por la ejecución del proyecto. | |
1.2. | Llevar su respectiva contabilidad y controles administrativos acordes a la legislación bancaria aplicable en el manejo de los fondos del fideicomiso. | |
1.3. | Llevar un control administrativo de los rendimientos generados por la inversión temporal de fondos. | |
2. | ADQUISICIÓN TEMPORAL DE BIENES INMUEBLES Y TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD A FAVOR DEL ESTADO DE HONDURAS U OTRAS PERSONAS Y ENTIDADES DESIGNADAS POR EL FIDEICOMITENTE. | |
2.1. | Adquirir e inscribir en el Instituto de la Propiedad, de manera temporal y a favor del fiduciario, aquellos bienes inmuebles afectados propiamente por la ampliación y mejoramiento de la vía. | |
2.2. | Traspasar los bienes inmuebles indicados en el numeral 2.1 al Estado de Honduras o bajo la modalidad que indique el fideicomitente a quien el fideicomitente instruya e inscribirlos en el Instituto de la Propiedad, de conformidad con los requerimientos y trámites previos que al efecto establezca la Administración Pública. | |
2.3. | El fiduciario deberá agotar todas las instancias y llevar a cabo todas las gestiones necesarias para lograr obtener la inscripción o registro de la adquisición del bien inmueble en el Instituto de la Propiedad, incluyendo los problemas en la etapa registral que no sean imputables al fiduciario. | |
2.4. | El fiduciario deberá realizar las gestiones de indemnización y pagos solicitados por el fideicomitente a |
No. | Especificación de Servicios Mínima Solicitada | Declaración / Descripción de Cumplimiento por el Licitante |
la brevedad posible y de acuerdo a las instrucciones giradas, con el fin de poder alcanzar los tiempos requeridos para la correcta ejecución del proyecto. | ||
3. | INDIVIDUALIZACION, TITULACION Y REGISTRO DE BIENES INMUEBLES Y TRANSFERENCIA DE TITULARIDAD A FAVOR DE PERSONAS REUBICADAS EN SITIOS DE REASENTAMIENTO. | |
3.1. | Adquirir a nombre del fiduciario los terrenos identificados por el fideicomitente, necesarios para hacer disponibles estos Sitios de Reasentamiento a los afectados por el proyecto. | |
3.2. | Inscribir en el Instituto de la Propiedad dichos bienes inmuebles a nombre del fiduciario. | |
3.3. | Registrar en el Instituto de la Propiedad el traspaso de los bienes inmuebles indicados en el numeral 3.2 individualmente, a favor de cada uno de los beneficiarios / reasentados, individualizando y registrando cada lote a favor de su respectivo nuevo dueño. | |
3.4. | Inscribir en el Instituto de la Propiedad las áreas verdes y áreas comunes a favor de los gobiernos locales o en su defecto a favor de las comunidades reasentadas o sus entidades representantes (Ejemplo: patronatos, juntas, asociaciones, etc.), de acuerdo a instrucciones del fideicomitente, sin limitarse a cualquier otra instrucción girada para la correcta ejecución del proyecto. | |
3.5. | El fideicomiso será responsable de gestionar y obtener ante el respectivo registro de la propiedad, la clave catastral requerida de cada lote a ser individualizado, con el fin de poder otorgar la titularidad de los inmuebles a favor de los reasentados o a quien corresponda. | |
4. | SERVICIOS DE PAGADURÍA. Los servicios de pagaduría a realizar serán los siguientes: | |
4.1. | Pago Directo: Ocurre cuando se realiza un pago a razón de una acción que se deba llevar a cabo y que no implique una escrituración ni registro en el Instituto de la Propiedad. | |
4.2. | Pago por Indemnización de Mejoras: En aquellos casos de indemnización de mejoras aprobadas por el fideicomitente, el Fiduciario pagará el monto especificado por el fideicomitente, según instrucciones precisas del mismo. | |
4.3. | Pago por Compra-venta de Terrenos: Pagaduría por compra - venta de bienes inmuebles que serán inscritos |
No. | Especificación de Servicios Mínima Solicitada | Declaración / Descripción de Cumplimiento por el Licitante |
temporalmente a nombre del fiduciario o inscritos de acuerdo a instrucciones giradas por el fideicomitente. | ||
4.4. | Pagos por Expropiación Forzosa: Realizar la recepción, custodia y pagaduría de consignaciones en casos de Expropiación Forzosa. En caso que el afectado no acepte el monto de la compensación ofrecida por el fideicomitente y se requiera la consignación del monto (casos de expropiación forzosa), el Fiduciario recibirá el valor ofrecido en calidad de consignatario, y retendrá dicho monto y los intereses bancarios que éste generen a favor del afectado titular del predio y/o mejora afectada, hasta que sea aceptado el pago por parte del titular afectado o en el caso de recurrir a los juzgados competentes, hasta que este emita la sentencia definitiva de pago. | |
4.5. | Pago por Xxxxxxxxxx: Realizar el pago al afectado del monto identificado por concepto de alquiler de lugar de vivienda, hasta que su sitio de reasentamiento o vivienda reparada le sea entregado. Esta gestión es una medida para facilitar el acceso del contratista a las áreas requeridas para la construcción de las obras del proyecto de acuerdo a instrucciones del Fideicomitente. | |
4.6. | Pago por mudanza: Realizar el pago al afectado del monto identificado por concepto de mudanza a efecto de facilitar el acceso del contratista a las áreas requeridas para la construcción de las obras del proyecto de acuerdo a instrucciones del Fideicomitente. | |
4.7. | Pago de Obras en Compensación: Realizar pagos por daños o por necesidad del afectado de realizar una construcción en el bien inmueble, bien por el contratista de la obra, por un contratista independiente o por el afectado mismo. | |
4.8. | Pago por Revalorizaciones: Realización del pago del monto complementario o reversión que resulte de una revalorización del bien inmueble, que se origina del valor determinado en un proceso de expropiación forzosa. | |
4.9. | Pagos Parciales: Pago de un porcentaje del monto acordado con el afectado de su bien inmueble, ya sea por motivos legales de tenencia y/o a efecto de habilitar el acceso a las áreas requeridas para la construcción de las obras del proyecto al contratista de acuerdo a instrucciones del Fideicomitente.. | |
4.10. | Pago de Casos por Xxxxxxxx Xxxxxxxx: En aquellos casos de indemnización de mejoras y terreno aprobadas por el |
No. | Especificación de Servicios Mínima Solicitada | Declaración / Descripción de Cumplimiento por el Licitante |
fideicomitente, el Fiduciario pagará el monto especificado según instrucciones precisas del mismo, exonerando de acuerdo x xxx el impuesto de ganancia de capital, debido a que el afectado reside actualmente en dicho inmueble. | ||
4.11. | Pago por contratación de Obras Menores: Realizar los pagos acordados contractualmente para la ejecución de obras menores relacionadas al proyecto como ser casas habitacionales, remodelación de escuelas o cualquier inmueble instruido por el fideicomitente lo cual incluirá entre otros: | |
4.11.a. | Pago de anticipo con instrucciones del fideicomitente de acuerdo a contrato suscrito. | |
4.11.b. | Pago de estimaciones de acuerdo a avances de obras con instrucciones del fideicomitente, de acuerdo a contrato suscrito e informe remitido por el implementador en campo, quien realizará las funciones de supervisar la correcta ejecución de las obras menores. | |
4.11.c. | Escrituración temporal a favor del Fiduciario del predio donde se planifiquen la construcción de la(s) vivienda(s). | |
4.11.d. | Escritura de Individualización del terreno y mejoras construidas del terreno general adquirido temporalmente a favor de cada reasentado. | |
4.12. | En todos los casos en que deba ocurrir un pago, a efecto de garantizar la seguridad de los afectados, personal del fideicomiso, implementadores del proyecto y de INVEST- Honduras; el Fiduciario realizará los servicios de pagaduría en el área más cercana al domicilio del afectado (como ser agencias bancarias, oficinas estatales o cualquiera previamente analizado por el fideicomitente y el fiduciario. | |
5. | SERVICIOS DE DEPOSITARIO DE CONSIGNACIONES A FAVOR DE EXPROPIADOS. | |
5.1. | Consignar los fondos transferidos por el fideicomitente para los casos incluidos en Decreto Legislativo de Expropiación Forzosa. | |
5.2. | Mantener estos fondos reservados de forma separada de los fondos del proyecto, para llevar un control de los rendimientos que genere la cuenta de inversión del decreto; con el fin de distribuir intereses a favor de cada expropiado de acuerdo a las tasas vigentes que maneja el banco fiduciario y realizar los pagos de acuerdo a instrucciones de fideicomitente. | |
6. | INVERSION DE FONDOS TEMPORALES EN |
No. | Especificación de Servicios Mínima Solicitada | Declaración / Descripción de Cumplimiento por el Licitante |
CUSTODIA DEL FIDUCIARIO (FONDOS OCIOSOS). | ||
6.1. | Informar periódicamente al fideicomitente sobre los rendimientos generados por la inversión temporal de fondos, con el fin de disponer de ellos en cualquier actividad prioritaria para el mismo proyecto. | |
7. | GESTIONES TRIBUTARIAS REQUERIDAS POR EL ESTADO DE HONDURAS RELACIONADAS A LOS SERVICIOS DE PAGADURIA. | |
7.1. | El fiduciario deberá en su carácter de retenedor de impuestos, realizar todas las gestiones de retención y operación de impuestos por cada servicio de pagaduría realizado, para su posterior traslado por el fiduciario al Servicio de Administración xx Xxxxxx (SAR). | |
8. | OTRAS ACTIVIDADES ESPECIALES | |
8.1. | Custodiar la documentación legal y técnica generados por el Proyecto. | |
8.2. | Elaborar Constancias de disponibilidad de fondos que a solicitud del fideicomitente que se requieran a favor de los afectados. | |
8.3. | Someterse a cualquier auditoría externa requeridas por el fideicomitente, fuente de financiamiento del proyecto o del Estado de Honduras. | |
8.4. | Reportar mensualmente la información que requiera el Instituto de Acceso a la Información Pública IAIP en cumplimiento a la Ley de Transparencia. | |
8.5. | Presentar liquidaciones periódicas del uso de los fondos administrados a solicitud del fideicomitente, que consistirá en la presentación en físico y digital de los fondos transferidos que evidencien su correcta y transparente ejecución. | |
8.6. | Servicios notariales especiales, tales como actas notariales, auténticas y otros. | |
9. | INSTRUCCIONES GIRADAS POR EL FIDEICOMITENTE. | |
9.1. | De acuerdo a las múltiples actividades que surgen y se requieren para la ejecución del proyecto de reasentamiento y dada su complejidad, es necesario contar con una figura de fideicomiso flexible e innovador, que pueda llevar a cabo múltiples actividades de acuerdo a las necesidades del mismo proyecto. | |
9.2. | El fiduciario debe sujetarse a las instrucciones que sean |
1
No. | Especificación de Servicios Mínima Solicitada | Declaración / Descripción de Cumplimiento por el Licitante |
giradas por el fideicomitente siempre y cuando estas sean lícitas en el cumplimiento de las normas y procedimientos legales permitidos. Deberá seguir las instrucciones del fideicomitente y velar por la trasparencia y el buen manejo de los fondos dentro de las normas de calidad establecidos para el manejo de fideicomisos. | ||
10. | CUSTODIA DE DOCUMENTO Y PRESENTACIÓN DE INFORMES. | |
10.1. | El fiduciario deberá guardar custodia de toda documentación legal y técnica que se genere a razón de las actividades, operaciones, instrucciones y gestiones del fideicomiso. | |
10.2. | El fiduciario deberá presentar cada gestión y servicio fiduciario en informes mensuales en idioma Español en forma impresa y digital (PDF - un original en físico, una copia en físico y una copia en archivo electrónico de todas las gestiones y servicios). El fiduciario debe presentar el detalle de las actividades realizadas durante el mes y adjuntar los reportes correspondientes a los avances financieros y de casos resueltos. Igualmente deberá presentar todos los informes especiales que le sean solicitados por el fideicomitente. | |
11. | SERVICIOS LOCALES E INSTALACIONES: El fiduciario deberá proveer todos los servicios, equipos, logística, instalaciones, bienes necesarios y personal suficiente, salarios, seguros y pasivos laborales para llevar a cabo los servicios de pagaduría y escrituración, principalmente lo que se refiere a hospedajes, equipos, software, equipamiento, vehículos y mobiliario, entre otros. | |
12. | PERFIL DEL BANCO: El Departamento de Fideicomisos del Banco debe ser capaz de atender y resolver las actividades propias del fideicomiso solicitadas por el fideicomitente y relacionadas con el proceso de reasentamiento de personas afectadas por las obras de requeridas por el proyecto del Tramo “Choluteca – El Xxxxxx” en servicios de pagaduría y escrituración de bienes. | |
12.1. | El Personal mínimo requerido es: | |
2.1.1. | Un (1) Gerente de Fideicomiso | |
12.1.1.a. | Profesional Universitario. | |
12.1.1.b. | Con un mínimo de 12 años de experiencia general. |
No. | Especificación de Servicios Mínima Solicitada | Declaración / Descripción de Cumplimiento por el Licitante |
12.1.1.c. | Haber sido gerente en temas relacionados con fideicomisos en al menos 2 proyectos. | |
12.1.1.d. | Disponibilidad permanente de servicios notariales durante el tiempo de prestación de los servicios. | |
12.1.1.e. | La persona o personas que brinden servicios notariales para el fideicomiso deben contar con al menos 10 años de experiencia como notario en materia de traspaso de bienes inmuebles y gestiones registrales. | |
2.1.2. | Un (1) Jefe de Fideicomiso | |
12.1.2.a. | Profesional Universitario | |
12.1.2.b. | Con un mínimo de 10 años de experiencia general | |
12.1.2.c. | Haber sido jefe de administración de al menos 2 proyectos de fideicomisos | |
2.1.3. | Un (1) Contador de Fideicomisos | |
12.1.3.a. | Profesional Universitario | |
12.1.3.b. | Tener al menos 6 años de experiencia general | |
12.1.3.c. | Haber llevado controles contables | |
12.1.3.d. | Haber desarrollado conciliaciones bancarias. | |
12.1.3.e. | Haber participado en implementación de al menos un (1) fideicomiso | |
2.1.4. | Un (1) Oficial Administrativo de Fideicomisos | |
12.1.4.a. | Profesional graduado o pasante universitario de las carreras de Administración de Empresas, Contaduría Pública, Economía o Finanzas | |
12.1.4.b. | Tener al menos 5 años de experiencia general | |
12.1.4.c. | Tener experiencia en proceso de pagos | |
12.2. | A excepción del Gerente de Fideicomiso, todo el personal que forme parte de este fideicomiso, deberán garantizar una excelente atención al público, ya que todos tendrán mucha interacción con los afectados e implementadores del proyecto, por lo tanto el tacto y la buena manera de atención a estas personas es de vital importancia para el cumplimiento de las Políticas de Reasentamiento aplicadas a este proyecto. |
1
1
1
PARTE 3. Contrato
Sección VIII. Condiciones Generales del Contrato (CGC)
Índice de Cláusulas
Sección VIII. Condiciones Generales del Contrato (CGC) 83
1.7 Lugar donde se Prestarán los Servicios 92
1.8 Representantes Autorizados 93
1.9 Inspección y Auditoria por Parte del Banco 93
1.11 Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) 93
2. Inicio, Cumplimiento, Modificación y Terminación del Contrato 94
2.1 Entrada en Vigor del Contrato 94
2.2 Comienzo de la Prestación de los Servicios 94
2.3 Terminación del Contrato 94
2.5.2 Incumplimiento del Contrato 94
2.6.2 Por el Proveedor de Servicios 96
2.6.3 Suspensión de Financiamiento 96
2.6.4 Pago a la terminación del Contrato 97
3. Obligaciones del Proveedor de Servicios 97
3.2.1 Prohibición al Proveedor de Servicios de Aceptar Comisiones,
3.2.2 Prohibición al Proveedor de Servicios y a sus Socios de Participar en
3.2.3 Prohibición de Desarrollar Actividades Incompatibles 98
3.4 Seguros que Deberá Contratar el Proveedor de Servicios 98
3.5 Acciones del Proveedor de Servicios que Requieren la Aprobación Previa del Contratante 99
3.6 Obligación de Presentar Informes 99
3.7 Propiedad de los Documentos Preparados por el Proveedor de Servicios 99
3.8.1 Liquidación de Daños y Perjuicios 99
3.8.2 Corrección por Exceso de Pago 99
3.8.3 Sanción por falta de cumplimiento 100
3.9 Garantía de Cumplimiento del Contrato 100
4. Personal del Proveedor de Servicios 100
4.1 Descripción del Personal 100
4.2 Remoción y/o Sustitución del Personal 100
5. Obligaciones del Contratante 101
5.1 Asistencia y Exenciones 101
5.2 Modificación de la Ley Aplicable 101
5.3 Servicios y Facilidades 101
6. Pagos al Proveedor de Servicios 101
6.1 Remuneración a Suma Alzada 101
6.2 Precio de Contrato 102
6.3 Pago de Servicios Adicionales, Compensaciones e Incentivos 102
6.4 Anticipo, Términos y Condiciones de Pago 102
6.4.1 Anticipo 102
6.4.2 Términos y Condiciones de Pago 102
6.5 Intereses sobre Pagos Atrasados 102
6.6 Ajuste de Precios 102
6.7 Tarifas Diarias 103
7. Control de Calidad 104
7.1 Identificación de Defectos 104
7.2 Corrección de Defectos y Sanción por Falta de Cumplimiento 104
8.1 Solución Amigable 104
8.2 Solución de controversias 104
9.1 Cesión 105
Sección VIII. Condiciones Generales del Contrato (CGC)
A menos que el contexto lo requiera de otra manera, los siguientes términos tendrán los significados que se indican a continuación: | |
(a) “Conciliador” es la persona nombrada conjuntamente con el Contratante y el Proveedor de Servicios indicada en las CEC, para solucionar las controversias en la primera instancia, según lo estipulado en las Cláusula 8.2 de las CGC y conforme al presente; | |
(b) “Programa de Actividades” es la lista de las actividades con sus precios de las cantidades de los Servicios que van a ejecutarse por el Proveedor de Servicios que forma parte de su Oferta; | |
(c) “Banco” significa el Banco Interamericano de Desarrollo o cualquier fondo administrado por el BID; | |
(d) “Fecha de Terminación” significa la fecha de terminación de los servicios por parte del Proveedor de Servicios según lo certifique el Contratante; | |
(e) “Contrato” es el documento contenido en el Formulario de Contrato firmado por las Partes, al cual se adjuntan estas Condiciones Generales del Contrato (CGC) junto con todos los documentos señalados en la lista de la Cláusula 2 del Contrato firmado, cuyo nombre y número se indicará en las CEC; | |
(f) “Precio de Contrato” significa el precio que va a ser pagado por la ejecución de los Servicios, en conformidad con la Cláusula 6 de estas CGC; | |
(g) “Tarifas Diarias” significa el costo del trabajo diario realizado por el proveedor sujeto a pago periódico, el cual incluye el pago para los empleados y equipo del Proveedor de Servicios, además de los pagos de materiales y administración; | |
(h) El “Contratante” indicado en los CEC, significa la parte que contrata al Proveedor de Servicios; | |
(i) “Moneda extranjera” significa cualquier moneda diferente a la moneda local; |
(j) “CGC” significa Condiciones Generales del Contrato; | |
(k) “País Prestatario” significa Honduras; | |
(l) “Moneda local” significa el Lempira; | |
(m) “Miembro” en caso de que el Proveedor de Servicios sea una asociación de más de una entidad (APCA), significa cualquiera de las firmas; “Miembros” significa todas las firmas, y “Miembro Responsable” indicado en las CEC, significa la firma especificada en el Contrato para actuar en nombre de la APCA para ejercitar todos los derechos y obligaciones del Proveedor de Servicios para con el Contratante bajo este Contrato; | |
(n) “Parte” significa el Contratante o el Proveedor de Servicios, según sea el caso, y “Partes” significa el Contratante y el Proveedor de los Servicios; | |
(ñ) “Personal” significa los empleados contratados por el Proveedor de Servicios o por cualquier Subcontratista como empleados y asignado a la ejecución de los Servicios o cualquier parte de los mismos; | |
(o) “Proveedor de Servicios” indicado en las CEC, es una persona u organización corporativa cuya Oferta para proporcionar los servicios ha sido aceptada por el Contratante; | |
(p) “Oferta del Proveedor de Servicios” significa el documento de licitación presentado por el Proveedor de Servicios al Contratante; | |
(q) “CEC” significará Condiciones Especiales del Contrato por las cuales se pueden modificar o complementar las CGC; | |
(r) “Especificaciones” significa las especificaciones del servicio incluidas en los documentos de licitación presentado por el Proveedor de Servicios en los términos solicitados por el Contratante; | |
(s) “Servicios” significa el trabajo que va a ejecutar el Proveedor de Servicios conforme a este Contrato, según se describe en el Programa de Actividades con base en las especificaciones técnicas incluido en la Oferta del Proveedor de Servicios; | |
(t) “Subcontratista” significa cualquier entidad con la que el Proveedor de Servicios subcontrata cualquier parte de los Servicios en conformidad con las disposiciones de las Cláusulas 3.5 y 4 de las CGC. | |
1.2.1 El Banco exige a todos los Prestatarios (incluyendo los |
Prohibidas [cláusula exclusiva para contratos xx xxxxxxxx firmados bajo política GN- 2349-9] | beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores y organismos contratantes, al igual que a todas las firmas, entidades o individuos oferentes por participar o participando en actividades financiadas por el Banco incluyendo, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), observar los más altos niveles éticos y denuncien al Banco8 todo acto sospechoso de constituir una Práctica Prohibida del cual tenga conocimiento o sea informado, durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato. Las Prácticas Prohibidas comprenden actos de: (i) prácticas corruptivas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; y (iv) prácticas colusorias y (v) prácticas obstructivas. El Banco ha establecido mecanismos para la denuncia de la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas. Toda denuncia deberá ser remitida a la Oficina de Integridad Institucional (OII) del Banco para que se investigue debidamente. El Banco también ha adoptado procedimientos de sanción para la resolución de casos y ha celebrado acuerdos con otras Instituciones Financieras Internacionales (IFI) a fin de dar un reconocimiento recíproco a las sanciones impuestas por sus respectivos órganos sancionadores. (a) El Banco define, para efectos de esta disposición, los términos que figuran a continuación: (i) Una práctica corruptiva consiste en ofrecer, dar, recibir o solicitar, directa o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar indebidamente las acciones de otra parte; (ii) Una práctica fraudulenta es cualquier acto u omisión, incluida la tergiversación de hechos y circunstancias, que deliberada o imprudentemente, engañen, o intenten engañar, a alguna parte para obtener un beneficio financiero o de otra naturaleza o para evadir una obligación; |
8 En el sitio virtual del Banco (xxx.xxxx.xxx/xxxxxxxxx) se facilita información sobre cómo denunciar la supuesta comisión de Prácticas Prohibidas, las normas aplicables al proceso de investigación y sanción y el convenio que rige el reconocimiento recíproco de sanciones entre instituciones financieras internacionales.
(iii) Una práctica coercitiva consiste en perjudicar o causar daño, o amenazar con perjudicar o causar daño, directa o indirectamente, a cualquier parte o a sus bienes para influenciar indebidamente las acciones de una parte;
(iv) Una práctica colusoria es un acuerdo entre dos o más partes realizado con la intención de alcanzar un propósito inapropiado, lo que incluye influenciar en forma inapropiada las acciones de otra parte; y
(v) Una práctica obstructiva consiste en:
a.a. destruir, falsificar, alterar u ocultar deliberadamente evidencia significativa para la investigación o realizar declaraciones falsas ante los investigadores con el fin de impedir materialmente una investigación del Grupo del Banco sobre denuncias de una práctica corrupta, fraudulenta, coercitiva o colusoria; y/o amenazar, hostigar o intimidar a cualquier parte para impedir que divulgue su conocimiento de asuntos que son importantes para la investigación o que prosiga la investigación, o
b.b. todo acto dirigido a impedir materialmente el ejercicio de inspección del Banco y los derechos de auditoría previstos en el párrafo
1.2.1 (f) de abajo.
(b) Si se determina que, de conformidad con los Procedimientos de sanciones del Banco, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de bienes o servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los Beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o organismos contratantes (incluyendo sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) ha cometido una Práctica Prohibida en cualquier etapa de la adjudicación o ejecución de un contrato, el Banco podrá:
(i) no financiar ninguna propuesta de adjudicación de un contrato para la adquisición de bienes o servicios, la contratación de obras, o servicios de consultoría;
(ii) suspender los desembolsos de la operación, si se determina, en cualquier etapa, que un empleado, agencia o representante del Prestatario, el Organismo Ejecutor o el Organismo Contratante ha cometido una Práctica Prohibida;
(iii) declarar una contratación no elegible para financiamiento del Banco y cancelar y/o acelerar el pago de una parte xxx xxxxxxxx o de la donación relacionada inequívocamente con un contrato, cuando exista evidencia de que el representante del Prestatario, o Beneficiario de una donación, no ha tomado las medidas correctivas adecuadas (lo que incluye, entre otras cosas, la notificación adecuada al Banco tras tener conocimiento de la comisión de la Práctica Prohibida) en un plazo que el Banco considere razonable;
(iv) emitir una amonestación a la firma, entidad o individuo en el formato de una carta formal de censura por su conducta;
(v) declarar a una firma, entidad o individuo inelegible, en forma permanente o por determinado período de tiempo, para que (i) se le adjudiquen contratos o participe en actividades financiadas por el Banco, y (ii) sea designado subconsultor, subcontratista o proveedor de bienes o servicios por otra firma elegible a la que se adjudique un contrato para ejecutar actividades financiadas por el Banco;
(vi) remitir el tema a las autoridades pertinentes encargadas de hacer cumplir las leyes; y/o;
(vii) imponer otras sanciones que considere apropiadas bajo las circunstancias del caso, incluyendo la imposición de multas que representen para el Banco un reembolso de los costos vinculados con las investigaciones y actuaciones. Dichas sanciones podrán ser
impuestas en forma adicional o en sustitución de las sanciones arriba referidas.
(c) Lo dispuesto en los incisos (i) y (ii) del párrafo 1.2.1
(b) se aplicará también en casos en los que las partes hayan sido temporalmente declaradas inelegibles para la adjudicación de nuevos contratos en espera de que se adopte una decisión definitiva en un proceso de sanción, o cualquier otra resolución.
(d) La imposición de cualquier medida que sea tomada por el Banco de conformidad con las provisiones referidas anteriormente será de carácter público.
(e) Asimismo, cualquier firma, entidad o individuo actuando como oferente o participando en una actividad financiada por el Banco, incluidos, entre otros, solicitantes, oferentes, proveedores de bienes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios, concesionarios, Prestatarios (incluidos los beneficiarios de donaciones), organismos ejecutores o contratantes (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas) podrá verse sujeto a sanción de conformidad con lo dispuesto en convenios suscritos por el Banco con otra Institución Financiera Internacional (IFI) concernientes al reconocimiento recíproco de decisiones de inhabilitación. A efectos de lo dispuesto en el presente párrafo, el término “sanción” incluye toda inhabilitación permanente, imposición de condiciones para la participación en futuros contratos o adopción pública de medidas en respuesta a una contravención del marco vigente de una Institución Financiera Internacional (IFI) aplicable a la resolución de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas.
(f) El Banco exige que los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y sus representantes, y concesionarios permitan al Banco revisar cualesquiera cuentas, registros y otros documentos relacionados con la presentación de propuestas y con el cumplimiento del contrato y someterlos a una auditoría por auditores
designados por el Banco. Todo solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios y concesionario deberá prestar plena asistencia al Banco en su investigación. El Banco también requiere que solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios: (i) conserven todos los documentos y registros relacionados con actividades financiadas por el Banco por un período de siete (7) años luego de terminado el trabajo contemplado en el respectivo contrato; y (ii) entreguen todo documento necesario para la investigación de denuncias de comisión de Prácticas Prohibidas y (iii) aseguren que los empleados o agentes de los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, subcontratistas, subconsultores, proveedores de servicios y concesionarios que tengan conocimiento de las actividades financiadas por el Banco estén disponibles para responder a las consultas relacionadas con la investigación provenientes de personal del Banco o de cualquier investigador, agente, auditor, o consultor apropiadamente designado. Si el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor proveedor de servicios o concesionario se niega a cooperar o incumple el requerimiento del Banco, o de cualquier otra forma obstaculiza la investigación por parte del Banco, el Banco, bajo su sola discreción, podrá tomar medidas apropiadas contra el solicitante, oferente, proveedor de bienes y su representante, contratista, consultor, miembro del personal, subcontratista, subconsultor, proveedor de servicios, o concesionario.
(g) Cuando un Prestatario adquiera bienes, servicios distintos de servicios de consultoría, obras o servicios de consultoría directamente de una agencia especializada, todas las disposiciones contempladas en la Cláusula 1.2 relativas a sanciones y Prácticas Prohibidas se aplicarán íntegramente a los solicitantes, oferentes, proveedores de bienes y sus representantes, contratistas, consultores, miembros del personal, subcontratistas, subconsultores, proveedores de
servicios, concesionarios (incluidos sus respectivos funcionarios, empleados y representantes, ya sean sus atribuciones expresas o implícitas), o cualquier otra entidad que haya suscrito contratos con dicha agencia especializada para la provisión de bienes, obras o servicios distintos de servicios de consultoría en conexión con actividades financiadas por el Banco. El Banco se reserva el derecho de obligar al Prestatario a que se acoja a recursos tales como la suspensión o la rescisión. Las agencias especializadas deberán consultar la lista de firmas e individuos declarados inelegibles de forma temporal o permanente por el Banco. En caso de que una agencia especializada suscriba un contrato o una orden de compra con una firma o individuo declarado inelegible de forma temporal o permanente por el Banco, el Banco no financiará los gastos conexos y se acogerá a otras medidas que considere convenientes.
1.2.3 Los Oferentes, al presentar sus ofertas, declaran y garantizan:
(a) que han leído y entendido las definiciones de Prácticas Prohibidas del Banco y las sanciones aplicables a la comisión de las mismas que constan de este documento y se obligan a observar las normas pertinentes sobre las mismas;
(b) que no han incurrido en ninguna Práctica Prohibida descrita en este documento;
(c) que no han tergiversado ni ocultado ningún hecho sustancial durante los procesos de selección, negociación, adjudicación o ejecución de un contrato;
(d) que ni ellos ni sus agentes, personal, subcontratistas, subconsultores, directores, funcionarios o accionistas principales han sido declarados por el Banco o por otra Institución Financiera Internacional (IFI) con la cual el Banco haya suscrito un acuerdo para el reconocimiento recíproco de sanciones, inelegibles para que se les adjudiquen contratos financiados por el Banco o por dicha IFI, o culpables de delitos vinculados con la comisión de Prácticas Prohibidas;
(e) que ninguno de sus directores, funcionarios o accionistas principales han sido director, funcionario o accionista principal de ninguna otra compañía o entidad que haya sido declarada inelegible por el Banco o por
otra Institución Financiera Internacional (IFI) y con sujeción a lo dispuesto en acuerdos suscritos por el Banco concernientes al reconocimiento recíproco de sanciones para que se le adjudiquen contratos financiados por el Banco o ha sido declarado culpable de un delito vinculado con Prácticas Prohibidas; (f) que han declarado todas las comisiones, honorarios de representantes, pagos por servicios de facilitación o acuerdos para compartir ingresos relacionados con actividades financiadas por el Banco; (g) que reconocen que el incumplimiento de cualquiera de estas garantías constituye el fundamento para la imposición por el Banco de una o más de las medidas que se describen en la Cláusula 1.2.1 (b). | |
1.3.1 El Proveedor de servicios y sus Subcontratistas deberán ser originarios de países miembros del Banco. Se considera que un Proveedor de servicios o Subcontratista tiene la nacionalidad de un país elegible si cumple con los siguientes requisitos: a) Un individuo tiene la nacionalidad de un país miembro del Banco si él o ella satisface uno de los siguientes requisitos: i. es ciudadano de un país miembro; o ii. ha establecido su domicilio en un país miembro como residente “bona fide” y está legalmente autorizado para trabajar en dicho país. b) Una firma tiene la nacionalidad de un país miembro si satisface los dos siguientes requisitos: i. esta legalmente constituida o incorporada conforme a las leyes de un país miembro del Banco; y ii. más del cincuenta por ciento (50%) del capital de la firma es de propiedad de individuos o firmas de países miembros del Banco. | |
1.3.2 Todos los socios de una asociación en participación, consorcio o asociación (APCA) con responsabilidad mancomunada y solidaria y todos los subcontratistas deben cumplir con los requisitos arriba establecidos | |
1.3.3 En caso que el contrato de prestación de servicios incluya el suministro de Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean |
financiados por el BID deben tener su origen en cualquier país miembro del BID. Los bienes se originan en un país miembro del BID si han sido extraídos, cultivados, cosechados o producidos en un país miembro del BID. Un bien es producido cuando mediante manufactura, procesamiento o ensamblaje el resultado es un artículo comercialmente reconocido cuyas características básicas, su función o propósito de uso son substancialmente diferentes de sus partes o componentes. En el caso de un bien que consiste de varios componentes individuales que requieren interconectarse (lo que puede ser ejecutado por el proveedor, el contratante o un tercero) para lograr que el bien pueda operar, y sin importar la complejidad de la interconexión, el BID considera que dicho bien es elegible para su financiación si el ensamblaje de los componentes individuales se hizo en un país miembro. Cuando el bien es una combinación de varios bienes individuales que normalmente se empacan y venden comercialmente como una sola unidad, el bien se considera que proviene del país en donde este fue empacado y embarcado con destino al comprador. Para efectos de determinación del origen de los bienes identificados como “hecho en la Unión Europea”, estos serán elegibles sin necesidad de identificar el correspondiente país específico de la Unión Europea. El origen de los materiales, partes o componentes de los bienes o la nacionalidad de la firma productora, ensambladora, distribuidora o vendedora de los bienes no determina el origen de los mismos.
El Contrato se regirá por la Ley Hondureña. | |
El idioma del Contrato será el español. | |
Cualquier notificación, solicitud o aprobación que deba o pueda cursarse o darse en virtud de este Contrato se hará por escrito. Se considerará que se ha cursado o dado tal modificación, solicitud o aprobación cuando se haya entregado en mano a un representante autorizado de la Parte a la que está dirigida la comunicación, o cuando se haya enviado por correo certificado, telegrama fax a dicha Parte a la dirección especificada en las CEC. | |
Los Servicios se prestarán en los lugares indicados en la Sección VI Programa de Actividades, en concordancia con la Sección VII Especificaciones Técnicas, de Desempeño y Diseños y, cuando en él no se especifique dónde haya de cumplirse una tarea en particular, se cumplirá en los lugares que el Contratante apruebe, ya sea en el país del Prestatario o en otro lugar. |
Los funcionarios indicados en las CEC podrán adoptar cualquier medida que el Contratante o el Proveedor de Servicios deba o pueda adoptar en virtud de este Contrato, y podrán firmar en nombre de éstos cualquier documento que conforme a este Contrato deba o pueda firmarse. | |
Auditoria por Parte del Banco | El Proveedor de Servicios permitirá y deberá realizar las gestiones necesarias para que el y sus Subcontratistas permitan, que el Banco y/o las personas designadas por el Banco inspeccionen sus cuentas y registros relacionados con la ejecución de los Servicios, y que los audite a través de auditores nombrados por el Banco, si así lo requiere el Banco. |
Derechos | El Proveedor de Servicios, el Subcontratista y su Personal pagarán los impuestos, derechos, gravámenes y demás imposiciones que correspondan según la Ley Aplicable, cuyo monto se considera fue incluido en el Precio del Contrato. |
1.11 Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA) | Si el Proveedor es una Asociación en Participación, Consorcio o Asociación (APCA), todas las partes que lo conforman deberán ser mancomunada y solidariamente responsables frente al Contratante por el cumplimiento de las disposiciones del Contrato. Para tal efecto cada uno de los miembros de la APCA podrán: a) firmar de manera individual el Formulario de contrato; o b) designar a un representante común, si así se estipula en las CEC, mediante instrumento público con autoridad para comprometer a la APCA. La composición o constitución de la APCA no podrá ser alterada sin el previo consentimiento del Contratante. |
Los derechos de autor de todos los planos, documentos y otros materiales conteniendo datos e información proporcionada al Contratante por el Proveedor de Servicios, seguirán siendo de propiedad del Proveedor de Servicios. Si esta información fue suministrada al Contratante directamente o a través del Proveedor de Servicios por terceros, incluyendo proveedores de materiales, el derecho de autor de dichos material seguirá siendo de propiedad de dichos terceros . | |
Ni el Contratante ni el Proveedor de Servicios podrán ceder total o parcialmente los derechos y las obligaciones que hubiesen contraído en virtud del Contrato, excepto por los derechos de cobro9, en cuyo caso deberá contar con el consentimiento previo por escrito del |
9 Se refiere a la posibilidad de ceder a un tercero el cobro y recibir el pago.
Contratante. | |
2. Inicio, Cumplimiento, Modificación y Terminación del Contrato | |
Vigor del Contrato | Este Contrato entrará en vigor en la fecha en que sea firmado por ambas partes u otra fecha posterior establecida en las CEC. |
Antes del comienzo de los servicios, el Proveedor de Servicios presentará al Contratante para su aprobación un Programa de Trabajo que muestre las metodologías con base en el Programa de Actividades. Los servicios deberán realizarse de acuerdo con el Programa aprobado y sus actualizaciones. | |
El Proveedor de Servicios empezará a proveer los Servicios diez (10) días después de la fecha en que el Contrato entra en vigor, o en aquella otra fecha que se especifique en las CEC. | |
del Contrato | A menos que se dé por terminado con anterioridad conforme a lo dispuesto en la Cláusula 2.6 de estas CGC, el Proveedor de Servicios concluirá las actividades en la Fecha Estimada de Terminación conforme lo establecido en las CEC. Si el Proveedor de Servicios no concluye las actividades en la Fecha Estimada de Terminación, estará obligado a pagar daños conforme a la Cláusula 3.8. En este caso, la Fecha de Terminación será la fecha de conclusión de todas las actividades. |
Sólo podrán modificarse los términos y condiciones de este Contrato, incluido el alcance de los Servicios y el precio del contrato, mediante acuerdo por escrito entre las Partes, y dicha modificación no entrará en vigor hasta que las partes hayan expresado su conformidad. | |
Para los efectos de este Contrato, “Fuerza Mayor”, significa un acontecimiento que escapa al control razonable de una de las partes, que es imprevisible, inevitable y no se origina por descuido o negligencia de alguna de las partes que hace imposible o poco viable el cumplimiento de sus obligaciones contractuales. |
2.5.2 Incumplimiento del Contrato | La falta de cumplimiento por una de las Partes de cualquiera de sus obligaciones en virtud del Contrato no se considerará como incumplimiento del mismo ni como negligencia, siempre que dicha falta de cumplimiento se deba a un evento de Fuerza Mayor y que |
la Parte afectada por tal evento (a) haya adoptado todas las precauciones razonables, puesto debido cuidado y tomado medidas alternativas razonables a fin de cumplir con los términos y condiciones de este Contrato, y (b) haya informado a la otra Parte tan pronto como fue posible acerca de la ocurrencia de dicho evento. | |
Todo plazo dentro del cual una Parte deba realizar una actividad o tarea en virtud de este Contrato podrá extenderse por un período igual a aquel durante el cual dicha Parte no haya podido realizar tal actividad como consecuencia de un evento de fuerza mayor. | |
Cuando la prestación del servicio se vea interrumpida por un evento de fuerza mayor reconocido por el Contratante, el Contratante podrá suspender el pago por el periodo de fuerza mayor. En tal situación el Contratante o el Proveedor de Servicio tienen derecho de terminar de forma unilateral el contrato por razones de fuerza mayor. | |
Contratante | El Contratante podrá, dar por terminado el Contrato dentro de los veinte (20) días siguientes a la recepción de una notificación por escrito al Proveedor de Servicios, después de la ocurrencia de cualquiera de los eventos especificados en los párrafos (a) a (f) de esta Cláusula. |
a) si el Proveedor de Servicios no subsana el incumplimiento de sus obligaciones en virtud de este Contrato, dentro de los veinte (20) días siguientes a la recepción de dicha notificación, u otro plazo mayor que el Contratante pudiera haber aceptado posteriormente por escrito; | |
b) si el Proveedor de Servicios estuviera insolvente o fuera declarado en quiebra; | |
c) si el Proveedor de Servicios, como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un periodo de no menos de treinta (30) días; o | |
d) si, a juicio del Contratante, el Proveedor de Servicios ha participado en prácticas prohibidas al competir por obtener el Contrato o durante su ejecución. En los términos previstos en la cláusula 1.2 de las CGC. | |
e) si el Proveedor de Servicios no mantiene una Garantía de Cumplimiento de acuerdo con la Cláusula 3.9; | |
f) si el Proveedor de Servicios ha demorado la conclusión de los Servicios por el número de días por el cual la cantidad máxima de daños pueden ser pagados de acuerdo con la |
Cláusula 3.8.1 de las CGC y las CEC. | |
Terminación por Conveniencia: el Contratante, mediante comunicación enviada al Proveedor de Servicios, podrá terminar el Contrato total o parcialmente, en cualquier momento por razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente pactados. La comunicación de terminación deberá indicar que la terminación es por conveniencia del Contratante, el alcance de la terminación de las responsabilidades del Proveedor de Servicios en virtud del Contrato y la fecha de efectividad de dicha terminación. | |
Proveedor de Servicios | El Proveedor de Servicios, mediante una notificación por escrito al Contratante con no menos de veinte (20) días de anticipación, podrá terminar este contrato cuando se produzca y acredite ante el Contratante cualquiera de los eventos especificados en los párrafos (a) y (b) de esta Cláusula 2.6.2; |
a) si el Contratante no pagara una suma adeudada al Proveedor de Servicios en virtud de este Contrato, y siempre que dicha suma no fuera objeto de controversia conforme a la Cláusula 8, dentro de los veinte (20) días siguientes a la recepción de la notificación por escrito del Proveedor de Servicios respecto de la xxxx en el pago; o | |
b) si el Proveedor de Servicios, como consecuencia de un evento de Fuerza Mayor, no pudiera prestar una parte importante de los Servicios durante un periodo mayor de treinta (30) días. | |
En el caso de que el Banco suspenda el préstamo o desembolso del crédito otorgado al Contratante, parte del cual se destinaba a pagar al Proveedor de Servicio: | |
a) El Contratante está obligado a notificar al Proveedor de Servicio de esta suspensión en un plazo no mayor a 7 días contados a partir de la fecha de recepción por parte del Contratante de la notificación de suspensión del Banco. | |
b) Si el Proveedor del Servicio no ha recibido algunas sumas que se le adeuden dentro del periodo establecido en las Condiciones Especiales del Contrato y de conformidad con la cláusula 6.5, el Proveedor de Servicio podrá emitir inmediatamente una notificación para terminar el Contrato en el plazo de 15 días. |
terminación del Contrato | Al terminarse este Contrato conforme a lo estipulado en las Cláusulas 2.6.1 o 2.6.2, el Contratante efectuará los siguientes pagos al Proveedor de Servicios: |
a) Las remuneraciones previstas en la Cláusula 6 de estas CGC, por concepto de Servicios prestados satisfactoriamente antes de la fecha de entrada en vigor de la terminación; | |
b) Salvo en el caso de terminación conforme a los párrafos (a), (b), (d), (e), (f) de la Cláusula 2.6.1 de estas CGC, el reembolso de cualquier gasto razonable inherente a la terminación expedita y ordenada del Contrato, incluidos los gastos del viaje de regreso del Personal. | |
El Proveedor de Servicios prestará los Servicios y cumplirá con sus obligaciones en virtud del presente Contrato con la debida diligencia, eficiencia y economía, de acuerdo con técnicas y prácticas profesionales generalmente aceptadas; asimismo, observará prácticas de administración apropiadas y empleará técnicas modernas adecuadas y métodos seguros. En toda cuestión relacionada con este Contrato o con los Servicios, el Proveedor de Servicios actuará siempre como asesor xxxx del Contratante y en todo momento deberá proteger y defender los intereses legítimos del Contratante en los acuerdos a que llegue con uno o más Subcontratistas o con terceras partes | |
Intereses | El Proveedor de Servicios debe otorgar máxima importancia a los intereses del Contratante, sin consideración alguna respecto de cualquier labor futura, y evitar rigurosamente todo conflicto con otros trabajos asignados o con los intereses de su firma. |
3.2.1 Prohibición al Proveedor de Servicios de Aceptar Comisiones, Descuentos, etc. | La remuneración del Proveedor de Servicios en relación con este Contrato o con los Servicios será únicamente la estipulada en la Cláusula 6 de estas CGC y el Proveedor de Servicios no aceptará en beneficio propio ninguna comisión comercial, descuento o pago similar en relación con las actividades contempladas en este Contrato, en los Servicios, o en el cumplimiento de sus obligaciones; además, el Proveedor de Servicios hará todo lo posible por asegurar que ningún Subcontratista, ni el Personal, como tampoco los agentes del Proveedor de Servicios o del Subcontratista, reciban ninguna de tales remuneraciones. |
3.2.2 Prohibición al Proveedor de Servicios y a sus Socios de Participar en Ciertas Actividades | El Proveedor de Servicios acuerda que durante la vigencia de este Contrato como después de su terminación, ni el Proveedor de Servicios así como sus socios ni tampoco ningún Subcontratista y ninguna de sus filiales podrán suministrar los productos, trabajos o servicios materia del presente contrato (diferentes de los Servicios y cualquier continuación de los mismos) para cualquier proyecto que se derive de los Servicios o que esté estrechamente relacionado con ellos, en caso contrario serán descalificados para suministrar bienes, construir obras o prestar servicios como resultado de o directamente relacionado con los servicios prestados por el Proveedor de Servicios para la preparación o ejecución del proyecto. |
Ni el Proveedor de Servicios o su Personal, ni ningún Subcontratista o su Personal podrán desarrollar, en forma directa o indirecta, ninguna de las siguientes actividades: | |
(a) durante la vigencia de este Contrato, ninguna actividad comercial o profesional en el país del Prestatario que sea incompatible con las asignadas a ellos en virtud de este Contrato; | |
(b) durante la vigencia de este Contrato, ni el Proveedor de Servicios ni sus Subcontratistas contratarán empleados públicos en servicio activo o que se encuentren en cualquier tipo de licencia, para llevar a cabo cualquier actividad bajo este Contrato; | |
(c) una vez terminado este Contrato, ninguna otra actividad especificada en las CEC. | |
3.3 Confidencialidad | Ni el Proveedor de Servicios ni ningún Subcontratista, ni tampoco el Personal de ninguno de ellos, podrán revelar, durante la vigencia de este Contrato y dentro de los dos (2) años siguientes a su expiración, salvo que se especifique algún plazo mayor en las CEC, ninguna información confidencial o de propiedad del Contratante relacionada con el Proyecto, este Contrato o las actividades u operaciones del Contratante sin el previo consentimiento por escrito de este último. |
El Proveedor de Servicios (a) contratará, mantendrá y hará que todo Subcontratista contrate y mantenga, a su propio costo (o al del Subcontratista, según el caso) y en los términos y condiciones aprobados por el Contratante, seguros contra los riesgos, y por las coberturas que se indican en las CEC; y (b) a petición del Contratante, presentará pruebas de la contratación y el mantenimiento de esos seguros y del pago de las respectivas primas en vigencia. |
Proveedor de Servicios que Requieren la Aprobación Previa del Contratante | El Proveedor de Servicios deberá obtener la aprobación previa por escrito del Contratante para realizar cualquiera de las siguientes acciones: a) celebrar un subcontrato para la ejecución de cualquier parte de los Servicios; b) designar aquellos miembros del Personal no señalados por nombre en la lista del Apéndice B ("Personal Clave y Subcontratistas"); c) cambiar el Programa de Actividades; y d) cualquier otra acción que pueda estar especificada en las CEC. |
El Proveedor de Servicios presentará al Contratante los informes y documentos que se especifican en el Apéndice A en la forma, la cantidad y el plazo que se establezcan en dicho Apéndice. | |
3.7 Propiedad de los Documentos Preparados por el Proveedor de Servicios | Todos los planos, diseños, especificaciones, estudios técnicos, informes y demás documentos y programas de computación preparados por el Proveedor de Servicios para el Contratante en virtud de la Cláusula 3.6 pasarán a ser propiedad del Contratante, a quien el Proveedor de Servicios los entregará a más tardar al término del Contrato, junto con un inventario pormenorizado de todos ellos. El Proveedor de Servicios podrá conservar una copia de dichos documentos y programas de computación. En las CEC se indicará cualquier restricción acerca del uso de dichos documentos, programas de computación y/o licencias en el futuro. |
El Proveedor de Servicios pagará al Contratante la liquidación de daños y perjuicios de acuerdo a la tarifa diaria establecida en las CEC por cada día de atraso en la prestación del servicio dentro de los plazos establecidos en el Contrato. El monto total a pagar por la liquidación de los daños y perjuicios no excederá el monto definido en las CEC. El Contratante puede deducir la liquidación de los daños y perjuicios de los pagos que se adeudan al Proveedor de Servicios. El pago de la liquidación de daños y perjuicios no afectará las responsabilidades del Proveedor de Servicios. | |
Si la Fecha Estimada de Terminación se amplía después de que los daños y perjuicios fueron liquidados, el Contratante deberá corregir cualquier exceso de pago de los daños y perjuicios por el Proveedor de Servicios ajustando el siguiente pago. El Proveedor de Servicios deberá recibir pago de intereses sobre el excedente, calculado a partir de la fecha de pago a la fecha de devolución, en las tasas especificadas en la Cláusula 6.5 de las CGC. |