TERMINACIÓN Cláusulas de Ejemplo
TERMINACIÓN. La persona prestadora puede terminar el contrato de servicios públicos domiciliarios por mutuo acuerdo o por incumplimiento del contrato de servicios públicos domiciliarios únicamente en los casos dispuestos en el régimen legal vigente.
TERMINACIÓN. El Contrato podrá ser terminado por el Afiliado al final del Período Inicial o de cualquier Período de Renovación mediante notificación por escrito de su intención de no renovar el contrato en un plazo no mayor a 90 (noventa) días naturales antes de la terminación del Período Inicial o de cualquier Período de Renovación a excepción a la terminación anticipada del Afiliado como lo establece la Cláusula Octava y Décima Novena. No obstante, lo anterior, el Adquirente podrá dar por terminado el Contrato de manera anticipada en cualquier momento y sin necesidad de expresión de causa, ni responsabilidad alguna de su parte, y sin necesidad de declaración judicial, bastando para ello un aviso previo por escrito al Afiliado con al menos 10 (diez) días naturales anticipación a la fecha en que pretenda que surta efectos dicha terminación Adicionalmente a lo anterior, cuando el Afiliado no haya registrado Transacción alguna a través de los Dispositivos Electrónicos en un período de 30 (treinta) días naturales o bien si el volumen de transacciones operadas es insuficiente a juicio del Adquirente, el Adquirente se reserva el derecho de: (i) bloquear el número de afiliación asignado al Afiliado como identificativo para la operación de aceptación de tarjetas, lo cual puede implicar que se inhiba la operación en las Terminales; o (ii) Dar por terminado el presente Contrato sin responsabilidad alguna de su parte con un aviso previo conforme se indica en la presente Cláusula. Asimismo, el Adquirente podrá suspender de manera temporal el Servicio de Adquirente, a su entera discreción, con una casusa razonable y sin que medie resolución judicial, bastando para ello un aviso previo por escrito al Afiliado con al menos 10 (diez) días naturales anticipación a la fecha en que pretenda que surta efectos dicha suspensión. Sin perjuicio a lo anterior, si existen adeudos pendientes por cubrir de la Contraprestación o Contracargos, el Afiliado autoriza expresamente que el Adquirente instruya a la Institución Financiera correspondiente a cargar en la Cuenta Designada, y en caso de no existir fondos suficientes en la Cuenta Designada, podrá el Adquirente cargarlos a través del Fondo de Reserva, o por medio de cualquier garantía vigente que este a favor del Adquirente.
TERMINACIÓN. El pago total ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ y de los intereses y comisiones dará por concluido este Contrato y todas las obligaciones que de él se deriven.
TERMINACIÓN a. El Proveedor conoce que las órdenes de compra y programas existentes entre el Comprador y el cliente de éste son abiertos, en el sentido de que pueden terminar cuando el cliente final no tenga ya necesidad de aprovisionarse de piezas, sin obligación de indemnización o preaviso por parte del cliente final al comprador. En consecuencia, en dicha circunstancia, el Proveedor acepta que el Pedido podrá verse interrumpido en cualquier momento, sin obligación de indemnización por parte del Comprador quien, si es posible, avisará al Proveedor con antelación.
b. Será además posible la terminación anticipada, a voluntad ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ y sin responsabilidad, con un preaviso de un (1) mes, en los siguientes casos: Cuando ▇▇▇▇▇▇▇ puede abastecerse del producto o servicio internamente, a través de compañías del grupo, o vinculadas. Cuando ▇▇▇▇▇▇▇ encuentre un proveedor más competitivo, en calidad, entrega o precio, y las condiciones no sean igualadas por el Proveedor. Cuando el cliente final ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇ solicite el cambio de Proveedor. En caso de descenso de la carga productiva ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, o variaciones sustanciales del contrato entre ▇▇▇▇▇▇▇ y su cliente que afecten al Pedido.
c. En caso de incumplimiento del Proveedor, ▇▇▇▇▇▇▇ podrá resolver el Pedido con efectos inmediatos. Se considerará incumplimiento: El incumplimiento grave de las condiciones generales o particulares del Pedido. El incumplimiento reiterado de las condiciones generales o particulares, especialmente, en lo relativo a indicadores de entrega, calidad, Quality Agreement y/o PPM Agreement. El mero incumplimiento de obligaciones esenciales, en lo tocante a calidad, Seguridad Social, normas de prevención de riesgos laborales, o normas de ética y cumplimiento normativo.
d. En caso de finalización del Pedido, a la fecha de terminación establecida, el Proveedor se obliga a: Restituir el material que tuviera en depósito, así como la documentación asociada al Pedido. Entregar ▇ ▇▇▇▇▇▇▇ todos los productos terminados conformes, que serán pagados por éste. En caso de ser necesario, ▇▇▇▇▇▇▇ podrá solicitar al Proveedor un lote de seguridad, que será también pagado al precio establecido. Colaborar para una rápida transición, si el Pedido es adjudicado a un tercero. Abonar, en su caso, las penalizaciones exigidas y/o daños y perjuicios causados. El pago de los mismos podrá realizarse mediante compensación.
TERMINACIÓN. XOOM podrá cancelar el presente Acuerdo mediante la notificación por escrito 30 días a la fecha de su intención de finalizar el servicio si usted no cumple con cualquiera de los términos y condiciones de este Acuerdo, incluyendo el pago, independientemente si o no la razón de la terminación se resuelva después de la notificación. XOOM puede cancelar este Acuerdo si el uso del servicio de energía eléctrica cambia sustancialmente. La terminación puede tomar dos o más ciclos de facturación por su EDC, y mientras que la cancelación se lleva a cabo, usted sigue siendo responsable por el pago de la energía eléctrica que consume.
TERMINACIÓN. Usted puede terminar el contrato en cualquier momento sin penalidades. Para esto debe realizar una solicitud a través de cualquiera de nuestros Medios de Atención mínimo 3 días hábiles antes ▇▇▇ ▇▇▇▇▇ de facturación (su corte de facturación es el día de cada mes). Si presenta la solicitud con una anticipación menor, la terminación del servicio se dará en el siguiente periodo de facturación. Así mismo, usted puede cancelar cualquiera de los servicios contratados, para lo que le informaremos las condiciones en las que serán prestados los servicios no cancelados y actualizaremos el contrato. Así mismo, si el operador no inicia la prestación del servicio en el plazo acordado, usted puede pedir la restitución de su dinero y la terminación del contrato.
TERMINACIÓN. El Asegurado podrá poner término anticipado a la póliza, salvo las excepciones legales, comunicándolo al Asegurador por cualquier forma establecida en el artículo 17. El Asegurador podrá poner término anticipado a la póliza, por las siguientes causales: i) por la transferencia, a título universal o singular, de la materia asegurada, caso en el cual se aplicará lo dispuesto en el artículo 560 del Código de Comercio; ii) por la declaración de quiebra del Asegurado, caso en el cual se aplicará la disposición del artículo 540 del Código de Comercio; iii) si el interés asegurable no llegare a existir ▇ ▇▇▇▇▇▇ o fuese transferido durante la vigencia del seguro, caso en el cual se aplicará lo dispuesto en el artículo 520 del Código de Comercio; y iv) por las demás causales que las partes hayan convenido en las Condiciones Particulares de la póliza. El Asegurador siempre deberá expresar las causas que justifiquen la terminación anticipada de la póliza. La terminación del seguro se producirá a la expiración del plazo de treinta días contado desde la fecha de envío de la respectiva comunicación. Además, el seguro termina por la pérdida o destrucción de la mercadería asegurada o si el riesgo se extingue después de celebrado el contrato, sea que el evento tenga o no cobertura en esta póliza, y por las causales previstas en los artículos 5, 6 y 8 de estas Condiciones Generales, cuando concurran las circunstancias para ello.
TERMINACIÓN. 28.1. Causales de terminación Este contrato terminará y cesarán los derechos de EL CONTRATISTA, en cualquiera de los casos enunciados a continuación:
TERMINACIÓN. El Comprador podrá dar por terminado inmediatamente todo o parte de la Orden de Compra en cualquier momento por cualquier motivo o por conveniencia, previa notificación al Vendedor. El Vendedor deberá inmediatamente, y hará que sus proveedores y subcontratistas, detengan todo trabajo respecto de la parte de la Orden de Compra que se dé por terminada. El Vendedor deberá presentar una reclamación de terminación completa con suficientes datos de respaldo al Comprador dentro de los 30 días siguientes a la fecha efectiva de la terminación. El Vendedor deberá presentar toda la información de soporte que el Comprador solicite. Si dichos materiales son entregados al Comprador, el Comprador pagará al Vendedor el precio que no haya sido pagado y corresponda a: (a) bienes y servicios terminados; y (b) los costos reales de los trabajos en proceso y de las materias primas, incurridos por el Vendedor para suministrar los bienes y servicios al amparo de esta Orden de Compra, en la medida en que sean razonables y debidamente atribuibles o distribuibles, según los principios contables generalmente aceptados, a la parte terminada de esta Orden de Compra, menos el valor o costo razonable (lo que sea mayor) de los bienes o materiales utilizados o vendidos por el Vendedor con el consentimiento del Comprador. El Comprador no pagará: (a) los productos terminados, las obras en proceso o las materias primas que excedan de esta Orden de Compra o de la Instrucción de envío; (b) las cantidades que estén sujetas a una condición suspensiva en el plan de entregas enviado por el Comprador; (c) mercancías no entregadas que estén en el inventario estándar del Vendedor o que sean fácilmente comercializables; (d) reclamaciones por parte del Vendedor o de los subcontratistas del Vendedor por lucro cesante anticipado, gastos generales no absorbidos, intereses sobre demandas, costos de desarrollo e ingeniería de productos, costos de instalación y reajuste de equipo o alquiler, costos de amortización no amortizados y costos generales y administrativos derivados de terminación; (e) costos incidentales y otros costos que podrían haberse the event of cancellation, Buyer shall not be liable to Seller for any amount, and Seller shall be liable to Buyer for all damages, direct or indirect, consequential and incidental, including attorney’s fees, sustained by reason of the default which gave rise to the cancellation, including, but not limited to, any costs incurred by Buyer as a result of obtaining go...
TERMINACIÓN. El presente contrato puede terminarse por mutuo acuerdo o de manera unilateral por parte de la PERSONA PRESTADORA, ante el incumplimiento del contrato en los casos dispuestos en el régimen legal vigente.
