Contract
CONTRATO DE ADHESIÓN PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS QUE CELEBRAN POR UNA PARTE UNIVERSIDAD CAROLINA, A.C., A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL “PROVEEDOR”, Y POR LA OTRA
, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL “CONTRATANTE”, <<CON EL CONSENTIMIENTO DE SU PADRE O TUTOR DE NOMBRE>> AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
DECLARACIONES:
I. Declara el “Proveedor”:
a) Ser una persona moral legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas, lo que se acredita con el testimonio de la escritura pública número 48, de fecha 00 xx xxxxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx del Lic. Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Notario público número 21, en el Distrito Judicial de Saltillo, e inscrita en el Registro Público de la propiedad y del Comercio bajo la partida número 343 del libro 1207, y que el C. Xxxxxxx Xxxx de Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx en su carácter de representante legal y que en este acto interviene con las facultades que a la firma del presente Contrato no le han sido revocadas, modificadas o limitadas. Dentro de las actividades que constituyen su objeto social, se encuentra prevista la de impartir educación básica, media superior, y superior, con la autorización y reconocimiento de validez oficial, otorgado por las autoridades de educación competentes; así como cumplir con los planes y programas y calendarios de las actividades educativas oficiales; autorizar expedir y emitir, constancias y certificaciones para el otorgamiento a su alumnado de grados académicos por las autoridades educativas. Así mismo, manifiesta, contar con los elementos, herramientas e instalaciones adecuadas y con el personal docente con experiencia suficiente para obligarse a lo estipulado en el presente Contrato.
b) El domicilio del Plantel en el cual se prestará el Servicio Educativo se encuentra ubicado en Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx xxxxxx 000, xxxx xxxxxx, en esta ciudad de Saltillo, Coahuila xx Xxxxxxxx, el cual señala como domicilio para todos los efectos legales del presente Contrato.
c) Cuenta con Registro Federal de Contribuyentes con la clave UCA140214PE0
d) Se encuentra incorporada ante la Secretaría de Educación Pública del Estado de Coahuila xx Xxxxxxxx, bajo el acuerdo número <<COLOCAR EL NÚMERO DE ACUERDO RVOE SEGÚN EL SERVICIO QUE SE ESTE CONTRATANDO>>, de fecha
del mes de del año , para impartir la educación a nivel(es)
.
e) Cuenta con la infraestructura que satisface las condiciones higiénicas, de seguridad y pedagógicas requeridas, así como con el personal con la preparación adecuada para prestar los servicios materia del presente Contrato.
i) Informó y explicó al Contratante el reglamento interno de la universidad, el cual especifica las reglas internas y el comportamiento que el Alumno se obliga a cumplir en las instalaciones del Proveedor, así como en las actividades extracurriculares que el Alumno realice.
g) Hizo del conocimiento al Contratante el Acuerdo que Establece las Bases Mínimas de Información para la Comercialización de Servicios Educativos que prestan los Particulares, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 xx xxxxx de 1992.
II. Declara el “Contratante” que:
a) Es una persona física mayor de edad, de nombre , con nacionalidad
, y capacidad jurídica para obligarse en los términos del presente Xxxxxxxx, quien para este acto se identifica con , con número de folio .
<<ESTA CLAUSULA CAMBIARA EN CASO DE QUE LOS ESTUDIOS SE CONTRATEN CON UN ALUMNO MENOR DE EDAD, PARA QUEDAR COMO SIGUE>>
a) Es una persona física menor de edad, representada en este acto por su padre o tutor de nombre , con nacionalidad , y capacidad jurídica para obligarse en los términos del presente Contrato, quien para este acto se identifica con , con número de folio .
b) Su domicilio se encuentra ubicado
, Código Postal
, en la ciudad de , el cual señala como domicilio convencional para todos los efectos legales del presente Contrato.
c) Recibió del “Proveedor” toda la información relativa al Servicio Educativo objeto del presente Contrato, así como el reglamento interno de la universidad, el mismo que conoce, entiende y firma de conformidad.
III. Declara(n) el/los “Padre(s) o Tutor”:
a) Es una persona física de nombre , de nacionalidad
, y que conforme a las disposiciones aplicables, ejerce la patria potestad o en su caso la tutela, sobre el Alumno de nombre
; y que en virtud de ello se encuentra facultado para tomar las decisiones relativas a la educación que éste recibirá conforme a lo estipulado en el presente Contrato.
b) Su domicilio se encuentra ubicado en la calle , número , Colonia
, Delegación , Código Postal , en la ciudad de , el cual señala como domicilio convencional para todos los efectos legales del presente Contrato.
c) Recibió del “Proveedor” toda la información relativa al Servicio Educativo objeto del presente Contrato, así como el reglamento interno de la universidad, el mismo que conoce, entiende y firma de conformidad.
d) Derivado del inciso anterior, es su voluntad inscribir al Alumno
, en el plan de estudios de , del ciclo escolar .
Estipulado lo anterior se expresan las siguientes clausulas:
CLAUSULAS
PRIMERA.- CONSENTIMIENTO DE LAS PARTES. Para efectos de este contrato el Proveedor se obliga a prestar el Servicio Educativo, cuya descripción se encuentra en el ANEXO UNO del presente, y el Contratante en consecuencia, a pagar un precio cierto y determinado. Por lo que al momento de la firma del presente contrato las partes de adhieren a las condiciones estipuladas por él y las disposiciones a la que el mismo remita.
SEGUNDA.- CONTRAPRESTACIÓN. Como contraprestación por el Servicio Educativo objeto del presente Contrato, el Contratante pagará al Proveedor la cantidad total de
$ . ( Pesos / M.N.). La forma, lugar y condiciones de pago se encuentran descritos en el ANEXO UNO del contrato.
TERCERA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- Son causas de terminación anticipada del presente Contrato que el Contratante antes de que se haya iniciado la prestación del Servicio Educativo avise al Proveedor que no requiere del Servicio Educativo, lo que debe de realizar por escrito con por lo menos 15 (quince) días de anticipación.
El mismo término tendrá el Proveedor para informar al Contratante que no se renovará los servicios educativos que se contrataron en razón de que la conducta del mismo va en contra de las políticas de la universidad y las condiciones dadas a conocer para el inicio de los servicios educativos entre las partes.
CUARTA.- REINSCRIPCIÓN.- La devolución de algún concepto de la contraprestación cuando se trate de la reinscripción del Contratante, se ajustará a las circunstancias que se presenten en el momento de la solicitud de la misma, siempre y cuando no haya iniciado la prestación del servicio educativo del ciclo escolar que siga, no se tengan adeudos de ningún tipo y se esté cumpliendo con la cláusula tercera de la terminación anticipada.
QUINTA.- CAUSAS DE RESCISIÓN. Las partes contratantes reconocen que las causas de rescisión son las estipuladas en el ANEXO UNO, por lo que conocidas y firmadas de conformidad liberan de responsabilidad al Proveedor por la suspensión del servicio educativo.
SEXTA.- TERMINOS Y CONDICIONES GENERALES. El Contratante y el padre y/o tutor aceptan las condiciones y términos del presente contrato, el reglamento interno de la universidad y las disposiciones que de ella emanen. Las dudas, inquietudes, solicitudes o consultas que desee realizar respecto de estos temas se harán por escrito, obteniendo respuesta por la misma vía en un plazo no mayor a 15 (quince) días hábiles.
SÉPTIMA.- CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.- El Proveedor se reserva su derecho de hacer exigible el cumplimiento de las obligaciones de pago contraídas en el presente contrato, en la vía legal alterna que considere idónea.
OCTAVA.- CANCELACIÓN DEL CONTRATO.- El contratante podrá cancelar el presente Contrato, sin responsabilidad y penalización alguna de su parte, dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la firma del presente Contrato, en cuyo caso El proveedor se obliga a reintegrar todas las cantidades que le hubiere entregado El contratante en un plazo igual al indicado en la presente Cláusula. La cancelación deberá hacerse de manera
escrita en el domicilio de El proveedor, o bien, por correo registrado o certificado, tomando como fecha de revocación la de recepción para su envío. La cancelación aplica, siempre y cuando el servicio objeto del contrato no se haya empezado a prestar.
NOVENA.- PROCEDIMIENTO PARA QUEJAS Y RECLAMACIONES. El Contratante
podrá interponer queja o reclamación siguiendo las disposiciones relativas a ella en el reglamento de la universidad que ha sido dado a conocer con anterioridad a la celebración del presente contrato y a que el Contratante firmó de conocimiento y conformidad.
DÉCIMA.- COMPETENCIA. Para todo lo relativo a la interpretación, aplicación y cumplimiento del presente Contrato, las Partes acuerdan someterse en la vía administrativa a la Procuraduría Federal del Consumidor, y en caso de subsistir diferencias, a la jurisdicción de los tribunales competentes del lugar donde se celebra este Contrato.
Leído que fue y una vez hecha la explicación de su alcance legal y contenido, este Contrato se firma por duplicado en cada una de sus hojas y al calce, en la Ciudad de
, , a los días del mes de del año , entregándosele una copia del mismo a el Contratante.
El Proveedor El Contratante
Testigo Padre o tutor
ANEXO UNO
En el presente anexo se describen todos los servicios y condiciones incluidos dentro del contrato pactado entre el Contratante y el Proveedor, mismo que formara parte integral del contrato de servicios educativos, en los siguientes términos:
GLOSARIO.- Para los efectos de este Contrato, se entiende por:
a) Alumno: La persona física que recibe del proveedor el servicio educativo a cambio de un precio cierto y determinado.
b) Anexo: Es la descripción detallada de lo que contempla el servicio educativo, así como la mensualidad que deberá de cubrir el Contratante como resultado del costo total correspondiente a lo estipulado en el presente Contrato.
c) Contratante: Persona física que paga un precio cierto y determinado por el servicio educativo otorgado por el Proveedor.
d) Padre(s): Persona que por razón de parentesco consanguíneo ejerce la patria potestad sobre el Alumno.
e) Proveedor: La persona física o moral que ofrece el servicio educativo mediante el cobro de un precio cierto y determinado.
f) Servicio Educativo: Es el servicio de enseñanza que, conforme a los planes de estudio el proveedor se obliga a prestar al alumno, correspondiente al año lectivo, nivel y turno estipulados en el presente Contrato.
g) Tutor: Para efectos del presente Contrato se entenderá como tal, a la persona física designada por autoridad competente como representante legal del Alumno.
h) Universidad: Es el sitio en el cual el Proveedor prestará el Servicio Educativo al alumno.
Descripción del servicio.
Las Partes acuerdan que el objeto del presente Contrato, corresponde al Servicio Educativo que el Proveedor se obliga a prestar a favor del Alumno cuyos datos se detallan a continuación:
Apellido paterno Apellido materno Nombre(s)
Edad
Nombre del plan de estudios Ciclo escolar
Turno
Forma, lugar y condiciones de pago.
• El Proveedor no podrá hacer el cobro por servicios que no se encuentren contemplados en el presente Contrato y su Anexo; salvo aquellos que sean solicitados por escrito al Contratante.
• El Proveedor podrá incrementar las colegiaturas durante el ciclo escolar, siempre y cuando se acuerde con la mayoría de los padres de familia, tutores o usuarios del Servicio Educativo, para lo cual se deberá llevar a cabo una convocatoria que a efecto se emita y deberá de tener acuse de recibido de dicha convocatoria, así como el documento de aceptación del incremento de las colegiaturas.
• Los pagos correspondientes se realizaran los antes del día 5 (cinco) de cada mes, después de esta fecha estipulada se cobraran $10.00 (Diez pesos 00/100 Moneda Nacional), por cada día de atraso.
• Respecto del otorgamiento de beca, se hace de conocimiento del “CONTRATANTE” y/o su “PADRE O TUTOR”, que el cobro a cubrir que señale la universidad será única y exclusivamente respecto del estudio socioeconómico que se realiza como parte del análisis correspondiente.
• El contratante conoce que en caso de que se incumpla con el pago de las colegiaturas se tomaran por parte de la institución las siguientes medidas:
1. Cuando se incumpla con un mes en pago de los servicios educativos, no se le permitirá realizar las evaluaciones correspondientes y no se permitirá el acceso a sus calificaciones en el sistema con el que trabaja la universidad.
2. Cuando se incumpla con dos meses en pago de los servicios educativos, además de lo descrito en el numeral anterior, se dará de baja el correo institucional proporcionado por la universidad.
3. Cuando se incumpla con tres meses en pago de los servicios educativos, además de lo descrito en los numerales anteriores, se suspenderá de manera definitiva los servicios educativos contratados con el Proveedor.
Es importante hacer mención que el Contratante sabe y conoce que aunque podrá seguir tomando clases hasta que se suspenda el servicio educativo por la falta de pago, los mismos ya no estarán reconocidos por la universidad y por tanto se dejara de reportar su matrícula a la Autoridad Educativa.
Así mismo se reconoce por el Contratante que en caso de requerir documentación académica por parte de la universidad (certificados de estudios totales o parciales,
constancias, historiales académicos, etc.), el alumno deberá cubrir las cuotas correspondientes por concepto de pago de derechos y las diligencias de gestoría que se tienen que se realizan ante las autoridades educativas correspondientes. Este concepto no se debe confundir con la documentación personal que el Contratante haya proporcionado a la universidad ara su inscripción.
De la misma manera se tiene que saber que a los montos establecidos por el servicio educativo se la adicionaran los siguientes conceptos:
1. Al pago con cheque y tarjeta se cobrara un 3% (tres por ciento) adicional debido a la comisión retenida por el banco.
2. En caso que el cheque rebote se cobrara un 20% (veinte por ciento) adicional.
3. Seguro escolar por este concepto se cubrirá un monto de $400.00 (cuatrocientos pesos 00/100 Moneda Nacional). Mismo que se deberá de cubrir en dos exhibiciones que serán los meses de enero y agosto de cada año escolar.
4. Al culminar sus estudios el Contratante cubrirá una cuota adicional por los gastos de graduación, tarifa que dará a conocer en el momento oportuno.
CAUSAS DE RESCISIÓN.- SERÁN CAUSA DE RESCISIÓN DEL PRESENTE CONTRATO, LAS SIGUIENTES:
CONTRATANTE
a) El incumplimiento a cualquiera de las obligaciones siguientes:
OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE.
1. Entregar la documentación solicitada por la universidad para la inscripción del Alumno, misma que deberá ser legítima.
2. No cumplir oportunamente con el pago de los montos establecidos y convenidos como contraprestación previstos en este Contrato
3. Colaborar con el Proveedor en las actividades que éste realice en beneficio de la educación del Alumno.
4. Participar conforme al Reglamento de la universidad y las disposiciones que de él emanen, en el tratamiento de los problemas de conducta y aprendizaje del Alumno.
5. Cumplir con las obligaciones establecidas en el Reglamento de la universidad.
b) El incumplimiento con la obligación de pago de 3 (tres) o más colegiaturas continuas, equivalente a cuando menos 3 (tres) meses.
PROVEEDOR:
a) El incumplimiento a cualquiera de las obligaciones establecidas a continuación:
OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR:
1. Presentar a los Padres, Tutores por conducto de la asociación de padres de familia o su equivalente, los ajustes a los diferentes conceptos de cobro para el ciclo escolar siguiente, cuando menos 60 (sesenta) días antes del periodo de reinscripción.
2. No incrementar las colegiaturas pactadas durante el periodo escolar.
3. No establecer cuotas o aportaciones extraordinarias a las Padres, Tutores o Alumnos. En caso de que sea solicitado algún donativo en efectivo o especie, éste tendrá el carácter de estrictamente voluntario.
b) El cobro forzoso por conceptos adicionales que no correspondan a la prestación del Servicio Educativo necesario para que el Alumno pueda cumplir con los planes y programas de estudios.
c) En caso de que les sea retirado la autorización y/o el reconocimiento de validez oficial correspondiente.
d) Si el Proveedor es declarado en quiebra por sentencia ejecutoriada.
Las Partes no serán responsables de cualquier atraso o incumplimiento del presente Contrato, cuando el mismo sea resultado de caso fortuito o fuerza mayor.
Se entiende por caso fortuito o causa de fuerza mayor, aquellos hechos o acontecimientos ajenos a la voluntad de Las Partes, siempre y cuando, dichos hechos o acontecimientos sean imprevisibles, irresistibles, insuperables, actuales y no provengan de alguna negligencia o provocación de alguna de “Las Partes. En caso de que alguna de Las Partes se encuentre imposibilitada para cumplir con el presente Contrato, deberá de hacerlo del conocimiento de la otra parte por escrito en un plazo no mayor a 10 (diez) días hábiles.
Las partes convienen que el presente Contrato tiene el carácter de confidencial, por lo que el Proveedor se obliga a mantener los datos del Contratante con tal carácter y únicamente podrá ser revelada la información contenida en el mismo por mandamiento de autoridad competente; de igual forma el Proveedor se obliga a no ceder o transmitir a terceros con fines mercadotécnicos, publicitarios o de cualquier otra índole los datos e información proporcionada por el Contratante con motivo del presente Contrato, ni enviar publicidad sobre los bienes y servicios, salvo que conste la autorización expresa del Contratante en el presente Contrato.
Aviso de privacidad.
Previo a la firma del presente Contrato y en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, el Proveedor hizo del conocimiento al Contratante del aviso de privacidad, así como del procedimiento para ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición al tratamiento de sus datos personales en adelante.
El Proveedor El Contratante
Testigo Padre o tutor