Contrato Administrativo Municipalidad de Chiantla, Huehuetenango
Contrato Administrativo
Municipalidad de Chiantla, Huehuetenango
CONTRATO DE “CONSTRUCCION DE COCINA + COMEDOR, DE LA ESCUELA DEL CASERIO LA XXXXXX, XXXXX TAJUMUCO”, CHIANTLA, XXXXXXXXXXXXX. - - - - - - - - - - - -
CONTRATO XXXXXXXXXXXXXX Xx. 00-0000:
En el municipio de Chiantla del departamento de Huehuetenango, a los treinta y un días del mes de enero del año dos mil cinco, constituidos en el Despacho Municipal ante el señor Alcalde Municipal Técnico Universitario Xxxxx Xxxx xxx Xxxxx Xxxxxxx y secretario Xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, presentes los señores: por una parte el señor XXXXXX XXXX XXXX XXXX, de cincuenta años de edad, casado, guatemalteco, Profesor de Enseñanza Media, originario y vecino de esta Villa de Chiantla, quien se identifica con cédula de vecindad Número de orden Eme guión trece (M-13) y de registro número trece mil ciento sesenta y cuatro extendida por la Alcaldía Municipal de Chiantla, actúo en calidad de SINDICO MUNICIPAL I, de este municipio, como lo acredita con la certificación del acta número cero tres guión dos mil cuatro de fecha quince de enero de dos mil cuatro, en donde consta la toma de posesión del cargo, ya que el Honorable Consejo Municipal Acordó nombrarme en representación de la Municipalidad, para suscribir el presente contrato, como consta en el acta de sesión ordinaria número veintitrés guión dos mil cuatro, según acuerdo número cero cero cinco guión dos mil cuatro, contenido en el punto sexto de dicha acta, de fecha diecisiete xx xxxx de dos mil cuatro, con la CONSTRUCTORA “MERIDA & MERIDA CONSTRUCTORA”, cuyo representante legal es el señor XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX, relativo al proyecto: ““CONSTRUCCION DE COCINA + COMEDOR, DE LA ESCUELA DEL CASERIO LA XXXXXX, XXXXX TAJUMUCO”, CHIANTLA, HUEHUETENANGO”, que en lo sucesivo se le denominará LA MUNICIPALIDAD, y por la otra parte el señor XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX de treinta y siete años de edad, casado, guatemalteco, agricultor, con instrucción, originario y vecino del municipio de Huehuetenango, de este departamento, identificado con la cédula de vecindad número de orden eme guión trece (M-13), y de registro treinta y dos mil novecientos ochenta y seis (32986), extendida en la Municipalidad de Huehuetenango, del Departamento de Huehuetenango, actúo y comparezco en mi calidad de Representante legal de la empresa CONSTRUCTORA “MERIDA & MERIDA”, de acuerdo con la Patente de Comercio número: DOSCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES, (286853), Folio, SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE, (647), Libro: DOSCIENTO CUARENTA Y OCHO, (248), Categoría Única, expedida por el Registro Mercantil de la República de Guatemala, y que en lo sucesivo se le denominará EL CONTRATISTA, ambos comparecientes aseguran ser de las generales antes indicadas y encontrarse en el libre de sus derechos civiles y por el presente acto viene a suscribir el presente contrato de obra, de acuerdo a las siguientes cláusulas: PRIMERA: BASE LEGAL: El presente contrato se suscribe con fundamento en aprobación del proyecto, según su acta No. 02-2005 Punto QUINTO, acuerdo 02-2005, del Procedimiento de Cotizaciones, al tenor de lo que para el efecto establece la Ley, y que en lo sucesivo se le llamará únicamente “LA LEY” y “REGLAMENTO” respectivamente, así mismo a las bases de cotización de cuyo resultado previa calificación de Ofertas, de la Junta Municipal de Cotizaciones, adjudicó los trabajos a la empresa CONSTRUCTORA “MERIDA & MERIDA”; aprobada mediante Acuerdo número 08-2005, contenido en el punto QUINTO, numeral IV del acta número: 03-2005 por el Concejo Municipal. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO: El contratista se compromete a ejecutar para la MUNICIPALIDAD los trabajos de ““CONSTRUCCION DE COCINA + COMEDOR, DE LA ESCUELA DEL CASERIO LA XXXXXX, XXXXX TAJUMUCO”, CHIANTLA, HUEHUETENANGO”, construcción que ejecutará de conformidad con las medidas, planos y las especificaciones generales, técnicas y disposiciones especiales que para el efecto fueron elaborados, sin embargo podrán efectuarse las modificaciones que sean necesarias, de mutuo consentimiento, para su normal funcionamiento a efecto las haga más congruentes con las construcciones existentes, de acuerdo a los siguientes renglones de trabajo:
Cantidad | Unid. Medida | MATERIALES: | P. U. | COSTO TOTAL |
143 | Sacos | Cemento gris | 42.00 | 6006.00 |
13 | M3 | Arena de rio | 325.00 | 4225.00 |
9.66 | M3 | Piedrin | 325.00 | 3139.50 |
6.25 | M3 | Material selecto | 280.00 | 1750.00 |
125 | U | Ladrillo tayuyo | 1.20 | 150.00 |
38 | Var | Hierro de ½” | 33.00 | 1254.00 |
170 | Var | Hierro de 3/8” | 20.75 | 3529.00 |
154 | Var | Hierro de ¼” | 9.31 | 1433.74 |
72 | Lbs | Alambre de amarre | 2.75 | 198.00 |
44 | U | Tabla de 1”x12”x10` | 30.00 | 1320.00 |
25 | U | Paral de 3”x3x10` | 30.00 | 750.00 |
25 | Lbs | Clavo de diferente medida | 3.00 | 75.00 |
521 | U | Block de 0.15x0.20x0.40 | 3.00 | 4563.00 |
64 | M2 | Piso mosaico | 42.00 | 2688 |
20 | U | Costaneras tipo c-28 2”x4”x20” | 160.00 | 3200.00 |
1 | Global | Pernos + platinas | 850.00 | 850.00 |
40 | U | Lamina de zinc c-28 de 11` | 44.75 | 1790.00 |
40 | U | Lamina de zinc c-28 de 12` | 49.00 | 1960.00 |
8 | U | Capotes | 21.00 | 168.00 |
180 | U | Pernos de fijación | 5.75 | 1035.00 |
26.46 | M2 | Ventaneria de metal+ vidrio de 3mm | 425.00 | 11245.50 |
1 | U | Puerta de metal de 2.00x2.10m | 1800.00 | 1800.00 |
1 | Global | Material para electricidad | 2900.00 | 3520.00 |
1 | U | Plancha de metal para estufa de leña | 475.00 | 475.00 |
1 | U | Lava trastos | 650.00 | 650.00 |
1 | Global | Accesorios para instalación de lava trastos | 200.00 | 200.00 |
MANO DE OBRA CALIFICADA | ||||
66 | M2 | Trazo y estaqueado | 7.00 | 462.00 |
7 | U | Fundición de zapatas tipo 1 (0.80mx0.80x0.20) | 165.00 | 1155.00 |
34 | Ml | Cimiento corrido de 0.20mx0.40m | 115.00 | 3910.00 |
21.42 | M2 | Sobrecimiento | 95.00 | 2034.90 |
45 | Ml | Solera hidrófugo | 85.00 | 38.25 |
88.20 | M2 | Levantado de block | 93.00 | 8202.60 |
31.52 | Ml | Fundición de columnas “A” 0.15x0.20m | 95.00 | 2994.40 |
44.96 | Ml | Fundición de columnas “B”0.15x0.15m | 94.00 | 4226.24 |
6.72 | Ml | Fundición de columnas “A”0.10x0.15m | 80.00 | 537.60 |
43 | Ml | Solera intermedia | 95.00 | 4085.00 |
34 | Ml | Solera corona | 115.00 | 3910.00 |
6.30 | M2 | Levantado de mojinete | 115.00 | 724.50 |
12.60 | Ml | Solera mojinete de 0.15x0.15m | 100.00 | 1260.00 |
8 | U | Construcción de vigas metálicas tipo cajuela 2x4 | 305.00 | 2440.00 |
76.56 | M2 | Montaje de estructura + cubierta de techo | 260.00 | 19905.60 |
60.99 | M2 | Xxxxxxxxxx xx xxxx xxxxxxx | 00.00 | 0000.00 |
0 | X | Xxxxxxxxxx xx xxxxxxxx | 150.00 | 1350.00 |
1 | U | Colocación de puertas | 250.00 | 250.00 |
1 | Global | Instalación eléctrica | 3526.00 | 3526.00 |
1 | U | Construcción de estufa de leña | 1253.00 | 1253.00 |
1 | U | Instalación de lavamanos | 350.00 | 350.00 |
1 | Global | TRANSPORTE DE MATERIALES | 12,558.00 | 12,558.00 |
1 | Global | GASTOS ADMINISTRATIVOS | 9,205.82 | 9,205.82 |
|
| |||
|
| |||
|
| |||
COSTO TOTAL | 149800.00 |
COSTO TOTAL DEL PROYECTO: CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS QUETZAL (Q. 149,800.00). TERCERA: VALOR DEL CONTRATO Y FORMA DE PAGO: El valor del presente contrato asciende a la Cantidad de CIENTO CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS QUETZAL (Q. 149,800.00), los cuales serán cancelados de la siguiente manera: Un anticipo 20% del monto total del proyecto, que asciende a la cantidad de VEINTINUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA QUETZALES (Q.29,960.00), y cuatro amortizaciones mas de veinte por ciento del valor del contrato, conforme a presentar avances físicos tanto de la Empresa como de la Comisión especifica de la Municipalidad y será con fondos del IVAPAZ, que el gobierno aporta a las Municipalidades. La forma de pago será como se menciona anteriormente y al finalizar el presente contrato previa aprobación del mismo de conformidad con la Ley. CUARTA: PLAZOS Y SANCIONES: El contratista se obliga a iniciar los trabajos un día después de la firma del presente contrato y se compromete a terminar totalmente y a satisfacción los trabajos en tres meses. QUINTA: CASOS FORTUITOS O FUERZA MAYOR: Los casos que ocurran considerados como fortuitos o de fuerza mayor que impidan el cumplimiento del contrato relevan a las partes de responsabilidad, debiendo producirse la comunicación escrita en la que se prueba plenamente el hecho ocurrido. La Municipalidad cubrirá el valor de las reparaciones que sean originadas por casos fortuitos o fuerza mayor, SEXTA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: a) Se obliga a ejecutar los trabajos con entera sujeción a los planos y disposiciones especiales, técnicas suministradas para el efecto, b) El contratista debe pagar los salarios a sus trabajadores y los mismos no serán inferiores a los fijados en la escala de salarios de la República de Guatemala, c) Queda obligado a inscribirse como Patrono en el Instituto Guatemalteco de Seguridad Social I.G.S.S, cubrir las cuotas correspondientes al mismo y otorgar las prestaciones a sus trabajadores, d) Deberán aportar para la ejecución de dicha obra todos los materiales, herramientas, mano de obra calificada y la supervisión. SEPTIMA: OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD: Se compromete hacer efectivo los pagos en el tiempo estipulado y de no cumplirse con el mismo exime de responsabilidad al contratista en el atraso de la entrega de la misma. OCTAVA : GARANTIAS FIANZAS: El contratista se obliga a pagar a favor de la Municipalidad las siguientes garantías: I. FIANZA DE CUMPLIMIENTO: Como requisito previo para la aplicación del presente contrato, el contratista deberá otorgar a favor de la Municipalidad de la Villa de Chiantla, departamento de Huehuetenango, en una institución afianzadora y de reconocida capacidad y solvencia económica una fianza equivalente al veinte por ciento (20%), del valor total del contrato, que garantizará con un diez por ciento (10%) el valor de la fianza, el pago de salarios y prestaciones laborales de los trabajadores que se emplean en la obra y el pago de cuotas del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, y con el noventa por ciento (90%) restante el cumplimiento del contrato de acuerdo a las especificaciones, planos y demás aspectos contractuales, así como la ejecución de la obra dentro del tiempo estipulado, dicha fianza estará vigente hasta que la Municipalidad extienda constancia de haber recibido a satisfacción los trabajos o sea la fianza de Conservación de la obra, artículos sesenta y cinco (65) de la Ley y treinta y cinco y treinta y nueve (35 y 39) del reglamento de dicho ordenamiento legal. II. FIANZA DE CONSERVACION DE LA OBRA: Esta fianza será por el equivalente al quince por ciento (15%) del valor total del contrato, como requisito previo para la recepción de la obra que cubrirá el valor de las reparaciones de las fallas y desperfectos que resultaren por causas imputables al contratista de la obra y que aparecieron durante el tiempo de responsabilidad de dieciocho meses (18) conforme indica el artículo sesenta y siete (67) de la Ley de Compras y Contrataciones del Estado. El vencimiento del tiempo de responsabilidad a que se refiere el párrafo anterior no exime al contratista de las responsabilidades por deterioro o destrucción de la Obra debido a dolo, negligencia o culpa de su parte por el plazo de cinco (5) años a partir de la fecha de recepción de la obra. III. FIANZA DE SALDOS DEUDORES: Esta será por el cinco por ciento (5%), del valor total del presente contrato y que garantizará el pago de saldos deudores a favor de la Municipalidad o de terceras personas que resultaren en la liquidación y si no hubieren Saldos deudores esta garantía será cancelada de conformidad con el artículo sesenta y ocho (68) de la Ley de Compras y Contrataciones del Estado. IV. FIANZA DE ANTICIPO, V. FIANZA DE OFERTA. LO QUE EN LEY SE ESTABLECE. NOVENA: SUBCONTRATOS Y PROHIBICIONES: El contratista no podrá Sub contratar parcial o totalmente los trabajos objeto del presente contrato quedando prohibido ceder, gravar, enajenar o traspasar en cualquier forma los derechos y obligaciones que se adquieren por este contrato. DECIMA: DECLARACION JURADA: El contratista declara bajo juramento solemne y voluntario, que en lo individual ni como persona jurídica se encuentra comprendido dentro de ninguna de las prohibiciones ni limitaciones contenidas en el artículo ochenta (80) de la Ley. DECIMA PRIMERA : INSPECCION, RECEPCION, LIQUIDACION Y FINQUITO: El contratista deberá permitir en cualquier momento que las personas designadas por La Municipalidad de la Villa de Chiantla, Contraloría General de Cuentas y otras entidades Gubernamentales inspeccionen los trabajos, si los mismos estuvieren ejecutados a entera satisfacción, el contratista hará entrega de la obra a la comisión Receptora nombrada para el efecto, la que suscribirá el acta respectiva y a la vez formulará la liquidación correspondiente de conformidad con el artículo Cincuenta y cinco (55), cincuenta y seis (56), y cincuenta y siete (57), de la Ley, y treinta (30) de su reglamento, y extienda el finiquito del presente contrato, autorizando los pagos finales y ordenando la liquidación y cancelación de la fianza respectiva. DECIMA SEGUNDA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO: El contrato se tendrá por terminado cuando ocurra cualquiera de las circunstancias siguientes. a) por vencimiento de plazo. b) Por mutuo consentimiento de las partes, c) Por casos fortuitos o de fuerza mayor debidamente comprobados. DECIMA TERCERA: CONTROVERSIAS: Los otorgantes convienen expresamente que en cualquier diferencia que surja entre las partes derivadas del presente contrato, serán resueltas a la mayor brevedad, directamente por la vía conciliatoria, caso contrario se sujetarán a la Competencia del Tribunal de lo Contencioso Administrativo señalando la Municipalidad el edificio de la misma y el contratista la dirección apuntada anteriormente para recibir citaciones y notificaciones. DECIMA CUARTA: IMPUESTOS Y RETENCIONES: El contratista de conformidad con la Ley de la materia queda obligado al pago de los impuestos correspondientes, así como a cualquier naturaleza que establezcan las Leyes del País. DECIMA QUINTA: ACEPTACION: Los comparecientes en las calidades con que respectivamente actúan, aceptan el presente contrato en todas y cada una de sus cláusulas sin hacerle modificaciones o enmienda alguna, el cual previa lectura integra por los comparecientes y bien impuestos de su contenido, objeto y demás efectos legales correspondientes, lo ratifican y firman al pie de la presente y al margen de todas las demás hojas de papel bond oficio, en el mismo lugar y fecha consignados al principio. Damos Fe
f. ___________________________________ f.__________________________________
XXXXXX XXXX XXXX XXXX XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX
SINDICO I MUNICIPAL REPRESENTANE LEGAL
CHIANTLA, HUEHUETENANGO CONSTRUCTORA “ MERIDA & MERIDA“
f. ___________________________________
XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX
SECRETARIO MUNICIPAL ___________________________________________
T.U. XXXXX XXXX XXX XXXXX XXXXXXX
XXXXXXX XXXXXXXXX
Xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxx del departamento de Huehuetenango, el día treinta y uno de enero del año dos mil cinco, como Notario, doy Fe: a) Que las firmas que anteceden son AUTENTICAS por haber sido reconocidas en mi presencia el día xx xxx por los señores XXXXXX XXXX XXXX XXXX y XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX, b) Quienes se identifican con la cédula de vecindad Número de Orden eme guión trece (M-13) y de registro doce trece mil ciento sesenta y cuatro treinta y dos mil novecientos ochenta y seis (13164 y 32,986) respectivamente, extendidas por el Xxxxxxx Xxxxxxxxx xx xx Xxxxx xx Xxxxxxxx x xx xx xxxxxx xx Xxxxxxxxxxxxx, departamento de Huehuetenango, respectivamente. c) Así como de los señores Alcalde Municipal y Secretario respectivo, T.U.. XXXXX XXXX XXX XXXXX XXXXXXX Y XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX, Cédulas eme guión trece (M-13) y registros dieciséis mil ochocientos sesenta Y veintinueve mil novecientos noventa y cuatro (16,860 y 29,994) respectivamente, amabas extendidas por el Alcalde municipal de La Villa de Chiantla. d) Los signatarios firman juntamente con el Infrascrito notario la presente acta de legalización. Doy fe.
f. ___________________________________ f.______________________________________
XXXXXX XXXX XXXX XXXX XXXXX XXXXX XXXXXX XXXXXX
SINDICO I MUNICIPAL REPRESENTANTE LEGAL
CHIANTLA, HUEHUETENANGO CONSTRUCTORA “ MERIDA & MERIDA“
f. ___________________________________
XXXX XXXXXX XXXXXX XXXXXX
SECRETARIO MUNICIPAL
f. _________________________________________
T.U XXXXX XXXX XXX XXXXX XXXXXXX
XXXXXXX MUNICIPAL