OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD. La Municipalidad se
a) Brindar apoyo logístico, espacio físico, equipo informático, servicio de secretaria, papelería, materiales cartográficos. Igualmente suministrará los estudios, datos, informes estadísticos, que se deriven de las investigaciones del PRU-GAM, que oportunamente se suministre a la Municipalidad y demás aspectos que demanda el estudio.
b) La Municipalidad deberá contratar el estudio de viabilidad ambiental y los Índices de Fragilidad Ambiental con su reglamento (de acuerdo con los requisitos preestablecidos por la SETENA) el cual debe estar listo en el momento de formular las propuestas de Zonificación, Vialidad y Reglamentación del Plan. En este sentido, es importante señalar que el trámite de aprobación por parte de la SETENA no se contabiliza dentro de la programación y el plazo preestablecido.
c) Aportar la suma de ¢ 22.800.000.00 (veintidós millones ochocientos mil colones), por concepto de costos y gastos en los que se incurra para ejecutar el presente Convenio. Como parte integral del aporte, la Municipalidad suministrara como primer pago, para el inicio de los trabajos preliminares, un 50% de la suma total que se debe cancelar. El monto restante será cancelado previo aval de la Comisión Coordinadora y del Director del Área Operativa y de Desarrollo Urbano y posterior aprobación a entera satisfacción del Concejo Municipal, según el avance del proyecto y de la siguiente forma: ≠ Contra entrega y recibido conforme de la primera (las cuales deben contener los siguientes elementos: Elaboración de objetivos, recopilación de información, formulación de diagnósticos y entrega de documentos, realización de los primeros tres talleres con la comunidad para revalidar el diagnóstico general del cantón) 25%. Para este pago las distintas instancias municipales deberán rendir los avales y aprobaciones en un plazo máximo de 30 días naturales. ≠ Contra entrega y recibido conforme de la segunda y tercera etapa final (las cuales deberán contener los siguientes elementos: Elaboración del pronóstico, realización de los tres talleres restantes para revalidar conjuntamente con la comunidad las propuestas formuladas, aprobación municipal, realización de la Audiencia Pública, revisión y respuestas de las observaciones, objeciones y consultas formuladas dentro de la audiencia Pública por parte de los diferentes actores sociales de la sociedad civil, revisión y aprobación final por parte de la Dirección de Urbanismo, aprobación final por parte del Concejo Mu...
OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD. Se compromete hacer efectivo los pagos en el tiempo estipulado y de no cumplirse con el mismo exime de responsabilidad al contratista en el atraso de la entrega de la misma.
OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD. En cumplimiento del presente Convenio, LA MUNICIPALIDAD asume los compromisos siguientes:
5.1. Reconocer y oficializar las actividades de fiscalización y asesoramiento que brinde EL JNE.
5.2. Proporcionar infraestructura y apoyo logístico, cuando así lo requiera EL JNE, para el eficiente desarrollo de las funciones de los fiscalizadores y/o especialista(s) designado(s).
5.3. Remitir a EL JNE los siguientes documentos:
5.3.1. Remitir la convocatoria a elecciones.
5.3.2. La ordenanza provincial que aprueba el reglamento electoral respectivo.
5.3.3. El acta de publicación xxx xxxxxx electoral inicial, que debe consignar la fecha de realización del acto, y el plazo que tienen los ciudadanos para solicitar rectificaciones a dicho padrón.
5.3.4. El acta de publicación xxx xxxxxx electoral definitivo.
5.3.5. La relación de listas de candidatos que postulan.
5.3.6. La dirección del inmueble donde se instalará el centro de votación y el horario de la jornada electoral.
5.3.7. Los resultados electorales una vez proclamados por el alcalde provincial.
5.4. Atender las recomendaciones que emita EL JNE en materia de fiscalización electoral, brindando información al organismo electoral sobre las medidas adoptadas para la subsanación o mejora implementada dentro del marco legal.
5.5. Entregar al personal fiscalizador copia de las actas electorales elaboradas durante el acto electoral, así como la documentación que sea requerida por el organismo electoral en el marco del proceso electoral convocado.
5.6. Otras acciones específicas que se definan de común acuerdo.
OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD. EMITIR LAS ORDENES DE SERVICIO ESPECIFICANDO LA CANTIDAD EXACTA A REQUERIR APROBAR LOS PAGOS A EFECTUAR A EL CONTRATISTA EFECTUAR LA CANCELACION DE LAS FACTURAS EN LOS PLAZOS ESTABLECIDOS.
OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD a) Efectuar los pagos de la forma convenida y como quedó anotado en la cláusula tercera del presente contrato; b) Supervisar la obra por medio de la Comisión correspondiente y el supervisor de obras de la misma, quien tendrá a su cargo la revisión final, conforme artículos: Cincuenta y Cinco, Cincuenta y Seis y Cincuenta y siete (55, 56 y 57) de la Ley, todas las supervisiones se harán constar en actas.
OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD. En virtud al presente Contrato, la MUNICIPALIDAD se obliga a cumplir las obligaciones siguientes: Designar al Inspector o Supervisor de Obra y entregar el Terreno en el cual se ejecutará la OBRA, así como el Expediente Técnico de Obra. Abonar al CONTRATISTA la suma contratada mediante valorizaciones de los metrados ejecutados y presentados, incluyendo reajustes, y de ser el caso los mayores gastos generales y adicionales aprobados. Designar al Comité de Recepción de la Obra. Recepcionar la Obra una vez culminada la misma, a través del Comité de Recepción, suscribiendo el Acta correspondiente.
OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD. LA MUNICIPALIDAD cumplirá oportunamente con los pagos solicitados por el proveedor previa autorización de las instancias respectivas.
OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD. Exigir el estricto cumplimiento del presente contrato, asimismo controlar y verificar la correcta entrega del Triplay para la Obra: Mejoramiento de la Av. Internacional tramo Av. Xxxxx Xxxxxxx – Av. Xxxxxx Xxxxxxx y Construcción de Plaza en la Asociación Urbanizadora Xxxxx Xxxxxx, a través de Unidad xx Xxxxxxx Central de la Municipalidad Distrital Alto de la Alianza y del Ingeniero Residente de la Obra, quienes contarán con autoridad suficiente para devolver el bien por incumplimiento de las especificaciones técnicas detallas, a que se refiere la Cláusula Tercera. Efectuar el pago de la contraprestación económica estipulada en la Cláusula Cuarta del presente Contrato. Recibir y otorgar la conformidad de recepción, objeto del Contrato según el artículo 233º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD. Para la prestación de los servicios objeto del presente convenio, la MUNICIPALIDAD se compromete a:
1. Establecer y mantener la arquitectura informática y de comunicaciones definida por el INS necesaria para enlazarse con el sistema informático SICSOA antes de cada periodo masivo de cobro, de manera tal que realice la carga y mantenimiento de la información de las Multas por infracciones a la Ley de Estacionómetros directamente al sistema mencionado. Para esta labor, la MUNICIPALIDAD dispondrá del siguiente equipo:
a. Un computador con procesador Intel/AMD o igual a 2.6 GHz, al menos 4 Gb de memoria RAM, disco duro con al menos 4 Gb libres,
b. Sistema operativo, WINDOWS 10 o superior, debidamente instalado y actualizado,
c. Internet Explorer versión 11 o superior o Google Chrome versión 2018 o superior, debidamente instalado y actualizado.
d. Una conexión a Internet de al menos 10 Mb.
e. Resolución de pantalla de 1.2800 x 1.024 o superior
2. Informar al INS con al menos un mes de anticipación al inicio del período masivo de cobro, por medio del Departamento de Inversiones de la Dirección Financiera, el número de la cuenta cliente en la cual el INS deberá realizar las transferencias, depósitos o acreditaciones producto de la recaudación de las Multas por infracciones a la Ley de Estacionómetros.
3. Devolver al cliente los montos de pagos repetidos o adicionales cuando el INS los haya transferido a sus cuentas, previa verificación de la existencia del hecho.
4. Coordinar con personeros del INS de previo al período de cobro masivo, la carga y remisión del detalle de la información correspondiente a las Multas por infracciones a la Ley de Estacionómetros a cobrar, a fin de brindar la correcta información al pagador.
5. De previo al inicio de cada nuevo período masivo de cobro y antes de hacer la carga de las Multas por infracciones a la Ley de Estacionómetros a cobrar, la MUNICIPALIDAD se obliga a eliminar de la base de datos de cobro las Multas por infracciones correspondientes a su conciliación anual.
6. Garantizar el adecuado manejo de la documentación objeto de este convenio y que será puesta bajo su poder.
7. Presentar al Departamento Gestión Operativa y SOA, antes del inicio del periodo masivo de cobro, el listado con los números de cédula y nombre de las personas que laboran en el servicio contratado, con el objetivo de proveer las claves de acceso al sistema SICSOA. Además, deberá actualizar cualquier cambio de personal que ocurra durante la prestación...
OBLIGACIONES DE LA MUNICIPALIDAD. La Municipalidad se obliga a aportar la información y/o gestión ante organismos oficiales requerida por la Adjudicataria relacionada al mejor cumplimiento del objeto de la presente Licitación. La Municipalidad facilitará a la adjudicataria el acceso a la base de datos sobre Patente Única de vehículos de la Administración Provincial de Impuestos, realizando a tal fin las gestiones que pudieran corresponder.