Gestión Documental. Exp: 2882/2013
Gestión Documental. Exp: 9919/2013 Asimismo, el órgano de contratación podrá recabar de los licitadores aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados a los efectos de acreditar su capacidad y solvencia, o requerirle para la presentación de otros complementarios, lo que deberá cumplimentarse en el plazo de cinco días naturales. Una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada se declararán admitidos a la licitación a los licitadores que hayan acreditado el cumplimiento de los criterios solvencia económica, financiera y técnica o profesional indicados en el pliego de condiciones haciendo declaración expresa de los admitidos a licitación, los rechazados y de las causas de su rechazo. Realizadas estas actuaciones, se abrirá, en su caso, la fase de negociación con las empresas y concluida ésta se procederá a la adjudicación valorando las ofertas resultantes de la negociación. El órgano de contracción negociará con los licitadores las ofertas que estos hayan presentado para adaptarlas a los requisitos y criterios indicados en el pliego de cláusulas administrativas particulares y en el anuncio de licitación o invitación, y en los posibles documentos complementarios, con el fin de identificar la oferta económicamente mas ventajosa. Durante la negociación el órgano de contratación velará porque todos los licitadores reciban igual trato. En particular no facilitará de forma discriminatoria información que pueda dar ventajas a determinados licitadores con respecto al resto. Plaza de España nº 1 – 28280 El Escorial (Madrid) – C.I.F. P2805400E – Teléfono: 00 000 00 00 – xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx *CBND0463269* La propuesta de adjudicación del contrato deberá efectuarse en el plazo de quince días desde la apertura de las proposiciones debiendo notificarse la misma a los licitadores y publicándose en el Perfil de contratante. La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante, cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada deberá motivar su decisión.
Gestión Documental. Desarrollar formatos de control, seguimiento y gestión documental, propendiendo por la estandarización de guías de chequeo, seguimiento y control. Para el cumplimiento, por parte del Interventor, de los términos y condiciones establecidos en el contrato de concesión y sus Apéndices y en todos y cada uno de los documentos que integran el Contrato de Interventoría, el alcance del objeto del Contrato de Interventoría incluye, sin limitarse:
a. La revisión, verificación, análisis y la emisión de conceptos de manera permanente en relación con todos los aspectos derivados del contrato de concesión, incluyendo, entre otros, los aspectos financieros, administrativos, técnicos, legales, operativos, ambientales, sociales, prediales, y de seguridad.
b. El Interventor está autorizado para (i) impartir instrucciones y órdenes al Contratista sobre aspectos regulados en el contrato de concesión que sean de obligatorio cumplimiento por parte del Concesionario. Así mismo, el Interventor podrá impartir recomendaciones que el Contratista podrá o no acoger; y (ii) Exigir al concesionario la información que considere necesaria, la cual está obligado a suministrar en un plazo máximo de veinte (20) días calendario siguientes contados a partir de la fecha de solicitud. Cuando la naturaleza de la información exigida así lo requiera, este plazo podrá ser ampliado. El Interventor podrá, si así lo estima conveniente, por la naturaleza de la información solicitada, ampliar el plazo para la entrega de la información por parte del Concesionario. En todo caso, las instrucciones, órdenes y/o recomendaciones que imparta el Interventor al Concesionario deberán hacerse por escrito y se ceñirán a lo establecido el contrato de concesión.
c. El Interventor no podrá exonerar al concesionario de sus obligaciones o responsabilidades, sin previa autorización expresa y escrita del (a) Presidente o quien haga sus veces en la Agencia Nacional de Infraestructura. Todas las comunicaciones y órdenes del Interventor serán expedidas o ratificadas por escrito, numeradas en forma consecutiva y con su respectivo sello de recibido.
d. El Interventor será el representante de la Agencia Nacional de Infraestructura frente al contrato de concesión, para lo cual deberá aplicar todas las normas técnicas y metodologías vigentes, y en general deberá aplicar todos los principios y normas de seguimiento y control aceptados en el país que resulten aplicables al Contrato de Concesión.
Examples of Gestión Documental in a sentence
MEDIO Decreto N° 561/2016, Sistema de Gestión Documental Electrónica.
INICIAL Resolución N° 3/2016 de la Secretaría de Modernización Administrativa, Gestión Documental Electrónica.
MEDIO Resolución N° 3/2016 de la Secretaría de Modernización Administrativa, Gestión Documental Electrónica.
INICIAL Resolución N° 73/2017 de la Secretaría de Modernización Administrativa, Reglamento para el Uso del Sistema de Gestión Documental Electrónica.
INICIAL Decreto N° 561/2016, Sistema de Gestión Documental Electrónica.
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Gestión Documental. Exp: 9919/2013 La presentación de una proposición supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Xxxxxx. Las proposiciones para tomar parte en la licitación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por el licitador y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Proposición para licitar a la contratación del arrendamiento de la finca municipal Xxxxx xxx Xxxxx, propiedad del Ayuntamiento de El Escorial y calificado como bien patrimonial, ubicado en el Término Municipal de San Xxxxxxx de El Escorial, para destinarlo a aprovechamiento de pastos». La denominación de los sobres es la siguiente: — Sobre «A»: Documentación Administrativa. — Sobre «B»: Proposición Económica. Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas, conforme a la Legislación en vigor. Dentro de cada sobre, se incluirán los siguientes documentos así como una relación numerada de los mismos: *CBND0463269* En el exterior del sobre deberá constar necesariamente la siguiente referencia: Plaza de España nº 1 – 28280 El Escorial (Madrid) – C.I.F. P2805400E – Teléfono: 00 000 00 00 – xxxx://xxx.xxxxxxxxxx.xx “SOBRE «A»: documentación administrativa para el arrendamiento de la Finca Municipal Xxxxx xxx Xxxxx” NIF: …. Persona de contacto: … Nº teléfono: … Fax: ………. Correo electrónico:........
Gestión Documental. Exp: 2295/2011 El Ayuntamiento podrá excluir del sistema de colaboración previsto en este pliego alguno de los conceptos de ingresos municipales arriba referidos por razones de servicio debidamente motivadas, comunicándoselo a la Entidad Gestora, y sin que ésta tenga derecho a indemnización o compensación económica alguna. De igual forma, el Ayuntamiento podrá ampliar el cobro y recaudación de otros recursos al procedimiento general y a las condiciones del presente pliego, sin que esto suponga incremento del coste del precio por recibo ofertado. El pago de los recursos municipales deberá poder realizarse en todas las Sucursales de la Entidad Gestora y las colaboradoras abiertas en España. En cumplimiento del artículo 13.3 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, los vencimientos que coincidan con un sábado o festivo quedarán trasladados al primer día hábil siguiente.
Gestión Documental. Exp: 2295/2011 Todos los ingresos deberán ser registrados individualmente, salvo que la Tesorería municipal, por razones operativas y de eficacia, permita expresamente su apunte colectivo. La Entidad Gestora indicará la aplicación al concepto de ingreso que corresponda en los traspasos que se efectúen de las cuentas restringidas de recaudación a las operativas.
Gestión Documental. Exp: 2295/2011 - Información exhaustiva al cierre de la recaudación de cada recurso. En la ejecución de los trabajos se tendrán en cuenta las siguientes especificaciones:
Gestión Documental. Exp: 2295/2011 También se le informará de la fecha en la que se efectuará el cargo del recibo en su cuenta, al objeto de que pueda efectuar la provisión de fondos necesarios para afrontar el pago. El envío de estas notas informativas tiene el objeto de advertir posibles errores en la domiciliación, y, en consecuencia, evitar cargos erróneos en las cuentas de los contribuyentes. El impreso tendrá, igualmente, en su parte superior izquierda, el escudo del Excmo. Ayuntamiento de El Escorial, en color. El Ayuntamiento redactará el texto del reverso y se lo comunicará a la Entidad Gestora para que proceda a la impresión del mismo en los recibos. Tanto en los Avisos de Pago como en las Notas Informativas el Ayuntamiento podrá insertar mensajes institucionales o informativos de la propia recaudación a los obligados al pago en los espacios libres, sin coste adicional alguno.
Gestión Documental. Exp: 2295/2011 En el cobro de los recursos no domiciliados mediante su ingreso en ventanilla la operativa se ajustará a lo dispuesto en la Norma 60 del C.S.B.
Gestión Documental. Exp: 2295/2011 Además, realizará el cobro de los recursos municipales en los que así se determine con el 5 por ciento de recargo, tal y como prevé el artículo 28 de la Ley General Tributaria, para los conceptos que se establezcan, habilitando un nuevo período a tal efecto que será indicado por el Ayuntamiento, una vez finalizado el de voluntaria, para lo que podrá proceder de alguna de las siguientes formas: • o bien expidiendo nuevos recibos tras finalizar el plazo de cobro en período voluntario con el recargo mencionado a los contribuyentes que vayan a satisfacer la deuda. • o bien editando los recibos en período voluntario en los que se incluya, en esa primera y única impresión, con la suficiente identificación y claridad para que no haya lugar a confusiones, la posibilidad de satisfacer los recibos con el recargo correspondiente una vez haya transcurrido el plazo de pago en período voluntario y hasta la fecha determinada por el ayuntamiento. En todo caso, se deberán rendir cuentas de la recaudación y los resultados obtenidos en este nuevo período. Se contemplará la posibilidad de cobrar los recargos del artículo 28 de la Ley General Xxxxxxxxxx, así como cualquier otro que pudiera establecerse.