Definición de Mejoras

Mejoras significa la construcción, reparación, compra, mantenimiento, actualización u otras mejoras de las terminales, hangares, pistas y otra infraestructura en los Aeropuertos, en cada caso de acuerdo con los requisitos del Contrato de Concesión.
Mejoras significarán todas las Mejoras Obligatorias y las Mejoras Eventuales descritas en la Cláusula 5.5, así como las Mejoras Voluntarias.”
Mejoras significarán todas las Mejoras Obligatorias y las Mejoras Eventuales descritas en la Cláusula 5.5.

Examples of Mejoras in a sentence

  • Mejoras voluntarias de la acción protectora de la Seguridad Social.

  • Producida la Caducidad de la Concesión por cualquier causa el CONCESIONARIO está obligado a restituir libres de gravámenes y en condiciones adecuadas de mantenimiento y funcionamiento, todos los bienes recibidos de EL CONCEDENTE, y aquellos incorporados, construidos o adquiridos para ser afectados directamente a la Concesión en calidad de Mejoras, según surja de los Inventarios respectivos debidamente actualizados y del Inventario Final que se realizará en esa oportunidad.

  • La información valorada y justificada sobre las Mejoras se incluirá en la documentación relativa a la oferta técnica, en el que se pueda dilucidar el alcance de las mejoras que el licitador, en caso de ser adjudicatario, se compromete a realizar.

  • Las empresas licitadoras podrán realizar visita de inspección y comprobación de las instalaciones objeto del presente Pliego para poder evaluar lo relacionado en el punto relativo a Mejoras.

  • Dichas Mejoras Obligatorias, así como los Gastos necesarios para llevarlas a cabo deberán cumplir con los Estándares Básicos.


More Definitions of Mejoras

Mejoras. Se entiende las adiciones, modificaciones, anexos o agregados que se incorporan a una edificación de propiedad ajena.
Mejoras. El postor podrá ofertar en su propuesta técnica, condiciones adicionales a las especificadas que contribuyan a mejorar la calidad del servicio, sin variar las condiciones de su propuesta económica, lo que será evaluado en la forma que señalen las Bases.
Mejoras. Conjunto de obras de reforma, acondicionamiento y adaptación efectuadas por el Asegurado, con el fin de adecuar el Establecimiento, que él ocupa en régimen de arrendamiento, a su explotación comercial. Contenido: Compuesto por las partidas asegurables de Ajuar Industrial y ▇▇ ▇▇▇▇▇▇- cías. Ajuar Mercantil: Conjunto formado por los bienes, necesarios y propios de la Acti- vidad, situados en el interior del Establecimiento que se detallan a continuación:
Mejoras que son modificaciones a los Elementos Anteriores efectuados mientras se ejecuten Servicios bajo el presente, y (iii) “Propiedad Intelectual Retenida” que son metodologías, herramientas, técnicas, aplicaciones y otra propiedad intelectual desarrollada mientras se efectúan los Servicios y que pueda ser usada por NTT en el curso de sus operaciones. En ningún caso las Mejoras o Propiedad Intelectual Retenida contendrá alguna información específica del Cliente, procesos o información. Esta licencia otorgada es intransferible salvo que sea autorizada por escrito por NTT. El Cliente deberá proteger la propiedad intelectual de NTT de la misma forma que lo hace con su propia propiedad intelectual y que no será nunca menos que un estándar de protección razonable.
Mejoras. La casa, garaje y todos los demás elementos y mejoras adjuntos a la propiedad antes descrita, incluyendo, entre otros, los siguientes elementos instalados e incorporados de forma permanente, si los hubiere: todos los equipos, electrodomésticos, doseleras, pantallas de tela metálica, contraventanas, toldos, alfombras de pared a pared, espejos, ventiladores de techo, ventiladores de ático, buzones de correo, antenas de televisión, soportes para televisores y parlantes, unidades de calefacción y aire acondicionado, equipos de seguridad y detección de incendios, cableado, tuberías y accesorios para iluminación, candelabros, descalcificadores de agua, equipos de cocina, abridor de puertas para garaje, equipos de limpieza, arbustos, elementos de paisajismo, equipos para cocinar al aire libre, y cualquier otro elemento que se adjunta a la propiedad descrita anteriormente.
Mejoras. Campo natural, sin mejoras. Estado de ocupación: según informe del sín- dico de fs. 1185, no existen ocu- pantes. Lote 3: Un inmueble rural designado como Fracción C, cons- tante de una superficie de cincuen- ta y siete hectáreas cuatro mil cua- trocientos ochenta metros ochen- ta decímetros cuadrados (57 ha. 4.480,80 m2), ubicado a 1.350 mts. al norte ▇▇ ▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇, accediendo por callejón comune- ro en el Paraje El Central, Distrito Tres Porteñas de San ▇▇▇▇▇▇; limi- tando: Norte en 1.010 mts. con calle pública; Sur: en 810,11 mts. con ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇; Este: en 651,93 mts. con ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ y Oeste: en 594,61 mts. con Río ▇▇▇▇▇▇▇. Inscripciones: Registro Propiedad al Nº 26.051 fs. 809 Tº 79 A de San ▇▇▇▇▇▇. ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇- torial 19.239/08. Nom. Catastral 08-99-00-0400-710390-0000. De- recho riego eventual por ▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇ Central Hijuela Poniente Cód. 1296 para 21 ha. 4.851 m2 Pg. 228753 Pp. 31. Sobre este inmue- ble el Juzgado a fs. 930 y vta. re- solvió autorizar al Departamento General de Irrigación de la Provin- cia a tomar posesión de la fracción de terreno necesaria para la cons- trucción ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇ y sexto tramo del Canal Matriz San ▇▇▇▇▇▇ - Río ▇▇▇▇▇▇▇, en la extensión que da cuenta la Resolución Nº 869 del 29-12-98, dictada por el Superin- tendente General de Irrigación del Departamento General de Irriga- ción de la Provincia y respecto de parte la propiedad de «▇▇▇▇▇▇▇▇ Hnos. S.A.» inscripta al Nº 26051 fs. 809 Tº 79-A, Nomenclatura Catastral Nº 0400-710390, sin re- nunciar al derecho de compensa- ción económica de conformidad al Art. 69 de la ▇▇▇ ▇▇ ▇▇▇▇▇. Mejo- ras: campo natural, sin mejoras. Estado de ocupación: Según infor- me del síndico de fs. 1185 no exis- ten ocupantes. Las fracciones B y C y el inmueble ubicado entre ambas en forma recíproca en su lado Este en 12 mts. costados nor- te y sur por el largo del límite Este. Anotadas como primera inscrip- ción a los Nros. 16.258, 16.268 y 16.267, fs. 686, 689 y 697, Tº 70 D de San ▇▇▇▇▇▇ y marginal del Nº 16.632 fs. 901 Tº 70 A de San ▇▇▇▇▇▇. Condiciones de venta: quien resulte comprador deposita- rá en el acto y en dinero efectivo 10% seña, 3% comisión martillero y 2,5% Ley Fiscal. Saldo de pre- cio más 3% Transferencia de in- muebles, una vez aprobada la su- basta. Los gastos de plano de mensura y escrituración serán a cargo del comprador. Lote 4: Un tractor ▇▇▇▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ modelo MF-265 A/A, motor ▇▇▇▇▇▇▇ Nº 418157-X cuatro cilindros, 62 HP, bomba inyectora B02828 CK, con toma fuerza cont...
Mejoras. Modificaciones o agregados incorporados definitivamente por el tomador o Asegurado al edificio o construcción de propiedad ajena.