Definición de MÉDICA
Examples of MÉDICA in a sentence
B) Salvo lo indicado en la garantía “ASISTENCIA MÉDICA Y SANITARIA” del presente CONDICIONADO GENERAL, los hechos, dolencias y enfermedades crónicas, preexistentes o congénitas, así como sus consecuencias, padecidas por el asegurado con anterioridad al efecto de la póliza.
EL PAGO DE GASTOS MÉDICOS POR CONCEPTO DE HOSPITALIZACIÓN, MEDICINAS, ATENCIÓN MÉDICA, ENFERMEROS, SERVICIO DE AMBULANCIA Y GASTOS DE ENTIERRO, ORIGINADOS POR LESIONES CORPORALES QUE SUFRA EL ASEGURADO O CUALQUIER PERSONA OCUPANTE DEL VEHÍCULO, EN ACCIDENTES DE TRÁNSITO O A CONSECUENCIA DEL ROBO TOTAL DEL VEHÍCULO ASEGURADO, OCURRIDOS MIENTRAS SE ENCUENTREN DENTRO DEL COMPARTIMIENTO, CASETA O CABINA DESTINADOS AL TRANSPORTE DE PERSONAS.
LOS SERVICIOS CUBIERTOS PARA LA ASISTENCIA MÉDICA A DOMICILIO NO INCLUYEN: • Alimentación, alojamiento, servicios de ama de casa, niñeras, comidas a domicilio; servicios de Atención Médica a Domicilio que no sean Médicamente Necesarios o de un nivel de atención no especializado.
SEGUNDA OPINIÓN MÉDICA Los Servicios Cubiertos incluyen una segunda opinión médica por parte de un Proveedor Dentro de la Red con respecto a cualquier intervención quirúrgica propuesta o cualquier atención médica que sea un Servicio Cubierto.
A) TODOS LOS GASTOS POR EL TRATAMIENTO, INSUMOS Y SERVICIOS MÉDICOS NECESARIOS PARA REALIZAR LA ATENCIÓN MÉDICA DEL ASEGURADO.
SE CUBRIRÁN LOS GASTOS MÉDICOS EROGADOS POR DICHA EMERGENCIA MÉDICA EFECTUADOS FUERA DEL TERRITORIO NACIONAL SIEMPRE Y CUANDO LA PRIMERA SINTOMATOLOGÍA SE HAYA PRESENTADO EN EL EXTRANJERO.
ES EL COSTO USUAL, RAZONABLE Y ACOSTUMBRADO (USUAL, CUSTOMARY AND REASONABLE - UCR) CORRESPONDIENTE A TARIFAS Y HONORARIOS PROFESIONALES DEL TRATAMIENTO O INTERVENCIÓN QUE SE REALICE, DE ACUERDO AL TABULADOR DEL LUGAR DONDE RECIBIÓ LA ATENCIÓN MÉDICA.
PARA TALES EFECTOS SE ENTENDERÁ COMO SIGNO, CADA UNA DE LAS MANIFESTACIONES DE UNA ENFERMEDAD QUE SE DETECTA OBJETIVAMENTE MEDIANTE EXPLORACIÓN MÉDICA.
LA EMERGENCIA, ASÍ COMO LOS EFECTOS DE ESTA COBERTURA TERMINAN CUANDO A CRITERIO DEL MÉDICO TRATANTE LA ATENCIÓN MÉDICA DE URGENCIA SE ESTABILICE Y CONTROLE LA CONDICIÓN PATOLÓGICA DEL PACIENTE Y ESTÉ EN POSIBILIDAD DE REGRESAR A TERRITORIO NACIONAL O AL EXPEDIRSE EL ALTA DEL SERVICIO DE URGENCIAS O DE HOSPITALIZACIÓN.
EN CASO DE REQUERIRSE LOS SERVICIOS DE ENFERMERA FUERA DE UN HOSPITAL, ÉSTOS SE CUBRIRÁN ÚNICAMENTE SI SON BAJO PRESCRIPCIÓN MÉDICA Y POR UN PERÍODO MÁXIMO DE TREINTA (30) DÍAS, POR CADA ACCIDENTE O ENFERMEDAD PROCEDENTE.