Definición de Puerto

Puerto. Es el conjunto de elementos físicos que incluyen obras canales de acceso, instalaciones de servicios, que permiten aprovechar un área frente a la ▇▇▇▇▇ ▇ ▇▇▇▇▇▇ de un río en condiciones favorables para realizar operaciones de cargue y descargue de toda clase ▇▇ ▇▇▇▇▇, intercambio de mercancía entre tráfico terrestre, marítimo y/o fluvial. Dentro del puerto quedan los Terminales portuarios, muelles y embarcaderos.
Puerto. Es el conjunto de elementos físicos que incluyen canales de acceso, instalaciones y servicios que permiten aprovechar un área frente a la ▇▇▇▇▇▇ del río ▇▇▇▇▇▇▇▇▇ en condiciones favorables para realizar operaciones de cargue y descargue de toda clase ▇▇ ▇▇▇▇▇.
Puerto. El Recinto portuario de Mazatlán, Sinaloa.

Examples of Puerto in a sentence

  • Islas Vírgenes Estadounidenses, Puerto Rico, Guam – por ser Territorios de los Estados Unidos de América.

  • Los servicios estarán cubiertos solo a través de profesionales de la salud autorizados para proveer dichos servicios en Puerto Rico y por reembolso hasta $20.00 por visita.

  • Este Contrato, así como cualquier reclamación o controversia que surja con relación al mismo, estará regido y será interpretado conforme a las leyes de Puerto Rico.

  • En el caso de que la presente se haga exigible, la afianzadora y el fiado aceptan expresamente someterse al procedimiento de ejecución establecido en los artículos por los artículos 178, 279, 280, 282, 283 y demás relativos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aceptando someterse a los Tribunales de Puerto Vallarta, Jalisco en caso de controversia legal, renunciando a los Tribunales que por razón de su domicilio presente o futuro, les pudiera corresponder.

  • Si los intereses económicos del Gobierno de Puerto Rico pudiesen verse afectados o no existe el presupuesto necesario para cumplir con la obligación.


More Definitions of Puerto

Puerto incluye terminales ▇▇▇▇▇ afuera y otras instalaciones para desembarque, trasbordo, empaque, procesamiento, aprovisionamiento o reabastecimiento de combustible.
Puerto. Lugar de entrega para despacho/retiro de todos los materiales y/o herramientas a ser enviadas/recibidas hacia o desde la Plataforma Autoelevable. REFERENTE TÉCNICO (LÍNEA DE SERVICIO): el CONTRATISTA designará por cada línea de Servicio un Referente Técnico con experiencia probada, el cual se vinculará con los ESPECIALISTAS TECNICOS de manera tal de planificar, programar y ejecutar las tareas relacionados a su línea de servicio dentro del objeto de este contrato.
Puerto. Corresponde al puerto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇ Ltd. (Puerto ▇▇▇▇▇▇▇▇), ubicado en el municipio de Ciénaga, departamento ▇▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇▇. RSE: Responsabilidad Social Empresarial. RUC: Registro Uniforme de Contratistas. Certificación expedida por el Consejo Colombiano de Seguridad, que evalúa el desempeño del Sistema de Gestión en Seguridad, Salud en el Trabajo de las empresas Contratistas. Servicios: Actividades a ejecutar por el Contratista, según los Términos y Condiciones contenidos ya sea en un Contrato, Oferta Mercantil o en una Orden de Compra, cuya ejecución es indispensable para el satisfactorio cumplimiento del objeto contractual.
Puerto. El Recinto Portuario de Veracruz, determinado y delimitado, mediante Acuerdo publicado en el Diario Oficial de la Federación.
Puerto. Es el conjunto de elementos físicos que incluyen obras, canales de acceso, instalaciones y servicios, que permiten aprovechar un área frente a la ▇▇▇▇▇ ▇ ▇▇▇▇▇▇ de un río en condiciones favorables para realizar operaciones de cargue y descargue de toda clase ▇▇ ▇▇▇▇▇, intercambio de mercancías entre tráfico terrestre, marítimo y/o fluvial. Dentro del puerto quedan los terminales portuarios, muelles y atracaderos. (Ley 1 de 1991, artículo 5, numeral 5.11). Puerto ▇▇ ▇▇▇▇▇▇▇▇. Es el que sólo puede utilizarse para operaciones entre puertos colombianos. (Ley 1 de 1991, artículo 5, numeral 5.12) Puerto fluvial. Es el lugar situado sobre la ▇▇▇▇▇▇ de una vía fluvial navegable, adecuado y acondicionado para las actividades fluviales. (Ley 1 de 1991, artículo 5, numeral 5.13) Puerto de servicio público. Es aquel en donde se prestan servicios a todos los usuarios, y quienes están dispuestos a someterse a las tarifas y condiciones de operaciones y procedimientos establecidos para el terminal. (Ley 1 de 1991, artículo 5, numeral 5.15). Puerto habilitado para el comercio exterior. Es aquel por el cual pueden realizarse operaciones de comercio exterior. (Ley 1 de 1991, artículo 5, numeral 5.17) Sociedad de Intermediación Aduanera W SIA. Las Sociedades de Intermediación Aduanera son las personas jurídicas autorizadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales para ejercer la Intermediación Aduanera y cuyo objeto social principal es el ejercicio de dicha actividad. (Artículo 14 del Código de Aduanas).
Puerto. La ▇▇▇▇, agosto de 2008
Puerto es el conjunto de elementos físicos que incluyen obras, canales de acceso, instalaciones de servicios que permiten aprovechar un área frente a la ▇▇▇▇▇ ▇ ▇▇▇▇▇▇ de río en condiciones favorables para realizar operaciones de cargue y descargue de toda clase ▇▇ ▇▇▇▇▇, intercambio de mercancías entre tráfico terrestre, marítimo y fluvial. Dentro del puerto quedan los terminales portuarios, muelles y embarcaderos. • Puerto de servicio privado: es aquel en donde se prestan servicios a empresas vinculadas jurídica o económicamente con la Sociedad Portuaria de la infraestructura.