Definición de SEGURO

SEGURO. X Marque si NO SE APLICA
SEGURO. Es el contrato por el cual el asegurador se obliga a indemnizar un daño o a cumplir la prestación convenida, al producirse la eventualidad prevista y el asegurado o tomador a pagar la prima.
SEGURO. Se recomienda encarecidamente a la exposición que garantice coberturas de seguro adecuadas incluida la cobertura extraterritorial por daños a la propiedad, responsabilidad pública, robo, incendio, etc.

Examples of SEGURO in a sentence

  • Los que no den lugar a indemnización según la Ley de Contrato de Seguro.

  • Las obligaciones de la Compañía cesarán de pleno derecho por las agravaciones esenciales que tenga el riesgo durante el curso del seguro de conformidad con lo previsto en el Artículo 52 y 53 fracción I de la Ley Sobre el Contrato del Seguro.

  • De acuerdo con lo establecido en el Artículo 20 de las NB-SABS, el proponente decidirá el tipo de garantía a presentar entre: Boleta de Garantía, Garantía a Primer Requerimiento o Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento.

  • Asimismo, “EL INSTITUTO” podrá aceptar de “EL PROVEEDOR” que tenga cuentas líquidas y exigibles a su cargo, que éstas se apliquen por concepto de cuotas obrero patronales, conforme a lo previsto en el artículo 40 B, de la Ley del Seguro Social.

  • Certificado de No Adeudo por Contribuciones al Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo y al Sistema Integral de Pensiones, excepto personas naturales.


More Definitions of SEGURO

SEGURO. EL PRESTATARIO deberá suscribir un seguro sobre saldo de deuda por el monto equivalente al crédito otorgado, según sea el caso cuando aplicare, teniendo la libertad de contratarlo por separado y de acuerdo a la tarifa negociada con la compañía de seguros de su elección, con el entendido que previo al desembolso deberá traer el endoso de la póliza dejando como beneficiario final el Banco, en caso de no hacerlo, EL PRESTATARIO, autoriza al Banco para contratar, suscribir y renovar la póliza de seguros a nombre del prestatario, en la compañía de seguros que designe. En caso que el prestatario por su edad o que padezca una enfermedad preexistente, que le imposibilite la suscripción del respectivo seguro de saldo de deuda, libera de toda responsabilidad a el BANCO y lo autoriza para que en caso de fallecimiento proceda a hacer las gestiones necesarias ante quien corresponda hasta llegar a la cancelación de esta deuda.
SEGURO. EL CLIENTE se obliga a contratar y/o renovar por el tiempo de duración xxx Xxxxxxxx otorgado una póliza de Seguro de Desgravamen, siendo beneficiario de la póliza exclusivamente ILC. Las condiciones mínimas que serán requeridas en la póliza de seguro respectiva por parte de ILC se informan en la página web xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx. En caso EL CLIENTE no contrate los seguros indicados, ILC se encontrará facultada a contratar de forma directa el seguro antes indicado. En tal caso, los gastos por concepto de seguro que ILC pueda contratar directamente serán trasladados a EL CLIENTE. ILC entregará la póliza o certificado de seguro respectivo en un plazo que no excederá de 10 días contados a partir de su recepción. De la Garantía Mobiliaria: EL CLIENTE o GARANTE MOBILIARIO constituye primera y preferente Garantía Mobiliaria Vehicular a favor de ILC con entrega en posesión y a plazo determinado a esta última del (los) bien (es) que se detalla(n) en el Anexo 3 del Contrato. Dicha Garantía Mobiliaria se otorga hasta por el valor del (los) bien (es) detallado (s) en el referido anexo en respaldo del cumplimiento del pago xxx Xxxxxxxx, de los futuros Préstamos que EL CLIENTE pueda asumir, y de cualquier otra obligación de EL CLIENTE frente a ILC, en los términos y condiciones establecidos en el Contrato.
SEGURO. Considerando la naturaleza de “LOS SERVICIOS” a prestar y/o “LOS PRODUCTOS” a suministrar, “BAXTER” podrá requerir de “EL PROVEEDOR” la(s) póliza(s) de seguro requeridas para el cumplimiento de la presente “ORDEN DE COMPRA”, sujeto a lo que en su caso, se establezca en la portada de la presente “ORDEN DE COMPRA”. Si “LOS SERVICIOS” se prestan bajo esta “ORDEN DE COMPRA” en las instalaciones xx XXXXXX, “EL PROVEEDOR” también deberá proveer la(s) póliza(s) de seguro requeridas para el cumplimiento de la presente “ORDEN DE COMPRA”.
SEGURO. Marque si NO SE APLICA
SEGURO. (artículo 29º. Del Contrato). El Banco contrata al tarjetahabiente o usuario un Seguro de Vida sobre el saldo deudor. El costo de este servicio es de un 3 ‰ (tres por mil) sobre el saldo al cierre mensual de compras y cuotas pendientes, que se especifica en el informe mensual de la tarjeta.- RIESGOS A QUE ESTÁ EXPUESTO AL UTILIZAR LA TARJETA DE CRÉDITO:
SEGURO. EL CLIENTE y EL GARANTE HIPOTECARIO se obligan a entregar las pólizas y/o endosos que aseguren EL INMUEBLE contra “Todo Riesgo”, de acuerdo a la naturaleza de éste y según el texto aprobado por PROEMPRESA, a favor de ésta última, hasta por la suma en dólares americanos señalada en el ANEXO ÚNICO dentro de los quince (15) días calendario contados desde la fecha de suscripción de este documento. Las condiciones mínimas que debe tener este seguro se encuentran señaladas en la página web de PROEMPRESA: xxx.xxxxxxxxxx.xx en el vínculo de “Atención al Cliente”, sección “Transparencia”. Dichas pólizas o endosos deberán estar acompañadas de la respectiva Cláusula de Indemnización a favor de PROEMPRESA, según el texto aprobado por ésta última. En caso contrario, las partes establecen expresamente que PROEMPRESA por cuenta y cargo de EL CLIENTE, quedará irrevocablemente autorizada y facultada para contratar o renovar dichas pólizas o endosos y obtener si fuera el caso, la ampliación necesaria para cubrir otros riesgos adicionales, quedando los desembolsos que por este concepto hiciera PROEMPRESA, igualmente amparados por la hipoteca. PROEMPRESA queda autorizada a cargar los respectivos importes en cualquiera de las cuentas que tenga o pudiera tener EL CLIENTE en PROEMPRESA. Queda establecido que PROEMPRESA no asume responsabilidad alguna por deficiencias de coberturas, desfase de valores, cancelación de cobertura o insolvencia del asegurador, siendo de responsabilidad de EL CLIENTE y de EL GARANTE HIPOTECARIO que en caso la póliza sea cancelada, reemplazarla bajo los términos y condiciones exigidos por PROEMPRESA. La falta de contratación o renovación de la póliza de seguro por parte de PROEMPRESA, no le genera responsabilidad alguna; pues EL CLIENTE y EL GARANTE HIPOTECARIO reconocen que la responsabilidad por ello les corresponde, salvo que EL CLIENTE solicite expresamente a PROEMPRESA la contratación del seguro, en cuyo caso PROEMPRESA será responsable de su contratación y renovación.
SEGURO. El consultor seleccionado será responsable de contratar un seguro de vida y gastos médicos, que deberá presentar en la oficina de Adquisiciones del IPSA en un plazo no mayor a los treinta días calendarios posteriores a la suscripción del contrato.