Cláusula preliminar. 1. La actividad aseguradora que lleva a cabo Segur- Caixa Adeslas, S.A. de Seguros y Reaseguros está sometida al control de las autoridades del Estado Español siendo el órgano competente para ello la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensio- nes del Ministerio de Economía y Hacienda. 2. El presente Contrato se rige por lo dispuesto en la Ley 50/1980, de 8 de Octubre, de Contrato de Seguro (en adelante, la Ley), y por lo convenido en las Condiciones Generales, Particulares y, en su caso, Especiales del propio Contrato, sin que ten- gan validez las cláusulas limitativas de los derechos de los Asegurados que no sean específicamente aceptadas por el Tomador, como pacto adicional a las Condiciones Particulares. No requerirán dicha aceptación las meras transcripciones o referencias a preceptos legales o reglamentarios imperativos.
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Samples: Health Insurance Policy, Health Insurance Contract, Health Insurance Policy
Cláusula preliminar. 1. La actividad aseguradora que lleva a cabo Segur- Caixa SegurCaixa Adeslas, S.A. de Seguros y Reaseguros está sometida al control de las autoridades del Estado Español siendo el órgano competente para ello la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensio- nes Pensiones del Ministerio de Economía y Hacienda.
2. El presente Contrato se rige por lo dispuesto en la Ley 50/198050/1.980, de 8 de Octubre, de Contrato de Seguro (en adelante, la Ley), y por lo convenido conve- nido en las Condiciones Generales, Particulares y, en su caso, Especiales del propio Contrato, sin que ten- gan tengan validez las cláusulas limitativas de los derechos de los Asegurados que no sean específicamente específi- camente aceptadas por el Tomador, como pacto adicional a las Condiciones Particulares. No requerirán reque- rirán dicha aceptación las meras transcripciones o referencias a preceptos legales o reglamentarios imperativos.
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Samples: Health Insurance Policy